¨UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO¨ FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES. ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TESIS “LA CULTURA TRIBUTARIA Y SU INCIDENCIA EN EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS PROFESIONALES QUE EJERCEN ACTIVIDADES INDEPENDIENTES, ILUSTRE COLEGIO PROFESIONAL DE ABOGADOS DEL CUSCO – 2015” PRESENTADO POR LAS BACHILLERES: HANCCO LUNA, LILLIAN DELTA BAÑON SULLCARANI, MARÍA MARGOT PARA OPTAR AL TITULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO ASESOR: CPC. FERNANDO PHILCO PRADO CUSCO – PERU 2016 AGRADECIMIENTO Agradecemos a Dios por sobre todas las cosas, por darnos las suficientes fuerzas para seguir, para intentar, para reconocer y para ser capaces de cambiar. A nuestro asesor, CPC. Fernando Philco Prado, por su paciencia, tiempo, dedicación y apoyo constante en el transcurso de la tesis. A nuestros dictaminantes, CPC. Úrsula Villafuerte Pezo y CPCC Gabriel Mozo Ayma, por su paciencia, su tiempo y voluntad por ayudarnos y enseñarnos en el transcurso de esta experiencia académica. A nuestra casa de estudios Universidad Andina del Cusco, a nuestra Facultad y por supuesto a nuestros docentes, que hicieron posible nuestra realización profesional, por su amistad, consejos, apoyo constante y por su generosa disposición para absolver nuestras dudas. Al Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco y todo el conglomerado profesional que pertenece a él, sobre todo a los miembros que colaboraron con esta investigación, sin ellos hubiese sido imposible la realización de esta. LILLIAN DELTA Y MARÍA MARGOT I DEDICATORIA A mi Padre Celestial y Jesucristo porque han estado conmigo en cada paso que doy, cuidándome y dándome fortaleza para continuar. A mis mamitas Luisa Vargas y Paulina Luna Vargas con mucho amor y cariño le dedico todo mi esfuerzo y trabajo puesto para la realización de esta tesis. A mis queridos hermanos: Amanda, America, Vanessa y Vincent, como también a mis sobrinas Khaleesi e Itzel, y al Dr. Silvio Campana por siempre haberme dado su fuerza y apoyo incondicional que me han ayudado y llevado hasta donde estoy ahora. LILLIAN DELTA HANCCO LUNA II DEDICATORIA Al creador de todas las cosas el que me ha dado fortaleza para continuar cuando a punto de caer he estado; por ello, con toda la humildad de mi corazón puede emanar, dedico primeramente mi trabajo a Dios. A mi querido padre José Ricardo, por su amor, trabajo y sacrificios en todos estos años; confiando en mí, apoyándome siempre y ayudándome a convertirme en lo que soy. De igual forma, dedico esta tesis a mi adorada madre Margarita que ha sabido formarme con buenos cimientos, hábitos y valores, lo cual me ha ayudado a salir adelante en los momentos más difíciles. A mis hermanos José y Erik, que me han brindado su apoyo incondicional y mi hermana Rubi por compartir conmigo todos los buenos y malos momentos MARIA MARGOT BAÑON SULLCARANI III NOMBRES Y APELLIDOS DEL JURADO DE LA TESIS Y DEL ASESOR REPLICANTES: MGT. JOSE LUIS GONZALES ZARATE CPCC. JUAN JOSE GIRON GUTIERREZ DICTAMINANTES: CPCC. URSULA VILLAFUERTE PEZO CPCC. GABRIEL MOZO AYMA ASESOR DE TESIS: CPCC. FERNANDO PHILCO PRADO IV INDICE GENERAL AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... I DEDICATORIA ............................................................................................................ II NOMBRES Y APELLIDOS DEL JURADO DE LA TESIS Y DEL ASESOR ............... IV INDICE GENERAL ...................................................................................................... V RELACIÓN DE TABLAS ............................................................................................ XI RELACIÓN DE GRAFICOS ...................................................................................... XII RESUMEN ............................................................................................................... XIII ABSTRACT .............................................................................................................. XIV CAPÌTULO I INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del Problema ......................................................................... 1 1.2 Formulación del Problema ............................................................................ 4 1.2.1 Problema General .............................................................................. 4 1.2.2. Problemas Específicos ....................................................................... 4 1.3. Justificación de la Investigación .................................................................... 5 1.4. Objetivos de la Investigación ........................................................................ 5 1.4.1. Objetivo General ................................................................................ 5 1.4.2. Objetivos Específicos ......................................................................... 6 1.5. Delimitaciones de la Investigación ................................................................ 6 1.5.1. Delimitación Espacial ......................................................................... 6 1.5.2. Delimitación Temporal ........................................................................ 6 V 1.6. Aspectos Éticos............................................................................................. 7 CAPÌTULO II MARCO TEORICO 2.1. Antecedentes de la Investigación.................................................................. 8 2.1.1. A Nivel Internacional .......................................................................... 8 2.1.2. A Nivel Nacional ............................................................................... 11 2.1.3. A Nivel Local .................................................................................... 12 2.2. Bases Teóricas ........................................................................................... 14 2.2.1. Teoría de la Cultura Tributaria .......................................................... 14 2.2.1.1. Importancia de la Cultura Tributaria ................................................. 14 2.2.1.2. El Cumplimiento Tributario Voluntario .............................................. 15 2.2.2. Teoría del Sistema Tributario Nacional ............................................ 16 2.2.2.1. Principios del Derecho Administrativo aplicado al Sistema Tributario. . ......................................................................................................... 16 2.2.3. Teoría sobre la Obligación Tributaria ............................................... 19 2.2.3.1. Nacimiento de la Obligación Tributaria ............................................. 19 2.2.3.2. Formas de Extinción de la Obligación Tributaria .............................. 20 2.2.3.3. Elementos de una Obligación Tributaria .......................................... 22 2.2.3.4. Clases de Obligaciones Tributarias .................................................. 22 2.2.3.5. Declaración y el Pago ...................................................................... 24 2.2.3.6. Deuda Tributaria ............................................................................... 25 2.2.3.7. La Carencia de Conciencia Tributaria .............................................. 25 2.2.3.8. La Administración Tributaria ............................................................. 26 VI 2.2.4. Teoría de la Tributación ................................................................... 27 2.2.4.1. Importancia de Promover la Cultura Tributaria ................................. 28 2.2.4.2. Clasificación de los tributos .............................................................. 29 2.2.5. Teoría del Impuesto a la Renta ........................................................ 30 2.2.5.1. Características del Impuesto a la Renta. .......................................... 31 2.2.5.2. Categorías del Impuesto a la Renta. ................................................ 32 2.2.5.3. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). ... 34 2.2.5.3.1. Facultad de la Sunat ........................................................................ 34 2.2.5.3.2. Funciones y Atribuciones de la Superintendencia de Administración Tributaria – Sunat. .............................................................................................. 36 2.2.6. Base Legal ....................................................................................... 40 2.2.6.1. Código Tributario .............................................................................. 40 2.2.6.1.1. Código Tributario (Decreto Supremo 133-2013-EF). ........................ 40 2.2.6.2. Sistema Tributario Nacional ............................................................. 40 2.2.6.2.1. Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo N° 771). ......................................................................................................... 40 2.2.6.3. Deuda Tributaria – Obligación Tributaria .......................................... 42 2.2.6.3.1. Decreto Supremo N° 133-2013-EF. ................................................. 42 2.2.6.4. Ley N° 30230.................................................................................... 42 2.2.6.5. Impuesto a la Renta ......................................................................... 43 2.2.6.5.1. Ley del Impuesto a la Renta Decreto Legislativo N° 774 ................. 43 2.2.6.6. Ley Contra la Evasión Tributaria ...................................................... 44 2.2.6.6.1. La “Ley Contra La Evasión” .............................................................. 44 2.2.7. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco ................................ 46 2.2.7.1. Antecedentes ................................................................................... 46 VII 2.2.7.2. Finalidad y Direccionamiento Estratégico Institucional ..................... 46 2.2.7.3. Estructura Organizacional ................................................................ 47 2.2.7.4. Dirección .......................................................................................... 48 2.2.7.5. Curso de Ética y Deontología Jurídica ............................................. 48 2.2.7.5.1. Antecedentes del Curso de Ética y Deontología Jurídica ................. 48 2.2.7.5.2. Malla Temática ................................................................................. 50 2.2.7.5.3. Demanda Actual del Curso .............................................................. 53 2.3. Marco Conceptual ....................................................................................... 54 2.3.6. Cultura .............................................................................................. 54 2.3.7. Cultura Tributaria .............................................................................. 54 2.3.8. Conciencia Tributaria ....................................................................... 55 2.3.9. Tributo .............................................................................................. 55 2.3.10. Elusión Tributaria ............................................................................. 56 2.3.11. Evasión Tributaria ............................................................................ 56 2.3.12. Obligación Tributaria ........................................................................ 57 2.3.13. Contribuyente. .................................................................................. 57 2.3.14. Impuesto a la Renta. ........................................................................ 58 2.3.15. Impuesto General a las Ventas. ....................................................... 58 2.4. Hipótesis ..................................................................................................... 59 2.4.6. Hipótesis General ............................................................................. 59 2.4.7. Hipótesis Específicas ....................................................................... 59 2.5. Variables e Indicadores ............................................................................... 60 2.6. Operacionalización de Variables ................................................................. 61 VIII CAPITULO III DISEÑO METODOLOGICO 3.1. Tipo de Investigación .................................................................................. 62 3.1.1. Método de Investigación .......................................................................... 62 3.1.2. Enfoque de Investigación ........................................................................ 62 3.2. Diseño de la Investigación .......................................................................... 62 3.3. Población y Muestra .................................................................................... 63 3.3.1. Población de Estudio ........................................................................ 63 3.3.2. Selección y Tamaño de Muestra ...................................................... 63 3.4. Técnicas de Recolección de Datos ............................................................. 64 3.4.1. Técnicas de Recolección ................................................................. 64 3.4.2. Instrumentos de Recolección. .......................................................... 64 3.5. Técnicas de Procesamiento de Datos ......................................................... 64 CAPITULO IV RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 4.1. Presentación de los Resultados en Tablas / Gráficos y Comentarios ......... 65 4.1.1. El cumplimiento de las obligaciones tributarias ................................ 71 4.2. Correlación de Variables Propuestas .......................................................... 76 CAPITULO V DISCUSIÓN 5.1 Descripción De Los Hallazgos Más Relevantes Y Significativos ................ 81 5.2 Limitaciones del Estudio ............................................................................. 81 IX D. CONCLUSIONES ...............................................................................................82 E. RECOMENDACIONES .......................................................................................83 F. BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................................84 G. INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS ...........................................87 ANEXOS ....................................................................................................................90 ANEXO N°01 ..............................................................................................................91 ANEXO N°02 ..............................................................................................................92 ANEXO N°03 ..............................................................................................................95 X RELACIÓN DE TABLAS Tabla N°01.-Ingresos Tributarios recaudados por la Sunat, 2004 - 2015 región Cusco….................................................................................................02 Tabla N°02.- Nivel de conocimiento sobre la Normativa Tributaria, con respecto a la Renta de Cuarta Categoría……………………………………………...65 Tabla N°03.-Nivel de conocimiento acerca de las multas y/o sanciones por el incumplimiento en el pago………………………………………………….66 Tabla N°04.- Nivel de conocimiento sobre excepciones del pago de algún impuesto o tributo……………………………………………………………………….67 Tabla N°05.- Nivel escalar 1 al 5 de percepción sobre el pago oportuno de impuestos en orden de importancia……………………………………….68 Tabla N°06.- Nivel de conocimiento sobre los fines públicos que tiene el pago oportuno de sus impuestos………………………………………………...69 Tabla N°07.