¨UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO¨ FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES. ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TESIS: “EFECTOS DE LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - IGV DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEL RUBRO MADERERO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA, MADRE DE DIOS PERIODO 2015” PRESENTADO POR: Bach. Nelida Soledad Ampuero Flores Bach. Lendy Darneli Peñalba Huaman PARA OPTAR AL TITULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO ASESOR: MGT. CPCC. Fernando Philco Prado CUSCO – PERU 2017 PRESENTACIÓN SEÑOR DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES, DE LA UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO. Se pone a su consideración la presente tesis intitulada “EFECTOS DE LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - IGV DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEL RUBRO MADERERO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA, MADRE DE DIOS PERIODO 2015”. El presente trabajo de investigación, es presentado para optar el TITULO profesional de Contador Público. La propuesta académica, hace un análisis de los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV, beneficio tributario que el estado, promueve para lograr el crecimiento económico y social de la población que habita en la Amazonia peruana, específicamente para este caso de estudio, las Micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, Madre de Dios. Este trabajo de investigación, contribuirá con conocimientos contables y tributarios para mostrar a la comunidad académica, datos estadísticos con respecto a la percepción de los efectos tributarios y económicos, que las exoneraciones han traído verdaderamente a la Amazonia y si los fines que se buscaban se han logrado. Nelida Soledad Ampuero Flores Lendy Darneli Peñalba Huaman II AGRADECIMIENTO Agradecemos al personal que labora en la Universidad Andina del Cusco por el apoyo que nos brindó a absolver cualquier inquietud que tuvimos. A nuestro asesor MGT. CPCC. Fernando Phillco Prado por el tiempo, conocimiento y apoyo profesional que nos brindó durante todo el proceso de investigación para la culminación de este proyecto de investigación. A nuestros dictaminantes, la CPCC. Ursula Villafuerte Pezo y el MGT. CPCC. Jose Luis Gonzales Zarate, los cuales gentilmente, nos brindaron su tiempo y paciencia, para absolver cada una de nuestras dudas. A nuestros profesores de la filial de la Universidad Andina del Cusco, por todo el conocimiento y aportes que nos brindaron durante los cuatro años que estuvimos estudiando en la Universidad Andina del Cusco – filial Puerto Maldonado. A las empresas madereras del distrito de Tambopata, provincia de Tambopata de Madre de Dios por su valioso tiempo y apoyo que tuvieron al responder las encuestas de nuestro proyecto de investigación. Muchas gracias a todos ellos los autores le agradecemos Lendy Darneli Peñalba Huaman Nelida Soledad Ampuero Flores III DEDICATORIA Este trabajo de investigación está dedicado a Dios por guiarme cada día, a mi madre por su amor y apoyo incondicional, y a toda mi familia por el amor, comprensión y apoyo incondicional que me lo demuestran cada día; a mi tío Jesús por la educación, motivación y los valores que me ha inculcado desde que era niña sin esos valores no hubiera sido posible desarrollarme como profesional, les debo las gracias a todos ellos por hacerme una persona de bien. Lendy Darneli Peñalba Huaman Dedico esta tesis a DIOS, quien supo guiarme por el buen camino, por darme fuerzas para seguir adelante e inspiro a mi espíritu para la conclusión de mis objetivos como profesional; a mis padres a quienes amo y me dieron vida, educación, apoyo, por ayudarme con los recursos necesarios para cumplir mis sueños y han estado conmigo en todo momento y por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien; a ellos les agradezco desde el fondo de mi alma. Nelida Soledad Ampuero Flores IV ASESOR Y MIEMBROS DEL JURADO ASESOR: MGT. CPCC. FERNANDO PHILCO PRADO PRESIDENTE DEL JURADO: CPCC. WALTER VICENTE PALOMINO OQUENDO MIEMBROS DEL JURADO: CPCC. MARIA DEL ROSARIO MADRID JIMENEZ CPCC. URSULA VILLAFUERTE PEZO MGT. CPCC. JOSE LUIS GONZALES ZARATE V ÍNDICE PRESENTACIÓN .................................................................................................. II AGRADECIMIENTO ............................................................................................ III DEDICATORIA .................................................................................................... IV ASESOR Y MIEMBROS DEL JURADO ................................................................ V RELACIÓN DE TABLAS ...................................................................................... XI RELACIÓN DE GRÁFICOS ............................................................................... XIII RESUMEN .......................................................................................................... XV ABSTRACT ........................................................................................................ XVI CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del Problema. ................................................................. 1 1.2 Descripción del Problema. ..................................................................... 4 1.2.1. Problema General. ............................................................................. 4 1.2.2 Problemas Específicos. ...................................................................... 4 1.3 Objetivos de la Investigación. ................................................................ 4 1.3.1 Objetivos Generales. .......................................................................... 4 1.3.2 Objetivos Específicos. ........................................................................ 5 1.4 Justificación del Problema. .................................................................... 5 1.4.1 Justificación Teórica. .......................................................................... 5 1.4.2 Justificación Práctica. ......................................................................... 6 1.5 Limitaciones de la Investigación. ........................................................... 6 1.6 Aspectos Éticos. .................................................................................... 6 1.7 Delimitación. .......................................................................................... 7 1.7.1. Delimitación Espacial. ........................................................................ 7 1.7.2. Delimitación Temporal. ....................................................................... 7 VI CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de la Investigación. ......................................................... 8 2.1.1. A Nivel Internacional. ......................................................................... 8 2.1.2. A Nivel Nacional. ................................................................................ 9 2.2. Bases Teóricas. ................................................................................... 11 2.2.1. Código Tributario. ............................................................................. 11 2.2.2. La Tributación. .................................................................................. 12 2.2.2.1. Incentivos o Beneficios Tributarios. .................................................. 12 2.2.2.2. Tipos de Incentivo o Beneficios Tributarios. ..................................... 15 2.2.2.3. Principios Fundamentales de la Teoría de la Tributación. ................ 15 2.2.3. Tributos. ........................................................................................... 17 2.2.4. Impuesto a la Renta. ........................................................................ 19 2.2.5. Impuesto General a las Ventas. ....................................................... 20 2.2.5.1. Estructura del IGV. ........................................................................... 20 2.2.5.2. Operaciones Gravadas. ................................................................... 20 2.2.6. La Obligación Tributaria. .................................................................. 21 2.2.7. Empresa. .......................................................................................... 22 2.2.7.1. MYPE. .............................................................................................. 23 2.2.7.2. Micro Empresa. ................................................................................ 23 2.2.7.3. Pequeña Empresa. ........................................................................... 24 2.2.7.3.1. Características de la Pequeña Empresa: ................................... 24 2.2.8. Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT. ........................................................................................ 25 2.2.8.1. Finalidad de la SUNAT. .................................................................... 26 2.2.9. Exoneraciones. ................................................................................. 27 2.2.9.1. Naturaleza Jurídica de la Exoneración. ............................................ 28 VII 2.2.9.2. Clases de Exoneración. ................................................................... 29 2.2.9.3. Evolución Legal de los Beneficios de la Amazonía. ......................... 30 2.2.9.4. Tipos de Exoneraciones Tributarias. ................................................ 32 2.2.9.5. Exoneraciones en la Amazonía. ....................................................... 32 2.2.9.6. Comprobantes de Pago en las Exoneraciones. ............................... 33 2.2.9.7. Regiones Comprendidas en la Amazonía. ....................................... 34 2.2.10. Departamento de Madre de Dios ..................................................... 34 2.2.10.1. Reseña Histórica ......................................................................... 34 2.2.10.2. Geografía. ................................................................................... 35 2.2.10.3. Demografía .................................................................................. 35 2.2.10.4. Actividad Productiva de Manufactura Maderera .......................... 36 2.2.10.5. División Administrativa ................................................................ 36 2.2.11. Distrito de Tambopata ...................................................................... 37 2.2.11.1. Datos Generales .......................................................................... 37 2.2.11.2. Actividades Económicas .............................................................. 37 2.2.12. Micro y Pequeñas Empresas del Rubro Maderero. .......................... 38 2.2.12.1. Certificación del Rubro Maderero. ............................................... 38 2.2.12.2. Diagnóstico de las Mypes del Sector Transformación Secundaria de la Madera en el Perú. ........................................................... 39 2.2.12.3. Secciones de Visualización de las Maderas ................................ 41 2.2.12.4. Especies Madereras en la Región ............................................... 42 2.3. Marco Conceptual. ............................................................................... 43 2.4. Marco Normativo. ................................................................................. 45 2.4.1. Ley N° 30404.................................................................................... 45 2.4.1.1. Ley que Prorroga la Vigencia de Beneficios y Exoneraciones Tributarios. .................................................................................................... 45 2.4.2. Ley N° 27037.................................................................................... 46 2.4.2.1. Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia. .......................... 46 VIII 2.4.3. Código Tributario. ............................................................................. 49 2.4.3.1. Decreto Supremo N° 133-2013-EF. ................................................. 49 2.4.4. Micro y Pequeñas Empresas – MYPES. .......................................... 50 2.4.4.1. Ley N° 30056.................................................................................... 50 2.4.4.2. Decreto Legislativo N° 1086. ............................................................ 51 2.4.4.3. Decreto Supremo Nº 007-2008-TR .................................................. 53 2.4.4.4. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR .................................................. 53 2.5. Hipótesis. ............................................................................................. 54 2.5.1. Hipótesis General. ............................................................................ 54 2.5.2. Hipótesis Específicas. ...................................................................... 54 2.6. Variables e Indicadores. ...................................................................... 55 CAPÍTULO III DISEÑO METODOLÓGICO 3.1. Tipo de Investigación. .......................................................................... 56 3.2. Enfoque de la Investigación. ................................................................ 56 3.3. Diseño de Investigación. ...................................................................... 56 3.4. Población y Muestra. ........................................................................... 56 3.4.1. Población.......................................................................................... 56 3.4.2. Muestra. ........................................................................................... 57 3.5. Técnicas de Recolección de Datos. ..................................................... 57 3.6. Técnicas de Procesamiento de Datos. ................................................ 57 3.7. Análisis de Interpretación de la Información. ....................................... 57 CAPÍTULO IV RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 4.1. Presentación de los Resultados en Tablas y/o Gráficos. ..................... 58 4.1.1. Datos Generales. ............................................................................. 58 4.1.2. Dimensión Objetiva .......................................................................... 59 IX 4.1.3. Dimensión Subjetiva. ........................................................................ 63 4.2. Análisis y Comentarios de Tablas y Gráficos de los Resultados. ........ 68 4.2.1. Datos Generales. ............................................................................. 68 4.2.2. Dimensión Objetiva. ......................................................................... 69 4.2.3. Dimensión Subjetiva. ........................................................................ 72 4.3. Análisis de Caso Práctico – MADERERA LLANOS. ............................ 76 4.3.1. Datos Generales del Contribuyente. ................................................ 76 4.3.2. Contabilización. ................................................................................ 77 4.3.3. Registro de Compras. ...................................................................... 79 4.3.4. Registro de Ventas. .......................................................................... 80 4.3.5. Asientos Resumen. .......................................................................... 81 4.3.6. Libro diario ........................................................................................ 82 4.3.7. Análisis a cerca de la Dimensión Objetiva (Manifestación). ............. 84 4.3.8. Análisis a cerca de la Dimensión Subjetiva (Manifestación)............. 84 CAPÍTULO V DISCUSIÓN CONCLUSIONES ............................................................................................... 91 RECOMENDACIONES ....................................................................................... 93 BIBLIOGRAFIA ................................................................................................... 94 ANEXOS ............................................................................................................. 98 ANEXO N°01 ...................................................................................................... 99 ANEXO N°02 .................................................................................................... 100 ANEXO N°03 .................................................................................................... 106 ANEXO N°04 .................................................................................................... 109 ANEXO N°05 .................................................................................................... 112 X RELACIÓN DE TABLAS TABLA N° 01 Análisis comparativo entre la ley Mype D.S N° 007-2008-Tr y la ley N° 30056 .... 51 TABLA N° 02 Tipo de actividad de su empresa .......................................................................... 58 TABLA N° 03 Régimen tributario al que pertenece .................................................................... 59 TABLA N° 04 Uso de exoneraciones del IGV ............................................................................. 59 TABLA N° 05 Conocimiento de las políticas de exoneración del IGV ........................................ 60 TABLA N° 06 Conoce el procedimiento para la exoneración del IGV ....................................... 61 TABLA N° 07 Conoce el porcentaje del IGV que se puede exonerar ......................................... 61 TABLA N° 08 Conoce si el rubro maderero esta exonerado del pago del IGV ........................... 62 TABLA N° 09 Conoce las operaciones exoneradas ................................................................... 63 TABLA N° 10 Conoce el objeto de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía – Ley N° 27037 ................................................................................................................... 63 TABLA N° 11 Conoce las operaciones exoneradas del IGV ...................................................... 64 TABLA N° 12 Conocimiento de la exoneración y fomento del IGV en la Amazonía ................... 65 TABLA N° 13 Logro de objetivos empresariales ......................................................................... 65 TABLA N° 14 Que efectos tributarios tiene la exoneración del IGV ........................................... 66 TABLA N° 15 Que efectos económicos tiene la exoneración del IGV ........................................ 67 TABLA N° 16 XI Listado de micro y pequeñas empresas del rubro maderero, aserraderos y mueblerias ............................................................................................................ 86 TABLA N° 17 Nivel de recaudación tributaria - Tambopata - Madre de Dios ............................. 88 XII RELACIÓN DE GRÁFICOS GRAFICO N° 01 Tasa de empresarialidad de la Mipyme .................................................................. 2 GRAFICO N° 02 Clasificación del tributo ........................................................................................ 18 GRAFICO N° 03 Evolución legal de los beneficios tributarios en la Amazonía ............................... 31 GRAFICO N° 04 Tipo de actividad de su empresa .......................................................................... 58 GRAFICO N° 05 Régimen tributario al que pertenece .................................................................... 59 GRAFICO N° 06 Uso de exoneraciones del IGV ............................................................................. 60 GRAFICO N° 07 Conocimiento de las políticas de exoneración del IGV ........................................ 60 GRAFICO N° 08 Conoce el procedimiento para la exoneración ..................................................... 61 GRAFICO N° 09 Conoce el porcentaje de IGV que se puede exonerar .......................................... 62 GRAFICO N° 10 Conoce si el rubro maderero esta exonerado del pago del IGV ........................... 62 GRAFICO N° 11 Conoce las operaciones exoneradas ................................................................... 