FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO TESIS “LA INMUNIDAD PRESIDENCIAL Y LA ACUSACIÓN POR DELITOS COMUNES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ-PERIODO 2022” LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: ANÁLISIS DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO PENAL PARA OPTAR AL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADA. PRESENTADO POR:  BACH. Leny Malu Alexa Quispe Pautre Código ORCID: 0009-0008-3012-6831 ASESOR:  ABG. Octavio Ramos Pacompía Código ORCID: 0009-0001-4188-9649 PUERTO MALDONADO - PERÚ 2022 METADATOS Datos del autor Nombres y apellidos LENY MALU ALEXA QUISPE PAUTRE Número de documento de identidad 73617554 URL de Orcid 0009-0008-3012-6831 Datos del asesor Nombres y apellidos ABOG.OCTAVIO RAMOS PACOMPIA Número de documento de identidad 01325750 URL de Orcid 0009-0001-4188-9649 Datos del jurado Presidente del jurado (jurado 1) Nombres y apellidos MGT.ABOG. MIGUEL ANGEL VASQUEZ RODRIGUEZ Número de documento de identidad 29412404 Jurado 2 Nombres y apellidos ABOG. JENNY YBARRA TOMAYCONZA Número de documento de identidad 46370121 Jurado 3 Nombres y apellidos MGT.ABOG. JALBERTH JAVIER ANTONIO OCOLA NINA Número de documento de identidad 42990927 Jurado 4 Nombres y apellidos ABOG. FREDY OCHOA SAIRE Número de documento de identidad 24003173 Datos de la investigación Línea de investigación de la Escuela Profesional ANÁLISIS DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO PENAL 2 3 4 5 6 DEDICATORIA Dedicado a nuestro Perú en especial a mi Región natal de Madre de Dios, a mis padres y hermano por todo el apoyo que me brindan a diario, guiando mis pasos y ayudándome a ser una gran profesional. 7 AGRADECIMIENTO Muy agradecida de Dios, los miembros de mi familia por su apoyo moral, valores que inculcaron desde niña y a mi asesor que, sin su ayuda, nada de esto hubiera sido posible. 8 ÍNDICE DEDICATORIA……………………………………………………………………………...7 AGRADECIMIENTO………………………………………………………………..………8 RESUMEN…………………………………………………………………………………12 ABSTRACT………………………………………………………………………………..13 INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………….14 CAPITULO I………………………………………………………………………………..15 1. EL PROBLEMA………………………………………………………………………...15 1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA……………………………………………...15 1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA………………………………………………..17 1.2.1 PROBLEMA GENERAL…………………………………………………..…………….17 1.2.2 PROBLEMAS ESPECÍFICOS…………………………………..……………………….17 1.3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN.………………………………………..….17 1.3.1 OBJETIVO GENERAL……………………………………………………….…………17 1.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS………………………………………………….…………17 1.4. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN………………………………….……18 A. TEÓRICA:…………………………………………………………………………….…...18 B. PRÁCTICA:………………………………………………………………………….…….18 C. SOCIAL:…………………………………………………………………………….…….18 D. METODOLÓGICA:………………………………………………………………….……...18 9 E. JURÍDICA:………………………………………………………………………………....18 1.5. DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN.……………………………………….19 CAPITULO II……………………………………………………………………………….20 2. MARCO TEÓRICO…………………………………………………………………….20 2.1 ANTECEDENTES DEL ESTUDIO DE INVESTIGACIÒN………………………..20 2.1.1 INTERNACIONALES:…………………………………………………..………….20 2.1.2 NACIONALES……………………………………………………………..………..21 2.2. BASES LEGALES……………………………………………………………..…….22 2.3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS……………………………………………..………..23 2.4 DERECHO COMPARADO……………………………………………………..……24 ESTADOS UNIDOS………………………………………………………….………24 MEXICO……………………………………………………………………….………25 ESPAÑA………………………………………………………………….……………25 ITALIA…………………………………………………………………………….……25 COLOMBIA……………………………………………………………………………26 COSTA RICA………………………………………………………………………….26 MÉXICO……………………………………………………………………………….26 NICARAGUA………………………………………………………………………….26 PERÚ…………………………………………………………………………………..26 REPÚBLICA DOMINICANA…………………………………………………………27 URUGUAY…………………………………………………………………………….27 2.5 CASOS DE OTROS ALTOS FUNCIONARIOS DEL PERÚ…………...………...27 2.6 HIPÓTESIS DE TRABAJO……………………………………………..…………...29 10 2.6.1 HIPÓTESIS GENERAL:……………………………………………………...…………29 2.6.2 HIPÓTESIS ESPECÍFICAS:………………………………………………...…………30 2.7 CATEGORÍAS DE ESTUDIO…………………………………………...…………..30 CAPITULO III………………………………………………………………………………31 3. METODOLOGÍA………………………………………………………………………..31 3.1. DISEÑO METODOLÓGICO………………………………………………………31 3.2 UNIDAD DE ESTUDIO………………………………………………………………31 3.3 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS…………….31 CAPITULO IV……………………………………………………………………………...32 4. RESULTADOS Y ANALISIS DE LOS HALLAZGOS……………………………….32 4.1 RESULTADOS………………………………………………………………………..32 4.2 ANALISIS DE LOS HALLAZGOS…………………………………………………..32 CONCLUSIONES…………………………………………………………………………34 RECOMENDACIONES O SUGERENCIAS……………………………………………35 BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………………36 ANEXO………………………………………………………………………………..……38 11 RESUMEN La inmunidad presidencial es aquella conferida al funcionario de alto nivel con la finalidad de que este tenga un trato especial frente a la presunta o comisión de un delito. Hoy en día, este derecho constitucional viene siendo cuestionado por la población ya que evita que los mandatarios sean investigados durante el ejercicio de su mandato. Esta tesis es un enfoque de investigación cualitativa donde se analizará si el beneficio de tener inmunidad presidencial es correcto o no, así como los fundamentos sobre si se pueden cometer delitos comunes durante el mandato correspondiente. Actualmente existe un debate sobre si se debe conservar, modificar o derogar este privilegio que tienen los presidentes. Para el desarrollo de dicha tesis, se utilizó como técnica la observación, por la que se empleó fichas de observación para la recolección de información, de acuerdo a la propia doctrina, las constituciones de diferentes países como Derecho Comparado y sobre todo la más importante que es la del Perú. Por otro lado, también contamos con aquellos casos en los que se pide la eliminación de la Inmunidad Presidencial porque es considerado como un privilegio que tiene el Presidente de la República protegiéndolo de ser investigado o procesado a menos que haya infringido uno de los numerales del artículo 117° de la Constitución Política del Perú; por lo que se necesita tener informes mucho más concretos de acuerdo a dicho problema, con la finalidad de hacerla más clara y evitar que se interprete de manera inadecuada. PALABRAS CLAVE: Antejuicio político, Presidencia de la república, inmunidad Presidencial, Privilegio, Delito Común, Proceso Penal, Investigado. 