UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Tesis VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN SITUACIÓN DE CALLE, ACOGIDOS POR EL DORMITORIO INFANTIL MUNICIPAL (DORMITORIO QOSQO MAKI) TESIS PARA OPTAR AL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADA Presentado por: Bach. SHELY DANAE CABRERA LOAYZA Asesor: Abg MARIO MIGUEL DELGADO MONTAÑO CUSCO-PERÚ- 2022 i Agradecimiento A mi mamá, ejemplo y guía de porqué elegí la carrera que me apasiona, a mis hermanos por estar siempre presentes y apoyándome. A todos ustedes por acompañarme todos los días en general y en este proceso en específico, por compartir los buenos momentos conmigo y ser mi pilar de apoyo en los momentos más difíciles, por seguir siendo el soporte incondicional que tuve siempre A mis amigas y amigos, por escucharme y aconsejarme en momentos de indecisión. A mi papá por prestar hace años las semillas que inspiraron esta temática de investigación. Igualmente, a la Universidad Andina del Cusco, por darme la oportunidad de compartir sus aulas, formándome y permitiéndome concluir gratamente los estudios académicos de pregrado. Asimismo, a cada docente, que hicieron posible mi formación académica. Finalmente, a mi asesor de tesis, por toda su dedicación y colaboración en la realización de este trabajo. A todas y todos ellos, gracias infinitas. ii Dedicatoria Primera y principalmente a mi papá por ser mi pilar durante tantos años de mi vida, por alentarme a dar mi mayor potencial siempre, y porque a pesar de haber trascendido antes de que yo pudiera dar este paso, sé que está presente en todas y cada una de mis decisiones, cuidando de mí. Siempre has sido un gran ejemplo por tu labor hacia los demás, me has enseñado que con valores y buena fe se puede llegar lejos y se puede llegar bien. Es tu trabajo con infancias y adolescencias en situación de calle el que ha inspirado esta investigación, es tu fuerza la que me ha guiado. Este logro va para ti, por enseñar, por aprender, por haber sido parte de mi vida y haberme enseñado a querer de verdad, gracias por haber sido quien fuiste, por luchar por nosotros y por los demás, por enseñarme de ayuda al prójimo y de justicia social. Este es uno de esos momentos en los que tu ausencia pega más fuerte; pero como tú me pedías, me estoy esforzando para de a poquito hacer que está herida deje de doler tanto y poder recordarte con el corazón lleno. Te amo y te extraño mucho, sigues siendo mi inspiración. Esta investigación también la dedico a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en vulnerabilidad y precarizados por situaciones injustas, discriminados y olvidados por la sociedad y el Estado. Espero que esta investigación sea un pequeño paso en la visibilización de sus casos y la implementación de políticas públicas que puedan brindarles mayor protección con vista interseccional para asegurar su desarrollo integral y así, ojalá, mirar con esperanza el futuro. iii Asesor: Abg. Mario Miguel Delgado Montaño iv Índice Agradecimiento ................................................................................................................. i Dedicatoria........................................................................................................................ ii Asesor .............................................................................................................................. iii Índice ............................................................................................................................... iv Resumen ......................................................................................................................... vii Abstract .......................................................................................................................... viii Capítulo I: Introducción ................................................................................................... 1 1.1. Planteamiento del Problema ...................................................................................... 1 1.2. Formulación de Problemas ........................................................................................ 3 1.2.1. Problema General ................................................................................................... 3 1.2.2. Problemas Específicos ............................................................................................ 3 1.3. Justificación ............................................................................................................... 3 1.3.1. Conveniencia .......................................................................................................... 3 1.3.2. Relevancia social .................................................................................................... 4 1.3.3. Implicancias Prácticas ............................................................................................ 4 1.3.4. Valor Teórico .......................................................................................................... 4 1.3.5. Utilidad Metodológica ............................................................................................ 4 1.4. Objetivos de investigación ........................................................................................ 5 1.4.1. Objetivo general ..................................................................................................... 5 1.4.2. Objetivos específicos .............................................................................................. 5 v 1.5. Delimitación del estudio ............................................................................................ 5 1.5.1. Delimitación espacial ............................................................................................. 5 1.5.2. Delimitación temporal ............................................................................................ 6 Capítulo II: Marco Teórico ............................................................................................... 