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dc.contributor.authorSarmiento Baez, Wilberth
dc.date.accessioned2018-02-02T22:29:40Z
dc.date.available2018-02-02T22:29:40Z
dc.date.issued2017-11-17
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12557/1223
dc.description.abstractCIVIL En fecha 26 de diciembre del 2012, Lucia Huamán de Huallpa interpone Demandade: a) Nulidad de Acto Jurídico de la Escritura Pública de Compra Venta deDerechos y Acciones y Derechos de Inmueble, otorgado por Lucia Huamán de Huallpa a favor de Judith Huallpa Hancco, b) Nulidad de la Inscripción Registral de la Escritura Pública inscrita en laPartida Registral N° 11119856 As. 03 de los Registros Públicos del Cusco. Demanda que la dirige expresamente contra Judith Huallpa Hancco. Fundamentos de Hecho de la Demanda 1.- Que la demandante y su esposo, que en vida fue Feliciano Huallpa Queccaño, fueron propietarios originarios del inmueble N° V-8 de la Asociación Pro Vivienda Los Incas, del distrito del Cusco, en virtud a la escritura Pública otorgada el 03 de febrerode 1969, por los directivos de la mencionada Asociación. Posteriormente, alfallecimiento de su esposo, la Asociación en fecha 07 de setiembre del 2008, otorgó laEscritura Pública de aclaración, declaración y adjudicación del lote de terreno a favorde la demandante y de su hijo Juan Huallpa Huamán, inscrito en la Partida N° 11119857 de los Registros Públicos; por consiguiente, ambos adjudicatarios sonpropietarios de derechos y acciones del 50%. 2.- Que, la demandada es hija de su hijo Juan Huallpa Huamán, quien originariamentecon su madre Ceferina Hancco Aima, habrían recurrido ante los Directivos de la APVLos Incas, a fin que se les otorgue en adjudicación la propiedad de la demandante y lade su hijo, lo que se consiguió mediante Escritura Pública de fecha 25 de noviembredel 2011. Ante este hecho, el hijo de la demandante inició el proceso N° 323-2012, emitiéndose sentencia que declara la nulidad del acto jurídico de la escritura Públicade fecha 25 de noviembre del 2011, dejando sin efecto la adjudicación del lote V-7 dela Calle Nazca de la APV Los Incas, a favor de Ceferina Hancco Aima y su inscripciónregistral. 3.- Que, el hijo de la demandante, recurrió a las oficinas de los Registros Públicos del Cusco, dándose con la sorpresa que la demandante habría realizado la transferencia de su propiedad, en el porcentaje que le corresponde, en favor de la demandada y que el mismo ya había estado inscrito en la Partida Electrónica N° 11119857 As. 03.La demandada ha actuado en forma ilícita e ilegal, mediante engaño y astucia, y premeditadamente con el argumento de llevarle a la demandante, a medicarse y consultar sobre sus dolencias en el hospital, aprovechando su edad avanzada y analfabetismo; es así que la demandada le llevó a las oficinas del Notario Reynaldo Alviz con engaños, haciéndole transferir a la demandante su propiedad en el porcentaje que le corresponde, teniendo como supuesto testigo a Natividad Huamani Sencia, a quien no la conoce. 4.- Que, la demandante no ha tenido nunca la intención de vender su propiedad, hecho que quedaría señalado en la demanda de violencia familiar seguida por la demandante y la esposa de su hijo, dirigida contra su hijo Juan Huallpa Huamán en el Juzgado de Paz de Tahuantinsuyo; además la demandante asegura no haber recibido ninguna cantidad de dinero por la venta de su propiedad, siendo que la actuación dolosa, temeraria, de mala fe e ilegal con que obro de demandada en la transferencia de propiedad estaría incurso en las causales contenidas en los incisos 1 y 4 del artículo 219 del Código Civil, por cuanto no ha existido manifestación de voluntad. CONSTITUCIONAL En fecha 09 de abril del 2013, Patrick Emmanuel Pérez Deza apoderado de Edith Pompeya Miranda Zuzunaga de Suarez interpone Demanda Constitucional de Amparo, solicitando como pretensión específica: El cese de la amenaza cierta e inminente de vulneración del derecho constitucional de libertad de empresa, en consecuencia se declare nulo el Oficio N° 0427-2013-GRCUSCO/DRSC-DESI-DSS emitido por la Dirección Regional de Salud Cusco, así como se ordene a la Municipalidad Provincial del Cusco, se abstenga de emitir acto administrativo tendiente a revocar su Licencia de funcionamiento municipal, con expresa condena de costos Demanda que la dirige expresamente contra: A. La Dirección Regional de Salud de Cusco que se encuentra representada por el Director Regional de Salud, Mario Cornejo Portillo. B. Procurador Público del Gobierno Regional del Cusco, Abogado Hernerd Straus Rhoddo Ríos. C. La Municipalidad Provincial del Cusco, representada por el Alcalde Luis ArturoFlores García. D. Procurador Público de la Municipalidad Provincial del Cusco, Abogado Hugo Arturo Castro Álvarez.es_PE
dc.description.uriTrabajo academicoes_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Andina del Cuscoes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_PE
dc.sourceUniversidad Andina del Cuscoes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UACes_PE
dc.subjectDemanda constitucionales_PE
dc.subjectAmparoes_PE
dc.subjectLicencia-Funcionamientoes_PE
dc.titleInforme de trabajo académico de estudios de casos: Expediente Civil (Nulidad de acto jurídico), Expediente Constitucional (Acción de Amparo)es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Andina del Cusco. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_PE
thesis.degree.levelTitulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_PE


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