12 ABSTRACT Presidential immunity is that conferred on a high-level official so that he or she has special treatment in the face of the alleged or commission of a crime. Today, this constitutional right has been questioned by the population since it prevents leaders from being investigated during the exercise of their mandate. This thesis is a qualitative research approach where it will be analyzed whether the benefit of having presidential immunity is correct or not, as well as the grounds on whether common crimes can be committed during the corresponding mandate. There is currently a debate over whether to preserve, modify, or repeal this privilege that presidents have. For the development of this thesis, observation was used as a technique, for which observation sheets were used for the collection of information, according to the doctrine itself, the constitutions of different countries such as Comparative Law and especially the most important that is that of Peru. On the other hand, we also have those cases in which the elimination of Presidential Immunity is requested because it is considered as a privilege that the President of the Republic has, protecting him from being investigated or prosecuted unless he has violated one of the numerals of article 117° of the Political Constitution of Peru; Therefore, it is necessary to have much more specific reports according to said problem, in order to make it clearer and prevent it from being interpreted in an inappropriate manner. KEY WORDS: Political trial, Presidency of the Republic, Presidential immunity, Privilege, Common Crime, Criminal Process, Investigated. 13 INTRODUCCIÓN Actualmente, la Inmunidad Presidencial conferida al presidente de la república prevista en el artículo 117° de la Constitución Política del Perú, viene presentando una serie de opiniones positivas y negativas por parte de grandes conocedores del derecho y por la misma sociedad, por lo que para el presente trabajo de investigación se encuentra relacionado al privilegio de dicha Inmunidad y al trato especial frente a la presunta comisión de un delito por parte del funcionario público. Este suceso ha generado un debate en el que se fundamenta si se debe conservar, modificar o derogar este privilegio de Inmunidad. En el pasado, este término en Francia se basaba en la salvaguarda del legislador contra cualquier interferencia en el desempeño de sus funciones, de modo que con este privilegio se le protegía contra cualquier acto ilegal que pudiera llevarse a cabo mientras estuviera en el cargo. Teniendo en cuenta esto, es evidente que dicha Inmunidad Presidencial es incompatible con el tipo de privilegio que se le concedió a lo largo de su periodo en el cargo, por lo que es una cuestión legal en el contexto actual, dado el uso ineficaz de su función parlamentaria. Por lo tanto, ante esta problemática no sólo nacional sino mundial, me he motivado a realizar esta investigación con el único fin de ubicar justificaciones legales que me permitan evaluar adecuadamente y, como resultado, obtener conceptos mucho más claros y precisos para determinar si la Inmunidad Presidencial es ventajosa o desventajosa. Por ende, la presente investigación ha sido denominada: “LA INMUNIDAD PRESIDENCIAL Y LA ACUSACIÒN POR DELITOS COMUNES AL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA DEL PERÚ”. Este estudio analiza las violaciones del privilegio del que goza el alto funcionario en la comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones. En cuanto a esta investigación, cabe señalar que este tema es resultado de la excesiva protección que recibe el presidente de la república, y que en el Perú ha beneficiado a todos los que actualmente enfrentan cargos penales. 14 CAPITULO I 1. EL PROBLEMA 1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Por definición, la inmunidad presidencial es un privilegio y una garantía de la que goza el jefe de Estado y que le absuelve o libera de cualquier responsabilidad en relación con las decisiones y juicios que toma y mantiene en el ejercicio de sus funciones. Como es sabido, existen varios tipos de inmunidad en el mundo, como la real o monárquica, la parlamentaria, la presidencial, la diplomática y la soberana. La primera categoría se refiere a las naciones monárquicas, la segunda se enmarca en el órgano colegislador o asamblea, la tercera se refiere al poder ejecutivo, la cuarta se refiere a todo el cuerpo diplomático de una nación, y la última categoría se refiere a la incapacidad del sistema judicial de un Estado para actuar contra un Estado vecino, todos en términos resistentes al otro. Considerando el concepto de inmunidad presidencial para ser investigado, el artículo 117º de la Constitución Política del Perú señala que el Presidente de la República sólo puede ser acusado de traición a la patria durante su mandato si obstruye las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales, disuelve el Congreso, con excepción de los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otras autoridades, o si interfiere en la conducta de cualquier otro funcionario. Por un lado, cabe recordar que la