63 GRAFICO N° 12 Conoce el objeto de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía – Ley N°27037 ............................................................................................................... 64 GRAFICO N° 13 Conoce las operaciones exoneradas del IGV ...................................................... 64 GRAFICO N° 14 Conocimiento de la exoneración y fomento del IGV en la Amazonía ................... 65 GRAFICO N° 15 Logro de objetivos empresariales ......................................................................... 66 GRAFICO N° 16 XIII Que efectos tributarios tiene la exoneración del IGV ........................................... 66 GRAFICO N° 17 Que efectos económicos tiene la exoneración del IGV ........................................ 67 GRAFICO N° 18 Listado de micro y pequeñas empresas del rubro maderero, aserraderos y mueblerias ......................................................................................................... 87 GRAFICO N° 19 Nivel de recaudación tributaria – Tambopata – Madre de Dios ............................ 89 XIV RESUMEN El presente trabajo de investigación, intitulado “EFECTOS DE LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - IGV DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEL RUBRO MADERERO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA, MADRE DE DIOS PERIODO 2015”, hace un análisis de la situación actual de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, Madre de Dios, periodo 2015, en el que se encontró el problema general ¿Cuáles son los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV en los aspectos tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015?, siendo el objetivo general de la investigación, Determinar y evaluar los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV en los aspectos tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015. La hipótesis planteada al problema de investigación es: Los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, en los aspectos tributarios y económicos del distrito de Tambopata, favorecen el crecimiento de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero. En cuanto a la metodología utilizada en la presente investigación, es de tipo Descriptivo, pues busca especificar propiedades, características y rasgos importantes de cualquier fenómeno que se analice, el diseño de investigación es “No experimental - Transversal” y su nivel de investigación es descriptivo. La población de estudio son 857 Micro y pequeñas empresas madereras, que operan en el Distrito de Tambopata, utilizando el muestreo no probabilístico – por conveniencia, se determinó una muestra de 60 Micro y pequeñas empresas madereras, que operan en el Distrito de Tambopata. Palabras clave: Exoneración, impuesto General a las Ventas – IGV, obligación Tributaria, tributo, tributación, micro y pequeña Empresa, rubro Maderero, conocimiento, crecimiento sostenible y desarrollo integral. XV ABSTRACT The present research, entitled "EFFECTS OF THE EXEMPTION OF THE GENERAL TAX TO SALES - IGV OF THE MICRO AND SMALL BUSINESSES OF THE RUBRO MADERERO OF THE DISTRICT OF TAMBOPATA, MOTHER OF GOD PERIOD 2015", makes an analysis of the current situation of the Micro and small enterprises in the timber industry of the district of Tambopata, mother of God, period 2015, in which was found the general problem What are the effects of the exemption of the General Tax on Sales - IGV in the tax and economic aspects of the micro and small enterprises of the logging sector of the Tambopata district, period 2015?, being the general objective of the investigation, To determine and evaluate the effects of the Exoneration of the General Tax on Sales - IGV in the tax and economic aspects of the micro and small enterprises of the timber sector of the district of Tambopata, period 2015. The hypothesis raised to the research problem is: The effects of the exoneration of the General Tax on Sales (IGV), in the tributary and economic aspects of the district of Tambopata, favor the growth of micro and small companies in the timber sector. As for the methodology used in this research, it is a descriptive type, since it seeks to specify properties, characteristics and important features of any phenomenon to be analyzed, the research design is "Non - experimental - Transversal" and its level of research is descriptive. The study population is 857 Micro and small timber companies operating in the Tambopata District using non-probabilistic sampling - for convenience, a sample of 60 Micro and small timber companies operating in the District of Tambopata. Key words: Exoneration, General Tax on Sales - IGV, Tax obligations, tax, taxation, micro and small company, Logger, knowledge, Sustainable growth and integral development. XVI CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del Problema. En la última década, la economía nacional ha tenido un crecimiento sostenido que se evidencia en indicadores macroeconómicos positivos con proyecciones favorables para los próximos años. Esta situación enfatiza en la necesidad de contar con información actualizada sobre el sector empresarial, especialmente de las Micros, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Las Micros, pequeñas y medianas empresas, representan el 99,4% del empresariado nacional y generan alrededor del 63,4% del empleo. Toda vez que este sector es importante, se requiere implementar políticas que contribuyan a promocionar y generar un entorno favorable que coadyuve a su crecimiento y desarrollo. Según el informe (Producción, 2012) “Estadística de Micro, pequeña y mediana empresa del 2012”, recopilado por el Ministerio de la Producción. La microempresa representa el 94,2% (1 270 009) del empresariado nacional, la pequeña empresa es el 5,1% (68 243 empresas) y la mediana empresa el 0,2% (2 451 empresas). Asimismo, las empresas con ventas menores o iguales a 13 UIT representan el 70,3% del tejido empresarial formal, y en el extremo superior las empresas con ventas mayores a 2300 UITs representan tan solo el 0,6%. Según (SUNAT, 2015), en sus estadísticas y estudios. Reporto a diciembre del 2015, que “Los Ingresos Tributarios del Gobierno Central ascendieron a S/.8, 565 millones, monto superior en S/.615 millones con relación al mismo mes del año 2014. Este resultado representa un crecimiento de 3,2% en términos reales”. Cabe mencionar que esta recaudación, se compone de diferentes tributos que administra la SUNAT, entre ellas el Impuesto a la 1 Renta, el Impuesto Selectivo al Consumo, el Impuesto General a las Ventas – IGV, regalías, gravámenes etc. De este porcentaje, en junio, la recaudación del IGV por operaciones internas ascendió a S/.2, 125 millones, registrando un crecimiento de 8,2%. Según la tasa de empresarialidad nacional, siete regiones se ubican por encima del valor promedio, ocupando el departamento de Madre de Dios, el segundo lugar con un valor promedio de 13.3%. GRAFICO N° 01 TASA DE EMPRESARIALIDAD DE LA PYME Fuente: Elaborado por PRODUCE, Dirección de estudios económicos de MYPE e industria (DEMI) Es así que las micro y pequeñas empresas, han logrado una participación importante a nivel nacional. Y más aún en aquellos departamentos, en donde el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, han desarrollado políticas y beneficios tributarios que permiten a este segmento empresarial, lograr un grado de estabilidad. Este es el caso de las exoneraciones, para los departamentos que componen la Amazonia, por ejemplo, la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, medida legislativa que fue promulgada mediante Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía del Perú (ley 27037), emitida el 30 de diciembre de 1998, cuya última ampliación fue aprobada hasta el 31 de diciembre del 2018. Dicha norma surgió con el propósito de “promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo 2 condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada”. Las micro y pequeñas empresas del departamento de Madre de Dios, son diversas, destacando mayormente en sectores, como la minería, las madereras y los servicios en general, para este caso de estudio en específico, analizaremos el comportamiento tributario, de las micro y pequeñas empresas, del rubro maderero. Según el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, se ha reportado que, en el departamento de Madre de Dios, operan un promedio de 857 micro y pequeñas empresas madereras, formales, a diciembre del 2013, que a esa fecha tributan a la SUNAT, se ha logrado desarrollar en gran medida. Este sector como las demás empresas que operan en Madre de Dios, utilizan las exoneraciones como una alternativa para incursionar en igualdad de condiciones en el mercado nacional. Partiendo de allí es importante conocer los efectos de la exoneración del IGV, de las micro y pequeños empresarios del rubro maderero, considerando que es fundamental ver si este beneficio a logrado los objetivos por los que fue creado, primero, promover la formalización de este sector, así como también aperturar el mercado para la industria de este departamento. Es por ello, que esta investigación tiene el propósito de contribuir con el análisis y evaluación de los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, en las micro y pequeñas empresas del rubro maderero. Según los resultados obtenidos se podrán realizar actividades de retroalimentación, para poder hacer las correcciones y mejoras del caso. 3 1.2 Descripción del Problema. 1.2.1. Problema General. ¿Cuáles son los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV en los aspectos tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015? 1.2.2 Problemas Específicos. a. ¿Cuál es el conocimiento sobre la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015? b. ¿Cuáles son los efectos tributarios de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015? c. ¿Cuáles son los efectos económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015? 1.3 Objetivos de la Investigación. 1.3.1 Objetivos Generales. Determinar y evaluar los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV en los aspectos tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015. 4 1.3.2 Objetivos Específicos. a. Determinar y evaluar el conocimiento sobre la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015. b. Analizar los efectos tributarios de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015. c. Analizar los efectos económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, periodo 2015. 1.4 Justificación del Problema. 1.4.1 Justificación Teórica.  La tesis, será un referente para futuras propuestas de investigación, dentro de la Universidad Andina del Cusco, las cuales podrán considerar este conocimiento como experiencia académica en los antecedentes investigativos y utilizarlo como marco teórico para estudiar problemáticas similares.  La presente investigación demuestra que las normas, aborda de manera teórica la reflexión sobre la forma en que se emite las normas y su poca realidad en el país, porque desde el campo académico se presenten trabajos que analicen, cuestionen y permitan mejorar y ser aplicables las normas ya que buscan incentivar de manera real.  El análisis de la norma de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia a través de nuestra investigación permitirá generar debate para mejorar aspectos que hacen difícil su aplicación para 5 lograr resultados que mejoren el desarrollo de la región tal como lo pretende la norma. 1.4.2 Justificación Práctica.  Esta investigación, servirá para que los micro y pequeños empresarios del rubro maderero, esten preparados para enfrentar las necesidades y contingencias que el sector manufacturero presente.  El trabajo de investigación en el contexto práctico busca facilitar a los micro y pequeños empresarios madereros un modelo de aplicación a través de un caso práctico en el cual se desarrolla la exoneración del IGV, se demuestra su aplicación y beneficios para su uso dentro de la zona de Amazonia para que efectivamente sea aplicado adecuadamente. 1.5 Limitaciones de la Investigación.  Escasez de información bibliográfica, acerca del tema en cuestión, lo que hace necesario la búsqueda en otras fuentes como en la web (Internet).  Acceder a información y desarrollar las diferentes actividades propias de una investigación de esta naturaleza implica un costo elevado. 1.6 Aspectos Éticos. Se consideran dentro de los aspectos éticos los siguientes:  La investigación mantendrá los lineamientos de respeto con el sujeto de estudio que participará y brindará información en la etapa de aplicación de encuestas. 6  Todos los datos obtenidos durante la investigación serán veraces y originales 1.7 Delimitación. 1.7.1. Delimitación Espacial. Micro y pequeñas empresas del rubro maderero del Distrito de Tambopata, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios. 1.7.2. Delimitación Temporal. El trabajo se realizará tomando en cuenta la información del Año 2015. 7 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de la Investigación. 2.1.1. A Nivel Internacional. • Tesis “La Exoneración Tributaria”. Valarezo Guerrero, Jorge Isaac (2006); trabajo de investigación desarrollado para optar el grado académico de Maestro en Derecho, en la Universidad Andina Simón Bolívar Sede Ecuador. La investigación parte de la búsqueda de definición de los beneficios tributarios, denominación con la que se amparan los más variados institutos que, dentro del campo del derecho tributario, benefician a determinadas actividades o personas en función de consideraciones de tipo económico o social. En este trabajo de investigación de tipo descriptivo, según el esquema de investigación aplicado por la Universidad Andina Simón Bolívar no se detallan los problemas y objetivos de investigación, se establece directamente un recuento y análisis bibliográfico de las exoneraciones en Ecuador, los beneficios tributarios, los principios constitucionales que fundamentan la exoneración, entre otros temas, que muestran el contexto Ecuatoriano. Las conclusiones a las que llego esta investigación son:  Debemos tener claro que, conceptualmente hablando, las exoneraciones –como instituto del derecho tributario- no son ni pueden ser un derecho o privilegio, pues, como hemos analizado ellas son un instrumento al que recurre el legislador para obtener ciertos efectos dentro de la sociedad. Pero ello, no significa que, por los efectos al aplicar esta institución, que sea la exoneración 8 per se un beneficio o un derecho de quien es beneficiario del mismo.  Hemos observado que tanto en la doctrina como en las legislaciones estudiadas se ha detectado pronunciamientos que, al tratar sobre las exoneraciones, el legislador siempre se aleja de los condicionamientos bajo los cuales deben ceñirse la expedición de normas exentivas; las mismas que, de manera estricta se sujetarán a los principios constitucionales que rigen el sistema tributario. Lo anterior, no significa que, por el hecho de la mala aplicación de este instituto, el mismo sea dañino o perjudicial al entender su existencia. El aporte que genera este trabajo de investigación, es sobre todo el análisis de sus resultados, pues hace el estudio de las “las exoneraciones tributarias" en un contexto internacional, como es el caso de Ecuador, contexto jurídico que tiene mucha similitud con el país. Se podrá también hacer un análisis de esta casuística. 2.1.2. A Nivel Nacional. • Tesis “Beneficios Tributarios en el desarrollo de las zonas Altoandinas del Perú”. Condezo Ordoñez, Luis Alberto (2015); trabajo de investigación desarrollado para optar el grado académico del Doctor en Contabilidad y Finanzas, en la Universidad de San Martin de Porres. La presente investigación es de tipo descriptivo, correlacional y explicativo no experimental que tiene como problema general: ¿Qué nivel de influencia tiene los beneficios tributarios en el desarrollo de las Zonas Altoandinas del Perú? El objetivo de la investigación es “Determinar el nivel de influencia que tiene los beneficios tributarios en el desarrollo de las Zonas Altoandinas del Perú”, las conclusiones a las que llego esta investigación son: 9 - Los beneficios tributarios no tienen influencia en la mejora del desarrollo de las Zonas Altoandinas del Perú. - Los beneficios tributarios no inciden en la mejora del empleo en las Zonas Altoandinas del Perú. - Los beneficios tributarios no inciden en la mejora de la salud y bienestar en las Zonas Altoandinas del Perú. - Los beneficios tributarios no inciden en la mejora de la educación en las Zonas Altoandinas del Perú. - Los beneficios tributarios no inciden en la mejora de la vida en el hogar y la comunidad en las Zonas Altoandinas del Perú. Este antecedente contribuirá con la investigación, a través del aporte de un marco teórico conceptual, de términos relacionados a los “Beneficios tributarios”, en un contexto nacional, ello nos permitirá analizar, las similitudes que presenta, pese a tener diferente ubicación geográfica. • Tesis “Efectos Tributarios que generó la aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión de la Amazonía (27037) en la región de Loreto”. Llauce Cotrina, William Jhonson; Sotelo Marticorena, Antonela (2013), trabajo de investigación desarrollado para optar el título profesional de Contador Público, en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. La presente investigación es de carácter explicativo y descriptivo no experimental de diseño transversal, tiene como problema general: ¿Cuáles fueron los problemas tributarios que trajo consigo la aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión de la Amazonía en la Región de Loreto? El objetivo de la investigación es “Determinar cuáles fueron los problemas tributarios que trajo consigo la aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión de la Amazonía en la Región de Loreto”, las conclusiones a las que llego esta investigación son: 10 - Los beneficios tributarios que se dio a las empresas, bajo el marco de la ley de Promoción de la Inversión para la Amazonía, no ha generado los efectos económicos esperados en la Región, la debilidad en los flujos de inversiones de carácter sostenido es una señal clara de la debilidad de dicho marco normativo. La aplicación de esta norma tributaria, más que crecimiento ha generado distorsiones económicas, plasmadas en la evasión, elusión. - Las medidas tributarias no son suficientes para potenciar las actividades económicas de una región, tal hecho ha quedado evidenciado en la región Loreto, que a pesar de contar con estos beneficios no logra alcanzar los mejores indicadores de crecimiento regional, mucho menos del país. - En la región Loreto, a pesar que se aprecia mayor dinamismo en las actividades comerciales, la recaudación de impuestos no experimenta el mismo comportamiento, lo cual evidencia una clara evasión y elusión fiscal, complementada por mayores niveles de contrabando. Este antecedente contribuirá con la investigación, a través del aporte de un marco teórico conceptual, de términos relacionados a la “tributación”, en un contexto nacional. Se podrá también hacer un análisis de esta casuística. 2.2. Bases Teóricas. 2.2.1. Código Tributario. Según el (Codigo Tributario, 2015), el nuevo Texto Único Ordenado del Código Tributario consta de un Título Preliminar con dieciséis (16) Normas, cuatro (4) Libros, doscientos cinco (205) Artículos, setenta y tres (73) Disposiciones Finales, veintisiete (27) Disposiciones Transitorias y tres (3) Tablas de Infracciones y Sanciones. El presente Código establece los principios generales, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario. 11 Según (Yaguas, 2013); El Código Tributario es un conjunto orgánico y sistemático de las disposiciones y normas que regulan la materia tributaria en general. Sus disposiciones, sin regular a ningún tributo en particular, son aplicables a todos los tributos (impuestos, contribuciones y tasas) pertenecientes al sistema tributario nacional, y a las relaciones que la aplicación de estos y las normas jurídico- tributarias originen. El Código Tributario se adscribe a esta en la medida que considera que la retención y percepción de tributos constituyen obligaciones tributarias; en la medida que estas figuras se encuentran reguladas dentro del Libro I de dicho cuerpo legal, el mismo que está dedicado a regular la obligación tributaria. 