- Responsable de la contabilidad……………………………………………70 Tabla N°08.- Mantiene actualmente alguna deuda con la Sunat…………...…………71 Tabla N°09.-Nivel de conocimiento de las obligaciones con respecto al pago de impuestos a la renta de cuarta categoría…………………………………72 Tabla N°10.- Categorías de impuesto a la renta de personas naturales……………..73 Tabla N°11.- Tipo de comprobantes de pago que emite……………………………….74 Tabla N°12.- La Sunat, le brindó información acerca de sus obligaciones tributarias como contribuyente………………………………………………………..75 Tabla N°13.- Correlación de las variables………………………………………………..78 XI RELACIÓN DE GRAFICOS Grafico N°01.- Renta de cuarta categoría – pagos a cuenta y retenciones………….33 Grafico N°02.- Nivel de conocimiento sobre la normativa tributaria, con respecto a la renta de cuarta categoría…………………………………………….65 Grafico N°03.-Nivel de conocimiento acerca de las multas y/o sanciones por el incumplimiento en el pago…………………………...…………………...66 Grafico N°04.- Nivel de conocimiento sobre excepciones del pago de algún impuesto o tributo……………………………………………………….....67 Grafico N°05.- Nivel escalar 1 al 5 de percepción sobre el pago oportuno de impuestos en orden de importancia………………………….………….68 Grafico N°06.-Nivel de conocimiento sobre los fines públicos que tiene el pago oportuno de sus impuestos……………………………………………….69 Grafico N°07.- Responsable de la contabilidad...………………………………….. …..70 Grafico N°08.- Mantiene actualmente alguna deuda con la Sunat…...……………….71 Grafico N°09.- Nivel de conocimiento de las obligaciones con respecto al pago de impuestos a la renta de cuarta categoría……………………………….72 Grafico N°10.- Categorías de impuesto a la renta de personas naturales………..….73 Grafico N°11.- Tipo de comprobantes de pago que emite……………………………..74 Grafico N°12.- La Sunat, le brindó información acerca de sus obligaciones tributarias como contribuyente……...……………………………………75 XII RESUMEN El presente trabajo de investigación, intitulado “LA CULTURA TRIBUTARIA Y SU INCIDENCIA EN EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS PROFESIONALES QUE EJERCEN ACTIVIDADES INDEPENDIENTES, ILUSTRE COLEGIO PROFESIONAL DE ABOGADOS DEL CUSCO – 2015”, realiza un análisis situacional de los profesionales que ejercen actividades independientes del Ilustre Colegio profesional de abogados del Cusco, es allí que se determinó el problema de investigación ¿En qué medida, la cultura tributaria incide en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015?. Siendo el objetivo general de la investigación, Determinar en qué medida, la cultura tributaria incide en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. La hipótesis planteada al problema de investigación es: La cultura tributaria incide en gran medida en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. En cuanto a la metodología utilizada en la presente investigación, es de tipo Correlacional, pues tiene como finalidad conocer la relación o grado de asociación que exista entre las dos variables, el diseño de investigación es “No experimental - Transversal” y su nivel de investigación es descriptivo. El sujeto de estudio son 6802 agremiados al Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco a Diciembre del 2015, utilizando el muestreo probabilístico – aleatorio simple, determinando una muestra de 363 agremiados. XIII ABSTRACT This research, entitled "THE TAX CULTURE AND ITS IMPACT ON THE DEGREE OF COMPLIANCE WITH TAX OBLIGATIONS PROFESSIONALS PRACTICING INDEPENDENT ACTIVITIES, ILLUSTRIOUS COLLEGE PROFESSIONAL LAWYERS CUSCO - 2015", carried out a situational analysis professionals exercise independent activities of Illustrious professional College of lawyers of Cusco, there is the problem of investigation it was determined what extent, the tax culture influences the degree of compliance with tax obligations, professionals who exercise independent activities, Ilustre College professional Association of Cusco - 2015 ?. As the overall objective of the research, determine to what extent the tax culture influences the degree of compliance with tax obligations, professionals who exercise independent activities, Professional Illustrious Cusco Bar Association - 2015. The hypothesis to research problem is: the tax culture influences largely on the degree of compliance with tax obligations, professionals who exercise independent activities, professional Illustrious Cusco Bar Association - 2015. As for the methodology used in this research is correlational, it aims to understand the relationship or degree of partnership that exists between the two variables, the research design is "not experimental - Transversal" and its level of research it is descriptive. The subject of the study are unionized 6802 Professional Illustrious Bar Association of Cusco to December 2015, using probability - simple random, determining a sample of 363 members. XIV CAPÌTULO I INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del Problema El Perú es un país, con gran diversidad cultural, posee características, que hacen que su población desarrolle distintas predisposiciones o tendencias, a actividades económicas, que fomenten su capacidad de socialización. Es así que el ciudadano peruano, como en gran parte de los países de América Latina, resalta por su gran capacidad de “emprendimiento”, actividad, que hace que genere sus propios recursos, trabajando muchas veces en más de un empleo, para cubrir sus necesidades básicas propias y así garantice la sostenibilidad de su hogar. Estas estadísticas, sin embargo no se ven reflejadas en el pago de las obligaciones tributarias que la SUNAT reporta cada año, ya que las tasas de contribuciones a la SUNAT, deberían ser mayores, sin embargo los índices de evasión tributaria en el país, son considerables y se llevan a cabo en cada una de las Categorías del Impuesto a la Renta, como por ejemplo: evasión de impuestos de Tercera Categoría: Por parte de empresarios micro, pequeños, medianos y grandes; evasión de impuestos de primera categoría: Por parte de contribuyentes que realizan actividades de alquiler de inmuebles y un tipo de evasión importante, es la evasión de impuestos de cuarta categoría por parte de profesionales que laboran de manera independiente y no los declaran al fisco. Pese a estos indicadores, la SUNAT a través de diferentes herramientas electrónicas trabaja en disminuir estas estadísticas, ejemplos claros de ello son la implementación de facturas y registros electrónicos. Así como también de mecanismos de simplificación y exoneración, esperando que ellos contribuyan con la mejor cultura tributaria de los contribuyentes. La SUNAT, reportó en marzo de 2016, que los ingresos tributarios del Gobierno Central ascendieron a S/. 8 772 millones, monto mayor en S/. 716 millones con 1 relación al mismo mes del año anterior. Este resultado representa un crecimiento de 4,4% en términos reales. En el acumulado a marzo de 2016 se registró una disminución de 4,4%. Al respecto, es importante indicar que la recaudación de los ingresos tributarios del Gobierno Central se ha visto afectada por factores exógenos a la Administración Tributaria, entre ellos las medidas de política tributaria que implicaron una reducción en las tasas del Impuesto a la Renta tanto empresarial como del trabajo, reducción de aranceles y la racionalización de los sistemas administrativos (retenciones, detracciones y percepciones) y la desaceleración de nuestra economía. En el caso del Departamento del Cusco, es de igual forma, pese a que se desarrollan diferentes actividades económicas de desarrollo de fuentes de empleo alternas, la recaudación en miles de soles del 2004 al 2015, es como sigue: TABLA Nº01 INGRESOS TRIBUTARIOS RECAUDADOS POR LA SUNAT, 2004- 2015 REGION CUSCO INGRESOS TRIBUTARIOS RECAUDADOS POR LA SUNAT, 2004 - 2015 REGION CUSCO (Miles de soles) Ingresos tributarios recaudados por la SUNAT - Tributos internos 1/ Total recaudado Impuesto a la Renta Porcentaje 2015 Cuarta Categoría S/. 78,615.37 3% Quinta Categoría S/. 5 85,465.01 22% Total S/. 2,632,273.71 100% Fuente: Sunat en línea. http://www.sunat.gob.pe/estadisticasestudios (2016) Según el detalle anterior, se tiene una recaudación de impuestos de cuarta categoría de S/.78,615.37 (miles de soles) durante los años 2004 - 2015. Es decir que, del total de impuesto a la renta recaudado durante esos años, solo 3% es declarado por personas con ingresos de actividades independientes. Con respecto a los impuestos de renta de quinta categoría, reporta S/.585,465.01 2 (miles de soles), equivalente a un 22% del total de recaudación de impuesto a la renta. Ambos porcentajes son sustancialmente bajos frente al total de recaudación, sobre todo el impuesto de cuarta categoría, más aun considerando que muchos ciudadanos realizan ambas actividades (dependientes e independientes) de forma simultánea. El análisis estadístico anterior, nos lleva a demostrar que existe un alto nivel de incumplimiento de obligaciones tributarias, en el país y específicamente en el Cusco, gran parte de este incumplimiento lo realizan los contribuyentes de cuarta categoría, que no declaran sus ingresos por este concepto. Este incumplimiento no solo se debe a acciones intencionales de evasión, sino que en muchos casos a temas de desconocimiento con respecto a las obligaciones tributarias que un contribuyente tiene al realizar actividades independientes. Siendo los colegios profesionales, los entes deontológicos por naturaleza, de carácter gremial, que velan por el ejercicio ético de las funciones profesionales, es importante considerar que también tienen como función velar por que los profesionales que se agremian a ellos, tengan todos los conocimientos, para que cumplan todas sus obligaciones como ciudadanos, entre ellos las obligaciones tributarias. Por motivos de la presente investigación, haremos referencia a un Colegio profesional en específico, este es el Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco. El cual a diciembre del 2015, supero los 6 802 colegiados agremiados, con sus aportes al corriente. Estos profesionales, muchas veces desconocen de sus obligaciones tributarias con respecto a las múltiples actividades económicas que realizan y esto los lleva a sanciones y multas por parte de la SUNAT. 3 Es por ello que se considera de gran importancia el determinar el grado de relación que existe entre la cultura tributaria, (conocimiento, nivel de conciencia, valoraciones y actitudes referidas a los tributos) de los profesionales que integran el Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco, colegiados al 2015 y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Ello permitirá tomar acciones inmediatas, como es la capacitación y socialización de temas referidos a la tributación, para fortalecer una mejor cultura tributaria y así evitar el incumplimiento de obligaciones, que acarreara para los abogados profesionales colegiados, posibles multas, embargos y demás sanciones impuestas por la SUNAT. 1.2 Formulación del Problema 1.2.1 Problema General ¿En qué medida, la cultura tributaria incide en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015? 1.2.2. Problemas Específicos  ¿Cómo es la cultura tributaria de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015?  ¿Cuál es el nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015? 4  ¿Cuál es el nivel de incumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015? 1.3. Justificación de la Investigación  El presente tiene como principal propósito, contribuir con conocimientos contables y tributarios para buscar la reflexión académica del tema de investigación por parte de la colectividad investigadora.  La presente investigación contribuye con los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, para que se tomen acciones como, actividades de capacitación y/o socialización de temas tributarios, para evitar sanciones por incumplimiento de sus obligaciones tributarias.  El trabajo de investigación, sirve como referencia a futuras propuestas de investigación, para que esta experiencia académica represente un antecedente investigativo. 1.4. Objetivos de la Investigación 1.4.1. Objetivo General Determinar en qué medida, la cultura tributaria incide en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. 5 1.4.2. Objetivos Específicos  Analizar cómo es la cultura tributaria de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015.  Conocer cuál es el nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015.  Conocer cuál es el nivel de incumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. 1.5. Delimitaciones de la Investigación 1.5.1. Delimitación Espacial La investigación será efectuada a los profesionales que ejercen actividades independientes, ilustre colegio profesional de abogados ubicada en la ciudad del cusco para ello se cuenta con acceso a la información. 1.5.2. Delimitación Temporal La investigación tomara en cuenta los datos correspondientes hasta el periodo económico 2015. 6 1.6. Aspectos Éticos. Se consideran dentro de los aspectos éticos los siguientes:  La investigación conservará los lineamientos para el desarrollo con el debido respeto al sujeto de estudio que participara y brindara información en la etapa de aplicación de encuestas.  Todos los datos obtenidos durante la investigación serán veraces y originales 7 CAPÌTULO II MARCO TEORICO 2.1. Antecedentes de la Investigación 2.1.1. A Nivel Internacional (Romero & Vargas, 2014), La Cultura Tributaria y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones en los comerciantes de la Bahía “Mi Lindo Milagro” del Cantón Milagro, año 2012. (Tesis de pre grado), Universidad Estatal de Milagro- Ecuador. Con el planteamiento del problema: ¿De qué manera incide la cultura tributaria en los comerciantes de la “Bahía Mi Lindo Milagro” en el cumplimiento de sus obligaciones? El objetivo principal es Analizar en qué medida la Cultura Tributaria incide en el cumplimiento de las obligaciones de los comerciantes; mediante encuestas, para contribuir al desarrollo social del Cantón Milagro. La población de estudio, se dirigió a los pequeños comerciantes ubicados en la Bahía “Mi Lindo Milagro” que son procedentes del Cantón y sectores aledaños, siendo por lo general personas adultas entre 18-77 años (hombres y mujeres). Dentro de los 730 negocios no todos se encuentran constituidos como contribuyentes, por lo tanto, están exentos al sistema tributario establecido. Por lo tanto, la población estuvo compuesta por 730 negocios desarrollando actividades como: alimentos-bebidas, cabinas telefónicas, vestimentas, accesorios, entre otras, recalcando que la población inmersa es finita. 8 El tipo exploratorio-explicativo porque permitió examinar a los contribuyentes por medio de encuestas sobre la situación actual por la que atraviesan los comerciantes. Se encontró claramente las causas que dieron lugar al problema y el aspecto real del tema objeto de estudio. El diseño en la presente investigación es de tipo cuanti-cualitativo. Se utilizó un paradigma cuantitativo porque proporcionó con exactitud los contribuyentes a encuestarse. Llegando a la siguiente conclusión: Actualmente el Servicio de Rentas Internas posee espacio físico dentro de sus instalaciones, pero no mejora la propagación de publicaciones tributarias a los contribuyentes. El Servicio de Rentas Internas realiza capacitaciones durante todo el año, pero se recalca que éstas no incitan o involucran a la población estudiada para obtener información tributaria. Proponiendo la siguiente recomendación: Lo fundamental es que la Entidad Recaudadora del Tributo tome en consideración la presente propuesta como un aporte importante para generar una verdadera Cultura Tributaria en los ciudadanos, además de combinar éstas estrategias con otras técnicas. Este antecedente, aporta a la presente investigación, pues tiene como variable de estudio, la cultura tributaria, sujeto que también estudiaremos, ello nos permitirá analizar, las similitudes que presenta, pese a tener diferente ubicación geográfica. Es también importante considerar que una de las variables de investigación es la cultura tributaria. 