rendición de cuentas en el ejercicio del poder, que se refiere a la responsabilidad de dar cuenta de los actos realizados por el gobierno en nombre del pueblo, es una de las características definitorias del Estado de Derecho. En consecuencia, implica la fiscalización, el control y, eventualmente, la sanción civil, penal, administrativa o política por la realización de actos contrarios a la Constitución y a la ley, así como por los actos perjudiciales para el bienestar general, el progreso y el desarrollo de la sociedad política. Ivanega definió esta obligación como el proceso por el cual "un determinado titular del poder necesita dar cuenta a otro titular del poder del cumplimiento de la función que 15 le ha sido encomendada". Esta responsabilidad se basa en la noción de control recíproco de los actos de los poderes. Se trata de un tipo especial de autoridad que sólo se concede a determinadas autoridades constitucionales; de hecho, no puede extenderse a ninguna otra autoridad, excepto a las que se mencionan específicamente en la Constitución nacional. (IVANEGA, 2007) En cuanto a las causas históricas de la irresponsabilidad presidencial, puede decirse que tienen su origen en el sistema parlamentario, en el que el jefe del Estado (el Rey) era considerado como un ser casi de nivel jerárquico incapaz de actuar en contra de la ley ("The King can’t do wrong the King can’t act alone"). Dado que el rey era incapaz de equivocarse, no podía actuar solo y necesitaba un ministro que firmara el acto real en su nombre, lo verificara y asumiera cualquier función que, por definición, nunca podría corresponderle. El sistema presidencialista ha dado lugar a un presidente que no es responsable políticamente ante el Congreso, ni siquiera responde por los delitos que comete mientras está en el cargo, con excepción de los enumerados en el artículo 117 de la Constitución Política, tema que se tratará más adelante. Como nuestro jefe de Estado y de Gobierno es elegido por sufragio universal directo para un período de cinco años, es legítimo de la misma manera que los congresistas. Nombra y destituye al jefe del gabinete ministerial en su calidad de jefe del Ejecutivo, así como a los demás ministros de Estado con su consentimiento, aunque esto último es una mera formalidad según la Constitución dada la estricta obediencia del presidente. (CAVERO CARDENAS, 2005) En consecuencia, en relación con el tema que se investiga, se examina cómo es que se ha utilizado la prerrogativa constitucional de la República frente a la Inmunidad Presidencial cuando se cometen delitos comunes, dado que existen numerosos casos en los que algunos Presidentes incurren en conductas corruptas y que lamentablemente, la Inmunidad Presidencial les sirve de escudo para que estos Jefes de Estado eviten brindar una rendición de cuentas y a su vez, someterse a la ley para evadir la justicia, por lo que esto ha creado un banco de preguntas y comentarios positivos y negativos referentes a dicho tema en la actualidad. En respuesta, la 16 ciudadanía está pidiendo una enmienda constitucional de acuerdo con el artículo 117°, recientemente convertido en el fiel protector de dichos jefes de Estado. 1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 1.2.1 Problema General. ¿De qué manera la Inmunidad Presidencial evita que el presidente de la república del Perú sea investigado por los delitos comunes que pueda cometer durante su gobierno? 1.2.2 Problemas Específicos.  ¿Cuál es el marco jurídico-constitucional que protege la Inmunidad Presidencial en el Perú?  ¿El presidente de la República puede cometer delitos comunes durante su Gobierno en el Perú?  ¿Qué efectos positivos y negativos genera la Inmunidad Presidencial en el Perú? 1.3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN. 1.3.1 Objetivo General ¿Analizar de qué manera la Inmunidad Presidencial evita que el presidente de la República del Perú sea investigado por los delitos comunes que pueda cometer durante su gobierno? 1.3.2 Objetivos Específicos a. Explicar el marco jurídico-constitucional que protege la Inmunidad Presidencial en el Perú. b. Determinar si el presidente de la República puede cometer delitos comunes durante su gobierno en el Perú. c. Señalar los efectos positivos y negativos que genera la Inmunidad Presidencial en el Perú. 17 1.4. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN a. Teórica: La justificación teórica está presente cuando el investigador toma la crítica y desafía la teoría que corresponde al estudio, pero también ofrece alternativas que ayuden a la resolución del problema y revelen los factores que contribuyeron a su surgimiento. (GOMEZ, 2013) En consecuencia, el propósito de este estudio es justificar el memorándum explicativo y los fundamentos de su ejecución. De acuerdo con lo anterior, el objetivo de este estudio es examinar el impacto que ha tenido la inmunidad presidencial en el Perú en los delitos comunes más destacados del país. Esto se debe a que la inmunidad presidencial ha sido mal implementada en el Perú, protegiendo al funcionario público como persona, pero ignorando su responsabilidad con la nación, que es proteger el buen desarrollo de sus funciones. Como resultado, muchos presidentes abusan de sus posiciones de poder utilizando la inmunidad presidencial como garantía de impunidad. b. Práctica: Desde un punto de vista práctico, este proyecto de investigación se justifica porque pretende acabar con la impunidad de los delitos de corrupción en el Perú y porque describe y analiza el tema de manera que permita sugerir soluciones que produzcan datos que puedan servir para tomar decisiones y cambiar el comportamiento de quienes obstaculizan el buen desarrollo de sus actividades. c. Social: Porque nos ayudará en la lucha contra la corrupción, impidiendo que nuestra nación siga degenerando en el sufrimiento y continúe su subdesarrollo socio- económico. d. Metodológica: Porque de los hechos examinados, una vez confirmados y validados, podrían aplicarse con las mismas técnicas en futuros proyectos de investigación. e. Jurídica: Porque nos hará tomar conciencia sobre la inmunidad presidencial, un fenómeno que socava los derechos de los ciudadanos peruanos a la justicia, a la igualdad ante la ley y a una sólida protección judicial. 