2.2.2. La Tributación. Según el (Codigo Tributario, 2015), la tributación es un concepto que se articula alrededor de algunos principios básicos, que provienen de varios enfoques: económico, jurídico, administrativo, social entre otros. La tributación es un componente de la política fiscal, la tributación esta principalmente destinado a producir ingresos, para el presupuesto público. Mientras más apegado a ellos es una política tributaria, los resultados de su aplicación, son más deseables y favorables, tanto para el estado como para los ciudadanos. 2.2.2.1. Incentivos o Beneficios Tributarios. Según la norma VII, reglas generales para la dación de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios del (Codigo Tributario, 2015); los beneficios tributarios son tratamientos normativos que implican por parte del Estado una disminución total o parcial del monto de la obligación tributaria o la postergación de la exigibilidad de dicha obligación. Según 12 este marco legal la dación de normas legales que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios, se sujetarán a las siguientes reglas: a) Deberá encontrarse sustentada en una exposición de motivos que contenga el objetivo y alcances de la propuesta, el efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la legislación nacional, el análisis cuantitativo del costo fiscal estimado de la medida, especificando el ingreso alternativo respecto de los ingresos que se dejarán de percibir a fin de no generar déficit presupuestario, y el beneficio económico sustentado por medio de estudios y documentación que demuestren que la medida adoptada resulta la más idónea para el logro de los objetivos propuestos. Estos requisitos son de carácter concurrente. El cumplimiento de lo señalado en este inciso constituye condición esencial para la evaluación de la propuesta legislativa. b) Deberá ser acorde con los objetivos o propósitos específicos de la política fiscal planteada por el Gobierno Nacional, consideradas en el Marco Macroeconómico Multianual u otras disposiciones vinculadas a la gestión de las finanzas públicas. c) El articulado de la propuesta legislativa deberá señalar de manera clara y detallada el objetivo de la medida, los sujetos beneficiarios, así como el plazo de vigencia de la exoneración, incentivo o beneficio tributario, el cual no podrá exceder de tres (03) años. d) Para la aprobación de la propuesta legislativa se requiere informe previo del Ministerio de Economía y Finanzas. e) Toda norma que otorgue exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios será de aplicación a partir del 1 de 13 enero del año siguiente al de su publicación, salvo disposición contraria de la misma norma. f) Sólo por ley expresa, aprobada por dos tercios de los congresistas, puede establecerse selectiva y temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada zona del país, de conformidad con el artículo 79º de la Constitución Política del Perú. g) Se podrá aprobar, por única vez, la prórroga de la exoneración, incentivo o beneficio tributario por un período de hasta tres (3) años, contado a partir del término de la vigencia de la exoneración, incentivo o beneficio tributario a prorrogar. Para la aprobación de la prórroga se requiere necesariamente de la evaluación por parte del sector respectivo del impacto de la exoneración, incentivo o beneficio tributario, a través de factores o aspectos sociales, económicos, administrativos, su influencia respecto a las zonas, actividades o sujetos beneficiados, incremento de las inversiones y generación de empleo directo, así como el correspondiente costo fiscal, que sustente la necesidad de su permanencia. Esta evaluación deberá ser efectuada por lo menos un (1) año antes del término de la vigencia de la exoneración, incentivo o beneficio tributario. La ley o norma con rango de ley que aprueba la prórroga deberá expedirse antes del término de la vigencia de la exoneración, incentivo o beneficio tributario. No hay prórroga tácita. h) La ley podrá establecer plazos distintos de vigencia respecto a los Apéndices I y II de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y el artículo 19º de la Ley del Impuesto a la Renta, pudiendo ser prorrogado por más de una vez. 14 2.2.2.2. Tipos de Incentivo o Beneficios Tributarios. Según (Villanueva, 2011), hay diversos tipos de beneficios tributarios, entre los que destacan los incentivos tributarios, exoneración, inafectación, inmunidad, entre otros. a) Incentivos tributarios: Son reducciones a la base imponible del tributo, otorgadas con el propósito de incentivar a determinados sectores económicos o actividades, e inclusive aquellos subsidios que otorga el Estado a determinados sujetos. b) Exoneraciones: Son técnicas de desgravación por las cuales se busca evitar el nacimiento de la obligación tributaria, que se caracteriza por su temporalidad. No son permanentes, porque tienen un tiempo de vigencia, por lo general, el plazo de duración del beneficio está señalado en la norma que lo otorga. Algunos ejemplos de beneficios tributarios contemplados en el Régimen Tributario Peruano:  Inafectaciones y exoneraciones establecidas en el artículo 18º y 19º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.  Artículo 2º que establece los conceptos no gravados, así como los Apéndices I y II que establecen la exoneración de determinados bienes y servicios de acuerdo a lo establecido en el TUO de la Ley del IGV.  Beneficios tributarios lo vemos en la Ley de Promoción en la Inversión de la Amazonía – Ley Nº 27037, que establece la exoneración del IGV en algunas zonas del territorio de la Amazonía. 2.2.2.3. Principios Fundamentales de la Teoría de la Tributación. En la Constitución Politica del Perú, 1993 en el Artículo 74°, se recogió enunciativamente principios que tiene una relación directa con la potestad tributaria del Estado, entendidos como 15 directrices que proveen criterios para el ejercicio discrecional de la potestad tributaria del Estado. A. Principio de legalidad y reserva de ley tributaria: El primer párrafo del artículo 74° de la Constitución señala que los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. B. Principio de igualdad: La igualdad como derecho fundamental está prevista en el artículo 2° de la Constitución de 1993. De acuerdo con el artículo aludido “toda persona tiene derecho… a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”. C. Principio de respeto a los derechos fundamentales: Otro principio que la Constitución ha previsto como límite de la potestad tributaria es el del respeto a los derechos fundamentales. Este principio se condice con el carácter objetivo – además del subjetivo – que tienen los derechos fundamentales; es decir, instituciones constitucionales valorativas que informan el ordenamiento jurídico en su conjunto. Dichos derechos, en el Estado Constitucional y democrático, se erigen como auténticos límites tanto a la actividad de los poderes públicos, así como de los poderes privados. 16 D. Principio de interdicción de la confiscatoriedad: El principio de interdicción de la confiscatoriedad está estrechamente vinculado con el principio de capacidad contributiva y el de respeto de los derechos fundamentales, específicamente con el derecho fundamental a la propiedad que la Constitución reconoce. E. Principio de generalidad: Este es un principio que no está expresamente previsto en la Constitución pero que se puede considerar implícito en el artículo 74°. Según este principio todos los ciudadanos están obligados a concurrir en el sostenimiento de las cargas públicas, ello no supone, sin embargo, que todos deben, efectivamente, pagar tributos, sino que deben hacerlo todos aquellos que a la luz de los principios constitucionales y de las leyes que los desarrollan. F. Principio de capacidad contributiva: Este es otro principio que tampoco está considerado expresamente en la Constitución, lo cual no es obstáculo para señalar que se ha convertido en una salvaguarda o garantías frente al poder tributario omnímodo y arbitrario del estado, en la medida que encausa el ejercicio de esa potestad a través del derecho y que por lo demás, está íntimamente vinculado con el principio de igualdad. 2.2.3. Tributos. Según el (Codigo Tributario, 2015), en la Norma II, Ámbito de aplicación del Código tributario, el término genérico tributo comprende: a) Impuestos. - Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa a favor del contribuyente por parte del Estado. 17 b) Contribución. - Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. c) Tasa. - Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual. Las tasas, entre otras pueden ser: - Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. - Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. - Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos. GRAFICO N° 02 CLASIFICACIÓN DEL TRIBUTO Fuente: Manual del Código Tributario y de la Ley Penal Tributaria. Instituto Pacifico S.A.C.- Lima - Perú. 18 2.2.4. Impuesto a la Renta. Según el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, (Decreto Supremo N°179-2004-EF, 2004). El nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, que consta de diecisiete (17) Capítulos, ciento veinticuatro (124) Artículos y cincuenta y uno (51) Disposiciones Transitorias y Finales. El impuesto sobre la renta es un impuesto que grava los ingresos de las personas, empresas, u otras entidades legales. El Impuesto a la Renta grava: a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. Están incluidas dentro de estas rentas, las siguientes:  Las regalías.  Los resultados de la enajenación de: - Terrenos rústicos o urbanos por el sistema de urbanización o lotización. - Inmuebles, comprendidos o no bajo el régimen de propiedad horizontal, cuando hubieren sido adquiridos o edificados, total o parcialmente, para efectos de la enajenación. b) Los resultados de la venta, cambio o disposición habitual de bienes. c) Las ganancias de capital. d) Otros ingresos que provengan de terceros, establecidos por esta Ley. e) Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley. 19 2.2.5. Impuesto General a las Ventas. Este impuesto es conocido en el Perú como IGV (Impuesto General a las Ventas). En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas de bienes y sobre la prestación de servicios de carácter no personal en el país, este impuesto es gravable siempre que se desarrolle dentro del territorio nacional. (Decreto Supremo N°29-94-EF, 1994) Del Reglamento del IGV e ISC (Impuesto Selectivo al Consumidor). Para que opere la venta en el país de bienes muebles deben estar ubicados en el territorio nacional, que se realice en cualquiera de las etapas de producción y distribución, sean estos nuevos o usados, independientemente del lugar en que se celebre el contrato. El impuesto también grava los servicios que generen rentas de tercera categoría prestados en el país, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación. 2.2.5.1. Estructura del IGV. El IGV está compuesto por una tasa de Impuesto General al Consumo del 16% y la del Impuesto de Promoción Municipal equivalente al 2%. 2.2.5.2. Operaciones Gravadas. Según el Artículo 2° del (Decreto Supremo N°29-94-EF, 1994), del Reglamento del IGV e ISC; indica que el impuesto general a las ventas grava las siguientes operaciones: a) La venta en el país de bienes muebles ubicados en el territorio nacional, que se realice en cualquiera de las etapas del ciclo de producción y distribución, sean éstos 20 nuevos o usados, independientemente del lugar en que se celebre el contrato, o del lugar en que se realice el pago. b) Los servicios prestados o utilizados en el país, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación, y del lugar donde se celebre el contrato. c) Los contratos de construcción que se ejecuten en el territorio nacional, cualquiera sea su denominación, sujeto que lo realice, lugar de celebración del contrato o de percepción de los ingresos. d) La primera venta de inmuebles ubicados en el territorio nacional que realicen los constructores de los mismos. e) La importación de bienes, cualquiera sea el sujeto que la realice. 2.2.6. La Obligación Tributaria. Según el (Codigo Tributario, 2015), la obligación tributaria que es de derecho público representa la relación que existe entre el deudor y el acreedor tributario cuyo vinculo tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria siendo exigibles tributariamente. Nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación y es exigible: Cuando deba ser determinada por el deudor tributario, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado por Ley o reglamento y, a falta de este plazo, a partir del décimo sexto día del mes siguiente al nacimiento de la obligación y cuando deba ser determinada por la Administración Tributaria, desde el día siguiente al vencimiento del plazo para el pago que figure en la resolución que contenga la determinación de la deuda tributaria. A falta de este plazo, a partir del décimo sexto día siguiente al de su notificación. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios: Pago, Compensación, Condonación, Consolidación, Resolución de la 21 Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa y otros que se establezcan por leyes especiales. Las obligaciones tributarias que debe cumplir los contribuyentes se dividen en formales y sustanciales. a) Obligaciones formales: Están referidas a formalidades que los contribuyentes deben cumplir. Entre estos tenemos:  Otorgamiento de comprobantes de pagos por sus ventas.  Presentación de declaraciones juradas y otras comunicaciones.  Llevar los libros y registros contables de acuerdo a las normas establecidas, etc. b) Obligaciones sustanciales: Referidas a la determinación y pago de los tributos que corresponden a cada contribuyente. Constituye la esencia de la materia tributaria. 2.2.7. Empresa. Según (Münch, 2006), en su libro Iniciación a la Organización y Técnica Comercial, define el término “Empresa”, como fuentes de riquezas y empleo, por lo que resulta fundamental su creación en los países en vías de desarrollo, como una solución a la problemática del desempleo y de la dependencia económica. Las características básicas de las micro y pequeña empresa (MYPE) están definidas por su número de trabajadores y el monto de sus ventas anuales. Los límites establecidos para el monto de las ventas, podrán ser incrementados cada dos años mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y no podrá ser menos a la variación porcentual acumulada del Producto Bruto Interno (PBI) nominal durante el referido periodo. 22 2.2.7.1. MYPE. La micro y pequeña empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. (Manual de la Micro y Pequeña Empresa- MYPE, 2008). Las MYPE son un segmento importante en la generación de empleo, es así que más del 80 % de la población económicamente activa se encuentra trabajando y generan cerca del 45 % del Producto Bruto Interno (PBI). En resumidas cuentas, la importancia de las MYPE como la principal fuente de generación de empleo y alivio de la pobreza se debe a:  Proporcionan abundantes puestos de trabajo.  Reducen la pobreza por medio de actividades de generación de ingreso.  Incentivan el espíritu empresarial y el carácter emprendedor de la población  Son la principal fuente de desarrollo del sector privado.  Mejoran la distribución del ingreso.  Contribuyen al ingreso nacional y al crecimiento económico. 2.2.7.2. Micro Empresa. Según; (Carpintero, 1998) las define como “pequeñas unidades de producción, comercio o prestación de servicios, en la que se puede distinguir elementos de capital, trabajo y 23 tecnología, aunque todo ello esté marcado por un carácter precario”. Se ha acostumbrado a llamar a la microempresa como un sector de subsistencia, perteneciente al sector informal de la economía, por lo que en la concepción común son un estadio temporal en la inserción al sector formal y de grandes empresas. Diversos autores explican la creación y existencia de la microempresa como resultado de la incapacidad de un país para ofrecer empleo formal y como un elemento de subsistencia (Ruiz, 2004). 2.2.7.3. Pequeña Empresa. Según el autor (Fleitman, 2001) define: la pequeña empresa es una entidad independiente, creada para ser rentable, que no predomina en la industria a la que pertenece, cuya venta anual en valores no excede un determinado tope y el número de personas que la conforma no excede un determinado límite, y como toda empresa, tiene aspiraciones, realizaciones, bienes materiales y capacidades técnicas y financieras, todo lo cual, le permite dedicarse a la producción, transformación y/o prestación de servicios para satisfacer determinadas necesidades y deseos existentes en la sociedad. 2.2.7.3.1. Características de la Pequeña Empresa: La pequeña empresa tiene determinadas características que la distinguen de otros tipos de empresa (micro, mediana o grande empresa). Según el autor (Fleitman, 2001), las características principales de la pequeña empresa son las siguientes: 24 a) Ritmo de crecimiento por lo común superior al de la microempresa y puede ser aún mayor que el de la mediana o grande. b) Mayor división del trabajo (que la microempresa) originada por una mayor complejidad de las funciones; así como la resolución de problemas que se presentan; lo cual, requiere de una adecuada división de funciones y delegación de autoridad. c) Requerimiento de una mayor organización (que la microempresa) en lo relacionado a coordinación del personal y de los recursos materiales, técnicos y financieros. d) Capacidad para abarcar el mercado local, regional y nacional, y con las facilidades que proporciona la red de internet, puede traspasar las fronteras con sus productos (especialmente si son digitales, como software y libros digitales) y servicios. e) Está en plena competencia con empresas similares (otras pequeñas empresas que ofrecen productos y/o servicios similares o parecidos). f) Utiliza mano de obra directa, aunque en muchos casos tiene un alto grado de mecanización y tecnificación. 2.2.8. Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT. Según (SUNAT, 2015). La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, 25 presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad. Según (Effio, 2011), la SUNAT es el organismo del Estado encargado de la administración, recaudación, control y fiscalización de los tributos internos y del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero. 2.2.8.1. Finalidad de la SUNAT. Según (SUNAT, 2014) establecido en el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122- 2014/SUNAT y modificatorias, la SUNAT tiene como finalidad primordial administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por Ley o de acuerdo a los convenios interinstitucionales que se celebren, proporcionando los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurando la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia y combatiendo los delitos tributarios y aduaneros conforme a sus atribuciones. También tiene como finalidad la implementación, la inspección y el control del cumplimiento de la política aduanera en el territorio nacional y el tráfico internacional de mercancías, personas y medios de transporte, facilitando las actividades aduaneras de comercio exterior y asegurando la correcta aplicación de los tratados y convenios internacionales y demás normas que rigen la materia. 26 En el texto (Entrelineas, 2004), conceptualizan a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria a través de las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria , tiene por finalidad: administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos , con excepción de los municipales y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al seguro social de salud (Es salud) y a la oficina de normalización previsional (ONP) , a las que hace referencia la norma II del título preliminar del texto único ordenado del código tributario y facultativamente, respecto también de obligaciones no tributarias de Es salud y de la ONP , de acuerdo a lo que , por convenios interinstitucionales se establezca. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria tiene entre una de sus facultades la de sancionatoria, pues determina y sanciona administrativamente las infracciones tributarias. 2.2.9. Exoneraciones. Según (EXP. N.