7 2.1. Antecedentes de la investigación ............................................................................... 7 2.1.1. Antecedentes Internacionales ................................................................................. 7 2.1.2. Antecedentes Nacionales ...................................................................................... 14 2.1.3. Antecedentes locales............................................................................................. 18 2.2. Bases teóricas .......................................................................................................... 20 2.2.4. Contexto de pandemia, estado de emergencia y emergencia sanitaria: ................ 22 2.3. Hipótesis de trabajo. ................................................................................................ 23 2.4. Categorías ................................................................................................................ 23 Capítulo III: Método ....................................................................................................... 24 3.1. Diseño metodológico ............................................................................................... 24 3.2. Diseño contextual .................................................................................................... 24 3.2.1. Escenario espacio temporal .................................................................................. 24 3.2.2. Unidad de estudio ................................................................................................. 24 3.2.3. Técnicas e instrumentos de recolección de datos ................................................. 25 Capítulo IV: Resultado y Análisis de los Hallazgos ...................................................... 26 4.1. Resultados del Estudio ............................................................................................ 26 4.2. Análisis de los hallazgos.......................................................................................... 30 4.3. Discusión y contrastación teórica de los hallazgos ................................................. 38 vi CONCLUSIONES .......................................................................................................... 47 RECOMENDACIONES ................................................................................................ 49 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................ 50 ANEXOS ........................................................................................................................ 55 vii Resumen La presente investigación “Vulneración de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)”, tuvo por objetivo analizar la vulneración de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). Para ello, se empleó un estudio básico, jurídica dogmática, y evaluativa. La unidad de estudio estuvo conformada por los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio Infantil Municipal, que se encuentran en desconocimiento, al menos parcial, de sus Derechos Fundamentales y de cómo protegerlos. Las técnicas e instrumentos utilizados fueron la observación (guía de observación) y entrevistas (guía de entrevista. Los resultados fueron que existe reconocimiento y protección al derecho a la vida por parte del Estado peruano en favor de los Niños y adolescentes en situación de calle, sin embargo, la función de promoción y vigilancia que desempeñan los entes encargados (personal de las Defensorías Municipales del Niño, Niña y Adolescente) carece de programas estratégicos sostenibles para los niños y adolescentes en situación de calle. Por lo tanto, se concluye que la ineficacia de los mecanismos de protección de los derechos fundamentales en el Perú se establece como la principal causa de vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio Infantil Municipal (dormitorio Qosqo Maki) en el periodo de pandemia. Palabras clave: Vulneración, derechos fundamentales, niños y adolescentes, situación de calle. viii Abstract The present investigation "Violation of fundamental rights of children and adolescents living on the streets, sheltered by the municipal children's dormitory (Qosqo Maki dormitory)", had the objective of analyzing the violation of the fundamental rights of children and adolescents in street sheltered by the municipal children's dormitory (Qosqo Maki dormitory). For this, a basic, legal, dogmatic, and evaluative study was used. The study unit was made up of street children and adolescents, sheltered by the Municipal Children's Dormitory, who are unaware, at least partially, of their Fundamental Rights and how to protect them. The techniques and instruments used were observation (observation guide) and interviews (interview guide). The results were that there is recognition and protection of the right to life by the Peruvian State in favor of children and adolescents in street situations, however, the role of promotion and surveillance carried out by the entities in charge (staff of the Municipal Ombudsmen Children and Adolescents) lacks sustainable strategic programs for children and adolescents living on the streets. Therefore, it is concluded that the ineffectiveness of the mechanisms for the protection of fundamental rights in Peru is established as the main cause of violation of the fundamental rights of street children and adolescents sheltered by the Municipal Children's Dormitory. (Qosqo Maki bedroom) in the pandemic period. Keywords: Violation, fundamental rights, children and adolescents, street situation. 