18 1.5. DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. Gracias a las diversas filosofías que recogí y que me ayudarían en el desarrollo de este proyecto, la limitación que quedó clara en esta investigación fue la extensión del tiempo disponible para investigar el problema y medirlo. 19 CAPITULO II 2. MARCO TEÓRICO 2.1 ANTECEDENTES DEL ESTUDIO DE INVESTIGACIÒN 2.1.1 INTERNACIONALES: (ESPINOZA MELLADO, 2004) En su tesis titulada “La Inmunidad de los jefes de Estado y ex jefes de Estado” con la finalidad de obtener el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Su objetivo era evaluar las inmunidades de jurisdicción que el Derecho Internacional concede a los jefes de Estado y a los anteriores jefes de Estado. Además, aborda la inmunidad del Estado, así como la inmunidad universal de jurisdicción. Para determinar la situación de la costumbre internacional en este ámbito, se ha recurrido a las prácticas internas de los Estados. También se ha recurrido a la opinión de la doctrina. En concreto, se ha puesto de manifiesto la relevancia contemporánea del problema de la inmunidad de los jefes de Estado y la necesidad de garantizarla para el cumplimiento eficaz de sus funciones. Se ha examinado a fondo la necesidad de garantizar la integridad de los actos del Estado que representaron los anteriores jefes de Estado, así como su inmunidad. (BARRIENTOS ESTAY, 2006)En su tesis titulada “Derecho Internacional sobre Inmunidad del Estado en materia civil y penal” con la finalidad de obtener el grado de Licenciada, El objetivo era establecer que la inmunidad del Estado implica la exclusión de un grupo particular de personas de la aplicación de la ley, impidiendo que los tribunales tengan jurisdicción sobre esas personas debido a su cargo, y también para impedir cualquier acción de ejecución contra el Estado. La cuestión de la inmunidad afecta exclusivamente a los tribunales nacionales y se fundamenta en la soberanía de los Estados, en particular en el dictum par in parem non habet imperium, que establece que no hay estado de derecho entre Estados (es decir, entre iguales). La norma de derecho internacional consuetudinario conocida como inmunidad se redactó por primera vez en términos absolutos para impedir que alguien demandara a otra parte. Sin embargo, con la introducción de ésta en el ámbito comercial, las cosas empezaron a alterarse, estableciéndose algunas restricciones a la misma en los asuntos civiles, la mayoría de las cuales tenían que ver con la comerciabilidad del acto. Sin embargo, 20 ha sido imposible definir adecuadamente los criterios para distinguir entre actividades inmunes y no inmunes, por lo que la tarea de definir explícitamente estas excepciones ha sido ineficaz hasta ahora. Por otro lado, el camino hacia una noción restringida de la inmunidad en materia penal ha sido más difícil, siendo imposible incluso afirmar que existen excepciones a la inmunidad para los procesos penales, dado lo conflictiva que es la doctrina sobre esta cuestión y lo increíblemente contradictorias que son las sentencias. Sin embargo, en raras ocasiones, como en el veredicto de Pinochet ante The House of Lords, se han esgrimido argumentos convincentes para levantar la inmunidad en caso de transgresiones atroces del derecho internacional de los derechos humanos, y estos argumentos han sido respaldados a su vez por algunos autores. 2.1.2 NACIONALES. (PALOMINO ROMERO, 2016) En su tesis titulada “ La inmunidad Presidencial y la acusación del Presidente de la República del Perú por la comisión de delitos en el ejercicio de su mandato” con la finalidad de obtener el grado de Licenciado en Derecho, destacó que el objetivo de esta investigación es conocer cómo opera la inmunidad presidencial y la imposibilidad de condenar al más alto funcionario de la nación, y cómo la protección enmascarada que brinda la Constitución de la República de 1993 con la llamada "incapacidad moral permanente" que ha producido un nivel de protección excesivo, también conocida como "Inmunidad Presidencial", ha producido un problema relacionado con la dificultad de condenar al más alto funcionario. delitos cometidos como consecuencia de la labor que desempeña. Debido a esto, en el estudio se utilizará un método de investigación cualitativo; este tipo de investigación se centra en la comprensión y se crea utilizando un enfoque de estudio de casos y teoría fundamentada. Las principales conclusiones fueron que el artículo 117 de la Constitución debe ser reformado parcialmente para añadir más delitos que el presidente puede cometer, para corregir interpretaciones incorrectas y para acortar el acto funcional que el presidente de la República puede cometer ilegalmente, y que el artículo 113 de la Constitución debe ser reformado parcialmente eliminando la palabra "moral" de su texto. 21 (OLIVARES BUENO, 2021) En su tesis titulada “Las disposiciones constitucionales vigentes sobre inmunidades de los altos funcionarios peruanos y su capacidad de generar que el Estado peruano viole su obligación de cooperación con la Corte Penal Internacional”, con la finalidad de obtener el grado de Licenciado en Derecho. Las disposiciones constitucionales que regulan la inmunidad de los altos funcionarios peruanos (inmunidad presidencial e inmunidad parlamentaria), que tendrían lugar en el contexto de la colaboración entre la Corte Penal Internacional y la Corte Suprema de Justicia del Perú, deben contrastarse con el artículo 27 del Estatuto de Roma, que regula la titularidad de los cargos oficiales y la inmunidad de los funcionarios del Estado involucrados en la comisión de crímenes internacionales. 