º 7533-2006-PA/TC, 2006), Exoneración: En este caso, tal y como lo ha señalado el Tribunal Fiscal en la Resolución Nº 559-4- 97, “(…) el término "exoneración" se refiere a que, no obstante que la hipótesis de incidencia prevista legalmente se verifica en la realidad, es decir, que se produce el hecho imponible, éste por efectos de una norma legal no da lugar al nacimiento de la obligación tributaria, por razones de carácter objetivo o subjetivo”. Es decir, el contribuyente se libera de la obligación tributaria, a pesar de que su actuar implicó la ocurrencia del hecho imponible y, como consecuencia lógica, tendría el deber de soportar la carga tributaria. 27 Siguiendo esta línea, la doctrina considera que “(…) se ha producido el hecho imponible, naciendo, por tanto, el deber de realizar la prestación tributaria correspondiente (…) libera precisamente el cumplimiento de esos deberes, y si libera o exime de ellos, es obvio que previamente han debido nacer”. En el marco de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, (Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, 2011), que tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada. De conformidad con el Artículo 11° del Decreto Legislativo N° 978, publicada el 15 marzo 2007, se excluye a partir del 1 de enero de 2009 a los departamentos de Amazonas, Ucayali, San Martín, Madre de Dios, la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto, así como a las provincias y distritos de los demás departamentos que conforman la Amazonía, de la exoneración del Impuesto General a las Ventas aplicable a la venta de bienes, servicios y contratos de construcción o la primera venta de inmuebles dispuesta por el presente numeral. Posteriormente, el citado Decreto Legislativo fue derogado por el Literal a) de la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29742 - Ley que deroga los Decretos Legislativos 977 y 978, y restituye la plena vigencia de la Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el 09 julio 2011. Norma que fue ampliada, con diferente normativa, hasta el 31 de diciembre del 2018. 2.2.9.1. Naturaleza Jurídica de la Exoneración. El (Boletin SUNAT, 2015), define a la exoneración como, “aquel beneficio tributario que se otorga a una actividad que se encuentra gravada por el hecho imponible, pero que se le excluye del mandato de pago, por un determinado período”. El 28 (Tribunal Constitucional, 2009) señala que “pueden entenderse las exoneraciones tributarias como aquel régimen especial de beneficios tributarios establecido de manera discrecional, mas no arbitraria, por el Estado otorgado a determinadas personas o actividades que originalmente deberían tributar; siendo este régimen, por su propia naturaleza, temporal”. 2.2.9.2. Clases de Exoneración. Según la revista Actualidad Empresarial, (Villanueva, 2011) y habiendo determinado la naturaleza jurídica de la exoneración, pasaremos a mencionar una breve relación de las clases de exoneración tributaria más comunes: a) Subjetivas y objetivas: Se presentan cuando la situación de hecho prevista en la norma, que constituye la condición de la exoneración, se refiere a la persona del importador o del exportador, la exención es subjetiva. De otro lado la exoneración objetiva está directamente vinculada con la naturaleza de las operaciones a que se aplica y no a la calidad de las personas. b) Condicionales e incondicionales: La diferenciación entre condicionales e incondicionales o absolutas, dependerá de si las operaciones se hallan sometidas o no al cumplimiento de determinados requisitos. En el primer caso, el incumplimiento de los requisitos con arreglo a los cuales se otorgó la exención determina su revocatoria. En las incondicionales la exención es definitiva, ya que acaecido el hecho determinante – la importación de las mercaderías en su caso-, no se requiere el cumplimiento de requisito alguno posterior. 29 c) Totales o parciales: Las exenciones totales impiden el cobro de la deuda tributaria referido a ciertos hechos o sujetos. Las parciales suponen la reducción de la deuda tributaria. En atención a la clasificación antes mencionada, podemos concluir que la franquicia arancelaria es una exoneración subjetiva, incondicional y total. 2.2.9.3. Evolución Legal de los Beneficios de la Amazonía. En la tesis presentada por (Cotrina & Marticorena, 2013), se describe los efectos tributarios que generó la aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión de la Amazonía (Ley N°27037) en la región de Loreto. En esta tesis, se muestra un análisis histórico de la normativa de promoción de la Amazonia, donde se menciona que a fines de diciembre de 1998, el estado peruano promulgó la Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía del Perú, que establecía condiciones para la inversión pública y privada, en un intento por promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, con una vigencia de 50 años, es decir, hasta el 2048, la siguiente línea de tiempo resume los cambios que sufrió dicha ley con el pasar de los tiempos desde su creación. 30 GRAFICO N° 03 EVOLUCIÓN LEGAL DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN LA AMAZONÍA Fuente: Llauce Cotrina William Jhonson, Sotelo Marticorena Antonela (2013) 31 2.2.9.4. Tipos de Exoneraciones Tributarias. En la Revista Actualidad Empresarial, (Villanueva, 2011). Detalla las exoneraciones tributarias más comunes son: a) Exoneraciones del pago de impuestos (total o parcial) o reducciones en las tasas. b) Créditos tributarios (por ejemplo, para investigación y desarrollo o para vivienda). c) Diferir el pago del impuesto, con un subsidio implícito por ello. d) Depreciación acelerada para gastos de capital y otros costos significativos. Las exoneraciones tributarias también se pueden agrupar en las siguientes categorías: a) Incentivos regionales. b) Incentivos sectoriales. c) Incentivos a las exportaciones y zonas de libre comercio. Según; la Revista Actualidad Empresarial, (Villanueva, 2011), los incentivos se agrupan en términos de las consideraciones de política o argumentos para atraer inversión: a) Competitividad internacional, es decir aumentar la capacidad del país para atraer capitales internacionales. b) Corregir fallas de mercado. c) Consideraciones macroeconómicas; por ejemplo, incentivos para combatir alto desempleo, déficit en balanza de pagos, efectos de alta inflación, pasivos tributarios, etc. d) Consideraciones regionales. 2.2.9.5. Exoneraciones en la Amazonía. En el Reglamento de la Ley de Amazonía, (Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, 2011), entre otras 32 consideraciones, señala que los beneficios tributarios del IGV dispuestos en el artículo 13° de la Ley de Amazonía serán de aplicación únicamente a las empresas ubicadas en la Amazonía, entendiéndose como tales a aquellas que cumplan con los siguientes requisitos: a) Su domicilio fiscal debe estar ubicado en la Amazonía y deberá coincidir con el lugar donde se encuentra su sede central. b) La persona jurídica debe estar inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía. c) En la Amazonía debe encontrarse como mínimo el setenta por ciento (70%) de sus activos fijos. d) No tener producción fuera de la Amazonía. Este requisito no es aplicable a las empresas de comercialización. Tratándose de servicios o contratos de construcción, se entiende por producción la prestación de servicios o la ejecución de contratos de construcción en la Amazonía, según corresponda. Para las empresas constructoras, definidas como tales por el inciso e) del artículo 3° de la Ley del IGV, se entenderá por producción la primera venta de inmuebles. 2.2.9.6. Comprobantes de Pago en las Exoneraciones. El artículo 10° del (Reglamento de la Ley de la Amazonia, 2011), se establece que, en las operaciones exoneradas, las empresas ubicadas en la Amazonía deberán emitir comprobantes de pago consignando la siguiente frase pre- impresa: “Bienes transferidos en la Amazonía para ser consumidos en la misma”; exceptuándose de la obligación de consignar la frase en mención tratándose de tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras. 33 2.2.9.7. Regiones Comprendidas en la Amazonía. La Amazonía comprende los departamentos de Loreto, Madre de Dios, Ucayali, Amazonas y San Martín, así como algunos distritos y provincias de los departamentos de Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, Huancavelica, La Libertad y Piura. 2.2.10. Departamento de Madre de Dios El departamento de Madre de Dios fue creado según Ley N°1782, el 26 de diciembre de 1912. Está ubicado en la parte sur oriental del territorio nacional. Limita por el norte con el departamento de Ucayali y la República de Brasil, por el sur con los departamentos de Puno y Cusco, por el este con la República de Bolivia y al oeste con los departamentos de Cusco y Ucayali. Posee una frontera internacional de 584 km, de los cuales 314 km son con Brasil y 270 km con Bolivia. 2.2.10.1. Reseña Histórica Según el Proyecto histórico de Madre de Dios, publicado por el (Insituto Nacional de Estadistica e Informatica, 2005); aún no se han profundizado las investigaciones históricas sobre las evidencias culturales en el territorio del departamento de Madre de Dios, para así determinar el paso del hombre antiguo por este departamento. Se sabe según diarios, escritos o simplemente versiones que desde épocas del Imperio Incaico se realizaron numerosas expediciones con el fin de conquistar, explorar, evangelizar y en otros casos pensaban llegar a un país de riquezas fabulosas, llamada Paititi, sobre el cual circulaban muchas leyendas. La mayoría de estas expediciones tuvo un mal fin, ya que en muchos casos los tripulantes de estas morían en manos de los nativos de la zona o por accidentes ocurridos durante naufragios. 34 Asimismo, cabe resaltar que en mayo de 1994 el Congreso de la República declaro a Madre de Dios como " Capital de la Biodiversidad del Perú " título que ha originado un movimiento favorable en su población por la conservación de las características naturales de su tierra. 2.2.10.2. Geografía. Según el (Programa de las Naciones Unidadas para el Desarrollo, 2013). Madre de Dios es un departamento íntegramente selvático; tiene zonas de selva alta, selva baja y la sabana de palmeras. Su superficie es de 85 182,63 Km2, que representa el 6.6% de la superficie territorial nacional. El clima de Madre de Dios es de tipo tropical: cálido, húmedo y con abundantes precipitaciones pluviales. La temperatura media anual en Puerto Maldonado es de 26°C; las máximas llegan a 38°C entre agosto y setiembre; las mínimas descienden a 8°C. Las precipitaciones son escasas entre los meses de junio a agosto, con una época lluviosa entre diciembre y marzo. Clima que es apropiado para la gran diversidad de plantas, arbustos y árboles, que se encuentran a lo largo y ancho de su territorio. Los recursos hídricos están constituidos por un conjunto de ríos caudalosos y riachuelos que atraviesan el departamento de oeste a este, constituyéndose en el principal medio de comunicación y transporte, así como también por su contenido de fauna (peces, nutrias, etc.) que son, en parte, la base de la alimentación de los pobladores de la zona. 2.2.10.3. Demografía Según la información reportada por él (Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, 2015), la región de Madre de Dios, es 35 la menos poblada del Perú, en esta proyección al 2015, se estimó una población total de 137 316 habitantes, siendo el 57.43% varones y el 42.57% mujeres. 2.2.10.4. Actividad Productiva de Manufactura Maderera Según la (Dirección General Parlamentaria, 2016), la región de Madre de Dios es un departamento que posee importantes y variados recursos forestales; no obstante, la extracción de madera se realiza en forma rudimentaria y depredadora mediante el sistema de tumba y troza de árboles seleccionados utilizando sierras manuales y motosierras. En consecuencia, esta actividad está representada principalmente por la industria maderera, no existiendo otras ramas manufactureras significativas. 2.2.10.5. División Administrativa Según el (Instituto Nacional de Estadística e Informática de Perú, 2007). Este Departamento cuenta con 3 provincias y 11 distritos:  Tambopata: Cuya capital es Puerto Maldonado, con una población aproximada de 99 405 habitantes. Tiene 4 distritos: Tambopata, Inambari, Laberinto y Las piedras  Manu: Con su capital Manu, y una población aproximada de 24 097 habitantes. Tiene 4 distritos: Manu, Fitzcarrald, Madre de Dios y Huepetuhe.  Tahuamanu: Cuya capital es Iñapari y tiene una población aproximada de 13 814 habitantes. Tiene 3 distritos: Iñapari, Iberia y Tahuamanu. 36 2.2.11. Distrito de Tambopata El distrito de Tambopata pertenece a la provincia de Tambopata que es uno de las tres provincias que conforman el departamento de Madre de Dios. Limita al norte con la provincia de Tahuamanu, al este con Bolivia, al sur con la región Puno y la provincia de Manu y al oeste con la región Ucayali. 2.2.11.1. Datos Generales Población: Según el (Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, 2015); el distrito de Tambopata, tiene una población aproximada de 78 378 habitantes, el 55.26% son varones y el 44.74% son mujeres. Capital: Puerto Maldonado. Superficie: 36 268 km2 2.2.11.2. Actividades Económicas Sus riquezas naturales son abundantes: ricas maderas, frutos silvestres, metales preciosos, petróleo, hacen la fama del territorio tanto como su belleza, riquezas naturales que han vuelto a esta provincia una de las principales ciudades con actividades extractivas. En los alrededores de Tambopata están los mayores centros de producción agropecuaria, que aún trabajan a pequeña escala. Las cosechas de café, arroz, castañas, y la producción de pan, son esenciales, lo mismo que la crianza de vacunos y cerdos. Por otro lado, existen pequeñas industrias de agua, gaseosa, jabón y triplay. Existe también una central térmica, la de Puerto Maldonado. 37 La madera es una de las más importantes fuentes de ingresos, donde destacan la caoba y el cedro. Los lavaderos de oro en sus ríos le proporcionan importancia en la minería, generando daños colaterales, como el alto nivel de contaminación. 2.2.12. Micro y Pequeñas Empresas del Rubro Maderero. 2.2.12.1. Certificación del Rubro Maderero. Según (Moscoso & Pacheco, 2006), desde el año 2004, WWF- Perú a través del Proyecto Certificación y desarrollo Forestal (CEDEFOR) financiado por la agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), ha brindado asistencia técnica a diversas empresas forestales a fin de que puedan obtener la Certificación de Manejo Forestal y Cadena de Custodia. Esta actividad tiene la finalidad de promover y consolidar el Manejo Forestal Responsable, al vincular la industria y el bosque a través de empresas forestales con políticas de compra que aseguran que la materia prima con la cual Trabajan proviene de fuentes bajo Manejo Forestal Responsable. En el transcurso del tiempo, se ha acumulado una serie de experiencias en relación con la implementación de sistemas de cadena de custodia según los estándares del Forest Stewardship Council (FSC). En base a las experiencias recogidas, este manual presenta los principales requerimientos para la implementación de sistemas de cadena de custodia, tanto a la puerta del bosque en operaciones bajo manejo forestal como en industrias de transformación primaria. De esta manera esperamos contribuir a la promoción y el desarrollo de la certificación forestal en la industria maderera nacional, así como difundir entre los grupos 38 de interés la obtención de la certificación de cadena de custodia según los estándares del Forest Etewardship Council (FSC). En el Perú, el ente público encargado de estas funciones es el Servicio Nacional forestal y de fauna silvestre, con sus siglas SERFOR, organismo que, dentro de sus muchas funciones, se encarga de certificar la extracción, transformación y comercialización de la madera de diferente tipo, respetando los principios de sostenibilidad y eco cultura. El SERFOR, mantiene una relación actualizada de las empresas madereras que operan en la Amazonia de forma legal, ejerciendo control acerca del uso racional de los recursos maderables. Es en base a esa premisa, que la presentación de la certificación de extracción, transformación y comercialización es obligatoria en los procesos de contratación, tanto del sector público como privado. 2.2.12.2. Diagnóstico de las Mypes del Sector Transformación Secundaria de la Madera en el Perú. a) Micro y pequeña empresa en el Perú. El desarrollo industrial del Perú (Industrialización por sustitución de importaciones) basado en la gran empresa (método fordista de producción), el proceso migratorio del campo a la ciudad que vive el Perú a partir de la década del 50 y la posterior crisis de este modelo de desarrollo industrial provocan problema de empleo al no poder generar los puestos de trabajo necesarios. En este contexto, se genera la micro y pequeña empresa 39 ante una necesidad de empleo e ingresos por parte de la población. Según (Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, 2013); los resultados de la encuesta de la micro y pequeña empresa, las MYPEs industriales, con menos de 20 trabajadores, representan el 73% de la población industrial nacional y el 98% de las empresas, aunque solamente, de acuerdo a esos estimados, representan el 26% del PBI. Se calcula que sus activos son del orden de 639 millones de dólares. Por otro lado, las medianas y grandes empresas representan el 74% del PBI industrial, absorben solo el 27% de la población industrial y tienen activos fijos por valor de 6,042 millones de dólares, es decir 10 veces el capital de las MYPEs. b) Pequeñas y Micro Empresa en el Perú, del Sector Transformación Secundaria de la Madera. La pequeña y micro empresa del sector transformación secundaria de la madera no puede estar ajeno a esta realidad, situación que se ve agravada por la recesión que presenta el mercado interno, dado que la micro y pequeña empresa del sector maderero tiene su producción básicamente orientado al mercado nacional. La industria de manufactura y/o transformación secundaria de la madera está conformada por un número muy elevado de pequeñas unidades productivas (micros y pequeñas empresas) dedicadas a la producción de manufacturas y de muebles las cuales abastecen básicamente el mercado nacional. 40 Según un estudio del entonces sector industria, el 80% de estas empresas se dedican a la producción de manufacturas y el 20% a la producción de muebles. 2.2.12.3. Secciones de Visualización de las Maderas Según (Portal, 2010). Para visualizar las características más resaltantes de las maderas es necesario conocer los diferentes cortes, planos o secciones en donde se visualizan estas características anatómicas resaltantes. Existen tres secciones de observación importantes para la identificación de maderas: el primero es la sección transversal y los dos restantes sección radial y sección tangencial, son en sentido longitudinal. Se les conoce también con los nombres de: plano transversal, plano radial y plano tangencial o corte transversal, corte radial y corte tangencial. a) Sección Transversal (S.Tr): Es la sección o plano que se obtiene al realizar un corte perpendicular al eje longitudinal del tronco, tallo o madera. Esta sección se puede observar en: los extremos de una troza, los extremos de tablones, tablas, tablillas o en un tocón del árbol. b) Sección Radial (S. Rd): Es la sección o plano que se obtiene al realizar un corte paralelo al eje longitudinal del tronco, tallo o madera (sentido longitudinal) donde esta sección radial es paralelo a los radios y perpendicular a los anillos de crecimiento. c) Sección Tangencial (S.Tg): Es la sección o plano que se obtiene al realizar un corte paralelo al eje longitudinal del tronco, tallo o madera (sentido longitudinal) donde esta sección tangencial es perpendicular a los radios y paralelo a los anillos de crecimiento. 41 2.2.12.4. Especies Madereras en la Región Según (Portal, 2010). Los nombres de las especies forestales que se emplean local o nacional, cambian de una región a otra, de los diferentes países de Latinoamérica. Entre las especies madereras de la región de Madre de Dios, existen: - Ana Caspi - Bolaina - Cachimbo - Caoba - Cedro - Copaiba - Estoraque - Ishpingo - Lagarto Caspi - Mashonaste - Oje Blanco - Pumaquiro - Quinilla Colorada - Shihuahuaco - Tahuari 42 2.3. Marco Conceptual.  