9 (Chicas, 2011), Propuesta para crear una unidad móvil de capacitación como herramienta para el fortalecimiento de la cultura tributaria en Guatemala, Año 2011. Tesis de post grado. Universidad de San Carlos de Guatemala. Si bien es cierto que la cultura tributaria no tiene una relación directa con la recaudación, el fin último de la unidad móvil es divulgar la cultura tributaria para contribuir a incrementar la recaudación y de esta manera proveer al Estado de los ingresos requeridos para financiar el gasto social y las inversiones en infraestructura, colaborando así con el desarrollo sostenible del país. Es de vital importancia continuar con estrategias de capacitación e información para incidir de manera positiva en la conformación de una cultura tributaria que señale la evasión como práctica nociva y que valore positivamente el cumplimiento tributario. Para la realización de la presente investigación se utilizó el método científico, la metodología tuvo enfoque cuantitativo, no experimental, transversal de tipo descriptivo. Llegando a la siguiente conclusión: La mínima capacidad instalada para impartir educación y los problemas de acceso a los centros de capacitación regionales, entre otras causas, hacen que la cultura tributaria sea casi nula en la mayoría de la población, principalmente en las áreas rurales. Proponiendo la siguiente recomendación: Establecer programas de capacitación dirigidos al personal de la SAT relacionado con atención al contribuyente, para que la información que se brinde cuente con los mismos criterios sin importar la instancia a la que el contribuyente asista. (Oficinas o agencias tributarias, call center, cursos, etc.) 10 Este antecedente contribuirá con la investigación, a través del aporte de un marco teórico conceptual, de términos relacionados a la “capacitación en cultura tributaria”, en un contexto internacional, como es el caso de Guatemala, contexto jurídico que tiene similitud con el país. Se podrá también hacer un análisis de esta casuística. 2.1.2. A Nivel Nacional (Marquina, 2014), Incidencia en la cultura tributaria de los contribuyentes ante una Verificación de obligaciones formales Sunat - intendencia Lima en el periodo 2013. Tesis de pre grado. Universidad Nacional de Trujillo. Con el planteamiento del problema: ¿Cuál es la incidencia de la Cultura Tributaria de los Contribuyentes ante una Verificación de Obligaciones Formales de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria –Intendencia Lima Periodo 2013? El objetivo principal es Determinar si la Cultura Tributaria incide ante la verificación del cumplimiento de las obligaciones formales realizada por la SUNAT en el ejercicio 2013. La población está comprendida por los contribuyentes del Régimen General del Cercado de Lima, verificados con el programa de obligaciones formales asignados de manera mensual a cada superficie de Gestión masivos durante en el periodo 2013. (Fuente Sunat- Intendencia Lima) N=100. El diseño de la investigación es No Experimental; corte trasversal, porque la información se toma sobre la base de un periodo o ejercicio. Llegando a la siguiente conclusión que en la mayoría de los casos el motivo de la 11 infracción cometida por los contribuyentes, es originada frecuentemente por llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes los libros y /o Registros contables y por no exhibir la información solicitada. Siendo este último de doble efecto, ya que a pesar de ser multados también es sancionado por la vía administrativa con el ingreso a recaudaciones de la cuenta de detracciones. Llegando a la siguiente conclusión: El conocimiento de los contribuyentes del cercado de Lima verificados por la Administración Tributaria- Intendencia Lima, respecto al cumplimiento de sus obligaciones formales es deficiente y tiene incidencia en los resultados de la verificación de manera negativa para el contribuyente. Proponiendo la siguiente recomendación: Llevar a cabo una capacitación Tributaria constante y estar permanentemente asesorados para cumplir con sus obligaciones tributarias de manera eficiente y oportuna. Este antecedente, aporta a la presente investigación, pues tiene como variable de estudio, la cultura tributaria, sujeto que también estudiaremos, ello nos permitirá analizar, las similitudes que presenta, pese a tener diferente ubicación geográfica. Es también importante considerar que una de las variables de investigación es la cultura tributaria. 2.1.3. A Nivel Local (Gamboa, 2012), Influencia de la capacitación en la cultura tributaria de los egresados de secundaria de la ciudad del Cusco en el Año 2012. Tesis de pre grado. Universidad Andina del Cusco. 12 Con el planteamiento del problema: ¿En qué medida la Capacitación recibida en el área de Formación Ciudadana y Cívica ha influido en la Cultura Tributaria de los egresados del 5to de Secundaria de la ciudad del Cusco? El objetivo principal es Determinar el nivel de Influencia en la Capacitación recibida en el área de ciudadanía y cívica en la cultura tributaria de los egresados del 5to año de educación secundaria de la ciudad del Cusco. Llegando a la siguiente conclusión el nivel de conocimiento acerca de cultura tributaria que presenta los egresados de secundaria del año 2011 de la ciudad del cusco es muy Deficiente con un promedio que oscila entre 2.99 y 2.89 lo que representa un 19.93% de nivel de conocimientos en temas tributarios. En relación de la práctica de cultura tributaria que evidencian los egresados de secundaria del año 2011 de la ciudad del cusco hacia la cultura tributaria se puede decir que son deficientes. Este antecedente contribuirá con la investigación, pues tiene variable de estudio la cultura tributaria y ello nos permitirá analizar, las similitudes que presentan, por la misma ubicación geográfica. 13 2.2. Bases Teóricas 2.2.1. Teoría de la Cultura Tributaria Según (Dun, 2002), la Cultura Tributaria representa una parte de la cultura nacional, tiene un contenido individual, al consistir en la creencia íntima que tiene cada persona miembro de una agrupación social que el impuesto constituye una aportación justa e imprescindible y de provecho al ser utilizado para satisfacer las necesidades de la colectividad de la cual forman parte. La Cultura Tributaria se entiende como un conjunto de valores, conocimientos y actitudes compartido por los miembros de una sociedad respecto a la tributación y la observancia de las leyes que la rigen, esto se traduce en una conducta manifestada en el cumplimiento permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad social de los contribuyentes. (Mendez, 2004). 2.2.1.1. Importancia de la Cultura Tributaria La importancia de la Cultura Tributaria está en la propia persona quien es la que acepta el sitio que le corresponde en la sociedad, por lo cual, desarrolla un sentido de solidaridad para con los demás. Por lo tanto, hay que admitir en las obligaciones tributarias un dispositivo en pro del bien común y al Estado como el ente facultado de alcanzar dicho propósito. Asimismo, el cumplimiento de esas obligaciones lleva inherente el derecho y la legitimidad que tienen todos los ciudadanos de exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones; sin embargo, hay que admitir 14 que esta tarea es un proceso a largo plazo y que toma años alcanzar y desarrollar. Según (Escobedo, 2010), se puede decir que con la Cultura Tributaria se pretende que los individuos de la sociedad involucrados en el proceso, tomen conciencia en cuanto al hecho de que es un deber constitucional aportar al Estado y comunicar a esa colectividad que las razones fundamentales de la tributación son el proporcionar a la Nación los medios necesarios para que éste cumpla con su función primaria como lo es la de garantizar a la ciudadanía servicios eficaces y eficientes. 2.2.1.2. El Cumplimiento Tributario Voluntario Significativamente, en la legislación tributaria moderna existe interés en promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aunque no se precisa el sentido y alcance de la expresión. Al separar para el análisis los términos que componen la expresión, se encuentra dentro de la variedad de opiniones, que muchos de los actos realizados por el sujeto son voluntarios, es decir, sin factores externos que lo obliguen. Al respecto, (Ferrater, 1988), señala que, históricamente se ha interpretado la voluntad desde cuatro puntos de vista:  El psicológico o el antropológico: la voluntad corresponde a cierta facultad humana, como expresión de cierto tipo de actos  El moral: se relaciona la voluntad con los problemas de la intención y con los aspectos requeridos para el bien. 15  El teológico: se ha usado para caracterizar el aspecto fundamental de la realidad o personalidad divina.  El metafísico: se ha considerado como un principio de las realidades y como motor de todo cambio. Consideramos que han sido abundantes las opiniones en cuanto a la voluntad, pero en relación con los cuatro puntos de vista señalados, la mayor parte de ellas se han fundado en consideraciones de tipo psicológico. 2.2.2. Teoría del Sistema Tributario Nacional Según, el análisis y comentario que realiza (Hector, 1998), del Código tributario. El objeto del estudio del sistema tributario es examinar y conocer el conjunto de tributos de un determinado país considerándolo como en objeto unitario de conocimientos, desde este punto de vista, todo sistema tributario debe ser enjuiciado en su conjunto, debido a los efectos que produce, puede corregirse y equilibrarse entre sí. Por esta razón, podemos definir que el sistema tributario está constituido por el conjunto de tributos vigentes en un país y por las normas que los regulan en una época determinada. 2.2.2.1. Principios del Derecho Administrativo aplicado al Sistema Tributario. La Constitución Política del Perú de 1993 contiene diversos artículos de materia tributaria que se encuentran respaldados en los Principios del Sistema Tributario Peruano. Entre los cuales tenemos: 16 a) Principio de Legalidad – Reserva de la Ley En cuanto a su contenido se entiende que exige la regulación de los elementos esenciales o estructurales del tributo a través de una norma con rango de Ley. En nuestro país, la reserva de ley se extiende a lo que podríamos llamar la vida de la relación jurídica tributaria, pues no solamente inspira la creación normal del tributo sino inspira los elementos fundamentales de éste: sujetos, hecho imponible, base del cálculo y alícuotas, así como otros aspectos vinculados al régimen sancionador, a los beneficios y a los modos de extinción de la deuda tributaria. Se distingue al principio de legalidad del de reserva de ley. El primero es la subordinación de todos los poderes a leyes generales y abstractas que disciplinan su forma de ejercicio y cuya observancia se somete a un control de legitimidad (Poder Judicial). El principio de reserva de ley es la determinación constitucional que impone la regulación solo por ley de ciertas materias, es decir, la creación, modificación, derogación y exoneración de tributos queda reservada a la ley, excepcionalmente puede derivarse al reglamento, pero señalando los parámetros. b) Principio de Igualdad Consiste en que la carga tributaria debe ser igual para los contribuyentes que tienen igual condiciones económicas; es decir, 17 el mismo tratamiento legal y administrativo, sin arbitrariedades, respetando la capacidad contributiva. “No se refiere este principio a la igualdad numérica, que daría lugar a las mayores injusticias, sino a la necesidad de asegurar el mismo tratamiento a quienes estén en análogas situaciones, con exclusión de todo distinto arbitrario, injusto y hostil contra determinadas personas o categoría de personas. Este principio supone la igualdad de todos los ciudadanos como sujetos de derecho y obligaciones frente a igualdad de situaciones. c) Principio de No Confiscatoriedad Derivado de propiedad, protege a la propiedad en sentido subjetivo: no se puede afectar al gravar la esfera patrimonial de los particulares. Garantiza el sistema económico y social plasmado en la Constitución d) Respecto de Derechos Fundamentales El primer artículo de la constitución consagra los derechos fundamentales de la persona. Estos derechos fundamentales de la persona deben ser observados al establecer tributos. 18 2.2.3. Teoría sobre la Obligación Tributaria Constituye una relación jurídica que liga a dos o más personas en virtud en la cual una de ellas, llamada deudor, debe cumplir una prestación a favor de la otra, llamada acreedor, para satisfacer un interés de este último digno de protección, si bien es cierto que la obligación tributaria mantiene una identidad estructural con esta concepción de la obligación (civil, privada) a de indicar que también tiene diferencias sustanciales según, (Rosendo, 2011) 2.2.3.1. Nacimiento de la Obligación Tributaria Según el análisis y comentario del Código Tributario, hecho por el autor (Rosendo, 2011). Indica que esquematizando para el nacimiento de la obligación tributaria debe de coincidir dos elementos: a) La descripción de legal de un hecho, el hecho previsto en la ley, el supuesto previsto en la norma o la hipótesis legal condicionante (“hipótesis de la incidencia tributaria” o “hecho imponible abstracto”). b) La realización, materialización, acaecimiento de dicho supuesto de hecho tributario que correspondiendo rigurosamente a su descripción legal genere la obligación tributaria (“hecho imponible concreto”). 19 2.2.3.2. Formas de Extinción de la Obligación Tributaria Según el análisis y comentario del (Código Tributario), hecho por el autor (Jorge, 2010) existen diferentes formas: a. El Pago: La forma tradicional de extinción de la obligación tributaria es el pago. Es la conducta atreves de la cual, el deudor tributario cumple con efectuar la prestación tributaria, así como solventar los intereses moratorios, si el cumplimiento de la misma es tardío. También es una forma de extinción de sanciones pecuniarias, que en el ordenamiento jurídico peruano reciben la denominación de multas. b. La Compensación: La compensación es un modelo de extinción de las obligaciones, que implica la existencia previa de dos sujetos que son acreedores y deudores el uno del otro. En ese sentido la compensación consiste en la minoración de la deuda tributaria en el monto del crédito tributario al que se tiene derecho. El efecto extintivo se producirá en el momento en que ambas obligaciones coexistan. La deuda tributaria podrá ser compensada total o parcialmente por la administración tributaria con los créditos por tributos, sanciones e intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente y con los saldos a favor por exportación u otro concepto similar, siempre que no se encuentren prescritos. 20 c. La Condonación: La condonación o remisión de deuda es el acto jurídico por el cual el acreedor renuncia a exigir el pago de lo que se le debe. Constituye en cierta forma, un modo de extinción voluntario y gratuito de la deuda que, en principio, se aleja de los principios de indisponibilidad y legalidad que caracterizan a una obligación tributaria. d. La Consolidación: Denominada también en doctrina y en el derecho comparado como confusión, es una forma de extinción de la obligación que opera por la coincidencia en una misma persona de la condición de acreedor y deudor. Es un caso extremadamente inusual de extinción de obligaciones tributarias que podría presentarse. e. Resolución de la administración tributaria Según el inciso e) del artículo 27° del Código Tributario, señala que la resolución de la Administración Tributaria es sobre deudas de recuperación onerosa que consten en las respectivas Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multa u Órdenes de Pago; siendo este, un medio de extinción de la obligación tributaria. Que es necesario que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, modifique el procedimiento para dar por extinguida una deuda tributaria por ser de recuperación onerosa. 