1 Capítulo I: Introducción 1.1. Planteamiento del Problema La situación de calle es una situación de vulnerabilidad que afecta a muchas personas dentro del país, pero que sin embargo se encuentra invisibilizada, aumentando la situación de riesgo de niños, niñas y adolescentes (NNA) que se encuentran dentro de este grupo poblacional, muchos de estos menores han roto lazos con su familiar, por lo cual no cuentan con apoyo alguno para su sustento, viviendo así en condiciones de pobreza y pobreza extrema. Las circunstancias que les dirigen a este resultado son variadas, pero pueden circunscribirse a su contexto socio económico, por ende, es importante analizar los paradigmas familiares que existen en el país y este grupo particular. El patriarcado es “la relación de poder directa entre los hombres y las mujeres en las que los hombres, que tienen intereses concretos y fundamentales en el control, uso, sumisión y opresión de las mujeres, llevan a cabo efectivamente sus intereses. (…) Esa opresión y subordinación está profunda y poderosamente arraigada en la organización de la sociedad.” (Cagigas, 2000). Al ser una construcción social, el patriarcado se instala en cada contexto y se convierte en una práctica cultural inherente en la sociedad, replicando estos paradigmas en los diversos hogares. Al ser el único referente de relaciones intrafamiliares, la violencia ejercida por los padres y entre los padres, se convierte en el modelo de cómo deben ser este tipo de relaciones para los niños, niñas y adolescentes dentro del hogar, razón por la cual este tipo de conductas se replica en su futuro hogar cuando el menor crece y forma su familia; cómo se puede visualizar por estudios como “Transmisión Intergeneracional de la Violencia Intrafamiliar: Evidencia para las Familias Colombianas”, donde la autora indica que “los factores que más explican que una mujer sufra de maltrato por parte de 2 su compañero, son el bajo nivel educativo dela mujer, que al mismo tiempo reduce las oportunidades de emplearse y, por tanto, los ingresos de la misma y del hogar. Por otra parte, haber experimentado o haber observado violencia en la familia de origen y los antecedentes del compañero, son también factores que determinan la violencia en el hogar.” (Salas, 2005), que evidencia que el factor socioeconómico de las víctimas tiene estrecha relación con la réplica de modelos parentales violentos, siendo también un factor desencadenante de la situación de calle. La violencia intrafamiliar es aquella acción que afecta a uno o más individuos, directa o indirectamente, ya sea físico, sexual o psicológicamente; esto da paso a que las familias presenten desintegración ya sea por separación de los padres o incomunicación, entre ellos o con los hijos, lo que se conoce como desestructuración familiar. La continua violencia y la desestructuración en hogares conflictivos da paso a un ambiente hostil para el menor, lo cual genera muchas veces que éste huya, se aleje o que inclusive lo boten de su hogar llegada cierta edad. La situación de calle es una que afecta a muchos niños, niñas y adolescentes en nuestra ciudad, que han hecho de la calle el lugar donde viven y, en general, han roto relaciones con sus familias. En este ámbito, la Asociación Qosqo Maki, en convenio con la Municipalidad Provincial del Cusco, ha abierto en 1991 un programa de alojamiento dirigido a estos niños, niñas y adolescentes; sin embargo, este modelo no asemeja al de una casa hogar, por lo cual la situación de calle de estos niños, niñas y adolescentes no varía con la acogida, mayoritariamente temporal que se les da. La mayor cantidad de su día estos niños, niñas y adolescentes la pasan en la calle, jugando o trabajando y donde, por su condición, son víctimas de recurrentes vulneraciones a sus derechos fundamentales, de los cuales incluso muchas veces no están al tanto. 3 1.2. Formulación de Problemas 1.2.1. Problema General ¿De qué manera se vulneran los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)? 1.2.2. Problemas Específicos PE1: ¿De qué manera se vulnera el derecho a la vida en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)? PE2: ¿De qué manera se vulnera el derecho a la salud en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)? PE3: ¿De qué manera se vulnera el derecho a la educación en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)? PE4: ¿De qué manera se vulnera el derecho a la dignidad en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)? 1.3. Justificación 1.3.1. Conveniencia El estudio de la situación de vulnerabilidad de niños, niñas y adolescentes derivará en propuestas para el cambio, protección y seguridad de este grupo social comúnmente olvidado. El Estado peruano debe cumplir con los estándares internacionales de protección y cuidado de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle para así cumplir de manera real con su rol protector y garantista de derechos. 4 1.3.2. Relevancia social Existe una permanente y evidente vulneración de los Derechos Constitucionalmente protegidos (Derechos Fundamentales) de las personas en situación de calle, ya sea por motivos de discriminación o desconocimiento de estos derechos, además de la falta de recursos, (tanto personales como estatales) para asegurar su cumplimiento y protección, y falta de un adecuado marco normativo. 1.3.3. Implicancias Prácticas La determinación de qué derechos son vulnerados y en qué medida son vulnerados es de suma importancia, puesto que dicha información será útil en el tratamiento de las múltiples causas y derivaciones del problema. 1.3.4. Valor Teórico Existen muy pocos estudios a nivel nacional e incluso internacional respecto a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los Niños, Niñas y Adolescentes en situación de calle, puesto que la dinámica de estudio general suele derivar a la situación de abandono, que se diferencia por su declaración judicial. 1.3.5. Utilidad Metodológica La recolección de datos mediante no sólo libros y guías de información, sino también mediante entrevistas con los encargados de la población, asegurando el enfoque adecuado sobre el tema; además de la determinación de la necesidad de una verdadera regulación legislativa de la situación de calle, sobre todo en caso de niños, niñas y adolescentes y el análisis del rol de protección del estado para esta población, tomando en cuenta estándares internacionales. 5 1.4. Objetivos de investigación 1.4.1. Objetivo general Analizar la vulneración de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). 