2.2. BASES LEGALES (CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ) Artículo 110.- El presidente de la República El jefe de la República y personificación de la nación es el presidente. Para ser elegido, el presidente de la República debe ser natural del Perú, tener por lo menos 35 años de edad en el momento de la postulación y estar habilitado para votar. Artículo 111.- Elección del presidente de la República El voto popular directo se utiliza para elegir al presidente de la república. Un candidato se declara elegido si recibe más de la mitad de los votos. Los votos manchados o en blanco no se cuentan. En caso de que ningún candidato obtenga la mayoría absoluta, se celebrará una segunda vuelta entre los dos candidatos con las mayores mayorías relativas en los treinta días siguientes al anuncio del recuento oficial de votos. Los dos vicepresidentes se eligen de la misma manera, con los mismos criterios y por el mismo período que el presidente de la república. Artículo 113.- Vacancia de la Presidencia de la República La Presidencia de la República vaca por: 22 1.La muerte del presidente de la República. 2. Su incapacidad permanente, moral o física, determinada por el Congreso. 3. El Congreso aceptando su dimisión. 4. Abandonar el territorio nacional sin consentimiento del Congreso o no regresar en el plazo predeterminado. 5. La destitución como consecuencia de una sanción por alguna de las infracciones constitucionales enumeradas en el artículo 117. Artículo 117.- Excepción a la inmunidad presidencial Salvo circunstancias específicas previstas en el artículo 134 de la Constitución, el presidente de la República sólo podrá ser acusado de traición a la patria, obstrucción a las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o locales, obstrucción a la reunión o funcionamiento del Congreso, así como del Jurado Nacional de Elecciones y demás órganos electorales. 2.3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Constitución: Forma o sistema de gobierno que tiene cada Estado. Norma fundamental que rige la estructura de un Estado y que, a su vez, deben ser reguladas por la propia nación. Estas leyes pretenden regular y restringir los poderes que el electorado otorga a sus representantes. (OSORIO, 2019) Acusación Constitucional: Tiene una inclinación política. Su objetivo es censurar o sancionar al alto funcionario y dar paso a su juzgamiento por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Esta figura jurídica se rige por los artículos 99 y 100 de la Constitución Política del Perú. Inmunidad Parlamentaria: La inmunidad parlamentaria es la encargada de brindar protección de carácter procesal a los representantes del Congreso cuando se les intenta seguir un proceso penal, por la posible responsabilidad penal en un delito, con la finalidad de garantizar la libertad del representante. 23 Hay dos maneras de interpretar la inmunidad parlamentaria, una amplia y otra más restringida. Podemos definir la inmunidad parlamentaria como "un derecho inherente a la condición de parlamentario en virtud del cual se concede cierta indemnidad a los representantes respecto a los procedimientos judiciales que el gobierno o el pueblo puedan iniciar contra ellos" en su definición más amplia. En conclusión, el derecho a la indemnidad puede adoptar diversas formas según se trate de una inmunidad estricta o de una inviolabilidad. Los parlamentarios no pueden ser detenidos ni acusados de un delito sin el consentimiento del Congreso, del que son miembros, a menos que sean sorprendidos en flagrante delito, según la definición precisa de la inmunidad parlamentaria (flagrante delito). (GARCIA, 1989) Inmunidad Presidencial: El principal objetivo de la Constitución es garantizar que el jefe de Estado pueda desempeñar sus funciones sin interrupción, protegiéndolo de las diferentes investigaciones fiscales, políticas, administrativas y, sin duda, judiciales (hasta el final de su mandato). Impunidad: Es aquella circunstancia de no recibir castigo alguno frente a un delito. Presidente de la República: Persona designada para dirigir un Gobierno y velar por el bienestar social. Delitos Comunes: Son aquellos que no exigen tener una cualidad especial para ser considerado autor de un delito. 2.4 DERECHO COMPARADO Revisando el derecho constitucional comparado nos damos cuenta que en otros países no existe esta llamada “Inmunidad”, en la que el jefe de Estado o de gobierno en ejercicio pueda ser no solo acusado sino también procesado penalmente durante su mandato. Ante ello veremos los siguientes:  ESTADOS UNIDOS La Constitución de Estados Unidos prohíbe expresamente que el presidente goce de cualquier tipo de inmunidad. Si miramos hacia atrás en el tiempo, podemos ver que 24 varios presidentes se enfrentaron a desafíos legales mientras ejercían su cargo. Durante sus mandatos, varias personas fueron procesadas, como Richard Nixon, Bill Clinton y Donald Trump. En realidad, Nixon se vio obligado a dimitir debido a la investigación penal que se inició contra él, no al juicio político, que siguió abierto porque el Senado aún no había llegado a una conclusión.  MEXICO En la actualidad no existe ninguna forma de inmunidad a favor de dicho funcionario en los Estados Unidos Mexicanos, tal como lo establece el segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución, el cual señala que "durante su encargo, el presidente de la República podrá ser acusado y juzgado por traición a la patria, por actos de corrupción, por delitos electorales y por todos aquellos delitos por los que pueda ser procesado cualquier ciudadano." En este caso, es importante señalar que este es el resultado de una reciente reforma que el actual presidente de México puso en marcha.  