21 2.2.3.3. Elementos de una Obligación Tributaria Según el análisis y comentario del (Código Tributario), hecho por el autor (Jorge, 2010) define los siguientes elementos: a) Los sujetos, uno sobre el que pesa un deber jurídico de prestación (sujeto pasivo), llamado también contribuyente o deudor y otro titular de un derecho subjetivo a dicha prestación, llamado (sujeto activo), denominado también estado acreedor. b) El objeto, el cual es una prestación de dar una suma de dinero (o su equivalente) con carácter definitivo. c) El vínculo jurídico, que enlaza a los sujetos al cumplimiento de la prestación tributaria. 2.2.3.4. Clases de Obligaciones Tributarias La doctrina dominante en la Ciencia Tributaria Contemporánea se adhiere a la opinión de que existe una obligación sustancial o principal y otras obligaciones accesorias o secundarias, también llamadas formales, de singular importancia. De igual forma en el caso específico de las rentas de cuarta categoría, obligación tributaria que se clasifica en dos: a) Obligación Sustantiva. La obligación principal, constituye una prestación de carácter patrimonial, que vista desde una doble perspectiva puede ser expresada en una obligación de dar (el 22 contribuyente) y recibir (el fisco). Dar en la generalidad de los casos una suma de dinero o una especie o especies en una excepcionalidad, constituye una tarea propia del contribuyente. En las rentas de cuarta categoría, las obligaciones sustanciales son: a) Cálculo del impuesto por rentas de cuarta categoría. b) Suspensión de retenciones: D.S. N°003-2001-EF y D.S. N°046-2001-EF. c) Declaraciones y pagos mensuales y anuales: Formulario virtual N°616, Formulario pre impreso N°116 d) Reinicio de pagos y retenciones: Art 71, 74 y 86 del TUO de la Ley de Impuestos a la Renta D.S. N°003- 2001-EF y Res. De Sup. N°024-2005/SUNAT e) Otras obligaciones b) Obligaciones Formales. Son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento. Es preciso señalar que existen obligaciones formales tanto del sujeto pasivo, como del sujeto activo (Administrador Tributario). En las rentas de cuarta categoría, las obligaciones formales son: a) Formalización 23 b) Conocimiento de obligaciones tributarias: Normativa tributaria para Renta de Cuarta: Asientos contables c) Llevado de la contabilidad. 2.2.3.5. Declaración y el Pago Según el autor (Esteban, 1992) Los sujetos del impuesto, sean en calidad de contribuyentes como de responsables, deberán presentar una declaración jurada sobre las operaciones gravadas y exoneradas realizadas en el periodo tributario del mes calendario anterior, en la cual dejaran constancia del impuesto mensual, del crédito fiscal, y en su caso, del impuesto retenido. Igualmente determinaran y pagaran el impuesto resultante o, si correspondiera, determinaran el saldo del crédito que haya excedido el impuesto del respectivo periodo. a) Oportunidad de la Declaración y el Pago. La declaración y el pago del impuesto deberán efectuarse conjuntamente y en un mismo documento, dentro del mes calendario siguiente al periodo tributario al que corresponde la declaración y el pago. Si no se efectuaren conjuntamente la declaración y el pago, la declaración o el pago serán recibidos, pero la SUNAT aplicará la sanción correspondiente por la omisión y además procederá, si hubiere lugar, a la cobranza coactiva del impuesto omitido de acuerdo con el procedimiento establecido en el código tributario. 24 2.2.3.6. Deuda Tributaria Es la suma adeudada al acreedor tributario, por tributos, multas, el interés moratorio, el interés de fraccionamiento o aplazamiento. Vinculándolo con el objeto de la obligación tributaria. (Rosendo, 2011) 2.2.3.7. La Carencia de Conciencia Tributaria Cuando hablamos de carencia de conciencia tributaria, decimos que ella implica que en la sociedad no se ha desarrollado el sentido de cooperación de los individuos con el Estado. No se considera que el Estado lo conformamos todos los ciudadanos y que el vivir en una sociedad organizada, implica que todos debemos contribuir a otorgarle los fondos necesarios para cumplir la razón de su existencia, cual es, prestar servicios públicos. Como lo expresa la doctrina, la formación de la conciencia tributaria se asienta en dos pilares. El primero de ellos, en la importancia que el individuo como integrante de un conjunto social, le otorga al impuesto que paga como un aporte justo, necesario y útil para satisfacer las necesidades de la colectividad a la que pertenece. El segundo pilar, lo basa en que el mismo prioriza el aspecto social sobre el individual, en tanto esa sociedad a la que pertenece el individuo, considere al evasor como un sujeto antisocial, y que con su accionar agrede al resto de la sociedad. En este segundo aspecto, el ciudadano al observar a su alrededor un alto grado de corrupción, considera que aquél que actúa de esa manera 25 antisocial, de no ingresar sus impuestos, es una persona hábil, y que el que paga es un tonto, es decir, que el mal ciudadano es tomado equivocadamente como un ejemplo a imitar. (Hernandez, 2005). 2.2.3.8. La Administración Tributaria La Superintendencia Nacional de Administración tributaria (SUNAT) es una institución pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, creada por Ley Nº 24829, y conforme a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501, dotada de personería jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa, funcional, técnica y financiera. En la SUNAT trabajan funcionarios y servidores públicos de diversas profesiones y áreas del conocimiento. Todos han sido capacitados y especializados en materia tributaria y técnica aduanera. Así tenemos a los auditores que se encargan de la función de fiscalizar y conjuntamente con ellos a los fedatarios fiscalizadores. En los centros de Servicios al Contribuyente tenemos a los terminalitas, que atienden trámites en las ventanillas y a los orientadores que como su nombre lo indica, orientan a los contribuyentes en materia tributaria y procedimientos para que estén al día con sus obligaciones. . La SUNAT se encuentra autorizada para instalar sus dependencias en cualquier parte del territorio del Perú. Por ello, encontramos dependencias de SUNAT en casi todas las capitales de departamentos, ciudades de importancia comercial y en las fronteras, puertos, aeropuertos, etc. 26 2.2.4. Teoría de la Tributación La Teoría Económica le otorgó un papel fundamental al Estado en cuanto a la generación y disposición de bienes públicos como, por ejemplo, la educación pública, la salud pública, la seguridad pública, etc.; pero para que el Estado pueda cumplir con ello necesita disponer de recursos financieros, y una forma es a través del mecanismo de la tributación que deben realizar los agentes económicos de una sociedad determinada. “La recaudación tributaria en el Perú, se fundamenta en tres tipos de impuestos: el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto Selectivo al Consumo, el primero grava los ingresos y/o utilidades de las personas naturales y jurídicas y los otros gravan la producción o el valor agregado y el consumo. Cuando la ley crea un tributo se limita a indicar cuáles serán los supuestos y en caso de ocurrir en la realidad se convertirá en hecho imponible. Por lo que la obligación tributaria nace de la ley y si en ella no se incluye como gravable un supuesto, el Estado no se encuentra legitimado a exigir la prestación o cobro de dicho tributo”. (Salinas, 2010, pág. 60) En el Tratado de Derecho Tributario, se explica que “La obligación tributaria no nace directamente del poder fiscal; el poder fiscal es emanación del poder general de imperio del Estado, por el cual los legisladores imponen las leyes. Pero una vez que ese poder rige por la Constitución y las leyes, el poder mismo se agota en el momento legislativo, en el momento de aprobación de las fuentes legales del Derecho Tributario y ya no hay poder por el cual se paguen los impuestos; el poder mismo se agota en el momento legislativo. Esta es la tendencia general en los países en que el principio de legalidad está rigiendo con su máximo alcance”. (Chavez, 1993, pág. 29.30) 27 Los autores antes citados, inciden en la idea de que la obligación tributaria nace de la ley y si en ella no se constituye como gravable un supuesto, el Estado no puede exigir su cobro, el hacerlo sería ilegitimo. En el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, habla del “Principio de Legalidad”, en cuya virtud los tributos sólo pueden crearse, modificarse o derogarse por ley, o, en caso de delegación de facultades, por decreto legislativo y como la hipótesis de incidencia constituye la piedra angular en la creación del tributo, su diseño sólo puede ser efectuado a través de la ley, pues aquella está plenamente alcanzada por el referido principio de legalidad Una de las formas de financiación del Estado para atender el gasto público es a través de los impuestos. Como se sabe, la renta constituye una de las manifestaciones de riqueza sobre las que se aplica un impuesto – junto al consumo y el patrimonio- y en consecuencia, es un claro indicador de capacidad contributiva. En este sentido, el Impuesto a la Renta es uno de los tributos que grava el rendimiento del capital y el trabajo, respecto del cual, se puede decir que es un impuesto real, dado que recae sobre actividades sin tener en cuenta circunstancias personales; y directo en la medida que recae directamente sobre la persona, empresa, sociedad que genera la renta y la riqueza (sin que sea posible su traslación). En nuestro país, este impuesto es regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta Decreto Legislativo N° 774, aprobado mediante D. S. Nº 179-200-EF, publicada el 08-12-2004. 2.2.4.1. Importancia de Promover la Cultura Tributaria La obligación del cumplimiento tributario puede ser suficiente para lograr los objetivos de la recaudación fiscal, dependiendo de la 28 percepción de riesgo de los contribuyentes y de la capacidad de fiscalización y sanción de la Administración Tributaria. Pero hay contextos sociales en los que se percibe una ruptura o disfunción entre la ley, la moral y la cultura, estos tres sistemas regulan el comportamiento humano. (Roca, 2011) 2.2.4.2. Clasificación de los tributos a) Impuesto. Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del estado. Es unánime aquí la doctrina al señalar que la característica primordial de los impuestos es que no existe relación entre lo que se paga y el destino de estos fondos, denominado, por ese motivo, como tributos no vinculados, por cuanto su exigibilidad es independiente de cualquier actividad estatal y/o privada referida al contribuyente. b) Contribución Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. c) Tasa. Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. En este sentido a diferencia de los precios públicos, las tasas tienen, en tanto tributo, como fuente 29 la ley, por lo que no se considera tasa al pago que se recibe por un servicio de origen contractual. A su vez dentro del concepto tasa, entre otras, encontramos la siguiente sub clasificación:  Arbitrios: son tasa que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.  Derechos: son tasas que se paga por la prestación de un servicio administrativo público o por el uso o aprovechamiento de bienes públicos.  Licencias: son tasa que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. 2.2.5. Teoría del Impuesto a la Renta De acuerdo (Nima, E.,Gómez, A. & Bobadilla, A., 2007), son tres las teorías que definen el concepto de renta, a saber: a) La teoría de la renta producto, consiste en que la renta es la utilidad o ganancia susceptible de obtenerse periódicamente de una fuente más o menos durable en estado de explotación. b) La teoría del flujo de riqueza, donde el concepto de renta se identifica con el beneficio o utilidad obtenida en un periodo determinado con prescindencia de que provenga de una fuente periódica o durable. c) La teoría del consumo más incremento patrimonial, donde la renta se determina en función de los cambios en el valor del patrimonio durante un periodo determinado, debiéndose tener en cuenta los consumos realizados. 30 2.2.5.1. Características del Impuesto a la Renta.  La renta tiene el carácter de ser no trasladable, ello por el hecho que afecta de manera directa y a la vez de forma definitiva al sujeto que la Ley del Impuesto a la Renta determina. En este caso es el propio contribuyente quien debe soportar la carga económica del impuesto por sí mismo.  Contempla la aplicación del principio de equidad en sus dos vertientes (horizontal y vertical), al estar relacionada con la capacidad contributiva. Los índices básicos de capacidad contributiva se resumen en tres: a) la renta que se obtiene, b) el capital que se posee y c) el gasto o consumo que se realiza. Esta característica, considera además que son tributos directos aquellos que recaen sobre la riqueza o el patrimonio, ya que son estos referentes los que constituyen verdaderas manifestaciones directas e inmediatas de la capacidad contributiva.  El impuesto a la renta en términos económicos depende de los momentos de crecimiento y desarrollo de los mercados y de las caídas o recesos de los mismos; por lo tanto, cuando hay crecimiento los montos del impuesto a la renta debe aumentar y cuando hay crisis estos montos tienden a bajar.  El impuesto a la renta grava una serie de hechos que ocurren en un determinado espacio de tiempo, ello significa que tiene que haber una sucesión de hechos económicos producidos en distintos momentos, respecto de los cuales el legislador verifica que la hipótesis de incidencia tributaria se va a configurar después que transcurra este período. 31  El impuesto a la renta puede ser de tipo global cuando el tributo toma como referencia la totalidad de las rentas del sujeto pasivo, sin tomar en cuenta el origen de la renta. 2.2.5.2. Categorías del Impuesto a la Renta. a) Renta de Primera Categoría La renta se genera mes a mes y el impuesto se paga aunque la renta no haya sido paga. Se produce por el alquiler y/o cesión de bienes muebles o inmuebles. Ej. Alquiler de maquinarias, autos, camiones, casa, departamentos, etc. b) Renta de Segunda Categoría Existe obligación de pagar el impuesto cuando se cobra la renta. Son las que provienen de ganancias de valores mobiliarios, inversiones de un derecho o capital invertido o ganancias en la transferencia de inmuebles. Ej. Acciones, bonos, participaciones de fondos mutuos, regalías, intereses, etc. c) Renta de Tercera Categoría Es para empresas y negocios. El Impuesto a la Renta impone todos los ingresos que obtienen las personas y empresas que desarrollan actividades empresariales. Durante el año se realizan 12 pagos a cuenta mensuales, donde el pago no puede ser menor al 1.5% de los ingresos netos. 32 d) Renta de Cuarta Categoría Las rentas de cuarta categoría son aquellas rentas que provienen del trabajo realizado por cuenta propia donde no existe relación de dependencia. En este tipo de rentas prevalece el criterio profesional, es decir están comprendidas aquellas rentas derivadas del ejercicio profesional, arte, ciencia u oficio. La realización de esta actividad requiere de cierto capital. (Salomón, 2013). GRAFICO Nº01 RENTA DE CUARTA CATEGORIA – PAGOS A CUENTA Y RETENCIONES Fuente: Salomón Vara, Efraín, “Tributación I” Facultad de Ciencias Administrativas y Contables de la Universidad Peruano Los Andes (2013). e) Renta de Quinta Categoría El empleador a través de una planilla efectúa al trabajador dependiente, de una entidad o empresa, una retención 33 mensual del impuesto a la renta equivalente a un dozavo del impuesto. 