1.4.2. Objetivos específicos OE1: Determinar la vulneración del derecho a la vida en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). OE2: Conocer la vulneración del derecho a la salud en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). OE3: Analizar la vulneración del derecho a la educación en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). OE4: Precisar la vulneración del derecho a la dignidad en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). 1.5. Delimitación del estudio El presente trabajo de investigación comprenderá el análisis de la situación socio jurídica de los niños, niñas y adolescentes acogidos por el Dormitorio Infantil Municipal (Dormitorio Qosqo Maki), respecto a la vulneración de sus Derechos Fundamentales. 1.5.1. Delimitación espacial La delimitación espacial del presente trabajo de investigación es la región del Cusco, con incidencia específica en el Dormitorio Infantil Municipal. 6 1.5.2. Delimitación temporal La delimitación temporal del presente trabajo de investigación es el periodo de pandemia por COVID-19, es decir, corresponde a los años 2020 – 2021. 7 Capítulo II: Marco Teórico 2.1. Antecedentes de la investigación 2.1.1. Antecedentes Internacionales Título: El deber especial de protección del Estado frente a los niños en situación de calle en Chile, a la luz del sistema interamericano de derechos humanos, del derecho comparado y la jurisprudencia internacional. Autor: ECHEVERRÍA CURÍN, Ignacio Andrés Ubicación del documento: Repositorio académico de la Universidad de Chile. [https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/176486] Año: 2020 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: “La presente investigación busca, en primer lugar, determinar a nivel nacional e internacional los principales mecanismos de protección para asegurar la debida tutela sobre los niños en situación de calle en Chile. Se identificará el sentido y alcance del deber especial de protección del Estado en conformidad con los estándares internacionales sobre los “niños de la calle”, para posteriormente comparar las condiciones observadas con la normativa sobre derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ratificada por nuestro país en 1990. Según la información recabada durante la investigación, se analizará finalmente si existe una vulneración de estos derechos y si es un factor que condiciona el fracaso de la labor estatal, frente a la debida protección de los menores que viven en la calle para garantizar estándares mínimos de su realización personal” (Echevarría, 2020). Esta investigación aborda la temática de la “pobreza situacional” como causal de la vulneración de la dignidad humana, y que está intrínsecamente relacionada con la 8 condición de vida de personas en situación de calle. Asimismo, visibiliza la ineficacia de la legislación chilena en la regulación de esta problemática y la protección de las personas en situación de calle. Se relaciona con la presente investigación en cuanto busca visibilizar la problemática de las personas en situación de calle, con enfoque en las infancias, situación que no suele ser correctamente tratada al ser parcialmente invisible; empero, la presente investigación busca un enfoque tanto en infancias como la adolescencia, puesto que el estado de vulnerabilidad de ambos grupos suele ser similar dada la indefensión y desconocimiento de sus derechos que ambos enfrentan. Asimismo, la presente investigación se centrará en la normativa nacional y su precariedad, no sin tomar de referente a los tratados internacionales. Conclusiones relevantes: “(…) nuestra legislación actual no aborda, no sistematiza, ni da seguimiento alguno a los instrumentos y mecanismos anunciados para la tutela efectiva de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle (vulnerabilidad). Tal como se analizó en el primer capítulo, tratándose de NNA en esta situación de vulnerabilidad extrema, esto es; aquellos niños, niñas y adolescentes en situación de calle, el deber especial o reforzado de protección del Estado debe operar de forma que éste pueda resguardar el efectivo goce y ejercicio de sus derechos, asegurando “el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad” tal como lo determina la Corte IDH. Ahora bien, es menester mencionar que el sujeto obligado a este deber reforzado de protección para con los NNA es el Estado, como único agente capaz de tutelar de forma efectiva los derechos de los menores. A su vez, este deber es emanado de los órganos de protección del sistema Interamericano de Derechos Humanos (específicamente del artículo 19 de la CADH) e implica desplegar una serie de medidas 9 para con los NNA, tales como: aquellas de carácter general que tienen como destinatarios a todos los NNA en su conjunto para garantizar el disfrute efectivo de todos sus derechos y aquellas medidas de carácter específico, dirigidas a determinados grupos de NNA en función de las circunstancias particulares de vulnerabilidad en las que se encuentran y atendiendo a su necesidad de protección especial.” (Echevarría, 2020). Título: Propuesta jurídico institucional de atención integral para, niños, niñas y adolescentes en situación de calle Autora: BLANCO CRUZ, María Elena Ubicación del documento: Repositorio institucional de la Universidad Mayor de San Andrés. [http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/13550] Año: 2014 Objetivo: temática del documento y relación con la presente investigación, “Tesis que propone la creación de una norma específica institucional de atención integral para los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, que permitirá, la protección de sus derechos y al mismo tiempo un buen desarrollo para nuestra sociedad.” Que además pretende “Demostrar la falta de una norma específica, propuestas jurídico institucionales, políticas sociales y otros para la atención integral de niños, niñas en situación de calle, que como consecuencia generan la desprotección de los derechos de esta