Exoneración. Es un beneficio que se otorga a determinadas actividades, la cual consiste en liberar del pago total o parcialmente una obligación tributaria por un periodo determinado mediante una ley.  Impuesto General a las Ventas – IGV. Es un impuesto que grava a todas las actividades por las ventas o servicios que se realicen en el territorio nacional y que es asumido por el consumidor final.  Obligación Tributaria. Es el vínculo entre el deudor y acreedor tributario cuyo objetivo es el cumplimiento de la prestación tributaria y es exigible cuando sea determinado por el deudor o la administración tributaria.  Tributo. Es una prestación de dinero que el estado exige a todos los ciudadanos de acuerdo a su capacidad de contribución para cubrir el gasto público.  Tributación. Es el deber que tienen los contribuyentes de pagar los impuestos, el cual se administra mediante la recaudación de estos impuestos, los cuales posteriormente se distribuyen para el funcionamiento del estado. 43  Empresa. Son unidades económicas que están constituidas por personas naturales o jurídicas que tienen el objetivo de realizar actividades de transformación, producción o comercialización de bienes y prestación de servicios con la finalidad de generar ingresos.  Micro y Pequeña Empresa. Son unidades de negocio constituidas bajo cualquier forma de organización según la legislación vigente que desarrollan actividades producción, comercio o prestación de servicios para ser rentables y satisfacer determinadas necesidades en la sociedad.  Rubro Maderero. Es un sector de la actividad industrial que se ocupa de la extracción, procesamiento, transformación y comercialización de las diferentes especies de maderas, provenientes de los bosques tropicales de la Amazonia.  Conocimiento. Es el conjunto de datos o información adquirida mediante la experiencia o el aprendizaje de una actividad, materia o normas legales impartidas por los profesionales especializados en esos temas.  Crecimiento Sostenible. Es el aumento del valor de los bienes y servicios finales producidos por una economía respetando los principios de conservación de los recursos naturales y culturales. 44  Desarrollo Integral. Es el crecimiento económico, político, social y cultural que busca el hombre respetando a los individuos que lo rodean y el medio ambiente.  Plan Integral. Es la visión común de una comunidad, provincia y/o región, referida a lo que quieren ser en el futuro. Estos planes típicamente preveen lo que puede pasar en el futuro. 2.4. Marco Normativo. 2.4.1. Ley N° 30404. 2.4.1.1. Ley que Prorroga la Vigencia de Beneficios y Exoneraciones Tributarios. Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia de lo siguiente: a) El Decreto Legislativo 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros. b) La Ley 27623, Ley que dispone la devolución del impuesto general a las ventas e impuesto de promoción municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración. c) La Ley 27624, Ley que dispone la devolución del impuesto general a las ventas e impuesto de promoción municipal para la exploración de hidrocarburos. 45 d) La exoneración del impuesto general a las ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera. Ley promulgada en el Gobierno del Presidente Ollanta Humala Tasso y Pedro Cateriano Bellido como Presidente del Consejo de Ministros. 2.4.2. Ley N° 27037. 2.4.2.1. Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia. La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada. De conformidad con los Artículos 68° y 69° de la Constitución Política del Perú, el Estado fomenta el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación orientada a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. Principios para la Promoción de la Inversión en la Amazonía: Es responsabilidad del Estado y de todos los ciudadanos, promover la inversión en la Amazonía, respetando los siguientes principios: a) La conservación de la diversidad biológica de la Amazonía y de las áreas naturales protegidas por el Estado. 46 b) El desarrollo y uso sostenible, basado en el aprovechamiento racional de los recursos naturales, materiales, tecnológicos y culturales. c) El respeto de la identidad, cultura y formas de organización de las comunidades campesinas y nativas. En Concordancia: Ley Nº 27063, Ley que precisa la aplicación de los pagos a cuenta a cargo de los sujetos incluidos en la Ley Nº 27037 - Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia. Artículo 13°.- 13.1 Los contribuyentes ubicados en la Amazonía gozarán de la exoneración de Impuesto General a las Ventas, por las siguientes operaciones: a) La venta de bienes que se efectúe en la zona para su consumo en la misma. b) Los servicios que se presten en la zona. c) Los contratos de construcción o la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos en dicha zona. Los contribuyentes aplicarán el Impuesto General a las Ventas en todas sus operaciones fuera del ámbito indicado en el párrafo anterior, de acuerdo a las normas generales del señalado impuesto. (1)(2) (1) De conformidad con el Artículo 11° del Decreto Legislativo N° 978, del Programa de Reducción Gradual de la Exoneración del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo para el departamento de Madre de Dios, publicada el 15 marzo 2007, se excluye a partir del 1 de enero de 2009 a los departamentos de Amazonas, Ucayali, San Martín, Madre de Dios, la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto, así como a las provincias y distritos de los demás departamentos que conforman la Amazonía, de la exoneración del Impuesto General a las Ventas aplicable a 47 la venta de bienes, servicios y contratos de construcción o la primera venta de inmuebles dispuesta por el presente numeral. Posteriormente, el citado Decreto Legislativo fue derogado por el Literal a) de la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29742, publicada el 09 julio 2011. (2) De conformidad con el Artículo 2° de la Ley Nº 29661, publicada el 08 febrero 2011, se restablece hasta el 31 de diciembre de 2012 la exoneración del Impuesto General a las Ventas a la venta de bienes, servicios y contratos de construcción o la primera venta de inmuebles, dispuesta por el presente párrafo 13.1 del artículo 13° de la presente Ley, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, que se realicen en los departamentos de Amazonas, Ucayali, San Martín, Madre de Dios y la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto, así como en las provincias y distritos de los demás departamentos que conforman la Amazonía. 13.2 Los contribuyentes ubicados en la Amazonía, que se dediquen principalmente a las actividades comprendidas en el numeral 11.1 del Artículo 11° de la Ley de amazonia, gozarán de un crédito fiscal especial para determinar el Impuesto General a las Ventas que corresponda a la venta de bienes gravados que efectúen fuera de dicho ámbito. Promulgado en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. Por el Presidente Alberto Fujimori Fujimori y Alberto Pandolfi Arbulu, Presidente del Consejo de Ministros. 48 2.4.3. Código Tributario. 2.4.3.1. Decreto Supremo N° 133-2013-EF. Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 816 se aprobó el Nuevo Código Tributario, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de abril de 1996. Que, a través del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado del Código Tributario, publicado el 19 de agosto de 1999. Que, posteriormente se han aprobado diversas normas modificatorias del Código Tributario, incluyendo las establecidas mediante los Decretos Legislativos Nos. 1113, 1117, 1121 y 1123, entre otras, por lo que resulta necesario aprobar un nuevo Texto Único Ordenado, el cual contemple los cambios introducidos en su texto a la fecha. Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1121, faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a dictar, dentro del ciento ochenta (180) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de dicho Decreto Legislativo, el Texto Único Ordenado del Código Tributario. De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1121 y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Apruébese el nuevo Texto Único Ordenado del Código Tributario que consta de un Título Preliminar con dieciséis (16) Normas, cuatro (4) Libros, doscientos cinco (205) Artículos, setenta y tres (73) Disposiciones Finales, veintisiete (27) Disposiciones Transitorias y tres (3) Tablas de Infracciones y Sanciones. 49 Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el término genérico tributo comprende: Impuesto, Contribución, Tasa. Ley promulgada en el Gobierno del Presidente Ollanta Humala Tasso y Luis Miguel Castilla Rubio como Ministro de Economía y Finanzas. 2.4.4. Micro y Pequeñas Empresas – MYPES. 2.4.4.1. Ley N° 30056. Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial. El 02 de Julio del 2013, por el Congreso de la República promulgó la Ley Nº 30056 “Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial”. Este tiene entre sus objetivos establecer el marco legal para la promoción de la competitividad, formalización y el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME). Incluye modificaciones a varias leyes entre las que esta la actual “Ley MYPE” D.S. Nº 007-2008-TR. “Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente”. La exposición de motivos de la norma indica que el Perú requiere mantener una alta tasa de crecimiento durante los próximos 15 años, elevando productividad y competitividad de manera que se pueda contrarrestar la caída de los precios de los minerales. 50 Se cambian los criterios de clasificación para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas de la siguiente manera: TABLA N° 01 ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LA LEY MYPE D.S N° 007 - 2008-TR Y LA LEY N° 30056 LEY MYPE D.S.N°007-2008- ANALISIS LEY N°30056 COMPARATIVO TR ENTRE AMBAS LEYES Ventas Ventas Trabajadores Trabajadores anuales anuales Microempresa Hasta 150 UIT 1 a 10 Hasta 150 UIT No hay limites Pequeña Más de 150 UIT y Hasta 1700 UIT 1 a 100 No hay limites Empresa hasta 1700 UIT Mediana Más de 1700 UIT No hay limites Empresa y hasta 2300 UIT Fuente: Boletín Informativo “Mi Empresa Propia” – MEP, (2014), Web www.miempresapropia.com Marco legal que fue promulgado por el Gobierno, en Lima, al primer día del mes de julio del año dos mil trece, por el Presidente Constitucional Ollanta Humala Tasso y Juan Jiménez Mayor Presidente del Consejo de Ministros. 2.4.4.2. Decreto Legislativo N° 1086. Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (28 de junio del 2008). El presente Decreto Legislativo publicado el 28 de junio del 2008 tiene por objetivo la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micro y pequeñas empresas para la ampliación del mercado interno y externo de éstas, en 51 el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y formalización de la economía, para el acceso progresivo al empleo en condiciones de dignidad y suficiencia. Modificación del artículo 3º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa Modifíquese el artículo 3º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, el cual queda redactado de la siguiente forma: “Características de las MYPE (art 3°): Las MYPE deben reunir las siguientes características concurrentes: Microempresa: de uno (1) hasta diez (10) trabajadores inclusive y ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Pequeña Empresa: de uno (1) hasta cien (100) trabajadores inclusive y ventas anuales hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). El incremento en el monto máximo de ventas anuales señalado para la pequeña empresa será determinado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas cada dos (2) años y no será menor a la variación porcentual acumulada del PBI nominal durante el referido período. Las entidades públicas y privadas promoverán la uniformidad de los criterios de medición a fin de construir una base de datos homogénea que permita dar coherencia al diseño y aplicación de las políticas públicas de promoción y formalización del sector”. 52 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil ocho. Por Alan García Pérez, Presidente Constitucional de la República y Jorge del Castillo Gálvez, Presidente del Consejo de Ministros. 2.4.4.3. Decreto Supremo Nº 007-2008-TR Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE. La presente Ley tiene por objetivo la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de los micros y pequeñas empresas para la ampliación del mercado interno y externo de éstas, en el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y formalización de la economía, para el acceso progresivo al empleo en condiciones de dignidad y suficiencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil ocho. Alan García Pérez Presidente Constitucional de la República y Luis M. Valdivieso M. como Ministro de Economía y Finanzas. 2.4.4.4. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE. 53 El presente reglamento contiene las disposiciones aplicables a la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente, en concordancia con la Ley y de conformidad con el artículo 59º de la Constitución Política del Perú. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil ocho. Alan García Pérez Presidente Constitucional de la República y Luis M. Valdivieso M. como Ministro de Economía y Finanzas. 2.5. Hipótesis. 2.5.1. Hipótesis General. Los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, en los aspectos tributarios y económicos del distrito de Tambopata, favorecen el crecimiento de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero. 2.5.2. Hipótesis Específicas. a) El conocimiento de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV permite el acogimiento a los beneficios tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, en el periodo 2015. b) Los efectos tributarios de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, son: - Crecimiento del índice de formalización. - No pago del IGV. 54 c) Los efectos económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, son: - El crecimiento sostenible e integral del rubro maderero del distrito de Tambopata. - Promoción de la inversión privada. - Expansión de la microempresa. 2.6. Variables e Indicadores. VARIABLES DEFINICIÓN DIMENSIONES INDICADORES OPERACIONAL - Monto exonerado - Políticas para exonerar Objetivas - Procedimientos para Según (EXP. N.º 7533- realizar una exoneración 2006-PA/TC, 2006), La - Porcentajes de exoneración exoneración - Efectos tributarios se refiere a que, no obstante - Fomento de la exoneración que la hipótesis de - Beneficio de la exoneración VARIABLE incidencia prevista - Contribución de la LA EXONERACIÓN legalmente se verifica en la exoneración en la Inversión DEL IMPUESTO realidad, es decir, que se de la Amazonia GENERAL A LAS produce el hecho imponible, - Conciencia del beneficio de VENTAS – IGV Subjetivas éste por efectos de una exonerar. norma legal no da lugar al - Logro de objetivos nacimiento de la obligación empresariales, según la ley tributaria, por razones de de promoción de la carácter objetivo o subjetivo. inversión. - Efectos tributarios - Efectos económicos Fuente: Elaboración propia 55 CAPÍTULO III DISEÑO METODOLÓGICO 3.1. Tipo de Investigación. La investigación, es de tipo Descriptiva, pues “Busca especificar propiedades, características y rasgos importantes de cualquier fenómeno que se analice. Describe tendencias de un grupo o población”. (Hernandez Sampieri, Fernadez Collado, & Baptista Lucio, 2010). 3.2. Enfoque de la Investigación. La investigación tiene un enfoque “Cuantitativo”, es secuencial y probatorio. Cada etapa procede a la siguiente y no podemos eludir pasos el orden es riguroso, aunque desde luego, podemos redefinir alguna fase. Parte de una idea que va acotándose y una vez delimitada, se derivan objetivos y preguntas de investigación, se revisa la literatura y se construye un marco o una perspectiva teórica. (Hernandez Sampieri, Fernadez Collado, & Baptista Lucio, 2010). 3.3. Diseño de Investigación. El diseño de investigación es, No experimental, pues se realizan sin la manipulación deliberada de variables y en los que solo se observan los fenómenos en su ambiente natural, para después analizarlos. (Hernandez Sampieri, Fernadez Collado, & Baptista Lucio, 2010). 3.4. Población y Muestra. 3.4.1. Población. La población está compuesta por el total de micro y pequeñas empresas madereras formales que operan en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata a diciembre del 2013, según (Servicio 56 Nacional Forestal y de fauna silvestre, 2015), son un total de 857 micro y pequeñas empresas madereras, que operan en el distrito de Tambopata. 3.4.2. Muestra. Según (Hernandez Sampieri, Fernadez Collado, & Baptista Lucio, 2010); el tipo de muestreo es, No Probabilístico - Por conveniencia, la muestra estará compuesta por 60 micro y pequeñas empresas madereras formales. Teniendo como criterio para la selección de la muestra, las 60 primeras micro y pequeñas empresas madereras, que operan en el distrito de Tambopata. 3.5. Técnicas de Recolección de Datos.  Encuestas: Es un método de recolección de información, que por medio de un cuestionario, recoge las actitudes, opiniones u otros datos de una población, tratando diversos temas de interés. Las encuestas son aplicadas a una muestra de la población objeto de estudio, con el fin de analizar y concluir con respecto a la población completa. 3.6. Técnicas de Procesamiento de Datos.  Estadística descriptiva: Es la rama de la estadística que recolecta, presenta y caracteriza un conjunto de datos con el fin de describir apropiadamente las diversas características de ese conjunto. 3.7. Análisis de Interpretación de la Información. Se realizará un análisis Cuantitativo, pues se usa como instrumento un cuestionario con preguntas cerradas, el cual nos permitirá tabular la data y obtener resultados objetivos, se utilizará puramente “Estadística descriptiva- evaluativa”. El programa informático de análisis estadístico utilizado, será el SPSS Versión 22. 57 CAPÍTULO IV RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 4.1. Presentación de los Resultados en Tablas y/o Gráficos. 