ESPAÑA El presidente y otros funcionarios del gobierno pueden enfrentarse a acusaciones penales ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en virtud del artículo 102 de la Constitución española, independientemente de que se crea que son inmunes a la jurisdicción. Las acusaciones por traición o cualquier otro delito contra la seguridad del Estado, sin embargo, sólo deben iniciarse a propuesta del 25% de los diputados del Congreso y con la aprobación de todos sus miembros, según la legislación española.  ITALIA Por otra parte, el artículo 96 de la Constitución italiana establece que, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, el presidente del consejo de ministros y los ministros pueden ser recusados por el Parlamento en una sesión conjunta. Aunque esto es muy similar a un juicio político, que funciona de forma diferente a la censura, tampoco existe inmunidad en este caso. 25  COLOMBIA Artículo 199.- El presidente de la república, o quien ejerza la presidencia, no podrá ser procesado ni juzgado por delitos durante el período para el que fue electo, a menos que la Cámara de Diputados haya formulado acusación en su contra y el Senado haya determinado que existe causa suficiente para establecer un caso.  COSTA RICA Artículo 151.- La Asamblea Legislativa no podrá proclamar que se ha iniciado un proceso penal como consecuencia de una acusación presentada hasta que el presidente, los vicepresidentes de la república o quien ejerza la presidencia hayan sido acusados o juzgados.  MÉXICO Artículo 108.- Responsabilidad de los funcionarios públicos.  NICARAGUA Artículo 148.- El presidente y el vicepresidente de la república recién elegidos deben hacer la promesa de ley ante el presidente de la Asamblea Nacional antes de tomar posesión del cargo en sesión solemne. El presidente y el vicepresidente tienen cada uno un mandato de cinco años, que comienza el 10 de enero del año siguiente a la elección y se cuenta a partir de ese momento. Según la legislación, estarán protegidos durante este tiempo.  PERÚ Artículo 117.- Durante su mandato, el presidente de la república sólo podrá ser acusado de traición a la patria, obstaculizar las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o locales, disolver el Congreso, salvo determinadas circunstancias previstas en el artículo 134 de la Constitución, u obstaculizar su reunión o funcionamiento, así como los del Jurado Nacional de Elecciones y demás organismos electorales. 26  REPÚBLICA DOMINICANA Artículo 105.- El presidente y el vicepresidente de la república electos o en ejercicio no podrán ser privados de su libertad antes o durante su mandato, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23, inciso 5 de esta Constitución.  URUGUAY Artículo 171.- El presidente de la república gozará de los mismos privilegios, estará sujeto a las mismas restricciones y tendrá derecho a las mismas inmunidades que los Senadores y los Representantes. 2.5 CASOS DE OTROS ALTOS FUNCIONARIOS DEL PERÚ  El segundo gobierno de Alan García fue acusado de amañar el proceso de contratación del Metro de Lima. Alan García fue objeto de acusaciones de corrupción desde 2006 hasta 2011, durante su segundo mandato presidencial, que fue cuando se suicidó. De 1985 a 1990, Alan García presidió la nación peruana. La fiscalía peruana que llevó adelante el caso sostiene que el segundo gobierno de García habría recibido unos 24 millones de dólares de Odebrecht para ayudar a financiar tanto su campaña presidencial como los proyectos de construcción de la Carretera Interoceánica y el Metro de Lima, que habrían beneficiado a trabajadores brasileños. García solicitó refugio político en la embajada uruguaya en 2018 mientras estas investigaciones avanzaban rápidamente, alegando una supuesta persecución política. Presidente Al sostener que los poderes institucionales peruanos eran completamente independientes, Tabaré Vásquez lo refutó. Poco más de 4 meses después de hacer estas declaraciones, Alan García, que entonces tenía 69 años, tomó la decisión de quitarse la vida.  Alejandro Toledo, reclamado por las autoridades peruanas para ser extraditado a Estados Unidos. 27 Alejandro Toledo fue presidente entre 2001 y 2006, antes del segundo mandato de Alan García. Diez años después, en enero de 2017, Toledo huyó a Estados Unidos cuando la justicia peruana se aprestaba a detenerlo profilácticamente en el marco de las investigaciones de Odebrecht. Fue detenido en julio de 2019 a pedido de la Fiscalía peruana, y dos años después, en marzo de 2020, las autoridades estadounidenses le concedieron la libertad bajo fianza por considerar que representaba un riesgo mínimo de fuga dada la pandemia de Covid-19. Toledo es ahora requerido en extradición por Perú en relación con dos casos en los que se le acusa de recibir 20 millones de dólares de Odebrecht para la construcción la carretera Interoceánica Sur. En los juicios por corrupción presidencial en Perú, ésta es la mayor suma de dinero concedida a una sola persona.  Por lavado de dinero, Pedro Pablo Kuczynski está bajo arresto domiciliario. La carretera Interoceánica es uno de los elementos neurálgicos de la red de corrupción en Perú. Pedro Pablo Kuczynski fue ministro de Economía mientras Toledo era presidente. Posteriormente, entre 2016 y 2021, Kuczynski fue elegido presidente; sin embargo, el Congreso lo destituyó del poder menos de dos años después. Mientras se desempeñaba como ministro, fue acusado de recibir sobornos de Odebrecht para acelerar el desarrollo de la polémica carretera Interoceánica. El proceso de moción de censura contra Kuczynski fue orquestado por Keiko Fujimori, hija de Alberto Fujimori y rival de Kuczynski en la contienda presidencial. Además, Kuczynski estuvo implicado en un caso de lavado de dinero, que le valió un arresto domiciliario preventivo de 36 meses.  