El principio de oportunidad y la comisión del delito de peligro común en su modalidad de conducción en estado de ebriedad en la ciudad de Quillabamba
Date
2020-06-15Author
Salas Florez, Yalilé Indira
Advisor
Díaz Torres, José Hildebrando
Metadata
Show full item recordAbstract
El presente trabajo de investigación pretende determinar si el Principio de Oportunidad
es eficaz en algunos delitos de materia penal, para ser más exactos sobre delito de
Peligro Común en su modalidad conducción en estado de ebriedad en la Cuidad de
Quillabamba.
Si bien es cierto con la introducción del Principio de Oportunidad, se pretende innovar
y dar celeridad a algunos delitos; posibilitando de esta manera la pronta culminación
del proceso penal.
Es así que se constituye al Principio de Oportunidad dentro del Sistema Procesal
Peruano como una forma de solución y atenuación de la pena a imponerse en los delitos
de Peligro Común, en este caso hablaremos sobre conducción en estado de ebriedad
quienes infringen en esta norma gozan de este mecanismo de terminación anticipada
mereciendo una sanción administrativa como lo es la suspensión de su brevete.
En la cuidad de Quillabamba los infractores inmersos en el delito de Peligro Común-
Conducción En Estado De Ebriedad cada año se viene incrementando, es preciso hacer
conocer que este delito está considerado por el Ministerio Público (Primera y Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención - Quillabamba), como el
segundo delito más cometido en esta ciudad, porque vemos que no está cumpliendo la
función persuasiva en la sociedad; más por el contrario aparentemente se ha tomado
como un mecanismo inmediato de salir del problema individual del transgresor, como
una forma de evitar el peligro que representa un individuo, al estar conduciendo un
vehículo en estado de ebriedad, también hay casos en los que el transgresor, después
de haber sido detenido conduciendo en estado de ebriedad, es sometido a dosaje etílico
y a prestar su declaración, una vez liberado de la comisaria, el transgresor no se presenta a sede Fiscal y se entera de que esta con orden de captura en sede Judicial.
Este mecanismo de negociación; es empleado para la resolución de conflictos entre el
agraviado y el imputado (el Estado), esto mediante un acuerdo debidamente
Documentado.
La investigación busca determinar el uso del Principio de Oportunidad en el DELITO DE
PELIGRO COMÚN-CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD EN LA CUIDAD
DE QUILLABAMBA, mediante la cual se buscará esclarecer el problema que creemos
que se nos acoge día tras día. The present investigation work tries to determine if the principle of opportunity is effective
in some crimes of criminal matter, to be more exact about crime of common danger in its
modality of driving while intoxicated in the city of Quillabamba.
While it is true with the introduction of the principle of opportunity, it is intended to
innovate and speed up some crimes; thus enabling the prompt culmination of the criminal
process.
Thus, the principle of opportunity is constituted within the Peruvian procedural system as
a form of solution and mitigation of the penalty to be imposed in crimes of common
danger, in this case we will talk about drunk driving who violates this rule enjoy This
mechanism of early termination deserving an administrative sanction such as the
suspension of your brief.
In the city of Quillabamba, the offenders immersed in the crime of Common Danger-
Driving In the State of Drunkenness are increasing every year, it is necessary to make
known that this crime is considered by the Public Ministry (First and Second Corporate
Criminal Provincial Prosecutor of the Convention - Quillabamba), as the second most
committed crime in this city, because we see that it is not fulfilling the persuasive function
in society; On the contrary, it has apparently been taken as an immediate mechanism to
get out of the individual problem of the transgressor, as a way of avoiding the danger posed
by an individual, while driving a vehicle while drunk, there are also cases in which the
transgressor , after having been arrested while driving while intoxicated, he is subjected
to ethyl dosing and to give his statement, once released from the commissioner, the
transgressor does not appear at the Prosecutor's Office and learns that he is under arrest
warrant. .