población por parte del estado y la sociedad.” (Blanco, 2014). Esta investigación se enfoca en la vulnerabilidad de la situación de calle en niños, niñas y adolescentes, visibilizando la problemática que existe cuando la legislación (en este caso boliviana) no especifica la problemática que viven, causando desprotección en esta población. Se relaciona con la presente investigación al visibilizar la problemática de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle ante la falta de normativa especializada que se enfoque en su protección. Si bien en el caso peruano contamos con 10 un reconocimiento (meramente nominativo) en el código de niños y adolescentes, y se tiene al Programa Nacional “Yachay”, la legislación peruana cuenta todavía con grandes vacíos en la regulación y protección de este grupo poblacional, siendo que aún se encuentra en gran vulnerabilidad, sumado a esto se tiene la falta de informes y trabajo de campo en nuestra ciudad por parte del Programa Nacional “Yachay”. Conclusiones relevantes: “(…) desde todo punto de vista las actuales instituciones estatales (…) no están cumpliendo a cabalidad la finalidad de la Ley 2026, que es la protección de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes, siendo de esta manera solo enunciativas y no prácticas. Lo que genera que no se logre proteger los derechos de esta parte de la población, que son niños, niñas y adolescentes en situación de calle, siendo necesaria una revisión a la mencionada ley. La implementación de un sistema de protección, de atención integral e intersectorial, representa una emergencia para el trabajo con NNA en Bolivia. Sobre todo en los aspectos de la población en situación de calle, existen cada vez factores mayores que agraven la condición general.” (Blanco, 2014). Titulo: Ser niño en situación de calle: un riesgo permanente. Autores: VALENCIA, Janeth; SÁNCHEZ, Julia; MONTOYA, Leidy C; GIRALDO, Álvaro & FORERO P, Constanza. Ubicación del documento: Redalyc [http://www.redalyc.org/pdf/120/12030433011.pdf] Año: 2014. Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: “Esta investigación pretende comprender, desde la mirada de los participantes las experiencias 11 relacionadas con los riesgos que deben afrontar y los significados que les dan a dichas circunstancias.” (Valencia et al., 2014). Este artículo trata, mediante un estudio cualitativo, los riesgos a los que se enfrentan los niños que viven en la calle en circunstancias de su cotidianeidad, afectando su bienestar y seguridad. Los riesgos a los que se afrontan los niños en situación de calle están directamente relacionados con la vulneración de sus derechos fundamentales, ya que éstos son su origen. Asimismo, aporta a la presente investigación dando lineamientos guía de riesgos a los que se afronta este grupo, siendo así que servirá de base para la determinación de vulnerabilidad del grupo materia de investigación. Conclusiones relevantes: “Para los niños, la prostitución y el consumo de drogas hacen parte de su forma de vida y aunque representan algunos riesgos también les brindan beneficios. Las instituciones, según lo expresan los niños, pueden ser beneficiosas para ellos, pero también se pueden convertir en lugares donde se presentan riesgos y, por lo tanto, no quieren estar en ellas. Los niños ven las instituciones de apoyo y la familia como un riesgo porque en las primeras se da el fenómeno del caciqueo por parte de compañeros y castigos humillantes por parte de los educadores y en su familia, son violados y agredidos por sus familiares. La noche es para muchos niños sinónimo de riesgo, pero también la oportunidad de conseguir lo que necesitan, los niños manifiestan temores al estar indefensos ante posibles robos, abuso sexual y maltrato. Cuando ingresan a la calle optan por deambular durante toda la noche en compañía de pares. Estos estudios dan la posibilidad de comprender situaciones tan complejas como las que se le presentan a los niños en situación de calle, desde la mirada de los mismos actores y nos permiten entender que los riesgos que enfrentan estos niños son muy similares. 12 Teniendo como referencia las diferentes situaciones que han sido expresadas por los niños, se recomienda diseñar programas que permitan sensibilizar a la población para que reconozca que los niños en situación de calle merecen respeto, protección y comprensión.” (Valencia et al.2014). Título: Niñas, Niños, niñas y adolescentes en Situación de Calle entre la Violencia y la Invisibilidad: Diagnóstico situacional de NNASC de Santa Cruz Autor: Viceministerio de Seguridad Ciudadana - Bolivia Ubicación del documento: UNICEF. [https://issuu.com/unicefbolivia/docs/1_nna_situacion_calle_- _modelo_naci] Año: 2014 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: Este informe busca dar a conocer la existencia de la situación de calle, así como también de la vulnerabilidad en la que se encuentran los niños, niñas y adolescentes en esta situación, siendo un posible factor de origen para propuestas que busquen combatir esta vulnerabilidad. Este informe brinda proyecciones que indican “que si se mantienen las actuales condiciones de las NNASC y no se toman acciones para intervenir frente a esta situación, se puede presentar un escenario fatalista, en el que los niveles de mortalidad de esta población se incrementen.” (Viceministerio de Seguridad Ciudadana de Bolivia, 2014) La relación con la presente investigación es clara: El informe busca que sus resultados eviten un escenario fatalista, escenario al que ya nos vemos enfrentados como país por el periodo de pandemia, delimitación temporal de la presente investigación, 13 sumado a esto que nuestro país aún no cuenta con un protocolo real de actuación, soporte y protección de este grupo poblacional. Conclusiones relevantes: “Al promover la investigación y formación constante en la temática del personal que está en contacto directo y cotidiano con la población de NNASC, los jóvenes alcanzan niveles de independencia a través de las capacitaciones recibidas, pudiendo participar