2.2.5.3. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). La SUNAT es el organismo del Estado encargado de la administración, recaudación, control y fiscalización de los tributos internos y del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero. (Effio, 2011). 2.2.5.3.1. Facultad de la Sunat Según el (Código Tributario T. ) se define las siguientes facultades de la Sunat. a) Facultad de Recaudación. De acuerdo a los dispuesto por el Código Tributario, constituye función de la Administración Tributaria recaudar los tributos. A tal efecto, puede contratar directamente los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados por aquélla. Los convenios podrán incluir la autorización para recibir y procesar declaraciones y otras comunicaciones dirigidas a la Administración. b) Facultad de Determinación. Por el acto de la determinación de la obligación tributaria: 34 El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo. La Administración Tributaria verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo. La determinación de la obligación tributaria se inicia:  Por acto o declaración del deudor tributario.  Por la Administración Tributaria; por propia iniciativa o denuncia de terceros.  Para tal efecto, cualquier persona puede denunciar a la Administración Tributaria la realización de un hecho generador de obligaciones tributarias. c) Facultad de Fiscalización. La facultad de fiscalización de la Administración Tributaria se ejerce en forma discrecional, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario. El ejercicio de la función fiscalizadora incluye la inspección, investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios. d) Facultad Sancionadora. La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias. En virtud de la citada facultad discrecional, la Administración 35 Tributaria también puede aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar. Para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributaria se encuentra facultada de fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios objetivos que correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas. e) Facultad Interpretativa. En concordancia a lo dispuesto por la Norma VIII del Código Tributario, para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible se faculta a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), a tomar en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios. 2.2.5.3.2. Funciones y Atribuciones de la Superintendencia de Administración Tributaria – Sunat.  Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, así como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley.  Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras. 36  Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los regímenes y trámites aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de éstos.  Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior, así como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra.  Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales, así como emitir opinión cuando ésta le sea requerida.  Celebrar acuerdos y convenios de cooperación técnica y administrativa en materia de su competencia.  Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperación técnica, de investigación de capacitación y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el país o en el extranjero.  Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la ley.  Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda.  Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquier sea su origen y naturaleza a nivel nacional.  Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, 37 consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros.  Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria, el tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal.  Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías, excepto las que estén en tránsito y trasbordo, a efectos de determinar su clasificación en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables.  Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero.  Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en vía administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelación y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial.  Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.  Ejercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente.  Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello procesa en el ejercicio de sus funciones. 38  Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposición de mercancías, aquellas que se encuentren en abandono legal y en omiso administrativo. La adjudicación se hará a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro.  Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera.  Editar, reproducir y publicar el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carácter aduanero, así como las normas y procedimientos aduaneros.  Determinar la correcta aplicación y recaudación de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a la ley, así como de los derechos que cobre por los servicios que presta.  Participar en la celebración de Convenios y Tratados Internaciones que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carácter aduanero.  Ejercer las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) ejercerá las funciones antes señaladas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a las que hace referencia la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo 135-99EF. 39 La SUNAT también podrá ejercer facultades de administración respecto de otras obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que se establezca en los convenios interinstitucionales correspondientes (115-2002-PCM, 2002). 2.2.6. Base Legal 2.2.6.1. Código Tributario 2.2.6.1.1. Código Tributario (Decreto Supremo 133-2013-EF). El presente Código establece los principios generales, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario. Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el término genérico tributo comprende: Impuesto, contribución y Tasa. El rendimiento de los tributos distintos a los impuestos no debe tener un destino ajeno al de cubrir el costo de las obras o servicios que constituyen los supuestos de la obligación. 2.2.6.2. Sistema Tributario Nacional 2.2.6.2.1. Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo N° 771). 40 Esta norma regula la estructura del Sistema Tributario Peruano, identificando cuatro grandes sub-conjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados: a) Tributos que constituyen ingresos del Gobierno Nacional: Se trata del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Derechos Arancelarios y Régimen Único Simplificado. b) También constituyen recursos del Gobierno Nacional las tasas que cobra por los servicios administrativos que presta. c) Tributos que constituyen ingresos de los Gobiernos Regionales: De conformidad con el art. 74 de la Constitución los Gobiernos Regionales pueden crear contribuciones y tasas. Se trata de ingresos tributarios para los Gobiernos Regionales que no están contemplados en el D.L. N° 771. d) Tributos que constituyen ingresos de los Gobiernos Locales: El D.L. N° 771, establece que estos tributos se encuentran normados por la ley de Tributación Municipal que fue aprobada posteriormente por el D.L. N° 776, vigente desde 1994. e) Contribuciones que constituyen ingresos para otras reparticiones públicas diferentes del Gobierno Nacional y Local: Se trata de las contribuciones de seguridad social que financian el sistema de salud administrado por ESSALUD, el sistema público de pensiones, administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP; la contribución al servicio nacional de adiestramiento técnico industrial – SENATI y la 41 contribución al servicio nacional de capacitación para la industria de la construcción. 2.2.6.3. Deuda Tributaria – Obligación Tributaria 2.2.6.3.1. Decreto Supremo N° 133-2013-EF. Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario El presente Código establece los principios generales, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico- tributario. Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros, domiciliados en el Perú, están sometidos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Código y en las leyes y reglamentos tributarios. 2.2.6.4. Ley N° 30230 Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el País. Mediante la Ley N° 30230, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de julio de 2014, se aprobó la Actualización Excepcional de las Deudas Tributarias pendientes de pago al 13 de julio de 2014, eliminando la capitalización de intereses aplicable desde el 31 de diciembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 2005. 42 Al respecto, de conformidad a la primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30230, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el reglamento para su aplicación mediante Decreto Supremo N° 322- 2014-EF, y por su parte SUNAT aprobó las disposiciones para la presentación de la solicitud de acogimiento de aquellas deudas que se encuentren impugnadas ante autoridad administrativa o judicial, mediante Resolución de Superintendencia N° 362-2014/SUNAT. La actualización comprende a las deudas tributarias cuya recaudación o administración estén a cargo de la SUNAT, incluidas las deudas ante el ESSALUD y la ONP; es automática, excepto para aquellos contribuyentes con deuda materia de acogimiento que se encuentre impugnada ante autoridad administrativa o judicial. Este beneficio no es aplicable para aquellas personas naturales con proceso penal en trámite o sentencia condenatoria vigente por delito en agravio del Estado al 13 de julio de 2014, así como tampoco para las empresas cuyos representantes legales se encuentren en dicha situación o los responsables solidarios de dichas empresas. 2.2.6.5. Impuesto a la Renta 2.2.6.5.1. Ley del Impuesto a la Renta Decreto Legislativo N° 774 Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, publicado el 08 diciembre 2004. CONCORDANCIAS: D. S. Nº 054-99-EF (TUO) D.S. Nº 122-94- EF (REGLAMENTO) EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso Constituyente Democrático por Ley Nº 26249 ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de modificar 43 la legislación del Sistema Tributario del Gobierno Central y de los Gobiernos Locales, tendiendo a su simplificación; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso Constituyente Democrático; ha dado el decreto legislativo siguiente: Texto del Impuesto a la Renta. El Impuesto a la Renta grava, las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. En general, constituye renta gravada de las empresas, cualquier ganancia o beneficio derivado de operaciones con terceros, así como el resultado por exposición a la inflación determinado conforme a la legislación vigente. Están sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta Ley, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora. En caso de contribuyentes no domiciliados en el país, de sus sucursales, agencias o establecimientos permanentes, el impuesto recae sólo sobre las rentas gravadas de fuente peruana. 2.2.6.6. Ley Contra la Evasión Tributaria 2.2.6.6.1. La “Ley Contra La Evasión” La Ley estableció compromisos explícitos de mayor recaudación. Para centrar el análisis sólo en los rendimientos asociados a 44 evasión de los tributos internos, se excluye del cómputo de recaudación meta, la componente miscelánea y la componente de aduanas. Este monto neto representa la meta de rendimiento de la administración tributaria interna, que incluye tanto la fiscalización como la recaudación y cobranza potenciada con la Ley. La Ley 19.738 del 19 de junio de 2001, estableció un conjunto de más de 50 medidas para combatirla evasión tributaria, teniendo como horizonte de planeación el período 2001-2005. Las medidas implicaron modificaciones en diversos cuerpos jurídicos tales como el Código Tributario, la Ley sobre Impuesto a la Renta, la Ley del Impuesto a las Ventas y Servicios, la Ordenanza de Aduanas y las leyes orgánicas del Servicio de Impuestos Internos, de Aduanas y de Tesorería. Sus disposiciones suponen un paulatino incremento de medios personales y físicos en la fiscalización desarrollada por el SII; nuevas facultades para acceder a información y aplicar los sistemas de control más eficazmente; coordinación institucional para promover un trato más eficiente y más justo hacia el contribuyente, incluyendo medidas en el caso de Tesorería y Aduanas; y el perfeccionamiento misceláneo de algunos vacíos legales en IVA y en los impuestos a la renta que hacen vulnerable el sistema a la elusión. La Ley Contra la Evasión constituye un eje en torno al cual se han organizado las acciones de la administración tributaria en pro de sus tres focos estratégicos, esto es, contribuir al desarrollo económico, facilitar el cumplimiento voluntario, y fortalecer el control fiscalizador. 45 2.2.7. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco 2.2.7.1. Antecedentes El Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, es una Institución de Derecho Público Interno autónomo e independiente, administrativamente con personería jurídica inscrita en la partida electrónica Nro. 1106007 de la X zona registral de Cusco, su denominación abreviada es I.C.A.C su duración es indefinida, tiene competencia en el ámbito territorial de la Corte Superior de Justicia del Cusco y a nivel Nacional. El Ilustre Colegio de Abogados del Cusco fue fundado el 31 de Octubre del 1893, por resolución del ministerio de justicia, culto, instrucción y beneficencia, durante el gobierno del entonces Presidente de la Republica del Perú. Don Remigio Morales Bermúdez y tiene como antecedente “El pacto de unión”, celebrado por los abogados que ejercían la profesión en la Ciudad del Cusco, en fecha 5 de Abril de 1891. 2.2.7.2. Finalidad y Direccionamiento Estratégico Institucional El colegio de abogados es una asociación, organización o entidad de carácter gremial que agrupa a los abogados, para tratar asuntos referentes al ejercicio de su profesión, a la que generalmente se atribuyen funciones de ordenación y disciplina de la actividad profesional. La incorporación de los abogados a los colegios puede resultar obligatoria o voluntaria, dependiente del respectivo ordenamiento jurídico. Habitualmente los colegios de abogados se preocupan por representar y defender los intereses del gremio, fomentar la participación de los abogados en el sistema legal mediante su intervención en los procesos 46 de reformas legales, el patrocinio de proyectos de investigación y la regulación de la normativa profesional, especialmente deontológica. 2.2.7.3. Estructura Organizacional El Consejo directivo del ICAC es el Órgano Representativo y ejecutivo de la orden y está conformado por once (11) integrantes, electos para el periodo de dos años, la gestión inicia el primer día hábil del mes de enero hasta el 31 de diciembre del segundo año y así sucesivamente, los cargos son: 1.- Decana. 2.- Vice Decana. 3.- Secretaria General. 4.- Dirección de Economía. 5.- Dirección Académica y de promoción cultural. 6.- Dirección de Ética y Deontológico profesional. 7.- Dirección de Defensa Profesional. 8.- Dirección de Bienestar Social. 9.- Dirección de Patrimonio. 10.- Dirección de Consultaría y Comisiones. 