Martin Vizcarra, sucesor de Kuczynski, también fue destituido por el Congreso. 28 Pedro Pablo Kuczynski anunció su renuncia el 23 de marzo de 2018 y Martín Vizcarra, su vicepresidente, asumió el cargo. El caso de Vizcarra es particular, ya que disolvió el Congreso como presidente en lo que describió como una lucha contra la corrupción. Pero luego de ejercer el cargo por más de dos años, el propio Congreso lo destituyó tras auspiciar dos mociones de censura en su contra; la primera no prosperó y la segunda tuvo un éxito contundente. La renuncia o vacancia de Vizcarra como gobernador de la zona de Moquegua habría sido causada por actividades corruptas. A pesar de que Vizcarra negó estas acusaciones y de la escasez de pruebas contundentes, el Congreso decidió acusarlo.  Según las denuncias, Ollanta Humala y su esposa recibieron 3 millones de dólares para apoyar esfuerzos políticos. Ollanta Humala dirigió al pueblo peruano como presidente desde 2011 hasta 2016. Se opuso con vehemencia a Alberto Fujimori y construyó su programa político con una marcada orientación militar. En las elecciones que lo catapultaron a la presidencia, desafió a Keiko Fujimori y ganó por un estrecho margen. Actualmente se le investiga por haber aceptado presuntamente sobornos durante la campaña electoral. Según la fiscalía peruana, Marcelo Odebrecht y otros altos cargos de Odebrecht declararon que Humala y su esposa, Nadine Heredia, recibieron 3 millones de dólares para sus campañas políticas. Actualmente, tanto el ex presidente como la primera dama están en libertad para participar en la investigación. 2.6 HIPÓTESIS DE TRABAJO 2.6.1 Hipótesis General: La Inmunidad Presidencial evita que el presidente de la República del Perú sea investigado por los delitos comunes que pueda cometer durante su gobierno, por lo que se requiere contar con informes positivos y negativos que nos ayuden a tener una idea más conceptualizada. 29 2.6.2 Hipótesis Específicas:  Conforme al marco jurídico-constitucional de la inmunidad presidencial analizado es un privilegio temporal con el que cuentan dichos mandatarios del Estado.  El presidente de la República puede cometer delitos comunes durante su Gobierno en el Perú.  Existen suficientes efectos positivos y negativos que genera la Inmunidad Presidencial en el Perú. 2.7 CATEGORÍAS DE ESTUDIO Como pudimos analizar, este estudio corresponde a una investigación jurídica dogmática propositiva, por lo que las categorías de estudio que utilizamos son: Categorías de estudio Subcategorías - Antecedentes 1° Inmunidad Presidencial - Definición - Procedimiento - Doctrina 2° Delitos Comunes - Contenido Fuente: Elaboración propia. 30 CAPITULO III 3. METODOLOGÍA 3.1. DISEÑO METODOLÓGICO Enfoque de investigación: Cualitativo: Dado que este proyecto de investigación no se encuentra justificado en las medidas estadísticas, más bien, en el estudio y razonamiento frente a la realidad de dicha materia de estudio. Tipo de investigación jurídica: Explicativa: Porque dicho proyecto de investigación cuenta con la finalidad de establecer las razones suficientes que nos permitan contar con propuestas y tener una idea más conceptualizada, respecto a la Inmunidad Presidencial frente a los delitos comunes. 3.2 UNIDAD DE ESTUDIO La unidad de estudio de nuestra investigación está constituida por el tema “LA INMUNIDAD PRESIDENCIAL Y LA ACUSACIÓN POR DELITOS COMUNES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ - PERIODO 2022”, la cual constará con comentarios y críticas de conocedores de la carrera de Derecho, que gracias a ellos podré llegar con una propuesta mucho más clara y precisa. 3.3 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS 3.3.1 Técnicas La técnica empleada en este estudio es: - Encuestas 3.3.2 Instrumentos - Cuestionario 31 CAPITULO IV 4. RESULTADOS Y ANALISIS DE LOS HALLAZGOS 4.1 RESULTADOS A la luz del objetivo de este estudio, a continuación, se desarrollan los resultados obtenidos del procedimiento recogidos de la recolección de datos, junto con el debate que sigue. En esta sección del informe final de la investigación, se ha descubierto que varios estudiosos y expertos en derecho no apoyan la Inmunidad Presidencial otorgada a los jefes de estado, sugiriendo que la Constitución Política del Perú debería ser modificada para evitar privilegios que no los benefician de ninguna manera. 4.2 ANALISIS DE LOS HALLAZGOS Objetivo específico I: Explicar el marco jurídico-constitucional que protege la Inmunidad Presidencial en el Perú. Según la Constitución Política del Perú en su artículo 117° nos señala lo siguiente: Salvo circunstancias específicas previstas en el artículo 134 de la Constitución, el presidente de la república sólo podrá ser acusado de traición a la patria, obstrucción de elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o locales, disolución del Congreso u obstrucción de su reunión o funcionamiento, así como de los del Jurado Nacional de Elecciones y demás organismos electorales. Ante ello, diversos conocedores del Derecho no se encuentra conforme con este artículo ya que señalan que si bien es cierto, la Constitución Política es la Carta Magna, ley de leyes que debe ser respetada más no vulnerada frente a acciones corruptas que cometen ciertos mandatarios del Estado sacando provecho al cargo que les corresponde, por lo que consideran que se debe reformar la Constitución respecto a los numerales de dicho artículo y así evitar que sean investigados ante hechos delictivos que puedan cometer. 