en actividades lúdicas, artísticas, deportivas y de formación, con la finalidad de desarrollar habilidades y herramientas para la formulación de su proyecto de vida. Así también, se fortalece un entorno protector inmediato, promoviendo el contacto con la familia y/o alguna fuente referencial, involucrando a la sociedad civil, juntas vecinales y escuela. (…) Se recomienda trabajar en la regulación de alojamientos, trabajar con la violencia comercial sexual y fortalecer la aplicación del marco normativo referente al tema de trata y tráfico de personas y consumo de drogas. Finalmente, reiterar que la familia constituye un elemento esencial tanto para la prevención como para la recuperación y reintegración social, por lo que se debe tomar en cuenta como un eje central en el diseño e implementación de las políticas y programas referidos a esta temática.” (Viceministerio de Seguridad Ciudadana de Bolivia, 2014) Título: Los adolescentes de la calle y su percepción de la sociedad. ALVARADO C, Roberto E.; GUERRA, Amarilis & MEJÍAS, Marianela Autores: ALVARADO C, Roberto E.; GUERRA, Amarilis & MEJÍAS, Marianela. Ubicación del documento: Digitum - Biblioteca Universitaria [http://hdl.handle.net/10201/36321] Año: 2013 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: 14 “Esta investigación pretende develar lo que piensan, sienten y expresan sobre la sociedad que les rodea, las adolescentes de la calle que consumen drogas.” (Alvarado y otros, 2013) Es importante su tratamiento para la presente investigación, puesto que los factores sociológicos se interrelacionan estrechamente con la vulneración de los Derechos Fundamentales de estos Niños, niñas y adolescentes. Conclusiones relevantes: “Los adolescentes en la calle es un fenómeno que cada día se presenta con mayor frecuencia en nuestra sociedad, el cual tiene como factores de riesgo: la familia disfuncional, los grupos de pares y el deseo de vivir la experiencia inicial. Estos factores con los cuales la adolescente se interrelaciona socialmente influyen significativamente en su decisión de salida a las calles y la aceptación o rechazo a las drogas. En este sentido, el papel de la familia en la prevención del consumo de drogas es vital en un mundo donde los pares cada día representan un rol estelar en la vida del adolescente. Asimismo, es importante que la sociedad comprenda que la adolescente consumidora de drogas en la calle, no es un problema individual sino colectivo, ya que el mismo afecta a toda la sociedad; por consiguiente, es necesario conocer la influencia que el ámbito social tiene para el consumo de las drogas y actuar en consecuencia, para evitar que este flagelo se siga propagando en la vida de nuestras adolescentes.” (Alvarado y otros, 2013) 2.1.2. Antecedentes Nacionales Título: Calidad de vida de Población Adulta Mayor en Situación de Calle (PAMSC) a través de la restitución de derechos por parte del Programa Nacional Vida Digna (PNVD) en el periodo 2016-2017. 15 Autoras: ARÉVALO SANTA MARÍA, Claudia Jimena; FLORES VENTOCILLA, Kathleen Mayte. Ubicación del Documento: Repositorio digital de la Pontificia Universidad Católica del Perú [http://hdl.handle.net/20.500.12404/13899] Año: 2018 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: “(…) Buscamos conocer la percepción de la población estudiada. Nuestros hallazgos superan nuestra imaginación de investigadoras, en ellos descubrimos que gran parte de adultos mayores acogidos al Programa Nacional “Vida Digna” reconocen una gran necesidad por ser tratados como seres humanos y no como estadísticas, se redescubren a través de los sueños de aquellos derechos que quieren volver a sentir como la libertad, la privacidad, el entretenimiento, entre otros; pero, sobre todo, nos muestran que hay un futuro más real que los sueños: el proyecto de realizarse como personas y abandonar la caridad a la que han sido sometidos.” En ese sentido, las autoras buscan “Evaluar cuál es el marco conceptual del Programa que define lo que se entiende por calidad de vida o vida digna; de esta manera no solo saber si existe o no un marco conceptual; sino que, de existir, evaluar si las definiciones establecidas en dicho marco cumplen los requisitos mínimos –que gracias a la doctrina- se conoce como aspectos indispensables para que el adulto mayor cuente con una vida digna.” (Arévalo Santa María & Flores Ventocilla, 2018) Esta investigación se dio con enfoque en gerencia social; sin embargo, guarda estrecha relación con la presente investigación, pues analiza la situación socio jurídica de población en situación de calle, es de importancia también es estudio realizado respecto a la actuación estatal mediante el programa Vida Digna, puesto que visibilizó su ineficacia frente a esta problemática. El programa Vida Digna es una suerte de “hermano” del 16 programa nacional Yachay, puesto que ambos tratan la misma problemática, cuya diferencia nominal es el rango etario de sus grupos de trabajo. Conclusiones relevantes: “El Programa Nacional Vida Digna ha puesto por encima su efectividad, tratando de mostrar números y estadísticas de adultos mayores en situación de calle acogidos y atendidos por este; en lugar de velar por la protección de sus derechos fundamentales, la satisfacción de sus necesidades, y descubrir qué significa vida digna para cada adulto mayor a fin de garantizar la obtención de la misma. Contrario a ello, la Población Adulta Mayor tiene claro lo que significa tener vida digna y reconoce que este Programa no les ha facilitado alcanzarla. Asimismo, ni siquiera cuenta con un marco conceptual que permita conocer la definición del objetivo que se busca alcanzar, la que es calidad de vida o vida digna. Respecto a la organización del Programa, existen circunstancias inevitables que frustran los objetivos del Programa, como es la influencia política que genera rotaciones de los altos cargos, tráfico de influencias que promueve la contratación de personal no capacitado y con ausencia de vocación para ocupar el cargo que finalmente ocupan. Sin embargo, también