11.- Dirección de Control Funcional. Las atribuciones del Consejo directivo son cumplir y hacer cumplir el Estatuto, Reglamentos, decisiones de la asamblea general y acuerdos del consejo directivo. Consolidad los planes de trabajo, coordinando con los demás órganos de Gobierno y Dirección, aprobando su presupuesto. 47 Nombrar suspender y/o remover a los empleados de la Institución cuando el caso lo amerite. Las demás establecidas por la ley, el estatuto, reglamentos y la asamblea General. 2.2.7.4. Dirección El Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, se encuentra ubicado en la Urb. La Planicie - Calle Qiswar E- 18,19,20, cuenta con los teléfonos en Sede Cusco: Telf. 084-276866 y también los correos electrónicos: informatica@icacperu.org y decanatura@icacperu.org 2.2.7.5. Curso de Ética y Deontología Jurídica 2.2.7.5.1. Antecedentes del Curso de Ética y Deontología Jurídica El 26 de Enero del 2016, se apertura, por primera vez el Curso de “Ética y Deontología Jurídica”, curso que fue dictado en el Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, sito en Urb. La Planicie, calle Quiswar E -18,19,20. Dirigido por la actual Decana del Colegio, Dr. Casimira Trinidad Mujica Zevallos y demás miembros representativos de la Orden. El curso tiene una duración 18 horas lectivas, de 9 horas cada sábado, durante dos sábados. El certificado de aprobación de este “Curso de Ética y Deontología Jurídica”, es desde este año, un requisito para la obtención de la colegiatura y juramentación en el Ilustre Colegio de Abogados del Cusco. 48 49 2.2.7.5.2. Malla Temática Contenidos Básicos A. Primera Unidad:  Necesidad e Importancia de la Ética  Fundamentos de la Moral. Objetivos:  El estudiante identifica la ética como una disciplina de gran importancia en el ejercicio de la abogacía. 50  Comprende y analiza la presencia de los valores en relación a la conducta humana y su entorno social. Contenidos: N° Semanas Contenidos Contenidos Procedimentales Conceptuales  Conceptos Establece los conceptos básicos a preliminares: Semana 1 tratarse en la asignatura. Filosofía, ética y deontología.  Introducción a la  Elabora un mapa conceptual ética. sobre el tema, y reafirma su aprendizaje con una lectura  Los problemas de la seleccionada. ética.  Plantea preguntas sobre el Semana 1 tema en grupo después del desarrollo de la clase y reafirma lo tratado con solución de casos tipo.  Relación con otras  Investiga los conceptos disciplinas. básicos sobre filosofía, ética y deontología, según las  Ética práctica. definiciones tratadas. Semana 1  Discrimina los datos y hechos empíricos de los científicos, de acuerdo a los casos presentados en clase.  Los valores Concepto Reconoce y analiza, mediante la lectura de textos seleccionados, la  La moral existencia de los valores como Concepto elementos constitutivos de su Semana 1 comportamiento.  Distinción entre Moral Elabora un diagrama y reafirma lo y Derecho tratado con un caso didáctico.  La Ética  La conciencia y el Discute en clase sobre las sentido común implicancias de la moral y el Semana 1 Derecho en el ejercicio  Los valores profesional. 51  Los Deberes Reconoce y analiza Semana 1  El Decálogo del Abogado EVALUACIÓN B. Segunda Unidad:  Ética, Profesión y Abogacía  Deontología Jurídica Objetivos:  Reconoce la importancia del ejercicio profesional en general y de la abogacía en particular.  Asume el comportamiento ético del abogado en relación con sus clientes, y operadores del Derecho en general. Contenidos: N° Contenidos Semanas Contenidos Conceptuales Procedimentales  ¿Qué es ser profesional? Señala características a partir de un cuadro descriptivo Semana 2  La ética profesional. sobre el tema, y reafirma lo tratado con una lectura seleccionada.  Principios básicos de la  Señala características a función de los abogados. partir de un cuadro descriptivo sobre el tema,  Características de la actividad y reafirma lo tratado con Semana 2 profesional del abogado. una lectura seleccionada.  Elabora un cuadro comparativo, y reafirma lo tratado con una lectura sobre el tema. 52  La vocación del abogado.  Elabora un diagrama y  Trascendencia de la reafirma lo tratado con un abogacía. Criterios caso didáctico. favorables.  Identificar los criterios  Crisis de la ética en la favorables abogacía.  Conoce todo lo Semana 2 relacionado con el derecho de la defensa ante el poder judicial y el ministerio público, de los deberes y derechos de los abogados, de la defensa gratuita  La ética del magistrado.  Elabora un diagrama a partir de intercambio de  La ética de los notarios. reflexiones compartidas (rompecabezas).  La ética en la función pública.  Discusión en clase de las Semana 2 implicancias de la moral y el Derecho en el ejercicio profesional.  Elabora un informe sobre la lectura propuesta en clase.  Definición de deontología.  Resuelve casos Principios generales. propuestos sobre los  Características personales, principios de la jurídicas y deontológicas del deontología jurídica. abogado moderno.  Elabora un cuadro  Legislación nacional. comparativo y reafirma lo  Legislación supra nacional. tratado con una lectura Semana 2 sobre el tema.  Señala características a partir de un cuadro descriptivo sobre el tema, y reafirma lo tratado con una lectura seleccionada. Semana 2 EVALUACIÓN 2.2.7.5.3. Demanda Actual del Curso 53 El “I Curso de Ética y Deontología Jurídica”, que comenzó en Enero del presente año, tuvo un promedio de alumnos matriculados de 42 abogados, los cuales después de realizar el Curso, pudieron colegiarse a la orden. Actualmente no se ha convocado a ningún curso, sin embargo, se estima que la demanda del servicio sea similar, entre 40 a 50 abogados, se estima también que se convocara al “II Curso de Ética y Deontología Jurídica”, para el mes de setiembre u octubre del 2016. Debiendo convocarse, dos cursos por año. 2.3. Marco Conceptual 2.3.6. Cultura Según (Diccionario de la Real Academía de la Lengua Española, 2001), define a cultura como “Conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grados de desarrollo artísticos, científico, industrial, en una época, grupo social”. Por lo que toda sociedad tiene cultura y toda cultura es puesta en práctica, por las personas que se interrelacionan; siendo de esta manera la sociedad igual a la cultura. 2.3.7. Cultura Tributaria Según la autora (Roca, 2011), define cultura tributaria como un “Conjunto de información y el grado de conocimientos que en un determinado país se tiene sobre los impuestos, así como el conjunto de percepciones, criterios, hábitos y actitudes que la sociedad tiene respecto a la tributación”. 54 En la mayoría de países latinoamericanos ha prevalecido una conducta social adversa al pago de impuestos, manifestándose en actitudes de rechazo, resistencia y evasión, o sea en diversas formas de incumplimiento. Dichas conductas intentan auto justificar, descalificando la gestión de la administración pública por la ineficiencia o falta de transparencia en el manejo de los recursos, así como por la corrupción. 2.3.8. Conciencia Tributaria Según la definición de (Hernandez, 2005), hablar de conciencia tributaria resulta significativamente difícil por la amplitud de la noción de conciencia; en la literatura, la conciencia tributaria se refiere a las actitudes y creencias de las personas que motivan la voluntad de contribuir de los individuos. También se la define como el conocimiento de sentido común que las personas usan para actuar o tomar oposición frente al tributo. La conciencia tributaria no es otra cosa que la voluntad del ciudadano de cumplir con sus obligaciones tributarias, porque entiende que ello redundará en beneficio de la sociedad. La conciencia tributaria debe formarse desde el colegio, explicándoles a los potenciales contribuyentes la importancia de la recaudación de los tributos y su inversión en beneficio de la sociedad, las clases de tributos y quienes tienen que pagar, la evasión tributaria y el daño que ocasiona a la economía del país, las infracciones tributarias y las sanciones, etc. 2.3.9. Tributo 55 Son las prestaciones pecuniarias, y excepcionalmente en especie que, establecidas por ley, deben der cumplidas por los deudores tributarios a favor de los entes públicos para el cumplimiento de sus fines, y que no constituya sanción por acto ilícito. (Ortega, R.; Castillo, J.; Pacherres, A. & Morales, J., 2011) 2.3.10. Elusión Tributaria La elusión consiste en que el sujeto pasivo evita el pago del impuesto, empleando medios contemplados en la ley o que no contradicen las disposiciones legales, es decir, la utilización de la norma tributaria para reducir el pago de impuestos. (Ejemplo: métodos de depreciación acelerada). La elusión fiscal no constituye violación a la reglamentación tributaria, es compleja de medir y requiere tener cierto conocimiento del comportamiento de los contribuyentes en forma minuciosa, para saber si eluden o no sus obligaciones fiscales. (Lapinell, 2011, pág. 60) 2.3.11. Evasión Tributaria La Evasión Fiscal o Tributaria es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales. (Villegas, 1999, pág. 36) Según (Gomez, 2006, pág. 36), evadir proviene del latín "evadere" que significa "sustraerse", irse o marcharse de algo donde se está incluido, aplicando dicho razonamiento al campo tributario, evadir conlleva el significado de sustraerse al pago "dolosamente o no" de un tributo que se adeuda. En consecuencia, la evasión tributaria es un concepto 56 genérico, que engloba tanto al: ilícito tributario administrativo, como infracción tributaria, e ilícito tributario penal, delito tributario. La Evasión Tributaria es la disminución de un monto de tributo producido dentro de un país por parte de quienes estando obligados a abonarlo no lo hacen, y en cambio sí obtienen beneficios mediante comportamientos fraudulentos. También se puede definir como el incumplimiento total o parcial por parte de los contribuyentes, en la declaración y pago de sus obligaciones tributarias. Hay quienes la definen como el acto de no declarar y pagar un impuesto en contradicción con la ley, mediante la reducción ilegal de los gravámenes por medio de maniobras engañosas. (Vasquez L. , 2011, pág. 38) Según (Leonardo, 2006), la Evasión Tributaria se da en todos los tributos, así tenemos, para la presente investigación, haremos referencia solo a la evasión de Renta de 4ta. Categoría: La mayoría no declara todos sus ingresos, solo declaran parcialmente. Unos por desconocimiento y otros no quieren declarar. Este impuesto es muy poco entendible por la mayoría de los contribuyentes, la legislación es muy compleja, siendo entendida solo por los contadores. 2.3.12. Obligación Tributaria “La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente”. (Código Tributario T. ). 2.3.13. Contribuyente. 57 “Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria”. (Código Tributario) 2.3.14. Impuesto a la Renta. “El Impuesto a la Renta es un tributo que se determina anualmente y considera como “ejercicio gravable” aquel que comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año. Grava las rentas que provengan de la explotación de un capital (bien mueble o inmueble), las que provengan del trabajo realizado en forma dependiente e independiente, las obtenidas de la aplicación conjunta de ambos factores (capital y trabajo), así como las ganancias de capital”. (Vasquez P. F., 2014, pág. 25) Si bien la determinación del Impuesto a la Renta es de carácter anual, a lo largo del “ejercicio gravable”, dependiendo del tipo de renta, se realizan pagos a cuenta de manera directa por el contribuyente o se efectúan retenciones. Estos conceptos son considerados adelantos del Impuesto Anual y se pueden utilizar como créditos a fin de aminorar (reducir, descontar) el monto del Impuesto que se determine en la Declaración Jurada Anual. La alícuota para el pago del Impuesto a la Renta correspondiente para la Actividad Empresarial (Renta de tercera categoría), es el 30% sobre la utilidad neta del ejercicio. (Tributo Creado por Decreto Legislativo Nº 774). 2.3.15. Impuesto General a las Ventas. Según el autor (Esteban, 1992), indica que el impuesto general a las ventas grava las siguientes operaciones: 58 a) La venta en el país de bienes muebles b) La prestación de los servicios en el país c) Los contratos de construcción d) La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos e) La importación de bienes Para que opere la venta en el país de bienes muebles deben estar ubicados en el territorio nacional, que se realice en cualquiera de las etapas de producción y distribución, sean estos nuevos o usados, independientemente del lugar en que se celebre el contrato. El impuesto también grava los servicios que generen rentas de tercera categoría prestados en el país, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación. 2.4. Hipótesis 2.4.6. Hipótesis General La cultura tributaria incide en gran medida en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. 2.4.7. Hipótesis Específicas  La cultura tributaria de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es baja. 59  El nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es bajo.  El nivel de incumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es alto. 2.5. Variables e Indicadores  V1: El cumplimiento de las obligaciones tributarias.  V2: La cultura tributaria. 60 2.6. Operacionalización de Variables VARIABLES DEFINICIÓN OPERACIONAL DIMENSIONES INDICADORES - Conocimiento de normatividad tributaria - Conocimiento de omisiones Conocimientos - Conocimiento de las sanciones por incumplimiento Según la autora (Roca, 2011), - Conciencia del pago de define cultura tributaria como obligaciones tributarias un “Conjunto de información y Nivel de conciencia - Conciencia de la legalidad el grado de conocimientos que - Conciencia de la Finalidad VARIABLE en un determinado país se Publica del pago de La cultura tributaria tiene sobre los impuestos, así impuestos. como el conjunto de - Pago de sus obligaciones percepciones, criterios, hábitos - Actitud frente a su y actitudes que la sociedad responsabilidad tiene respecto a la tributación”. Valoraciones y - Contratación de actitudes profesionales para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias - Procedimientos para su formalización “La obligación tributaria, que - Conocimiento de es de derecho público, es el normatividad tributaria Obligaciones vínculo entre el acreedor y el - Requisitos para emisión de Formales VARIABLE deudor tributario, establecido comprobantes El cumplimiento de por ley, que tiene por objeto el - Conocimiento del llevado de obligaciones tributarias cumplimiento de la prestación la contabilidad para esta tributaria, siendo exigible categoría. coactivamente”. (Código Tributario, Título I, Articulo - Pago de sus obligaciones 1º) Obligación - Conciencia del pago de Sustantiva obligaciones tributarias Fuente: Elaboración Propia 61 CAPITULO III DISEÑO METODOLOGICO 3.1. Tipo de Investigación La investigación que realizamos es de Tipo Correlacional, pues “Este tipo de estudios tiene como finalidad conocer la relación o grado de asociación que exista entre dos o más conceptos, categorías o variables en un contexto en particular”. (Hernandez, R.; Fernadez, C. & Baptista, P., 2010) 3.1.1. Método de Investigación El método que se usa, es el Método Inductivo, método científico que obtiene conclusiones generales a partir de premisas particulares. (Hernandez, R.; Fernadez, C. & Baptista, P., 2010) 3.1.2. Enfoque de Investigación La presente investigación es de nivel “Descriptivo”, pues se fundamenta en describir un fenómeno o una situación mediante el estudio del mismo en una circunstancia temporal-espacial, determinada. 