4.1.1. Datos Generales. TABLA N° 02 TIPO DE ACTIVIDAD DE SU EMPRESA Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Maderera 34 57% 56.7 56.7 Maderera y 18 30% 30 86.7 Aserradero Válido Maderera, Aserradero y 8 13% 13.3 100 Mueblería Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 04 TIPO DE ACTIVIDAD DE SU EMPRESA 57% 60% 50% 40% 30% 30% 20% 13% 10% 0% Maderera Maderera y Maderera, Aserradero Aserradero y Muebleria Fuente: Elaboración propia 58 TABLA N° 03 RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Régimen Único 17 28% 28.3 28.3 Simplificado RUS Régimen Especial Válido 26 43% 43.3 71.7 RER Régimen General 17 28% 28.3 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 05 RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE 43% 45% 40% 35% 28% 28% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% Regimen Unico Regimen Especial RER Regimen General Simplificado RUS Fuente: Elaboración propia 4.1.2. Dimensión Objetiva TABLA N° 04 USO DE EXONERACIONES DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 19 32% 31.7 31.7 Poco 22 37% 36.7 68.3 Válido Regular 15 25% 25 93.3 Bastante 4 7% 6.7 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia 59 GRAFICO N° 06 USO DE EXONERACIONES DEL IGV 37% 40% 32% 35% 30% 25% 25% 20% 15% 7% 10% 5% 0% Nada Poco Regular Bastante Fuente: Elaboración propia TABLA N° 05 CONOCIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE EXONERACIÓN DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 24 40% 40 40 Poco 18 30% 30 70 Válido Regular 10 17% 16.7 86.7 Bastante 8 13% 13.3 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 07 CONOCIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE EXONERACIÓN DEL IGV 40% 40% 35% 30% 30% 25% 17% 20% 13% 15% 10% 5% 0% Nada Poco Regular Bastante Fuente: Elaboración propia 60 TABLA N° 06 CONOCE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXONERACIÓN DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 19 32% 31.7 31.7 Poco 12 20% 20 51.7 Válido Regular 29 48% 48.3 100 Bastante 0 0% 0 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 08 CONOCE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXONERACIÓN DEL IGV 48% 50% 45% 40% 32% 35% 30% 25% 20% 20% 15% 10% 5% 0% 0% Nada Poco Regular Bastante Fuente: Elaboración propia TABLA N° 07 CONOCE EL PORCENTAJE DE IGV QUE SE PUEDE EXONERAR Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado 17% (16% de IGV y 1% para gobiernos 18 35% 30 30 locales) 18% (16% de IGV y 2% para gobiernos 21 25% 35 65 Válido locales) 19% (17% de IGV y 2% para gobiernos 21 40% 35 100 locales) Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia 61 GRAFICO N° 09 CONOCE EL PORCENTAJE DE IGV QUE SE PUEDE EXONERAR 40% 35% 40% 35% 25% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% 17% (16% de IGV y 18% (16% de IGV y 19% (17% de IGV y 1% para gobiernos 2% para gobiernos 2% para gobiernos locales) locales) locales) Fuente: Elaboración propia TABLA N° 08 CONOCE SI EL RUBRO MADERERO ESTA EXONERADO DEL PAGO DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado SI 29 48% 48.3 48.3 Válido NO 31 52% 51.7 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 10 CONOCE SI EL RUBRO MADERERO ESTA EXONERADO DEL PAGO DEL IGV SI 48% NO 52% SI NO Fuente: Elaboración propia 62 4.1.3. Dimensión Subjetiva. TABLA N° 09 CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Nada 23 38% 38.3 38.3 Poco 16 27% 26.7 65 Válido Regular 21 35% 35 100 Bastante 0 0% 0 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 11 CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS 38% 40% 35% 35% 27% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% 0% Nada Poco Regular Bastante Fuente: Elaboración propia TABLA N° 10 CONOCE EL OBJETO DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA – LEY N° 27037 Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Anular impuestos a la renta y demás impuestos que favorezcan a las 18 30% 30 30 empresas en la Amazonia Promover el desarrollo sostenible e Válido 20 33% 33.3 63.3 integral de la Amazonía... Incrementar los diferentes impuestos 22 37% 36.7 100 a los contribuyentes en la Amazonia Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia 63 GRAFICO N° 12 CONOCE EL OBJETO DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA – LEY N°27037 37% 33% 30% 40% 20% 0% Anular impuestos a Promover el Incrementar los la renta y demás desarrollo sostenible diferentes impuestos impuestos que e integral de la a los contribuyentes favorezcan a las Amazonía... en la Amazonia empresas en la Amazonia Fuente: Elaboración propia TABLA N° 11 CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado La venta de bienes, los servicios, los contratos de construcción o la 24 40% 40 40 primera... Toda clase de operaciones o actividades que se realicen en la 22 37% 36.7 76.7 Válido Amazonia Toda clase de operaciones que se 14 23% 23.3 100 realicen fuera de la zona de Amazonia Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 13 CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS DEL IGV 40% 37% 40% 35% 23% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% La venta de bienes, los Toda clase de Toda clase de servicios, los contratos operaciones o operaciones que se de construcción o la actividades que se realicen fuera de la primera... realicen en la zona de Amazonia Amazonia Fuente: Elaboración propia 64 TABLA N° 12 CONOCIMIENTO DE LA EXONERACIÓN Y FOMENTO DEL IGV EN LA AMAZONÍA Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado La mayor conciencia con respecto al pago oportuno de 18 30% 30 30 impuestos El crecimiento empresarial y el desarrollo de determinadas Válido 20 33% 33.3 63.3 industrias estratégicas para el Estado Mayor recaudación de tributos 22 37% 36.7 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 14 CONOCIMIENTO DE LA EXONERACIÓN Y FOMENTO DEL IGV EN LA AMAZONÍA Fuente: Elaboración propia TABLA N° 13 LOGRO DE OBJETIVOS EMPRESARIALES Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Logre formalizarme 26 43% 43.3 43.3 Logre vender mayor 13 22% 21.7 65 cantidad de productos Cumplo cabalmente Válido mis obligaciones 21 35% 35 100 tributarias He ampliado mi 0 0% 0 100 mercado Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia 65 GRAFICO N° 15 LOGRO DE OBJETIVOS EMPRESARIALES 43% 45% 35% 40% 35% 30% 22% 25% 20% 15% 10% 0% 5% 0% Logre Logre vender Cumplo He ampliado mi formalizarme mayor cantidad cabalmente mis mercado de productos obligaciones tributarias Fuente: Elaboración propia TABLA N° 14 QUE EFECTOS TRIBUTARIOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado La SUNAT, logro tener altos 26 43% 43.3 43.3 niveles de recaudación Menor índice de recaudación 17 28% 28.3 71.7 tributaria Válido Mayor índice de formalización y mayor 17 28% 28.3 100 cumplimiento de obligaciones tributarias Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 16 QUE EFECTOS TRIBUTARIOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV 43% 45% 40% 28% 35% 28% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% La SUNAT, logro tener Menor índice de Mayor índice de altos niveles de recaudación tributaria formalización y mayor recaudación cumplimiento de obligaciones tributarias Fuente: Elaboración propia 66 TABLA N° 15 QUE EFECTOS ECONÓMICOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado El desarrollo sostenible e integral 20 33% 33.3 33.3 de la Amazonía. Incremento de la Válido inversión pública y 24 40% 40 73.3 privada Mayor formalización 16 27% 26.7 100 No ha tenido efectos 0 0% 0 100 Total 60 100 100 Fuente: Elaboración propia GRAFICO N° 17 QUE EFECTOS ECONÓMICOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV 40% 40% 33% 35% 27% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% 0% El desarrollo Incremento de la Mayor No ha tenido sostenible e inversión pública formalización efectos integral de la y privada Amazonía. Fuente: Elaboración propia 67 4.2. Análisis y Comentarios de Tablas y Gráficos de los Resultados. 4.2.1. Datos Generales. TIPO DE ACTIVIDAD DE SU EMPRESA: TABLA N°02 – GRAFICO N°04 Del total de empresas encuestados el 57% pertenece al rubro maderero, el 30% es maderera y aserraderos el 13% restante pertenece al rubro de maderera, aserradero y mueblería. Los resultados demuestran que la principal actividad de las empresas que trabajan con madera son actividades extractivas, de obtención de materias primas. RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE: TABLA N°03 – GRAFICO N°05 Del total de empresas encuestadas, el 28% manifiesta que pertenece al Régimen Único Simplificado - RUS. El 43% indica que pertenecen al Régimen Especial - RER y el 28% restante pertenece al Régimen General. Información que es importante saber para entender su comportamiento como contribuyente, según su régimen tributario. Cabe mencionar que los contribuyentes que se encuentran en el RUS, no hacen uso de estos beneficios al tratarse de un régimen especial de mono tributo por lo que no se tienen obligaciones sustanciales ni formales respecto al impuesto general a las ventas, sin embargo, se tomó en consideración su opinión, con respecto a los temas que se abordaron en la encuesta. Es preciso mencionar que, al estar en el RUS, las madereras, solo pagaran sus impuestos según su categoría, estando el porcentaje mayor, el perteneciente a las MYPES, que están en el Régimen Especial – RER, las cuales llevaran contabilidad parcial, la exoneración del IGV, para ellos, representa mayor beneficio, y ello 68 se verá reflejado en sus declaraciones. Por ultimo las MYPES, que están en el Régimen General, representan también un porcentaje importante, estando ellas obligadas a llevar contabilidad general, los beneficios de las MYPES, inscritas en este régimen, con respecto a la exoneración del IGV, son mayores. 4.2.2. Dimensión Objetiva. USO DE EXONERACIONES DEL IGV: TABLA N°04 – GRAFICO N°06 Del total de empresas encuestadas el 32%, manifiesta no hacer uso alguno de las exoneraciones al IGV, 37% manifiesta utilizar o conocer un poco de las exoneraciones del IGV. 25% manifiesta hacer uso regular de las exoneraciones del IGV. Y el 7%, manifiesta utilizar bastante los beneficios de las exoneraciones del IGV. Hecho que demuestra que el conocimiento de los beneficios de la Ley de Promoción a la Inversión, con respecto a la exoneración del IGV, es nada y poco, sumando entre ambos resultados un porcentaje de 69%, realidad que genera preocupación y que debe ser tratada, por otro lado, solo el 33%, manifiesta conocer, regular y bastante del tema. Siendo este un impuesto que beneficia a las empresas en la Amazonia, es alarmante, que las empresas de esta jurisdicción no hagan uso de este beneficio tributario. CONOCIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE EXONERACIÓN DEL IGV: TABLA N°05 – GRAFICO N°07 Del total de empresas encuestadas el 40%, manifiesta no tener ningún conocimiento acerca de las políticas para la exoneración del IGV. El 30%, manifiesta tener poco conocimiento acerca de las políticas para la exoneración del IGV. El 17% manifiesta tener regular conocimiento acerca de las políticas para la exoneración del 69 IGV. Y el 13% manifiesta tener bastante conocimiento acerca de las políticas para la exoneración del IGV. De los resultados se puede inferir que el 70% de las empresas encuestadas no aprovecha los beneficios de las políticas de exoneración del IGV. Influyendo negativamente en su crecimiento. Hecho que también se ve coherente con la estadística de la tabla N°04, ya que si los contribuyentes no conocen los beneficios que brinda la exoneración de este impuesto, es menos posible que puedan hacer uso de él. Otro punto importante que se debe recordar, es que ni la SUNAT ni los profesionales en contabilidad en la región, están haciendo labor de socialización de información tributaria, con los contribuyentes. CONOCE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXONERACIÓN DEL IGV: TABLA N°06 – GRAFICO N°08 Del total de empresas encuestadas el 32%, manifiesta no tener ningún conocimiento sobre el procedimiento para estar exonerados del IGV. El 20% manifiesta tener poco conocimiento sobre el procedimiento para estar exonerados del IGV. El 48% manifiesta tener regular conocimiento sobre el procedimiento para estar exonerados del IGV; y un 0% manifiesta tener un conocimiento avanzado sobre el procedimiento para estar exonerados del IGV. De los resultados se puede inferir que el 52% de las empresas encuestadas tiene poco o ningún conocimiento sobre los procedimientos para ser exonerados del IGV. Influyendo negativamente en su crecimiento. 70 CONOCE EL PORCENTAJE DE IGV QUE SE PUEDE EXONERAR: TABLA N°07 – GRAFICO N°09 Del total de empresas encuestadas el 75%, manifiesta un porcentaje errado sobre el porcentaje del IGV que se puede exonerar. Solo el 25% manifiesta el porcentaje real del IGV que se puede exonerar. De los resultados se puede inferir que el 75% de las empresas encuestadas no conocen del porcentaje de impuesto IGV al que están exonerados, resultado que nos permite inferir que, este desconocimiento se ve reflejado también en el crecimiento lento y progresivo de la economía en la región de Madre de Dios. Este beneficio siendo conocido y usado por mayor cantidad de contribuyentes, permitirá un desarrollo económico y social más acelerado en la región. CONOCE SI EL RUBRO MADERERO ESTA EXONERADO DEL PAGO DEL IGV: TABLA N°08 – GRAFICO N°10 Del total de empresas encuestadas el 52%, manifiesta NO tener conocimiento acerca del rubro maderero y su acogimiento a la exoneración del IGV. El 48% manifiesta SI tener conocimiento de que el rubro maderero se acogen a la exoneración del IGV. Este resultado demuestra más del 50% desconoce a cerca de la exoneración del pago del IGV, para las empresas del rubro maderero. Siendo Madre de Dios, una región con bastos recursos naturales y siendo las actividades extractivas de maderas, una de las actividades económicas más importantes y que al verse beneficiada con esta política tributaria, podría desarrollarse y posicionarse mejor en el mercado. 71 4.2.3. Dimensión Subjetiva. CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS: TABLA N°09 – GRAFICO N°11 Del total de empresas encuestadas el 38%, manifiesta no tener NADA de conocimientos sobre las operaciones exoneradas. El 27% manifiesta tener POCO conocimiento sobre las operaciones exoneradas. El 35% manifiesta tener un regular conocimiento sobre las operaciones exoneradas. De los resultados se entiende que el 66% posee poco o ningún conocimiento sobre las operaciones exoneradas. Siendo la actividad de difusión una obligación de la SUNAT, para con los contribuyentes, estas acciones, vienen siendo pocas a nivel regional. CONOCE EL OBJETO DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA – LEY N°27037: TABLA N°10 – GRAFICO N°12 Del total de empresas encuestadas el 30%, manifiesta que el objetivo de la Ley Nº 27037 es anular impuestos a la renta y demás impuestos que favorezcan a las empresas en la Amazonia. El 33%, manifiesta que el objetivo de la Ley Nº 27037 es promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía. Y el 37% manifiesta que el objetivo de la Ley Nº 27037 es incrementar los diferentes impuestos a los contribuyentes en la Amazonia. Más del 60% de los contribuyentes, desconocen, los fines públicos y objetivos de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, teniendo un concepto errado, de la finalidad de esta ley. El carácter sancionador de la SUNAT, ha hecho que las MYPES; consideren que las políticas y normas que se emiten en este sector, sean en su mayoría de veces perjudiciales para las empresas. 72 Tan solo un 33%, conocía, que esta ley fue creada con el objeto principal, de promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonia, y es este quizás el motivo por el cual, los contribuyentes no se informaron más del tema, puesto creen, que esta ley, solo tendría beneficios para algunos tipos de empresas o incluso que solo traería perjuicio para las MYPES. CONOCE LAS OPERACIONES EXONERADAS DEL IGV: TABLA N°11 – GRAFICO N°13 Del total de empresas encuestadas el 40%, manifiesta que las actividades exoneradas del IGV son la venta de bienes, los servicios, los contratos de construcción o la primera venta de inmuebles que realicen los constructores que se consuman, presten o realicen en la Amazonia. El 37%, manifiesta que las actividades exoneradas del IGV son toda clase de operaciones o actividades que se realicen en la Amazonia. Y el 23% manifiesta que las actividades exoneradas del IGV son toda clase de operaciones que se realicen fuera de la zona de Amazonia. Los datos estadísticos demuestran que un 23% de los encuestados no tiene conocimiento sobre el alcance e influencia de la Ley de exoneraciones del IGV. Además, el 40% ha manifestado que la Ley de exoneraciones del IGV tiene un alcance limitado en solo ciertas actividades; por lo que podemos concluir que la mayoría de las MYPES de la selva no tienen un conocimiento adecuado del alcance y beneficios de la Ley. Es decir, la difusión que realiza la SUNAT y otros organismos no es la adecuada, en consecuencia, se pierden bastantes oportunidades de crecimiento y lo más importante “la Formalización”. Basándonos en los datos obtenidos; podríamos asumir que la mayoría de MYPES, no ven como una opción atractiva la 73 formalización en primera instancia únicamente por el desconocimiento. CONOCIMIENTO DE LA EXONERACIÓN Y FOMENTO DEL IGV EN LA AMAZONÍA: TABLA N°12 – GRAFICO N°14 Pese al bajo nivel de conocimiento con respecto a la exoneración, que se puede apreciar en las tablas anteriores, los encuestados, previas aclaraciones y explicación acerca de la exoneración del IGV en Madre de Dios, respondieron: En un 30%, que la mayor conciencia con respecto al pago oportuno de impuestos fomenta la exoneración tributaria del IGV. El 33%, manifiesta que el crecimiento empresarial y el desarrollo de determinadas industrias estratégicas para el estado fomentan la exoneración tributaria del IGV. Y el 37%, manifiesta que la mayor recaudación de tributos fomenta la exoneración tributaria del IGV. Los datos muestran que solo la tercera parte de los encuestados tiene un verdadero conocimiento sobre el objetivo que busca alcanzar el estado con la implementación de la Ley de exoneración del IGV. Demostrando nuevamente que la mayoría de MYPES al desconocer incluso el objetivo fundamental de la Ley; simplemente resulta en la imposibilidad de aprovechar sus beneficios por lo cual podemos observar que la gran mayoría de MYPES simplemente no tiene como una opción atractiva la formalización. LOGRO DE OBJETIVOS EMPRESARIALES: TABLA N°13 – GRAFICO N°15 Del total de empresas encuestadas el 43%, manifiesta que su empresa logro formalizarse; gracias a la exoneración tributaria del IGV. El 22%, logro vender mayor cantidad de productos gracias a la exoneración tributaria del IGV. El 35%, cumplió cabalmente las 74 obligaciones tributarias gracias a la exoneración tributaria del IGV. El 0% manifiesta que ha ampliado su mercado gracias a la exoneración de la reforma tributaria. Demostrando con ello, que sí, pese a tener un conocimiento, bastante limitado de temas referentes a la exoneración, consideran luego de explicarles, la finalidad de este beneficio, que tiene resultados positivos que favorecen la inversión privada, es decir el desarrollo de la empresa, como son, la formalización, el cumplimiento de obligaciones tributarias, etc. QUE EFECTOS TRIBUTARIOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV: TABLA N°14 – GRAFICO N°16 Del total de empresas encuestadas el 43%, manifiesta que la SUNAT, logro altos niveles de recaudación como principal efecto tributario de la exoneración del IGV. El 28% manifiesta que hubo un menor índice de recaudación tributaria como principal efecto tributario de la exoneración del IGV. Y el otro 28% manifiesta un mayor índice de formalización y mayor cumplimiento de obligaciones tributarias como principal efecto tributario de la exoneración del IGV. Es coherente afirmar, que los efectos de tributarios del uso efectivo de las exoneraciones tributarias, generan mayores índices de recaudación, puesto se fomentara la formalización, hecho que alentara a las empresas a disminuir la evasión. Conscientes de esta realidad, es prioritaria las acciones de difusión que la SUNAT debe llevar a cabo en cuanto a los beneficios de la exoneración del IGV. 75 QUE EFECTOS ECONÓMICOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV: TABLA N°15 – GRAFICO N°17 Del total de empresas encuestadas el 33%, manifiesta que considera que el desarrollo sostenible e integral de la Amazonia es el principal efecto económico de la exoneración del IGV. El 40% manifiesta que considera el incremento de la inversión pública y privada es el principal efecto económico de la exoneración del IGV. El 27% manifiesta que el mayor índice de formalización es el principal efecto económico de la exoneración del IGV. Es importante resaltar este resultado, pues demuestra que si se les explica y socializa los beneficios y ventajas de la exoneración a los contribuyentes, ellos podrían hacer más uso de él y los indicadores de desarrollo económico en la región, tendrían una tendencia positiva y más acelerada, efectos, que desarrollaran concatenadamente, otras circunstancias, no solo económicas sino también sociales. 4.3. Análisis de Caso Práctico – MADERERA LLANOS. 4.3.1. Datos Generales del Contribuyente. Número de RUC: 10048056852 Nombre comercial: LLANO RAMOS VICTOR Tipo de contribuyente: Persona natural con negocio Inicio de Actividades: 01/06/1993 Estado y condición del contribuyente: Activo – Habido Domicilio fiscal: Jr. Atahuallpa mza. G lote. 4 A.H. Urbanización Maracana (altura colegio particular Madre de dios) Madre de dios - Tambopata – Tambopata 76 Sistema de emisión de comprobantes: Manual Actividades económicas: 2003 - Silvicultura y ext. de madera 1610 – Aserradero y acepilladora de madera 4663 – Venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería entre otros Régimen tributario: Régimen General del Impuesto a la renta Comprobantes de pago que emite: Factura, Boleta de venta, liquidación de compra, guía de remisión – remitente. Número de trabajadores: 02 Operarios 4.3.2. Contabilización. La empresa LLANO RAMOS VICTOR, con RUC 10048056852; dedicada a la venta de maderas; durante el mes de enero del 2015, ha realizado los siguientes movimientos:  El 02-01-15 Paga por adelantado S/. 