existen aspectos que se pueden trabajar para lograr mejoras en el Programa, como es buscar capacitar, sensibilizar al personal; y mejorar el perfil de contratación para el nuevo personal del Programa.” (Arévalo Santa María & Flores Ventocilla, 2018) Título: Niños, niñas y adolescentes en abandono: aportes para un nuevo modelo de atención. Autor: Defensoría del Pueblo – Perú. 17 Ubicación del Documento: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables [https://www.mimp.gob.pe/webs/mimp/sispod/pdf/134.pdf] Año: 2011 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: Este informe busca dar una estructuración clara de la situación de abandono de niños, niñas y adolescentes, enumerando los esfuerzos del Estado para tratar esta problemática. “Se calcula que en nuestro país existen aproximadamente 17 mil niños, niñas y adolescentes en abandono, albergados en Centros de Atención Residencial (CAR). Sin embargo, esta cifra no recoge el gran número de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en las calles, como producto de graves problemas de desestructuración familiar que, en muchos casos, tienen a la pobreza como telón de fondo.”(Defensoría del Pueblo, 2011) Este informe detalla muchas de las situaciones, y vulneraciones ocurridas a niños, niñas y adolescentes en situación de calle, a pesar de no ser el tema central del mismo, por cuanto se relaciona con la presente investigación al hacer evidente la falta de recursos estatales para la protección de este grupo poblacional cuyo estado de vulnerabilidad llega a ser mayor que el de las infancias y adolescencias en situación de abandono. Conclusiones relevantes: “Esta noción parte de un enfoque de derechos de los niños, niñas y adolescentes que permite entenderlo como una situación de vulneración de derechos o de desprotección que se puede originar en diversas circunstancias sociales y/o familiares, y que debe ser revertida mediante la adopción de medidas de protección especiales que apunten no solo a brindar cuidado y asistencia a las personas menores de edad que la padecen, sino a prestar el apoyo y asesoría a los padres, madres y/o familiares con la 18 finalidad de desarrollar o potenciar sus habilidades para el cuidado de sus hijos, hijas o familiares.” (Defensoría del Pueblo, 2011) 2.1.3. Antecedentes locales Título: Realidad socio jurídica y el interés superior de los niños y de los adolescentes en los albergues de la ciudad de Puerto Maldonado en el año 2019. Autor: OBREGÓN ALEJOS, Abel Josué. Ubicación del Documento: Repositorio digital de la Universidad Andina del Cusco. [https://hdl.handle.net/20.500.12557/4368] Año: 2019 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: “(…) evidenciar científicamente las condiciones sociales, económicas y jurídicas de los menores de edad internos en los albergues de Puerto Maldonado al año 2019 y su afectación al Interés Superior de los niños y de los adolescentes, el cual servirá de base para los tomadores de decisiones especialmente a quienes tienen la facultar de elaborar normas legales en favor de la sociedad.” (Obregón Alejos, 2019) Si bien esta tesis tiene como población de estudio población en situación de abandono y no situación de calle, la realidad socio jurídica de ambos grupos se encuentra estrechamente relacionada, siendo por tanto relevante a la presente investigación, dado que los derechos vulnerados suelen ser afectados transversalmente entre ambos grupos. Conclusiones relevantes: “Se ha demostrado que la realidad socio jurídica de las niñas, niños y de los adolescentes en los albergues estudiados no es la adecuada, dada su condición el grado de vulnerabilidad es mayor. 19 La realidad socio jurídica de los niños y de los adolescentes en los albergues de Puerto Maldonado en el año 2019 es absolutamente critica toda vez de que de acuerdo al análisis realizado, se ha encontrado a los albergues no acreditados lo que expresa una carencia de requisitos para garantizar la calidad de vida de los albergados, así como una sobrepoblación en algunos albergues, sin la seguridad adecuada ni la dotación diaria de alimentos para cada uno, así como la falta de personal capacitado que atienda las necesidades básicas menores.” (Obregón Alejos, 2019) Título: El Dormitorio Infantil Municipal: Un aporte cusqueño a la problemática del niño de la calle. Autores: BAUFUMÉ, Isabel; CABRERA, Adolfo; CURASI, Roberto & GALIMBERTI, Alessandra. Ubicación del documento: Portal web de la asociación Qosqo Maki [http://QosqoMaki.org/wp-content/uploads/2016/12/el-dormitorio-infantil-municipal- cusco.pdf] Año: 1999 Objetivo, temática del documento y relación con la presente investigación: “El presente trabajo tiene el propósito de exponer el resultado de la experiencia en los años de conducción del Dormitorio Infantil Municipal.” (Baufumé y otros, 1999) Este es un Estudio muy importante a tomar en cuenta, puesto que ha sido redactado por la asociación que acoge a la población de estudio y por ende es crucial recabar su experiencia. Además de ello, puesto que sus sujetos de estudio se encuentran en nuestro país, por ende la vulneración de derechos a los que se enfrenta este grupo poblacional es una suerte de muestra de la situación nacional, lo que servirá para visibilizar la 20 problemática de la falta de protección real y situación de vulneración en la que se encuentra este grupo. Conclusiones Relevantes: “A nivel de los ejes estratégicos de prevención y atención, es importante fortalecer y consolidar un entorno de protección, donde se reduzca las vulnerabilidades y se evite que las NNA terminen en la calle, es así que tanto la familia y la escuela son los espacios principales para fortalecer estas acciones.” (Baufumé y otros, 1999) 2.2. Bases teóricas 2.2.1. Derechos Fundamentales Son “Garantías gracias a las cuales se aseguran la dignidad de la persona, o la igualdad, la paz u otros valores ético-políticos que se decida, precisamente, asumir como fundamentales.” (Ferrajoli, 2007). Son preceptos “reconocidos en las partes dogmáticas de las constituciones de los Estados, que protegen los intereses y necesidades básicas de las personas.” (Alexy, 2006). Son “aquellos de los que es titular el hombre no por graciosa concesión de las normas positivas, sino con anterioridad e independientemente de ellas, y por el mero hecho de ser hombre, de participar de la naturaleza humana.” (Fernández Galiano, 1931) 2.2.2. Vulneración de derechos Es cualquier práctica que por “acción u omisión de terceros transgredan al menos uno de los derechos”. (Corporación municipal de desarrollo social Chile, 2014). Es cualquier “atentado que se de en agresión a los derechos fundamentales de la persona humana” (Pastor & Rojas, 2001). 