3.2. Diseño de la Investigación Tiene un Diseño No Experimental, pues la investigación que realizamos tiene un Diseño No experimental pues no se manipulan las variables y solo se observan estos fenómenos en su ambiente natural, para después analizarlos (Hernandez, R.; Fernadez, C. & Baptista, P., 2010) 62 3.3. Población y Muestra La unidad de análisis, son todos los agremiados del Cusco a diciembre del 2015. Del Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco. (ICAC, 2016) 3.3.1. Población de Estudio La población de estudio es de 6802 Profesionales agremiados al Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco registrados y con aportes al día. 3.3.2. Selección y Tamaño de Muestra La muestra la obtendremos usando un tipo de muestreo “Probabilístico – Aleatorio Simple”, utilizando la siguiente fórmula: 𝑍2𝑥𝑝𝑥𝑞𝑥𝑁 𝑛 = 𝐸2𝑥(𝑁 − 1) + 𝑍2𝑥𝑝𝑥𝑞 Donde: n = Muestra N = Población total Z = Nivel de confianza 95% = 1.96 E = Error (región de error) nivel de significancia0.05 P = 50% Probabilidad de éxito (0.5) q = 50% Probabilidad de Fracaso (0.5) Siendo la muestra igual a 363 Profesionales agremiados al Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco. El instrumento se aplicará al total de la muestra. 63 3.4. Técnicas de Recolección de Datos 3.4.1. Técnicas de Recolección  Encuestas: Utilizadas para obtener información de los sujetos de estudios a través de preguntas distribuidas en un cuestionario.  Análisis de Documentos: Esta técnica permitirá analizar documentos de diversa índole, en su mayoría marco normativo, que contribuirá a tener una idea clara de nuestras variables de estudio. 3.4.2. Instrumentos de Recolección.  Cuestionario: Instrumento empleado en forma directa, consiste en un conjunto de preguntas entre abiertas, cerradas y mixtas, según la conveniencia de la investigación. Estas preguntas son con respecto a las variables de investigación. Deben ser congruentes con el planteamiento del problema e hipótesis.  Recopilación de Datos: Apropiadamente organizada de acuerdo a las necesidades y prioridades del trabajo de investigación. 3.5. Técnicas de Procesamiento de Datos Análisis Cualitativo. Haremos un análisis cualitativo pues estamos usando como instrumento un cuestionario con preguntas cerradas, el cual nos permitirá tabular la data y obtener resultados objetivos, podremos utilizar el “Coeficiente de correlación de Tau b de Kendall” que es una medida de la relación lineal entre dos variables aleatorias cualitativas. El programa de informático de análisis estadístico que se usara es el SPSS Versión 22. 64 CAPITULO IV RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN En este capítulo se analizó detalladamente, los resultados obtenidos posterior a la aplicación del instrumento de recopilación de datos, cuestionario, llevado a cabo a los profesionales en derecho, Abogados Colegiados en el Ilustre colegio de abogados del Cusco; los cuales brindaron información sobre sus conocimientos y practicas Tributarias. 4.1. Presentación de los Resultados en Tablas / Gráficos y Comentarios TABLA N° 02 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE LA NORMATIVA TRIBUTARIA, CON RESPECTO A LA RENTA DE CUARTA CATEGORIA Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 127 35.0% 35.0% 35.0% Poco 182 50.1% 50.1% 85.1% Válido Regular 36 9.9% 9.9% 95.0% Bastante 18 5.0% 5.0% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N° 02 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE LA NORMATIVA TRIBUTARIA, CON RESPECTO A LA RENTA DE CUARTA CATEGORIA Fuente: Elaboración Propia 65 Por consiguiente, la mayoría de los encuestados manifestaron que desconocen sobre la Normativa Tributaria con respecto al impuesto a la renta de cuarta categoría, lo que nos indica que el conocimiento sobre las Normativas Tributarias y las Obligaciones Tributarias son desconocidos. TABLA N°03 NIVEL DE CONOCIMIENTO ACERCA DE LAS MULTAS Y/O SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 181 49.9% 49.9% 49.9% Poco 128 35.3% 35.3% 85.2% Válido Regular 36 9.9% 9.9% 95.1% Bastante 18 5.0% 5.0% 100.1% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°03 NIVEL DE CONOCIMIENTO ACERCA DE LAS MULTAS Y/O SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO Fuente: Elaboración Propia Por lo tanto, es importante desarrollar actividades de difusión, socialización y capacitación a los profesionales que pertenecen al Ilustre Colegio de abogados del Cusco, en temas relacionados a sus obligaciones tributarias como trabajadores independientes. 66 TABLA N°04 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE EXCEPCIONES DEL PAGO DE ALGUN IMPUESTO O TRIBUTO Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 127 35.0% 35.0% 35.0% Poco 182 50.1% 50.1% 85.1% Válido Regular 36 9.9% 9.9% 95.0% Bastante 18 5.0% 5.0% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°04 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE EXCEPCIONES DEL PAGO DE ALGUN IMPUESTO O TRIBUTO Fuente: Elaboración Propia Por consiguiente, esta situación debe cambiar, pues los profesionales en derecho, perciben una retribución, por servicios prestados; siendo preocupante que no tengan conocimiento de si se encuentran o no exceptuados de algún impuesto por las actividades que realizan. 67 TABLA N°05 NIVEL ESCALAR 1 AL 5 DE PERCEPCIÓN SOBRE EL PAGO OPORTUNO DE IMPUESTOS EN ORDEN DE IMPORTANCIA Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada importante 127 35.0% 35.0% 35.0% Poco importante 182 50.1% 50.1% 85.1% Regularmente Válido 36 9.9% 9.9% 95.0% importante Muy importante 18 5.0% 5.0% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°05 NIVEL ESCALAR 1 AL 5 DE PERCEPCIÓN SOBRE EL PAGO OPORTUNO DE IMPUESTOS EN ORDEN DE IMPORTANCIA Fuente: Elaboración Propia Es necesario resaltar que el mayor porcentaje de los encuestados solo percibe como algo “poco importante” el pago de impuestos de forma oportuna a pesar de las sanciones que esta actitud conlleva. 68 TABLA N°06 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE LOS FINES PÚBLICOS QUE TIENE EL PAGO OPORTUNO DE SUS IMPUESTOS Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 181 49.9% 49.9% 49.9% Poco 128 35.3% 35.3% 85.2% Válido Regular 36 9.9% 9.9% 95.1% Bastante 18 5.0% 5.0% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°06 NIVEL DE CONOCIMIENTO SOBRE LOS FINES PÚBLICOS QUE TIENE EL PAGO OPORTUNO DE SUS IMPUESTOS Fuente: Elaboración Propia De lo expresado se puede entender que en su mayoría, existe un nivel muy bajo de conocimiento sobre los fines públicos que tiene el pago oportuno de sus impuestos de Cuarta Categoría, debiéndose al bajo nivel de Cultura Tributaria que se posee. 69 TABLA N° 07 RESPONSABLE DE LA CONTABILIDAD Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Un Contador que trabaja a 200 55.1% 55.1% 55.1% Tiempo Completo Un Estudio 54 14.9% 14.9% 70.0% Contable Válido Yo mismo y/o 54 14.9% 14.9% 84.9% un familiar Yo mismo, con asesoría en la 55 15.2% 15.2% 100.0% SUNAT Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°07 RESPONSABLE DE LA CONTABILIDAD Fuente: Elaboración Propia Ello nos lleva a notar que más del 30% prefiere llevar sus finanzas por si mismas que recurrir a terceros. Esta situación junto con el bajo nivel de Cultura Tributaria está derivando en un grave incumplimiento de Obligaciones Tributarias 70 4.1.1. El cumplimiento de las obligaciones tributarias TABLA N°08 MANTIENE ACTUALMENTE ALGUNA DEUDA CON LA SUNAT Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado No 86 24% 24% 24% Si 113 31% 31% 55% Válido No sabe 164 45% 45% 100% Total 363 100% 100% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°08 MANTIENE ACTUALMENTE ALGUNA DEUDA CON LA SUNAT Fuente: Elaboración Propia Por consiguiente, la mayoría de los encuestados manifestaron que poseen deudas con la SUNAT aunque no son muy altas. Por lo que se presume que las Obligaciones Tributarias están siendo subestimadas por desconocimiento debido al bajo nivel de Cultura Tributaria. 71 TABLA N°09 NIVEL DE CONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON RESPECTO AL PAGO DE IMPUESTOS A LA RENTA DE CUARTA CATEGORIA Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 181 49.9% 49.9% 49.9% Poco 128 35.3% 35.3% 85.2% Válido Regular 36 9.9% 9.9% 95.1% Bastante 18 5.0% 5.0% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°09 NIVEL DE CONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON RESPECTO AL PAGO DE IMPUESTOS A LA RENTA DE CUARTA CATEGORIA Fuente: Elaboración Propia Si bien los resultados nos demuestran que un gran porcentaje posee “regulares conocimientos” sobre el pago de impuestos a la renta de cuarta categoría; también manifestaron a que es gracias a los servicios de Terceros o la asesoría de la SUNAT; siendo los que poseen ningún o muy poco conocimiento, los independientes que gestionan sus propias Finanzas. 72 TABLA N°10 CATEGORIAS DE IMPUESTOS A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Renta de Cuarta 290 79.9% 79.9% 79.9% Categoría Válido Renta de Quinta 73 20.1% 20.1% 100.0% Categoría Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°10 CATEGORIAS DE IMPUESTOS A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES Fuente: Elaboración Propia Es necesario recalcar que el impuesto más común en profesionales que prestan servicios de manera independiente es el Impuesto de Cuarta Categoría, sin embargo, muchos de ellos también trabajan o prestan servicios a la administración pública, sin embargo, desconocen de sus obligaciones cuando perciben ingresos de diversas categorías, y si las conocen, no tienen la conciencia tributaria para realizar sus pagos. 73 TABLA N°11 TIPO DE COMPROBANTES DE PAGO QUE EMITE. Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Recibo por Honorarios 199 54.8% 54.8% 54.8% Válido No Emito 164 45.2% 45.2% 100.0% Comprobantes Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRAFICO N°11 TIPO DE COMPROBANTES DE PAGO QUE EMITE. Fuente: Elaboración Propia Por lo tanto, al ser la Cuarta Categoría el Régimen más común en prestación de Servicios es normal encontrar que los Recibos por Honorarios son los más utilizados además del porcentaje preocupante que representan los que no Emiten Comprobantes, reflejando nuevamente la poca conciencia y cultura tributaria que actualmente tienen estos profesionales. 74 TABLA N°12 LA SUNAT, LE BRINDÓ INFORMACIÓN ACERCA DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS COMO CONTRIBUYENTE Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 217 59.8% 59.8% 59.8% Poco 109 30.0% 30.0% 89.8% Válido Regular 37 10.2% 10.2% 100.0% Total 363 100.0% 100.0% Fuente: Elaboración Propia GRÁFICO N°12 LA SUNAT, LE BRINDÓ INFORMACIÓN ACERCA DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS COMO CONTRIBUYENTE Fuente: Elaboración Propia En cuanto al servicio de “asesoría” de la SUNAT, el 59.8% opinaron que no recibieron nada de Información o simplemente no la buscaron. Los resultados muestran gran inconformidad de los contribuyentes con respecto a la labor de comunicación que realiza la SUNAT. 75 4.2. Correlación de Variables Propuestas a) Relación entre “La cultura tributaria” y “El cumplimiento de las obligaciones tributarias” de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco. Para determinar la relación entre cada una de las variables estudiadas, se ha tomado en cuenta la calificación que han tenido los profesionales referida a la variable cultura tributaria, en cuanto a su calificación referida a la variable cumplimiento de las obligaciones tributarias. b) Prueba de Hipótesis La escala de medición obtenida de cada una de las variables estudiadas es el intervalo que se ha utilizado para hallar el COEFICIENTE TAU (B) DE KENDALL y así poder demostrar la existencia de la relación entre las dos variables se procede a realizar la prueba de Hipótesis tal como se detalla a continuación. Paso N° 1: Plantear la Hipótesis Nula y la Hipótesis Alterna  Ho = No existe relación entre la cultura tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015.  Ha = Si existe relación entre la cultura tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015 76 Paso N° 2: Seleccionar el Nivel de Significancia Se probara la hipótesis para un nivel de significancia del 95 %, es decir, con un p < 0.05 Paso N° 3: Calcular el Valor Estadístico de Prueba  Utilizando el COEFICIENTE TAU (B) DE KENDALL puesto que se trata de variables cualitativas ordinales, la formula según (Anderson, Sweeney, & Williams, 2009) es:  Reemplazando los valores en la formula se tiene que el valor de r de Tau b Kendall es igual a 0,681.  Utilizando el Programa SPPS versión 22, se comprueba este valor además de determinar el valor de la significancia p = 0.000, lo que demuestra que es significativa. Paso N° 4: Formula de la Regla de Decisión  Si el valor de p es > 0.05 se acepta la Hipótesis Nula y se rechaza la Hipótesis Alterna.  Si el valor de p es < 0.05 se acepta la Hipótesis Alterna y se rechaza la Hipótesis Nula. 77 Paso N° 5: Toma de Decisiones  Para una adecuada toma de decisiones se han trasladado los resultados hallados en el programa estadístico a la siguiente tabla de correlaciones. En la presente tabla se presenta la matriz de correlación entre las variables cultura tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. TABLA N°13 CORRELACIÓN DE LAS VARIABLES CUMPLIMIENTO CULTURA OBLIGACIONES TRIBUTARIA TRIBUTARIAS Coeficiente de ** CUMPLIMIENTO 1,000 0,681 correlación OBLIGACIONES Sig. (bilateral) . 0,000 TRIBUTARIAS TAU_B DE N 363 363 KENDALL Coeficiente de 0,681** 1,000 CULTURA correlación TRIBUTARIA Sig. (bilateral) 0,000 . N 363 363 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). Es decir que se acepta que: Si existe relación entre la cultura tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. 78 CAPITULO V DISCUSIÓN PRIMERO: Se presenta la Comparación de Hipótesis con los Resultados obtenidos de Antecedentes del Marco Teórico. La Hipótesis General, referida a que la cultura tributaria incide en gran medida en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. Es así que en los trabajos de investigación consultados se encuentra resultados positivos, con respecto a las variables de estudio, llámese que la cultura tributaria influye de manera positiva en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. SEGUNDO: La prueba de hipótesis paras la variables de estudio arrojaron una relación, directa, positiva y significativa, pues con el análisis de correlación Tau b de Kendall, se obtuvo un valor de significancia de p = 0,000, lo que demuestra que es significativa y un valor r = 0,681, aceptando la hipótesis alterna y rechazando la hipótesis nula. TERCERO: El análisis de la hipótesis específica 1, “La cultura tributaria de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es baja”, es afirmativa pues más del 60% de entrevistados manifestaron tener conocimientos mínimos sobre la normativa tributaria, con respecto a la renta de cuarta categoría, hecho que contrastado con la información analizada de la SUNAT, es coherente, pues los niveles de ingresos por impuestos de renta de cuarta categoría son bajos frente a la recaudación, por los demás impuestos a la renta. CUARTO: El análisis de la hipótesis específica 2, “El nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es bajo”, ello se corroboro, 79 con los resultados de la aplicación del instrumento, pues más de un 80% de los encuestados, tienen un nivel regular, poco y ningún conocimiento de sus obligaciones tributarias, situación que tiene relación con el nivel de cumplimiento de sus obligaciones. Siendo importante considerar, que existe un porcentaje que pese a tener conocimientos de tributación, incumplen sus obligaciones, ello principalmente, por el bajo nivel de conciencia tributaria, dimensión que también forma parte del estudio. QUINTO: El análisis de la hipótesis específica 3, “El nivel de incumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es elevado”, el 31% de los encuestados, tienen deudas actualmente con la SUNAT y el 45% no sabe si tienen deudas con la SUNAT, ello coherente con el bajo nivel de conocimiento de sus obligaciones tributarias. Se debe considerar también la relación que existe entre este resultado y la poca emisión de comprobantes de pago, por parte de los profesionales encuestados. Realidad que se ve reflejada, en los niveles de incumplimiento de sus obligaciones tributarias. 