32 Objetivo específico II: Determinar si el presidente de la república puede cometer delitos comunes durante su gobierno en el Perú. Actualmente, el presidente de la república viene afrontando su sexta investigación fiscal por delito contra la tranquilidad pública en la modalidad de Organización Criminal y lamentablemente, son delitos que quedan en acumulación hasta que finalice su gobierno, porque como bien sabemos, el jefe de Estado no puede ser investigado por ningún delito durante la vigencia de su gobierno porque se estaría vulnerando el Derecho que se le brinda por parte de la Constitución Política del Perú. Objetivo específico III: Señalar los efectos positivos y negativos que genera la Inmunidad Presidencial en el Perú. Cuando examinamos los efectos positivos y negativos de la Inmunidad Presidencial que garantiza la Constitución Política del Perú, vemos que una parte importante de los resultados muestran que no es deseable cuando este privilegio es utilizado para cometer delitos y así infringir la ley o actuar en contra de ella, por lo que es necesario establecer políticas que pongan fin a tales acciones. 33 CONCLUSIONES PRIMERO. - Las conclusiones de este estudio demuestran que la inmunidad presidencial, que protege al presidente de la responsabilidad por los delitos que pueda cometer en el ejercicio de sus funciones, puede ser peligrosa cuando se abusa de ella y se utiliza en beneficio propio. En consecuencia, el presidente debe mantener los más altos estándares de comportamiento con respecto a la Constitución, las leyes y otras normas legales para evitar exceder los límites de su cargo. SEGUNDO. – Se ha demostrado que contar con el privilegio de la Inmunidad Presidencial se ha convertido en una potente arma con el fin de que, cuando el presidente se enfrente a la posibilidad de ser investigado, elija este camino para evitar dichas indagaciones, procesos judiciales y sanciones por los actos ilícitos que ha cometido. Todo ello amparado en el artículo 117° de la Constitución Política del Perú, asegurando que tales delitos queden impunes conforme a la ley. TERCERO. – En definitiva, considero que la Inmunidad Presidencial es un privilegio que no debe usarse para proteger a los jefes de Estado e aquellos delitos comunes que puedan realizar durante su gobierno, porque sino será un gobierno caótico. 34 RECOMENDACIONES O SUGERENCIAS PRIMERO. – Son numerosos los actos de corrupción cometidos por estos funcionarios mientras están en el cargo y porque nuestra Carta Magna lo ampara y lo hace imposible de oponer, es necesario y crucial reformar el artículo 117 de la Constitución Política del Perú para hacerlo más claro y así limitar aquellos actos delictivos que puedan cometer dichos funcionarios. SEGUNDO. – La Constitución Política del Perú protege a los jefes de Estado de ser examinados mientras están en el cargo, por lo que debería haber alguna consideración para hacer cumplir las violaciones legales y aplicar castigos que pongan un toque duro a las cosas y permitan un gobierno limpio. TERCERO. – Para determinar la mejor manera de tener un país libre de corrupción, se aconseja realizar una investigación jurídica en torno a este tema, ya que la doctrina y la propia legislación peruana sólo lo discuten y lo tienen en cuenta de manera escasa. 35 BIBLIOGRAFÍA BARRIENTOS ESTAY, L. A. (2006). Derecho Internacional sobre la Inmunidad del Estado en materia civil y penal. Santiago. BASE DE DATOS POLÍTICOS DE LAS AMÉRICAS. (1998) Inmunidad presidencial. Análisis comparativo de constituciones de los regímenes presidenciales. [Internet]. Georgetown University y Organización de Estados Americanos. En: https://pdba.georgetown.edu/Comp/Ejecutivo/Presidencia/inmunidad.html. 26 de diciembre 19122. CAVERO CARDENAS, E. (2005). “Notas sobre la disfuncionalidad del régimen presidencial en el Perú”. Revista del Foro Constitucional. CONSTITUCIÓN POLÍTIA DEL PERÚ (1993) ESPINOZA MELLADO, R. (2004). La Inmunidad de los Jefes de Estado y Ex-Jefes de Estado. Santiago. GARCIA, E. (1989). La Inmunidad Parlamentaria y Estado de Partidos. Madrid: Tecnos. GOMEZ, E. (2013). Investigación Científica. Elaboración de Proyecto de Investigación. Perú: Importadores S.A. IVANEGA, M. M. (2007). Las responsabilidades de los funcionarios públicos. México. OLIVARES BUENO, L. E. (2021). Las disposiciones constitucionales vigentes sobre inmunidades de los altos funcionarios peruanos y su capacidad de generar que el Estado peruano viole su obligación de cooperación con la Corte Penal Internacional. Lima. OSORIO, M. (2019). https://conf.unog.ch/tradfraweb/Traduction/Traduction_docs%20generaux/Dicc ionario%20de%20Ciencias%20Juridicas%20Politicas%20y%20Sociales%20- %20Manuel%20Ossorio.pdf. 36 PALOMINO ROMERO, J. O. (2016). La inmunidad Presidencial y la acusación del Presidente de la República del Perú por la comisión de delitos en el ejercicio de su mandato. Lima. 37 ANEXO UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO Acreditada internacionalmente Licenciada por la SUNEDU Universidad Paradigmática FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA Proyecto de Investigación “LA INMUNIDAD PRESIDENCIAL Y LA ACUSACIÓN POR DELITOS COMUNES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ- PERIODO 2022” GUIA DE ENTREVISTA Dr. ………………………………………………., Buenos Días, agradeceré de ante mano por el tiempo que nos ha brindado a fin de realizar esta entrevista. La información que nos proporcionará será indispensable para culminar la elaboración de mi tesis, que al título dice: “LA INMUNIDAD PRESIDENCIAL Y LA ACUSACIÓN POR DELITOS COMUNES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ -PERIODO 2022” 1. ¿Qué entiendes por Inmunidad? 2. ¿Quiénes pueden tener Inmunidad? 3. ¿Crees que el presidente solo puede ser investigado por 4 delitos según el artículo 117° de la Constitución Política? 4. A través de su experiencia ¿Cree usted que se debe eliminar la Inmunidad Presidencial consagrada en el artículo 117° de la Constitución Política del Perú? ¿Por qué? 5. ¿Cuál sería su propuesta para la modificación del artículo 117° de la CPP y así evitar que los mandatarios del Estado no sean investigados por los delitos que cometen durante su gestión? 38