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dc.contributor.advisorSilva Astete, Mario Hugo
dc.contributor.authorBellido Salas, Pamela
dc.date.accessioned2017-09-13T15:12:54Z
dc.date.available2017-09-13T15:12:54Z
dc.date.issued2017-06-22
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12557/905
dc.description.abstractUna de las principales características de nuestro país es su biodiversidad, porque concentra en su territorio un gran patrimonio natural y una riqueza biológica, entre flora y fauna, reconocida a nivel internacional. Sin embargo, a consecuencia de las diversas actividades que realiza el hombre para su subsistencia, el medio natural se transforma y se genera un cierto grado de degradación en el ambiente. Esta situación, ha motivado que nuestro ordenamiento jurídico proteja los elementos naturales que hacen posible la vida, hasta el punto en que la Constitución de 1993 considera que toda persona tiene derecho “… a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. En el ámbito penal, el medio ambiente se concibe como un bien jurídico de naturaleza universal, dado que su titular es toda la sociedad, y debido a su importancia debe ser protegido a través de la tipificación de los diferentes tipos delictivos para evitar que la comisión de ilícitos dañen gravemente el ambiente, y el Derecho Ambiental trata de regular las conductas humanas para lograr una armónica relación del hombre con el ambiente, y de esa manera pueda conducirlo a defenderlo y protegerlo de acciones que amenacen su existencia. Nuestro Código Penal contempla la figura de los delitos ambientales en su Título XIII, cuenta con cuatro capítulos, siendo de nuestro interés el segundo capítulo el cual abarca los “delitos contra los recursos naturales”. Se tiene una especial protección penal a las especies de flora y fauna silvestre o especímenes forestales maderables, bosques u otras formaciones boscosas, sean naturales o plantaciones. Una de las acciones que se encuentra tipificada como delito, es la quema de bosques o formaciones boscosas, que son prácticas tradicionales utilizadas para habilitar tierras para agricultura o ganadería y para recuperar la productividad de pastizales existentes, sin contar con la autorización para ello. Es así que, cuando estas quemas no son debidamente controladas o fueron generadas por acciones humanas imprudentes, se convierten en grandes incendios forestales que arrasan cientos de hectáreas, generando diversas consecuencias negativas en el ambiente y en quienes habitan en él. Sin embargo, lo previsto por el artículo 310° del Código Penal no es suficiente para para proteger de manera eficaz el derecho a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado o para procurar que el agente responsable de la acción repare o remedie el daño generado. Esta ineficacia normativa representa un problema jurídico que ha motivado la realización de la presente tesis.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Andina del Cuscoes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_PE
dc.sourceUniversidad Andina del Cuscoes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UACes_PE
dc.subjectDaño ambientales_PE
dc.subjectPatrimonio naturales_PE
dc.subjectProtecciónes_PE
dc.titleLa atipicidad de quema de bosques culposa y el daño al medio ambiente en el departamento del Cusco.es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadaes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Andina del Cusco. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_PE
thesis.degree.levelTitulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE


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