El ejercicio de la función sancionadora por parte del Osiptel ante las vulneraciones a los derechos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones.
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Date
2018-12-13Author
Carrion Puma, Josselyn Melissa
Advisor
Díaz Silva, Anselmo
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El presente trabajo de investigación surge debido a que me encuentro laborando en
la Oficina Desconcentrada de OSIPTEL Cusco, donde he podido notar el constante
malestar de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, que consideran
que en algunas circunstancias son víctimas de un comportamiento abusivo por parte de las
empresas operadoras, y perciben que no se respetan sus derechos, peor aún, que ante
dichas vulneraciones aparentemente no se imponen sanciones a las empresas infractoras; es
necesario recordar que las empresas operadoras de los servicios públicos de
telecomunicaciones se encuentran bajo la regulación, supervisión y fiscalización del
OSIPTEL, siendo el ente encargado de velar el cumplimiento de los contratos de concesión
para lograr la adecuada regulación del mercado de telecomunicaciones. Siendo los
servicios de telecomunicaciones, y el acceso a estos, un derecho fundamental reconocido
en la normatividad vigente, corresponde al Estado a través de su organismo regulador velar
porque se brinde la adecuada prestación de dichos servicios, y ante su incumplimiento
correspondería la imposición de una sanción, en proporción a la afectación de los usuarios.
La presente investigación buscar potencializar la función sancionadora del OSIPTEL, no
solo para que las sanciones cumplan una finalidad correctiva de las conductas de las
empresas operadoras, o como elemento disuasivo que prevenga la comisión de futuras
infracciones, sino también para recuperar la confianza del usuario, que a lo largo de los
últimos años no ha visto atendido el mandato constitucional que señala que el Estado debe
defender el interés de los consumidores y usuarios, con la consiguiente afectación a la
legitimidad de los objetivos de OSIPTEL, que están fundamentalmente enfocados hacia la
protección y el empoderamiento de los usuarios, para lo que el Derecho Administrativo
Sancionador pretende proteger los derechos de los ciudadanos de una forma indirecta ya
que nos encontramos ante un Derecho eminentemente preventivo, que tiende a que los
ciudadanos y las empresas no incurran en aquellas conductas que puedan provocar la
lesión de los derechos de los demás o vulneren el interés general. De ahí que se considere
que para imponer una sanción basta con que se haya producido el incumplimiento de una
norma dictada para proteger determinado bien o derecho. Considero que transcurridos casi
18 años de la privatización de las telecomunicaciones en el Perú ha llegado el momento de
realizar algunos aportes que sirvan como línea de base para futuras y más profundas
investigaciones. The present investigation work arises due I am currently working in the OSIPTEL deconcentrated
office, where I can notice unpleased public telecommunications services
users. These users consider that in some circumstances they are victims of an abusive
behavior by these companies; they also perceive that their rights are not being respected;
even worse that there are not any fines or sanctions for these companies. It is important to
remember that these operating companies are under regulation, supervision and audit of
OSIPTEL which is the entity responsible for ensuring proper compliance of the contracts
of concession to achieve the correct and adequate regulation of the telecommunications
market. Being the telecommunication services and the access to these ones a fundamental
right recognized by current normativity, it is for the member state through its regulatory
agency to ensure that appropriate provision of services, and given her non-compliance
would correspond a sanction in proportion to the annoyance caused to users. The present
work seeks to optimize the punitive function of OSIPTEL, not only for making sanctions
to comply their corrective purpose for operating companies, or like dissuasive element that
prevents the commission of future infringements, also to regain full consumer confidence
that along time has not seen this constitutional right attended which points out that the state
should defend the right of consumers and users, and consequent affectation of the
legitimacy of the objectives pursued by OSIPTEL that are essentially focused to the
protection and legal empowerment of users, which for the administrative law penalties
intends to protect the right of citizens in an indirect way. We are faced with an eminent
preventive right that guides citizens and companies not to incur in those practices that may
cause the violation of some rights of general interest, thus that it is considered that to
impose a sanction is just enough that the non-compliance has occurred in a dictated form to
protect the state or right. I believe that after almost 18 years of the privatization of
telecommunications in Peru is time to make some valuable contributions that work as a
base line for future and more profound investigations.