Doble sanción disciplinaria por un mismo hecho y su repercusión sobre la garantía constitucional del Ne Bis In Ídem en la administración pública.
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Date
2018-06-18Author
Quispe Tisoc, Sonia Eliana
Advisor
Castro Cuba Barineza, Isaac Enrique
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La presente investigación trata sobre la doble sanción disciplinaria por un mismo hecho y su repercusión sobre la garantía constitucional ne bis in idemsobre los trabajadores de la administración Pública que surgen dentro de las instituciones públicas, por lo que resulta importante estudiar las consecuencias los factores que recaen en una doble sanción ya sea penal y administrativa en las Instituciones Publicas, en nuestra constitución Política no se define expresamente el Principio de Ne Bis In Idem, sino existe un reconocimiento implícito en el Art. 139 inciso 13 de nuestra Constitución el cual señala son principios y derechos de la función Jurisprudencial (…) 13. La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada, se encuentra reconocido este principio en el Artículo 90° del Código Penal, que expresa: “ nadie puede ser perseguido por segunda vez en razón de un hecho punible sobre el cual se fallo definitivamente” sin embargo podemos decir que la ley de Procedimientos Administrativos Generales (LPAG) es el Primero en reconocer el Non bis in idem como un principio y garantía de la potestad sancionadora del estado el cual establece en el Art. 230.10 non bis in idem no se podrá imponer sucesiva o simultáneamente una pena y una sanción administrativa por el mismo hecho en los casos en que se aprecie la identidad de sujeto, hecho y fundamento.