dc.description.abstract | CIVIL
El acto jurídico es concebido como la manifestación de voluntad que tiene por objeto el
crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica. Se trata de la voluntad
emanada de una o varias personas, a través de la cual se generan una serie de efectos
con relevancia jurídica. Los requisitos de validez y eficacia, así como las causales de
anulabilidad y de nulidad de un acto jurídico se encuentran regulados por los artículos
219° y 221° del Código Civil.
La institución jurídica del acto jurídico se debe cumplir determinados requisitos para
que esa voluntad o voluntades sean emanadas válidamente y puedan surtir efectos.
Podemos establecer de manera general, que un acto jurídico puede ser catalogado como
eficaz o ineficaz, en función de si ha sido afectado por causales que no permiten que
surta sus efectos.
Un acto jurídico se pude manifestar bajo diversas formas, como un contrato, un
matrimonio, la constitución de una sociedad, un testamento, etc. Todos estos son
ejemplos de actos jurídicos. Sin embargo, como hemos indicado, no siempre un acto
jurídico es válido. Por ello, nuestra legislación regula diversas situaciones que generan
que un acto jurídico no pueda ser considerado como un acto válido y en tal caso, no
podrá generar efectos jurídicos.
La sanción impuesta al acto jurídico, que en su formación violó el Ordenamiento
Jurídico, por faltarle alguno de sus requisitos o porque, sin faltar, registran
irregularidades ya sea de los sujetos, el objeto o la forma, es la nulidad del mismo. La
nulidad constituye una sanción legal por medio de la cual se priva a un acto jurídico de
sus efectos normales, por contravenir el ordenamiento jurídico al momento de su
formación o celebración.
Es por dicho motivo, que la finalidad del presente informe es realizar un análisis
detallado del caso civil, el mismo que versa sobre la materia de Nulidad de Acto
Jurídico, esto en aras de optar el Título Profesional de Abogado.
PENAL
El Robo es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes
ajenos, con intención de lucrarse, empleando para ello fuerza en las cosas o bien
violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos modalidades de
ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de
apoderamiento.
La mayor peligrosidad del robo, por el uso de esta fuerza o intimidación, justifica que la
pena sea superior a la que se establece por el hurto. Dentro del robo hay dos
modalidades distintas, una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y
otra por la violencia o intimidación en las personas.
El primero es aquel en el que se emplea una fuerza, una violencia para acceder al lugar
donde se encuentra la cosa. En ocasiones, también se definen como robo aquellas
acciones en las que, a pesar de no mediar fuerza o intimidación, existe algún otro
elemento que lo distingue del mero hurto. Por ejemplo, es posible definir como robo a
aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa o ganzúa. Esta aplicación se
hace por la similitud entre la utilización de una llave falsa con la fuerza que se puede
emplear para romper esa barrera (la puerta) que protege del robo.
El robo agravado es penalizado incluso con cadena perpetua. El robo agravado es una
ofensa seria y seguirá a una persona por toda su vida. Puede ser muy importante que la
persona busque, en el mejor de sus intereses, una petición de perdón con el acusador
para reducir la condena a un cargo mínimo a cambio de una acusación de culpa.
Gran porcentaje de los delitos cometidos en el Perú son delitos contra el patrimonio en
la modalidad de Robo Agravado teniendo un índice de aumento con respecto del año
anterior.
Para que exista robo agravado tiene que ser cometido en casa habitada, durante la noche
o lugar desolado, a mano armada, siendo dos o más personas en, medio de transporte
público, fingiendo ser autoridad, en agravio de menores, cuando se causa lesiones. No
es necesario que concurran todas las situaciones, con una es suficiente. La función de
agregar agravado al cargo de robo es para indicar la seriedad de la falta. | es_PE |