2500.00 por dos meses de alquiler al señor Manuel Valdivia con RUC 10049628621, según Boucher N° de Operación 235692 del Banco de la Nación.  El 05-01-15 Compra mercadería según Fact. N” 001-2356, por S/. 20000.00 de Industrial Maderera Blanco SAC, con RUC 20527439745; al contado.  El 08-01-15 Compra un mueble por S/.990.00 según factura 001-3769 de Mueblería el Paititi con RUC 10048274914. 77  El 10-01-15 Vende toda la mercadería adquirida por S/. 26000.00 50% al crédito con Factura Nº 001-1377 a la Maderera Javil EIRL, con RUC 20490910442.  El 20-01-15 Paga los servicios del Contador Bonifacio Samayani, con RUC 10293451821 S/. 500.00 según Recibo de Honorarios 001-2817.  El 25-01-15 Paga el recibo N° 051-25698 de agua potable y desagüe de la empresa EPS EMAPAT SA, con RUC 20129302322 por S/. 75.00.  El 25-01-15 Paga el recibo N° 001-0102979 del servicio de energía eléctrica de la empresa Electro Sur Este SAA, con RUC 20116544289 por S/. 90.00. 78 4.3.3. Registro de Compras. 79 4.3.4. Registro de Ventas. FORMATO 14.1: REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS PERIODO: ENERO 2015 RUC: 10048056852 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: LLANO RAMOS VICTOR N° FECHA DE FECHA DE COMPROBANTE DE VALOR BASE IMPORTE TOTAL DE OTROS IMPORTE TIPO INFORMACIÓN DEL CLIENTE FORMA DE PAGO CORRE EMISIÓN Nº VENCIMI PAGO O DOCUMENTO FACTU IMPONIB LA OPERACIÓN IGV TRIBU TOTAL DEL DE LATIVO DEL PAGO DE ENTO TIPO N° DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y RADO LE DE LA ISC Y/O TOS Y COMPROB CA NUME EXONERAD INAFEC DEL O DIAS Y/O (TABLA SERIE TIPO NOMBRES, DE LA OPERACI IPM CARG ANTE DE MBI % CONTADO CREDITO RO COD_ NÚMERO A TA CÓDIG DOCUME PAGO 10) DE LA (TABLA 2) DENOMINACIÓN O EXPOR ÓN OS PAGO O 1 10/Ene 5 15/Ene 01 001 1377 06 01 20490910442 Maderera Javil EIRL 26000.00 26000.00 50% 13000.00 13000.00 TOTALES 0.00 0.00 26000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 26000.00 80 4.3.5. Asientos Resumen. 81 4.3.6. Libro Diario. FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO" PERÍODO: Ene-15 RUC: 10048056852 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: LLANO RAMOS VICTOR N°CORR ELATIVO REFERENCIA DE LA OPERACIÓN CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN MOVIMIENTO DEL GLOSA O ASIENTO FECHA DE LA DESCRIPCION DE LA CÓDIGO NÚMERO O OPERACIÓN OPERACIÓN DEL NÚMER DEL CODIGO LIBRO O O DOCUME CÓDIGO DENOMINACION DEBE HABER UNICO REGISTR CORRE NTO DE LA O LATIVO SUSTEN OPERAC (TABLA 8) TATORIO Por la centralización del SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR 1 18 S/. 2,500.00 Registro de compras ANTICIPADO 33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO S/. 990.00 2 60 COMPRAS S/. 20,000.00 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR 63 S/. 651.27 TERCEROS TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y 3 40 APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE S/. 13.73 SALUD POR PAGAR CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – 42 S/. 24,155.00 TERCEROS Por el ingreso de la 4 20 MERCADERÍAS S/. 20,000.00 mercaderia al almacen 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS S/. 20,000.00 Por el destino de los 5 94 GASTOS DE ADMINISTRACION S/. 325.64 gastos 95 GASTOS DE VENTAS S/. 325.64 CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE 79 S/. 651.27 COSTOS Y GASTOS Por la centralización del CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES - 6 12 S/. 26,000.00 Registro de ventas TERCEROS 70 VENTAS S/. 26,000.00 Por el cobro del 50% de la 7 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO S/. 13,000.00 venta CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES - 12 S/. 13,000.00 TERCEROS 8 Por el costo de ventas 60 COSTO DE VENTAS S/. 20,000.00 20 MERCADERIA S/. 20,000.00 TOTAL S/. 103,806.27 S/. 103,806.27 82 FOTOGRAFIA MADERERA LLANOS AREA OPERATIVA DE MADERERA LLANOS 83 4.3.7. Análisis a cerca de la Dimensión Objetiva (Manifestación). El contribuyente encuestado, el Señor. Victor Llano Ramos, propietario de MADERERA LLANOS, manifestó que tiene poco conocimiento, a cerca de las exoneraciones del Impuesto General a las Ventas – IGV, así como todo lo referido a su aplicación, procedimientos y sobre todo al beneficio que esta exoneración realiza en el marco de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N°27037. Es por ello que manifiesta que, el objeto de la presente ley, es INCREMENTAR LOS DIFERENTES IMPUESTOS A LOS CONTRIBUYENTES EN LA AMAZONIA, hecho que no es objeto de la ley, denotando que la percepción que el contribuyente tiene de la SUNAT ente recaudador de impuestos, es negativa, considerándola solo un ente fiscalizador, sancionador y que daña la industria del sector maderero. 4.3.8. Análisis a cerca de la Dimensión Subjetiva (Manifestación). El contribuyente encuestado, el Señor Víctor Llano Ramos, propietario de MADERERA LLANOS, manifestó que las operaciones exoneradas 84 del IGV, en la Amazonia peruana, son a TODAS LAS ACTIVIDADES que se realizan en la selva peruana, y que ello genera una MAYOR RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS, por parte del estado, estas respuestas denotan, un absoluto desconocimiento de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia y propiamente de la exoneración del IGV, un motivo de este desconocimiento radica en que las operaciones referidas a sus obligaciones tributarias, las realiza sus contadores y ellos como usuarios delegan en los profesionales todas estas actividades, sin ellos, conocer nada al respecto. La Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N°27037, tiene entre sus tantas finalidades, el desarrollo económico y social de la Amazonia, sin embargo según las respuestas del contribuyente encuestado, estas finalidades no se están logrando percibir, más por el contrario, el contribuyente considera que el único beneficiado es la SUNAT, pues manifiesta que la SUNAT LOGRO TENER ALTOS NIVELES DE INGRESOS, y que en cuanto a los efectos tributarios y económicos, tampoco los percibe, literalmente indico la presente ley, NO HA TENIDO EFECTOS, situación que obliga a revisar los medios de comunicación y socialización de esta ley y también analizar si la medida de exoneración del impuesto IGV, está realmente cumpliendo su fin o deben tomarse otro tipos de medidas, que se enfoquen más a alcanzar el desarrollo de la Amazonia peruana. 85 CAPÍTULO V DISCUSIÓN PRIMERO: Se presenta la comparación de hipótesis con los resultados obtenidos de antecedentes del marco teórico. La hipótesis general, indico que “Los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, en los aspectos tributarios y económicos del distrito de Tambopata, favorecen el crecimiento de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero”. Con la revisión bibliográfica del marco teórico, se comprobó que efectivamente, la exoneración del IGV, tiene como finalidad el desarrollo económico y social de las micro y pequeñas empresas, es decir su crecimiento, ello se ve respaldado, mediante la información expuesta por el Ministerio de Trabajo, específicamente la Dirección de Promoción del Empleo, que realiza un inventario de empresas, que solicitan el REMYPE, documento que les da facilidades como micro y pequeños empresarios. Según esta fuente de información, las empresas del rubro maderero, aserraderos y mueblerías son: TABLA N° 16 LISTADO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEL RUBRO MADERERO, ASERRADEROS Y MUEBLERIAS Madereras, Aserraderos y Años Mueblerías 2011 55 2012 68 2013 75 2014 89 2015 100 Fuente: Registro de Micro y Pequeñas empresas - Remype 86 GRAFICO N° 18 LISTADO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEL RUBRO MADERERO, ASERRADEROS Y MUEBLERIAS Madereras, Aserraderos y Mueblerias 120 100 100 89 80 75 68 60 55 40 20 0 2011 2012 2013 2014 2015 Fuente: Registro de Micro y Pequeñas empresas - Remype Mostrando un crecimiento entre el 2011 al 2015, de aproximadamente un 90%, hecho que se trasluce por estas facilidades tributarias que generan expectativa en cuanto a la apertura de negocios de este tipo en toda la Amazonia, especialmente en Tambopata. Con respecto al análisis de los resultados de las encuestas, se puede ver que efectivamente los micro y pequeños empresarios madereros encuestados, manifiestan que han logrado resultados positivos, con respecto al acogimiento a este marco legal, manifestando que un 43% logro formalizarse, un 35% cumple cabalmente con sus obligaciones y un 22% que actualmente vende mayor cantidad de productos (TABLA N°13 Y GRÁFICO N° 15) SEGUNDO: Con respecto a la hipótesis especifica N°1: “El conocimiento de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV permite el acogimiento a los beneficios tributarios y económicos de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata”, 87 efectivamente es correcto afirmar, que la única forma que los micro y pequeños empresarios madereros, hagan uso de este beneficio tributario, que es amparado por la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N°27037, es a través de su conocimiento, sin embargo según el análisis de resultados se pudo recoger que más del 50% de los encuestados manifestó que conocen poco y nada de la exoneración del IGV, a la que tienen derecho por pertenecer a la Amazonia, y que los únicos que conocen de estas normas, son sus contadores, mas no ellos. TERCERO: Con respecto a la hipótesis especifica N°2: “Los efectos tributarios de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, son: El crecimiento del índice de formalización y el No pago de IGV”. Según la información teórica revisada, sobre todo el análisis de la finalidad y objetivos de la Ley N°27037, efectivamente los efectos tributarios que pretende la presente ley con la exoneración son, lograr índices altos de formalización ello a través del no pago del IGV, ello comparado con los datos estadísticos expuestos por la SUNAT, donde se muestra, la siguiente información: TABLA N° 17 NIVEL DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA - TAMBOPATA - MADRE DE DIOS. EN MILES DE SOLES Año Tributos SUNAT 2011 30620.23 2012 38132.54 2013 41199.03 2014 29803.82 2015 34740.34 Hasta Octubre 2016 50057.98 Fuente Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT 88 GRAFICO N° 19 NIVEL DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA – TAMBOPATA – MADRE DE DIOS. EN MILES DE SOLES 60000.00 50057.98 50000.00 41199.03 38132.54 40000.00 34740.34 30620.23 29803.82 30000.00 20000.00 10000.00 0.00 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Fuente Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT Como se puede apreciar en los gráficos anteriores, se ve que entre el año 2011 al 2013, un alza progresiva moderado, sin embargo, el año 2014, se aprecia un descenso de casi un 50% en comparación al año anterior, ello a causa del paro minero de junio del 2014, en donde se detuvo la actividad empresarial en general por casi tres meses. Ya el 2015 y hasta octubre del 2016, se visualiza un mayor nivel recaudación, ergo a causa de la labor de fiscalización tributaria que se intensifico en la región, a raíz del crecimiento económico del departamento. El análisis de las encuestas también, ratifica la información estadística expuesta por la SUNAT, pues los micro y pequeños empresarios encuestados, manifestaron en un 43% que el mayor efecto tributario ocasionado por la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV, fue que se incrementó el nivel de recaudación, a causa de que existen cada vez mayor cantidad de empresas formales, que por las facilidades tributarias que la norma propone, brindan altos beneficios a las MYPES. CUARTO: Con respecto a la hipótesis especifica N°3: “Los efectos económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, son: El crecimiento sostenible e integral del rubro maderero del distrito de Tambopata, la promoción de la inversión 89 privada y la expansión de la microempresa”. Según la información teórica revisada, sobre todo el análisis de la finalidad y objetivos de la Ley N°27037, efectivamente los efectos económicos que pretende la presente ley con la exoneración son, el crecimiento sostenible e integral de la Amazonía, la promoción de la inversión privada y la expansión de la microempresa, efectos positivos que se ven corroborados con la información estadística de la SUNAT, en la TABLA N°17 Y GRAFICO N°19. Los micro y pequeños empresarios encuestados, manifestaron en un 40%, que el efecto económico fundamental de la exoneración del IGV, es el incremento de la inversión pública y privada, pues es un aliciente que fomenta la inversión, el 33% indica que el efecto económico más resaltante es el desarrollo sostenible e integral de la Amazonia (TABLA N°15 Y GRAFICO N°17). 90 CONCLUSIONES 1. Se puede concluir, que los efectos tributarios y económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, del distrito de Tambopata, favorecen el crecimiento de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero. Según el análisis hecho en la discusión, donde el 43% de las MYPES encuestadas del rubro maderero de la región de Madre de Dios, indican haber formalizado sus actividades, el 22% considera que sus ventas se incrementaron y por consiguiente, también cumplen con sus obligaciones tributarias. Según la TABLA N°13 estos efectos tributarios y económicos de la exoneración han logrado el crecimiento de las micro y pequeñas empresas madereras. 2. El conocimiento de la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV permite que las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, puedan acogerse a los beneficios tributarios y económicos que este beneficio conlleva. Concluyendo que efectivamente el conocimiento y socialización de la normativa de exoneración del IGV, es fundamental para que las micro y pequeñas empresas se acojan a este beneficio, sin embargo, se puede apreciar que existe un 69% de contribuyentes que desconoce de estos temas y tan solo un 7% manifiesta un alto conocimiento de él, esto se puede analizar a más detalle en la TABLA N°04. Este resultado es coherente con la TABLA N°05, puesto que el 70% no hace uso de los beneficios de la exoneración del IGV en la Amazonia, pero las MYPES que, sí hacen uso de los beneficios de esta exoneración, consiguieron resultados positivos, lo que a modo general reflejo en la industria maderera indicadores favorables con respecto a la economía de la región. 3. Si bien existe un bajo nivel de conocimiento a cerca de las exoneraciones por partes de las MYPES madereras de Madre de Dios, los contribuyentes muestran su voluntad de aprender de estos temas y mejorar su desempeño comercial, es así que luego de la explicación acerca de las exoneraciones del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas 91 empresas, sus beneficios y los efectos tributarios que tienen. Ellos manifestaron en un 28%, que el mayor efecto tributario de las exoneraciones, es el incremento de la formalización, incentivado por la exoneración del Impuesto General a las Ventas (no pago del IGV). Conjuntamente con la información teórica revisada, se concluyó que efectivamente los efectos tributarios plasmados en la hipótesis, son percibidos por los micro y pequeños empresarios madereros, principalmente el incremento de la formalización, que figura en la TABLA N°14, generando paralelamente que también se incremente la recaudación tributaria, que beneficia a las MYPES de la región. 4. Con respecto a los efectos económicos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, se concluyó según la TABLA N°15, que el 33% de los micro y pequeños empresarios encuestados, consideran que la exoneración del IGV, genera el crecimiento sostenible e integral del rubro maderero del distrito de Tambopata y el 40% considera que se genera, mayor promoción de la inversión privada y la expansión de la microempresa. esta estadística, es congruente con la información teórica revisada, ya que efectivamente los tres efectos económicos plasmados en la hipótesis, son percibidos por los micro y pequeños empresarios madereros, principalmente el incremento a la inversión pública y privada. 92 RECOMENDACIONES 1. Se recomienda que se siga promoviendo el desarrollo de planes integrales en coordinación con la SUNAT, con organismos locales y regionales de las acciones destinadas al cumplimiento de los efectos tributarios y económicos, que origina la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, en el marco de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, específicamente en el distrito de Tambopata - Madre de Dios. 2. Se recomienda que se fortalezcan las labores de comunicación y socialización de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N°27037, ya que los índices de desconocimiento de la normativa son importantes (TABLA N°04 – USO DE EXONERACIÓN DEL IGV y TABLA N°05 – CONOCIMIENTO DE EXONERACIÓN DEL IGV). Sugiriendo se organicen campañas informativas por parte de la SUNAT, dirigida a los contribuyentes. 3. Se recomienda que las campañas de difusión, de los contenidos respecto a los efectos tributarios, puedan ser desarrollados en coordinación entre la SUNAT y el Gobierno Regional de Madre de Dios, específicamente la Dirección de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa, puesto el desconocimiento de los efectos tributarios de la exoneración del IGV (TABLA N°14 – QUE EFECTOS TRIBUTARIOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV), por parte de estos empresarios, genera gran preocupación. 4. Se recomienda que se desarrolle un plan de comunicación articulado entre el Gobierno Regional de Madre de Dios y con las oficinas responsables del Ministerio de trabajo, porque según la (TABLA N°15 – QUE EFECTOS ECONOMICOS TIENE LA EXONERACIÓN DEL IGV), existe un bajo nivel de conocimiento de los efectos económicos positivos de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N°27037. 93 BIBLIOGRAFIA 1. Boletin SUNAT, B. (Diciembre de 2015). Boletin de la SUNAT. 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Lima. 97 ANEXOS 98 ANEXO N°01 MATRIZ DE CONSISTENCIA VARIABLES E INDICADORES METODOLOGIA PROBLEMA OBJETIVOS HIPÓTESIS GENERAL: GENERAL: GENERAL: Tipo de investigación ¿Cuáles son los efectos de la Determinar y evaluar los efectos de la Los efectos de la exoneración del La investigación, es de tipo exoneración del Impuesto General a exoneración del Impuesto General a las Impuesto General a las Ventas – IGV, LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO Descriptiva, (Hernandez Sampieri, las Ventas - IGV en los aspectos Ventas – IGV en los aspectos tributarios en los aspectos tributarios y GENERAL A LAS VENTAS – IGV Fernadez Collado, & Baptista Lucio, tributarios y económicos de las y económicos de las micro y pequeñas económicos del distrito de Tambopata, 2010). DIMENSIONES micro y pequeñas empresas del empresas del rubro maderero del favorecen el crecimiento de las micro rubro maderero del distrito de distrito de Tambopata, periodo 2015. y pequeñas empresas del rubro Objetivas Enfoque de la Investigación Tambopata, periodo 2015? maderero. La investigación tiene un enfoque “Cuantitativo”, (Hernandez Sampieri, ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS: - Monto exonerado Fernadez Collado, & Baptista Lucio,  El conocimiento de la exoneración - Políticas para exonerar 2010).  ¿Cuál es el conocimiento sobre la  Determinar y evaluar el conocimiento del Impuesto General a las Ventas - Procedimientos para realizar exoneración del Impuesto sobre la exoneración del Impuesto – IGV permite el acogimiento a los una exoneración Diseño de investigación General a las Ventas - IGV de las General a las Ventas - IGV de las beneficios tributarios y económicos - Porcentajes de exoneración El Diseño de investigación es, No micro y pequeñas empresas del micro y pequeñas empresas del rubro de las micro y pequeñas empresas - Efectos tributarios experimental. (Hernandez Sampieri, rubro maderero del distrito de maderero del distrito de Tambopata, del rubro maderero del distrito de Fernadez Collado, & Baptista Lucio, Tambopata, periodo 2015? periodo 2015. Tambopata, en el periodo 2015. Subjetivas 2010).  