Título : LA INIMPUTABILIDAD DE LOS MENORES DE EDAD Y EL DERECHO A LA PAZ Y A LA TRANQUILIDAD PÚBLICA EN EL PERÚ. Autores : - Danila Flores Paro - Henry Olivera Quintanilla Fecha : 27-09-2016 RESUMEN La definición más sencilla de la imputabilidad es aquella referida a la capacidad que tiene el ser humano para entender que su accionar conductual provoca daños a los intereses ajenos y que para adecuar su conducta a esa comprensión, y que cuando la conducta es dañosa se requiere atribuir responsabilidad al autor de dichos. Consecuentemente se debe entender como un criterio jurídico de base psicológica del que dependen los conceptos de responsabilidad y culpabilidad. En el caso de la presente investigación se ha tomado en cuenta el asesinato por encargo, también conocido como =sicariato‘, el mismo que constituye un tipo penal que en nuestro país en los últimos años se ha venido incrementando de manera exponencial, donde lamentablemente gran cantidad de los autores dichas conductas contrarias a la ley son perpetradas por menores de edad, que evaden las penas más severas debido a que gozan de cierta imputabilidad jurídica restringida, lo que quiere decir que no se les puede atribuir responsabilidad penal, recibiendo solamente una medida disciplinaria consistente en una condena máxima de hasta 6 años de internamiento en un reformatorio. Tomando en cuenta lo prescrito por las normas que regulan la actuación de los jóvenes y desde el punto de vista de los derechos del niño y adolescente, las personas menores de edad entre 12 y 18 años carecen de cualquier responsabilidad penal y que su inimputabilidad está respaldada por una serie de normas tanto nacionales como internacionales (como la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrito por el Estado Peruano el 3 de agosto de 1990 donde se recomienda que se debe poner especial cuidado al momento de juzgar a personas menores de 18 años, usando la privación de la libertad como último recurso). Uno de los casos más conocidos es el de Alexander Manuel Pérez Gutiérrez, alias 'Gringasho', quien fue considerado en 2013 como el sicario más joven del país a sus escasos 15 años, en los que ya había perpetrado varios asesinatos por encargo. Según data estadística de la dirección de criminalística del Perú, corroborada el Ministerio Público de la Región de Lambayeque, en la actualidad se advierte con mayor visibilidad que los índices de criminalidad ciudadana como secuestro, homicidio, robo, entre otros, involucran activamente a niños y adolescentes los que ante nuestra legislación son inimputables de responsabilidad penal y que de acuerdo al anuario estadístico de la Policía Nacional del Perú el 2014 el reclutamiento de menores aumentó en más del 55%. Por lo que la presente investigación busca hacer una revisión o replanteamiento sobre la edad más acorde para imputar penalmente a un menor infractor y darles el trato merecido, proponiendo que la edad con la que se puede someter a la justicia penal ordinaria a menores de 18 años debe ser rebajada en mérito de lo dicho anteriormente, puesto que se determina que la mayoría de los jóvenes que delinquen son reincidentes