80 5.1 Descripción De Los Hallazgos Más Relevantes Y Significativos Un hallazgo importante es el alto grado de desconocimiento sobre la Normativa Tributaria y las Obligaciones Tributarias, son desconocidas con respecto al impuesto a la renta de cuarta categoría, por parte de los Abogados colegiados en el Ilustre colegio de Abogados de Cusco. Otro hallazgo importante es que la mayoría de los encuestados manifestaron que poseen deudas con la SUNAT aunque no son muy altas. Por lo que se presume que las Obligaciones Tributarias están siendo subestimadas por desconocimiento debido al bajo nivel de Cultura Tributaria, hecho que se debe corregir, pues es allí donde se parte la evasión tributaria de impuestos a la renta de cuarta categoría. El tercer hallazgo relevante es el que demuestra que un gran porcentaje de profesionales Abogados, no emiten comprobantes de pago en el momento de realizar sus servicios profesionales, lo que denota no solo una falta de cultura tributaria por desconocimiento, sino también una muy poca voluntad de emisión de comprobantes. 5.2 Limitaciones del Estudio Entre las principales limitaciones se tiene:  El tiempo es relativamente corto para iniciar una investigación de tipo correlacional, sin embargo, se logró cumplir con los objetivos planteados.  La economía, que siempre es un limitante, para poder realizar trabajos de investigación. 81 D. CONCLUSIONES a) La cultura tributaria tiene relación en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de manera positiva, directa y significativa, de los profesionales que ejercen actividades independientes, Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, prueba de ello se obtuvo en el análisis de correlación Tau b de Kendall, un valor de significancia de p = 0,000, lo que demuestra que es significativa y un valor r de Tau b de Kendall de r = 0,681, aceptando la hipótesis alterna y rechazando la hipótesis nula. (TABLA N°13) b) La cultura tributaria de los profesionales que ejercen actividades independientes colegiados en el Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es baja. Puesto según los resultados obtenidos, más del 60% de entrevistados tiene poco y nada de conocimientos sobre la normativa tributaria, con respecto a la renta de cuarta categoría. (TABLA N°02) c) El nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es bajo. Prueba de ello es que los resultados de la aplicación del instrumento, arrojo que más de un 80% de los encuestados, tienen un nivel regular, poco y ningún conocimiento de sus obligaciones tributarias. (TABLA N°09) d) El nivel de incumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes del Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015, es elevado. Los resultados producto de la aplicación de la encuesta, arrojo que más de un 70% de los encuestados, no saben y/ si mantiene deudas con la SUNAT (TABLA N°8), ello coherente con el bajo nivel de conocimiento de sus obligaciones tributarias. (TABLA N°09) 82 E. RECOMENDACIONES  Se recomienda la inclusión de una unidad didáctica referida a cultura tributaria, en el Curso de Ética jurídica, que se lleva a cabo en el Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco, cuya aprobación es requisito para su colegiatura, pudiendo también organizar cursos y/o talleres de cultura tributaria, emisión de comprobantes, normativa, etc., que permita instruir a los profesiones y evitar la evasión que actualmente se viene llevando a cabo.  Se sugiere la aplicación de la propuesta, a través de alianzas estratégicas entre el Colegio profesional de Contadores del Cusco y el Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco, ello para que se pueda articular políticas y desarrollar un temario que permita capacitar a los profesionales en derecho.  Se sugiere que para incentivar el nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias, en los profesionales que ejercen actividades independientes del Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco, pueda también incluir en la página web del colegio, información como obligaciones, fechas y lugares de pago, para facilitar la información tributaria al respecto.  Se sugiere que la información brindada a los profesionales en derecho, ya sea en el Curso de ética jurídica, como en capacitaciones adicionales y en la página web, deba centrar principalmente sus esfuerzos en crear conciencia tributaria, pues muy independientemente a que tengan o no conocimiento del tema, existe muy poca conciencia de la importancia del pago oportuno de sus impuestos. 83 F. BIBLIOGRAFÍA 1. Anderson, Sweeney, & Williams. (2009). Estadistica para Administración y Economia. España. 2. Chavez, P. (1993). Tratados de Derecho Tributario (Primera Edición ed.). Lima: San Marcos. 3. Chicas, Z. M. (2011). Propuesta para crear una unidad movil de capacitación como herramienta para el fortalecimiento de la cultura tributaria en Guatemala, año 2011. Guatemala: Universidad de San Carlo - Guatemala. 4. Código Tributario. (s.f.). Código Tributario,Decreto Legislativo N° 816 y Decreto Supremo N° 135-99.ef. Titulo I, Articulo 8. 5. Código Tributario, T. (s.f.). Texto Único Ordenado del Código Tributario,Decreto Legislativo N° 816 y Decreto Supremo N° 135-99.ef, Titulo I, Articulo I. 6. Diccionario de la Real Academía de la Lengua Española (Vigésima Segunda Edición 2001 ed.). (2001). 7. Dun, M. L. (2002). La Cultura Tributaria en la Población Estudiantil de la Universidad de Barquisimeto. Venezuela. 8. Effio, P. (2011). Manual De Auditoria Tributaria. 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La presente encuesta tiene carácter de estudio académico, con ella se pretende conocer como la cultura tributaria incide en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los profesionales que ejercen actividades independientes, del Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – 2015. Por lo que pedimos responder el presente cuestionario, con sinceridad. Agradecemos la información brindada. DATOS GENERALES: Género a) Femenino ( ) b) Masculino ( ) Tiempo que tiene de colegiatura a) Menos de un año ( ) b) De un año a 3 años ( ) c) Mayor de 3 años ( ) 1. ¿Conoce usted acerca de la normativa tributaria, con respecto al Impuesto a la Renta de cuarta categoría? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 2. ¿Conoce a cerca de las multas y/o sanciones por el incumplimiento en el pago del Impuesto a la Renta de cuarta categoría? 87 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 3. ¿Conoce si usted está exceptuado del pago de algún impuesto o tributo, de acuerdo a las actividades profesionales que realiza? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 4. En una escala del 1 al 5, donde 1 representa nada importante y 5 representa, muy importante. ¿Según su punto de vista, el pago oportuno de impuestos, que orden de importancia tiene en su vida cotidiana? 1 2 3 4 5 5. ¿Conoce usted, de los fines públicos que tiene el pago oportuno de sus impuestos de cuarta categoría? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 6. ¿Quién lleva su contabilidad en la actualidad? 1 2 3 4 Un contador que Yo mismo, con Un estudio Yo mismo y/o un trabaja a tiempo asesoría en la contable familiar completo SUNAT 7. ¿Usted mantiene actualmente alguna deuda con la SUNAT? 1 2 3 No Si No sabe 88 8. ¿Conoce de las obligaciones con respecto al pago de Impuestos a la Renta de cuarta categoría? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 9. ¿Usted como Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, que clase de impuestos a la Renta paga? 1 2 3 4 5 Renta de Renta de Renta de Renta de Renta de primera segunda tercera cuarta quinta categoría categoría categoría categoría categoría 10. ¿Qué tipo de comprobantes de pago, usted emite, al momento de llevar a cabo sus servicios profesionales? 1 2 3 4 5 Boletas de Recibo por Guías de No emito Facturas ventas honorarios remisión comprobantes 11. ¿La SUNAT, le brindó información acerca de sus obligaciones tributarias como contribuyente? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante Muchas Gracias por su Colaboración. 89 ANEXOS 90 ANEXO N°01 MATRIZ DE CONSISTENCIA VARIABLES, DIMENSIONES E INDICADORES METODOLOGIA PROBLEMA OBJETIVOS HIPÓTESIS GENERAL: GENERAL: GENERAL: ¿En qué medida, la cultura Determinar en qué medida, la La cultura tributaria incide en VARIABLE 1 METODO DE INVWSTIGACIÓN tributaria incide en el grado de cultura tributaria incide en el gran medida en el grado de La cultura tributaria Método Inductivo cumplimiento de las grado de cumplimiento de las cumplimiento de las obligaciones obligaciones tributarias, de los obligaciones tributarias, de los tributarias, de los profesionales Conocimientos TIPO DE INVESTIGACIÓN profesionales que ejercen profesionales que ejercen que ejercen actividades - Conocimiento de normatividad tributaria Es de tipo Correlacional, pues “Este actividades independientes, actividades independientes, independientes, Ilustre Colegio - Conocimiento de omisiones tipo de estudios tiene como finalidad Ilustre Colegio Profesional de Ilustre Colegio Profesional de Profesional de Abogados del - Conocimiento de las sanciones por conocer la relación o grado de Abogados del Cusco – 2015? Abogados del Cusco – 2015. Cusco – 2015. incumplimiento. asociación que exista entre dos o ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS: más conceptos. Nivel de conciencia  ¿Cómo es la cultura  Analizar cómo es la cultura  La cultura tributaria de los - Conciencia del pago de obligaciones tributarias tributaria de los tributaria de los profesionales que ejercen DISEÑO DE INVESTIGACIÓN - Conciencia de la legalidad profesionales que ejercen profesionales que ejercen actividades independientes. La investigación que realizamos tiene - Conciencia de la Finalidad Publica del pago de actividades independientes, actividades independientes. Ilustre Colegio Profesional un Diseño No experimental pues no impuestos . Ilustre Colegio Profesional Ilustre Colegio Profesional de Abogados del Cusco – se manipulan las variables y solo se de Abogados del Cusco – de Abogados del Cusco – 2015, es baja. Valoraciones y actitudes observan estos fenómenos en su 2015? 2015. - Pago de sus obligaciones ambiente natural, para después  El nivel de cumplimiento de - Actitud frente a su responsabilidad analizarlos.  ¿Cuál es el nivel de  Conocer cuál es el nivel de las obligaciones tributarias, - Contratación de profesionales para el cumplimiento de las cumplimiento de las de los profesionales que cumplimiento de sus obligaciones tributarias ENFOQUE DE INVESTIGACIÓN obligaciones tributarias, de obligaciones tributarias, de ejercen actividades Es “Descriptivo”, pues se fundamenta los profesionales que ejercen los profesionales que ejercen independientes. Ilustre VARIABLE 2 en describir un fenómeno o una actividades independientes, actividades independientes. Colegio Profesional de El cumplimiento de obligaciones tributarias situación mediante el estudio del Ilustre Colegio Profesional Ilustre Colegio Profesional Abogados del Cusco – 2015, mismo en una circunstancia de Abogados del Cusco – de Abogados del Cusco – es bajo. Obligaciones Formales temporal-espacial, determinada. 2015? 2015. - Procedimientos para su formalización  El nivel de incumplimiento de - Conocimiento de normatividad tributaria POBLACION Y MUESTRA  ¿Cuál es el nivel de  Conocer cuál es el nivel de las obligaciones tributarias, - Requisitos para emisión de comprobantes incumplimiento de las incumplimiento de las de los profesionales que - Conocimiento del llevado de la contabilidad para Siendo la Población obligaciones tributarias, de obligaciones tributarias, de ejercen actividades esta categoría. 6802 agremiados al Ilustre Colegio los profesionales que ejercen los profesionales que ejercen independientes. Ilustre Profesional de Abogados del Cusco actividades independientes, actividades independientes. Colegio Profesional de Obligación Sustantiva Ilustre Colegio Profesional Ilustre Colegio Profesional Abogados del Cusco – 2015, - Pago de sus obligaciones Siendo la muestra: de Abogados del Cusco – de Abogados del Cusco – es elevado. - Conciencia del pago de obligaciones tributarias Probabilística - Aleatoria simple la 2015? 2015. Muestra serán 363 profesionales colegiados Fuente: Elaboración Propia. 91 ANEXO N°02 PROPUESTA DE UNIDAD DIDACTICA EN “CULTURA TRIBUTARIA” Actualmente en el Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, se viene llevando a cabo desde enero de este año el curso de “Ética y Deontología Jurídica”, requisito para la obtención de la Colegiatura, considerando que La cultura tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, pasan también por un tema ético, de conciencia y voluntad de pago. En este capítulo, se desarrolla la propuesta de considerar dentro de la malla temática del curso antes mencionado, una Unidad didáctica referida a la Cultura Tributaria, tema de vital importancia para su ejercicio profesional así como también para evitar flagelos como la evasión tributaria. Horario Propuesto Se propone, que el Curso podría desarrollarse en 2 días y medio, actualmente se viene llevando a cabo en dos Sábados, pudiendo ampliarse el curso en medio día, ya que se adicionara material e información de “Cultura tributaria”, que representa en definitiva un tema ético y de responsabilidad social. El horario del tercer sábado será de 9:00 a 13:00 horas, el contenido será íntegramente de cultura tributaria Marco Normativo Es importante mencionar que el profesional que dicte el curso deberá tener amplio conocimiento en el tema tributario y en su marco legal, sin embargo para el desarrollo de los contenidos conceptuales deberán estudiar obligatoriamente, los siguientes: 92 - Ley del Impuesto a la Renta Decreto Legislativo N° 774 Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004- EF, publicado el 08 diciembre 2004. CONCORDANCIAS: D. S. Nº 054- 99-EF (TUO) D.S. Nº 122-94-EF (REGLAMENTO) - La Ley 19.738 La Ley estableció compromisos explícitos de mayor recaudación. Para centrar el análisis sólo en los rendimientos asociados a evasión de los tributos internos, se excluye del cómputo de recaudación meta, la componente miscelánea y la componente de aduanas. Malla Temática H. Tercera Unidad:  Cultura tributaria y cumplimiento de obligaciones tributarias  Conciencia Tributaria Objetivos:  Reconoce la importancia de la cultura tributaria y el cumplimiento de obligaciones tributarias.  Asume el compromiso ético de pagar oportunamente sus impuestos. Contenidos: N° Semanas Contenidos Contenidos Procedimentales Conceptuales  Conceptos  Establece los conceptos preliminares: Semana 3 básicos a tratarse en la tributación, conciencia tributaria, asignatura. obligatoriedad, etc. 93  Introducción a la  Elabora un cuadro sinóptico Cultura Tributaria. sobre el tema, y reafirma su aprendizaje con lecturas  Los problemas que seleccionadas. generan la evasión  Plantea preguntas sobre el Semana 3 tributaria. tema en grupo después del desarrollo de la clase y  Manejo y reafirma lo tratado con administración de solución de casos tipo. documentos y formatos  Conciencia tributaria.  Desarrollo de casuística y reflexión acerca de sus Semana 3  Ética práctica. obligaciones.  Opina y genera conocimiento a través de didácticas. Semana 3 EVALUACIÓN 94 ANEXO N°03 MATERIAL FOTOGRAFICO 95 96 97