Los efectos tributarios de la  ¿Cuáles son los efectos  Analizar los efectos tributarios de la exoneración del Impuesto General a - Fomento de la exoneración POBLACION Y MUESTRA tributarios de la exoneración del exoneración del Impuesto General a las Ventas - IGV de las micro y - Beneficio de la exoneración Impuesto General a las Ventas - las Ventas - IGV de las micro y pequeñas empresas del rubro Siendo la Población - Contribución de la exoneración IGV de las micro y pequeñas pequeñas empresas del rubro maderero del distrito de Tambopata, Los 857 Micro y pequeñas empresas en la Inversión de la Amazonia empresas del rubro maderero del maderero del distrito de Tambopata, son: madereras formales al 2013. - Conciencia del beneficio de distrito de Tambopata, periodo periodo 2015. - Crecimiento del índice de exonerar. 2015? formalización. Siendo la muestra: - Logro de objetivos  Analizar los efectos económicos de la - No pago de IGV. No Probabilística - Por conveniencia la empresariales, según la ley de Muestra serán 60 Micro y pequeñas  ¿Cuáles son los efectos exoneración del Impuesto General a  Los efectos económicos de la promoción de la inversión. las Ventas - IGV de las micro y exoneración del Impuesto General a empresas madereras formales. económicos de la exoneración del - Efectos tributarios Impuesto General a las Ventas - pequeñas empresas del rubro las Ventas - IGV de las micro y - Efectos económicos IGV de las micro y pequeñas maderero del distrito de Tambopata, pequeñas empresas del rubro empresas del rubro maderero del periodo 2015. maderero del distrito de Tambopata, distrito de Tambopata, periodo son: 2015? - El crecimiento sostenible e integral del Rubro maderero del distrito de Tambopata. - Promoción de la inversión privada. - Expansión de la microempresa. Fuente: Elaboración propia 99 ANEXO N°02 MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS MADERAS ENCUESTADAS – SEGÚN SERFOR REPRESENTACION N° RAZON PROVINCI TIPO N° RUC LEGAL / NOMBRES DIRECCION DISTRITO REGION GIRO SOCIAL A Y APELLIDOS Milciades Gerardo D. Milciades Gerardo D. Av. 28 de julio N° Madre de 01 Maderable 10004768430 Tambopata Tambopata Depósito Alcazar Alcazar Villegas 1044 Dios Villegas Luis Alberto Luis Alberto Av. Alameda N° Madre de 02 Maderable Samanez 10247133785 Tambopata Tambopata Depósito Samanez Tovar 319 Dios Tovar Yoni Mejía Av. Dos de Mayo Madre de 03 Maderable 10803582098 Yoni Mejía Cáceres Tambopata Tambopata Depósito Cáceres N° 1576 Dios Productores Forestales y Victor Leoni Pj. Asuncion Nicoll Madre de Depósito y 04 Maderable Derivados 20542810212 Tambopata Tambopata Espinoza Lopez N° c-5 Pueblo Viejo Dios comercialización Espinoza E.I.R.L. Empresa Carretera Javier Schuler Madre de Depósito y planta 05 Maderable Forestal 20490169050 Interoceanica Km Tambopata Tambopata Canepa Dios de trasformación LANDEK SAC 470.3 Paula Rosa Paula Rosa Madre de Depósito y 06 Maderable Huamaní 10048245523 Av. Principal Tambopata Tambopata Huamaní Rivera Dios comercialización Rivera Miguel Edwin Miguel Edwin Madre de Transformación 07 Maderable Riquelme 10048213798 Av. La Joya Lote11 Tambopata Tambopata Riquelme Campos Dios primario Campos G Y G Jr. Jose Reaño Guillermo Federico Madre de Depósito y 08 Maderable Negociaciones 20450677770 Moncada Mza B4- Tambopata Tambopata Del Aguila Zuñiga Dios trasformación SCRL Lote 8 Forestal Peru Modesto Paredes Carr. Rompeolas Madre de Depósito y 09 Maderable 20527314292 Tambopata Tambopata E.I.R.L. Acurio Km 4 Dios comercialización 100 Av. Alameda Mza Depósito, Nedio Torres Madre de comercialización 10 Maderable 10250099229 Nedio Torres Cruz Lote 11 A.H Tambopata Tambopata Cruz Dios y planta de Montaña Azul transformación. Mad. Melissa A.H. Nueva Juan Francisco Madre de Depósito y 11 Maderable Lucia y 10048071932 Esperanza Psj. Tambopata Tambopata Chapiama Samane Dios establecimiento. Hermanos Emilio Castillo Av. Dos de Mayo Alvina Mamani Alvina Mamani Madre de Planta de 12 Maderable 10806058608 N° 110, Urb. Tambopata Tambopata Quispe Quispe Dios transformación cercado Export Maderas Nolberto Jibaja Av. Tambopata Madre de Depósito y 13 Maderable 20600662075 Tambopata Tambopata Forestales Romero Mza 9L Lote 5ª Dios establecimiento S.A.C. Depósito y planta Aserradero Elizabeth del Rocio S/N Urb. Pueblo Madre de 14 Maderable 20290985731 Tambopata Tambopata de Espinosa S.A. Espinoza Lopez Viejo Dios transformación Industria Richard Quispe Madre de 15 Maderable Forestal Chris 20527537241 Av. La Joya N° s/n Tambopata Tambopata Depósito Huaraccone Dios E.I.R.L. Depósito y planta Eleuterio Mejia Eleuterio Mejia Av. Alameda Lote Madre de 16 Maderable 10246694481 Tambopata Tambopata de Lozada Lozada 17 Dios transformación Pj. Samuel Pastor Maderas Cruz Marybel Porfiria Madre de 17 Maderable 20490567888 Mza 7k Lote11; Tambopata Tambopata Depósito E.I.R.L. Loarte Barrueto Dios A.H La selva Av. Dos de Mayo Madre de 18 Maderable Inforc S.A.C. 20527047669 Vittorio de Dea Peña Tambopata Tambopata Depósito N° 670 Dios Empresa Forestal Cornelio Bolivar Fonavi Mza E Lote Madre de Depósito y 19 Maderable 20527225192 Tambopata Tambopata Espintana Vizarreta 11 Dios comercialización S.A.C. Depósito, y Forestal Erick Leandro Diogenes Km. 37 Carretera Madre de 20 Maderable 20490254243 Tambopata Tambopata planta de SCRL Vidurrizaga Hurtado Puerto Maldonado Dios transformación 101 Depósito y planta Alemania Glenn Rod, schipper Av. 26 de Madre de 21 Maderable 20491210240 Tambopata Tambopata de S.A.C. Guemovich Diciembre N°249 Dios transformación Nature Wood Av. Elmer Fausett Madre de Planta de 22 Maderable 20528093559 Liang Lamei Tambopata Tambopata (Perú) S.A.C. km 6.4 Dios transformación Pj. Los pinos Mza Depósito, planta Wood Tropical Roberto Di Marco Madre de de 23 Maderable 20450788687 A Lote 23; A.H Los Tambopata Tambopata S.A. Biasizzo Dios transformación y Castaños comercialización Industrial Jr. Atahualpa Mza Madre de Depósito y 24 Maderable Maderera 10048056852 Victor Llano Ramos Tambopata Tambopata G Lote 04 Dios establecimiento Llanos Agrupación Forestal Rio Walter Abraham Av. León Velarde Madre de Depósito y 25 Maderable 20527246785 Tambopata Tambopata Las Piedras Huaman Tito N°669 Cercado Dios establecimiento S.A.C. Jr. Miraflores Mza Olga Champi Olga Champi Madre de Planta de 26 Maderable 10239976781 F Lote 4 A.H el Tambopata Tambopata Huanca Huanca Dios transformación Paraíso Proyecto Raul Jimenez Forestal Chavez Mza 16 Madre de Depósito y 27 Maderable 20600550846 Fredy Javier Quispe Tambopata Tambopata Madefssa Lote 13; Urb. Dios establecimiento E.I.R.L. Primavera Inversiones Av. Andres Mallea Forestales Frank Armando Madre de Depósito y 28 Maderable 20542819945 Mza F Lote 06; Tambopata Tambopata Maderera JRS Natividad Quispe Dios establecimiento A.H. 08 de Octubre E.I.R.L. Maderera Friolan Aliaga Jr. Jorge Chavez Madre de Planta de 29 Maderable 20490023357 Tambopata Tambopata Puerto Rico Condori N° 384 Dios transformación Empresa Depósito, planta Maderera Alberto Estrada Jr. Amazonas Madre de de 30 Maderable 20527046778 Tambopata Tambopata Forestal Huarancca N°559 Dios transformación y Lagarto S.A.C comercialización Depósito y 31 Maderable Maderera Javil 20490910442 Jacinto Chipana Av. Alameda Mza Tambopata Tambopata Madre de establecimiento 102 E.I.R.L. Quispe A1 Lote 18 Dios Margarita Pari Margarita Pari Av. Alameda Mza Madre de Depósito y 32 Maderable 10048274914 Tambopata Tambopata Mamani Mamani 11K Lote13 Dios establecimiento Maderera Industrial Rofina Quispe Av. Circunvalación Madre de Depósito y 33 Maderable 20527368031 Tambopata Tambopata Nueva Fortuna Barreto Mza B Lote 1 Dios establecimiento E.I.R.L. Jr. Ricardo Palma Maderera Tati Norma Rocio Chirino Madre de Depósito y 34 Maderable 20490098101 Mza 13-B Lote 4 Tambopata Tambopata E.I.R.L. Flores Dios establecimiento A.H. Los Cedros Forestal Carretera La Madre de 35 Maderable Otorongo 20484479616 Vittorio De Dea Peña Tambopata Tambopata Planta Cachuela km 1.8 Dios S.A.C. Industrias Pasj. Garcilazo de Forestales del David Demetrio Madre de Depósito y 36 Maderable 20527046930 la Vega Mza 4-V Tambopata Tambopata Sur Oriente Fernandez Revoredo Dios Planta. Lote 11 S.C.R.L. Patricia Jilapa Patricia Jilapa de Jr. Libertad Nro. Madre de 37 Maderable 10012072452 Tambopata Tambopata Depósito de Flores Flores 598 Dios Emigdio Emigdio Oswaldo Av. Tambopata Madre de 38 Maderable Oswaldo 10048195526 Tambopata Tambopata Planta Herrera Lazo Mza 12-X Lote 16 Dios Herrera Lazo Selva Pasj. Los ceticos Maderera Washington Villa Madre de 39 Maderable 20527436991 Mza. A. Lote 9 A.H. Tambopata Tambopata Depósito y planta Industrial Villa Dios Barrio Nuevo E.I.R.L. Maderera Industrial Percy Willy Abarca Av. Circunvalación Madre de 40 Maderable 20490322001 Tambopata Tambopata Depósito y Madre de Dios Panduro Mza Q Lote 7 Dios establecimiento S.A.C. Donato Diaz Donato Diaz Jr. Javier Heraud Madre de 41 Maderable 10048004453 Tambopata Tambopata Depósito Qquerari Qquerari Mza Lote L-16 Dios Maderas Pasj. Raymondi Madre de Depósito y 42 Maderable 20528055894 Lupe Salas Querari Tambopata Tambopata Duras S.A.C. Mza L lote 8 A.H. Dios establecimiento 103 Señor de los Milagros Maderera Las Jaime Natalio Molina Carretera La Madre de Depósito y 43 Maderable Garzas 20491238501 Tambopata Tambopata Kristen Cachuela Km 1.4 Dios establecimiento E.I.R.L. Car. Maldonado - Gabriela Gabriela Zuniga Madre de 44 Maderable 10437364236 Otilia Km. 10 Com. Tambopata Tambopata Depósito Zuniga Quispe Quispe Dios Otilia Maderera Edy Santiago Edelyn Jr. Daniel Racua Madre de Depósito y 45 Maderable 20600584295 Tambopata Tambopata Chan S.A.C. Sierra Tito Mza 17B Lote 18 Dios establecimiento Maderera Sol Carretera Quispe Ccahua Madre de 46 Maderable Naciente II 20542847485 Interoceanica Tambopata Tambopata Depósito Yovana Dios E.I.R.L. Iberia Km. 1.70 Industrial Av. Aeropuerto Jonel Humberto Madre de Planta y 47 Maderable Maderera 20527439745 Km. 1.5 CPM La Tambopata Tambopata Cachay Blanco Dios Deposito Blanco S.A.C. Joya Madereras Tropicales Jose Emilio Solis Jr. Arequipa Nro. Madre de Depósito y 48 Maderable 20542840391 Tambopata Tambopata Tambopata Bullón 156 Dios establecimiento E.I.R.L. Empresa Jr. 26 de Diciembre Forestal Cesar Jesús Michi Madre de 49 Maderable 20527221871 Nro. 480 Urb. Tambopata Tambopata Depósito Pumaquiro Merino Dios Cercado S.A.C. Maderera Leonidas Eulogio Av. 15 de Agosto Madre de Depósito y 50 Maderable Industrial El 20205392751 Tambopata Tambopata Quispe Baca Nro. 1053 Dios establecimiento Inca E.I.R.L. Maderera Av. Asunción Nicol Jorge Chacon Madre de Planta y 51 Maderable Madre de Dios 20309116527 Mza C Lote 3 C.P Tambopata Tambopata Aragon Dios Deposito S.A.C. Pueblo viejo Pasj. Ramapama Forestal Rocio Esther Parra Mza E Lote 08 V. Madre de Depósito y 52 Maderable Maderera Aral 20542803275 Tambopata Tambopata Romero Maria (costado de Dios establecimiento E.I.R.L. Tropezon) 104 Servicios Pasj. Samuel Forestales Juan Fernando San Madre de Depósito y 53 Maderable 20490419773 Pastor Mza 7K Tambopata Tambopata Madre de Dios Roman Gonzales Dios establecimiento Lote 11ª S.A.C. Empresa Maderera Eugenio Victor Calle Tacna Nro. Madre de Depósito y 54 Maderable 20527034095 Tambopata Tambopata Ecológica Herrera Sangama 661 Urb. Cercado Dios establecimiento Manu S.A.C. Empresa De Pequeños Extractores Christian Alberto Madre de 55 Maderable 20527039640 Km. 1.7 El Triunfo Tambopata Tambopata Depósito Forestal Es Stapelfeld Asayag Dios Colorado Dos S.A.C. Jr. Manu Mza. 5F Marco Antonio Marco Antonio Lote. 2 (Costado Madre de Depósito y 56 Maderable Carhuamaca 10433445959 Carhuamaca Tambopata Tambopata de Iglesia Dios establecimiento Cordova Cordova Maranata) Inversiones Forestales Frank Armando Pasj. Sangapilla Madre de Depósito y 57 Maderable 20600875281 Tambopata Tambopata Maderera Natividad Quispe Mza D Lote 6 Dios establecimiento Jhosha S.A.C. Maderas Calle Asuncion Olga Dolores Lopez Madre de Depósito y 58 Maderable Cocama 20527045372 Nicolls Nro. 447 Tambopata Tambopata Peña De Espinoza Dios establecimiento E.I.R.L. A.H. Pueblo Viejo Forestal Peru Modesto Paredes Carretera Madre de Depósito y 59 Maderable 20527314292 E.I.R.L. Acurio Rompeolas Km. 4 Tambopata Tambopata Dios establecimiento Pietra Forestal Roberto Di Marco Pj. Samuel Pastor Madre de Depósito y 60 Maderable 20490012151 Peru S.A.C. Biasizzo Mza 7K, L-11 A Tambopata Tambopata Dios establecimiento 105 ANEXO N°03 MATRIZ DE INSTRUMENTO N° DE DIMENSIONES INDICADORES PESO ITEMS/REACTIVOS VALORACION ITEMS VARIABLE: LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS – IGV ¿Usted hace uso de las exoneraciones Nada. del Impuesto General a las Ventas – IGV, Poco. Monto exonerado dentro de sus actividades comerciales? Regular. Pregunta N°01 Bastante. Nada. ¿Conoce usted a cerca de las políticas Poco. Políticas para exonerar para la exoneración del Impuesto General Regular. a las Ventas – IGV? Pregunta N°02 Bastante. ¿Cuál es el procedimiento para estar Nada. Procedimientos para realizar una exonerados del impuesto general a las Poco. exoneración ventas –IGV, en el desarrollo de sus Regular. 41.67% 5 actividades comerciales? Pregunta N°03 Objetivas Bastante. 17% (16% de IGV y 1% para Gobiernos locales). ¿Cuál es el porcentaje del Impuesto 18% (16% de IGV y 2% para Porcentajes de exoneración General a las Ventas – IGV, que se Gobiernos locales). puede exonerar? Pregunta N°04 19% (17% de IGV y 2% para Gobiernos locales). ¿Conoce usted si el rubro maderero, está inmerso dentro de las actividades comerciales que se acogen a la Si. Efectos tributarios Exoneración del Impuesto General a las No. Ventas – IGV, del distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, Madre de Dios? 106 Pregunta N°05 Nada. ¿Conoce usted las operaciones Poco. Fomento de la exoneración exoneradas? Pregunta N°06 Regular. Bastante. Anular impuestos a la renta y demás impuestos que favorezcan a las empresas en la Amazonia. Promover el desarrollo sostenible e ¿Conoce cuál es el objeto de la Ley de integral de la Amazonía, Beneficio de la exoneración Promoción de la Inversión en la Amazonia estableciendo las condiciones para la – Ley N° 27037? Pregunta N°07 inversión pública y la promoción de la inversión privada. Incrementar los diferentes impuestos a los contribuyentes en la Amazonia. La venta de bienes, los servicios, los Subjetivas 58.34% 7 contratos de construcción o la primera venta de inmuebles que realicen los constructores que se ¿Qué operaciones o actividades están consuman, presten o realicen en la Contribución de la exoneración en la exoneradas del Impuesto General a las Amazonia. Inversión de la Amazonia Ventas – IGV, en la Amazonia Peruana? Toda clase de operaciones o Pregunta N°08 actividades que se realicen en la Amazonia. Toda clase de operaciones que se realicen fuera de la zona de Amazonia. La mayor conciencia con respecto al pago oportuno de impuestos. ¿Qué fomenta la exoneración tributaria El crecimiento empresarial y el Conciencia del beneficio de exonerar. del Impuesto General a las Ventas – IGV desarrollo de determinadas en la Amazonia Peruana? Pregunta N°09 industrias estratégicas para el Estado. 107 Mayor recaudación de tributos ¿Según su opinión cuál de las siguientes Logre formalizarme. acciones logro alcanzar su empresa, con Logre vender mayor cantidad de Logro de objetivos empresariales, respecto a la exoneración del Impuesto productos. según la Ley de Promoción de la General a las Ventas – IGV? Marque las Cumplo cabalmente mis obligaciones Inversión dos alternativas que crea más importante. tributarias. Pregunta N°10 E ampliado mi mercado. La SUNAT, logro tener altos niveles ¿Qué efectos tributarios, considera que la de recaudación. exoneración del Impuesto general a las Menor índice de recaudación ventas – IGV, ha logrado desarrollar en la Efectos tributarios tributaria. Amazonía Peruana? ¿Marque la Mayor índice de formalización y alternativa que crea más importante? Pregunta N°11 mayor cumplimiento de obligaciones tributarias. ¿Qué efectos económicos considera que El desarrollo sostenible e integral de la exoneración del Impuesto general a las la Amazonía. ventas – IGV, ha logrado desarrollar en la Incremento de la inversión pública y Efectos económicos Amazonía Peruana? Marque las dos privada. alternativas que crea más importante. Mayor formalización. Pregunta N°12 No ha tenido efectos. TOTALES 100% 12 108 ANEXO N°04 ENCUESTA – CUESTIONARIO UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD CUESTIONARIO A MICRO Y PEQUEÑOS EMPRESARIOS DEL RUBRO MADERERO, DISTRITO DE TAMBOPATA, PROVINCIA DE TAMBOPATA, MADRE DE DIOS. Sr. o Sra. La presente encuesta tiene carácter de estudio académico, con ella se pretende conocer los efectos de la Exoneración del impuesto general a las ventas – IGV, en el desarrollo de sus actividades, así como también medir su nivel de conocimiento, con respecto a este beneficio tributario. Por lo que pedimos responder el presente cuestionario, con sinceridad. Agradecemos la información brindada. DATOS GENERALES: 1. Tipo de Actividad de su Empresa a) Maderera ( ) b) Maderera y aserradero ( ) c) Maderera, aserradero y mueblería ( ) 2. Régimen tributario al que pertenece d) Régimen Único Simplificado RUS ( ) e) Régimen Especial RER ( ) f) Régimen General ( ) LA EXONERACION DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - IGV: 1. ¿Usted hace uso de las exoneraciones del Impuesto General a las Ventas – IGV, dentro de sus actividades comerciales? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 2. ¿Conoce usted a cerca de las políticas para la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 109 3. ¿Conoce cuál es el procedimiento para estar exonerados del Impuesto General a las Ventas –IGV, en el desarrollo de sus actividades comerciales? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 4. ¿Cuál es el porcentaje de Impuesto General a las Ventas – IGV, que se puede exonerar? 1 2 3 18% (16% de IGV y 2% 17% (16% de IGV y 1% para 19% (17% de IGV y 2% para Gobiernos Gobiernos locales) para Gobiernos locales) locales) 5. ¿Conoce usted si el rubro maderero, está inmerso dentro de las actividades comerciales que se acogen a la Exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, del distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, Madre de Dios? 1 2 Si No 6. ¿Conoce usted las operaciones exoneradas? 1 2 3 4 Nada Poco Regular Bastante 7. ¿Cuál el objeto de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia – Ley N° 27037? 1 2 3 Anular impuestos a la Promover el desarrollo renta y demás sostenible e integral de la Incrementar los impuestos que Amazonía, estableciendo las diferentes impuestos a favorezcan a las condiciones para la inversión los contribuyentes en la empresas en la pública y la promoción de la Amazonia Amazonia inversión privada. 8. ¿Qué operaciones o actividades están exoneradas del Impuesto General a las Ventas – IGV, en la Amazonia Peruana? 1 2 3 La venta de bienes, los servicios, los contratos de Toda clase de construcción o la primera Toda clase de operaciones operaciones que se venta de inmuebles que o actividades que se realicen fuera de la zona realicen los constructores realicen en la Amazonia de Amazonia que se consuman, presten o realicen en la Amazonia 110 9. ¿Qué fomenta la exoneración tributaria del Impuesto General a las Ventas – IGV en la Amazonia Peruana? 1 2 3 El crecimiento empresarial La mayor conciencia con y el desarrollo de Mayor recaudación de respecto al pago oportuno determinadas industrias tributos de impuestos estratégicas para el Estado 10. ¿Según su opinión cuál de las siguientes acciones logro alcanzar su empresa, con respecto a la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV? Marque las dos alternativas que crea más importante 1 2 3 4 Logre vender Cumplo cabalmente Logre E ampliado mi mayor cantidad de mis obligaciones formalizarme mercado productos tributarias 11. ¿Qué efectos tributarios, considera que la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, ha logrado desarrollar en la Amazonía Peruana? ¿Marque la alternativa que crea más importante? 1 2 3 Mayor índice de La SUNAT, logro tener Menor índice de formalización y mayor altos niveles de recaudación tributaria cumplimiento de recaudación obligaciones tributarias 12. ¿Qué efectos económicos considera que la exoneración del Impuesto General a las Ventas – IGV, ha logrado desarrollar en la Amazonía Peruana? Marque las dos alternativas que crea más importante 1 2 3 4 El desarrollo Incremento de la sostenible e No ha tenido inversión pública Mayor formalización integral de la efectos y privada Amazonía. Muchas Gracias por su Colaboración. 111 ANEXO N°05 FOTOGRAFIAS 112 113