21 Es toda lesión o realización de “actos o medidas que limitan el pleno ejercicio de los derechos fundamentales (…), en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial.” (Dirección del Trabajo Chile, 2015). 2.2.3. Personas en situación de calle Personas “que tienen vínculos familiares débiles o inexistentes, que hacen de la calle su hábitat principal y desarrollan en ella estrategias de supervivencia, hecho que los expone a distintos tipos de riesgos.” (Forselledo, 2001) “Personas hombres y mujeres o grupos familiares, sin distinción de edad, género, condición de discapacidad, condición de adicción, condición migratoria, etnia, diversidad sexual, y/o religión, con ausencia de un hogar o residencia habitual, que además se encuentran en situación de dependencia total o parcial, que se movilizan y deambulan de territorio en territorio según las posibilidades de subsistencia que le genere el medio.” (Ministerio de Desarrollo Humano e Inclusión Costa Rica, 2016) “Quienes han roto prácticamente todo vínculo con su familia y han hecho de la calle su hogar permanente, dependiendo fundamentalmente de sí mismos para sobrevivir.” (Ayamamani, 2018). “Una persona sin hogar, sin techo o persona en situación de calle o persona sin domicilio fijo o persona sin domicilio bien establecido o persona sin domicilio permanente, es aquella persona, de edad menor o adulto y de cualquier género, que carece de un lugar permanente para residir, está obligada a vivir a la intemperie, en la calle o temporalmente en albergues, a causa de una situación de crisis individual, familiar o social; que presentan un debilitamiento o ausencia de acceso a redes familiares, institucionales o sociales y para desarrollar su vida cotidiana puedan requerir del apoyo de organismos públicos o privados, para tener oportunidades de acceso a una vivienda adecuada, como política pública. Este problema es más acentuado 22 en las urbes y suburbios, y siendo menos visible en los pueblos o en el campo” (Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional, 2015). 2.2.4. Contexto de pandemia, estado de emergencia y emergencia sanitaria: El Corona Virus COVID 19 se extendió progresivamente por todo el mundo a partir de su surgimiento en Wuhan (China en diciembre del 2019). Como consecuencia de esta expansión del virus, en Perú (Lima), se presentó el primer caso el 6 de marzo de 2020 (ESTADO PERUANO, 2020). El 11 de marzo, la Organización Mundial de la Salud, declara esta enfermedad como una pandemia (OMS, 2020) y el Gobierno peruano suspendió las labores escolares desde el 12 de marzo. El 15 de marzo de 2020, el Gobierno del Perú decretó el estado de emergencia sanitaria, aislamiento social obligatorio (cuarentena y cierre de fronteras, que regiría a nivel nacional desde las 00:00 horas del 16 de marzo durante 15 días que posteriormente se fue extendiendo progresivamente) (Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, 2020). Unos días después se decreta el “toque de queda nocturno y dominical”. La primera muerte por COVID-19 en el país fue confirmada el 19 de marzo de 2020. (BBC NEWS MUNDO, 2020) El brote se ha expandido en todo el territorio nacional, siendo Ucayali el último departamento en reportar su primer caso positivo el 12 de abril. Las medidas gubernamentales tomadas el 15 de marzo (el estado de emergencia sanitaria, aislamiento social obligatorio-cuarentena y toque de queda), fueron repetidamente extendidas, siendo que la emergencia sanitaria regirá hasta agosto de 2022. (Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el 23 Decreto Supremo 184-2020-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos 201-2020- PCM, 008-2021-PCM, 036-2021-PCM, 058-2021-PCM, 076-2021-PCM, 105-2021- PCM, 123-2021-PCM, 131-2021-PC, 2022). 2.3. Hipótesis de trabajo. Las razones que explican la vulneración de derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio Infantil Municipal (dormitorio Qosqo Maki) en el periodo de pandemia son: inexistencia de protección real de la población en situación de calle dentro de la normativa nacional; falta de información estadística de la población en situación de calle, desconocimiento por parte de los niños, niñas y adolescentes de sus derechos fundamentales y de los mecanismos generales de defensa a los que pueden acceder. 2.4. Categorías Categoría 1: Vulneración de derechos fundamentales Subcategorías - Derecho a la vida - Derecho a la salud - Derecho a la educación - Derecho a la dignidad Categoría 2: Niños y adolescentes en situación de calle Subcategorías - Capacidad de sobrevivencia - Desprotección - Amenazas - Riesgos 24 Capítulo III: Método 3.1. Diseño metodológico ● Investigación Básica La presente investigación es Básica porque cuya finalidad es llegar al conocimiento por medio de la recolección de datos y está orientada a la profundización y clarificación de la información; y desarrollar una teoría o explicación de la problemática. ● Investigación Jurídica Dogmático Propositiva. En base a lo obtenido mediante la recolección de datos y profundización de la información, a través de un análisis dogmático y argumentación se buscará realizar una propuesta de regulación de la situación de niños, niñas y adolescentes que logre brindar protección real a esta población. ● Investigación Evaluativa La presente investigación es Evaluativa porque tiene como objetivo apreciar y analizar los efectos de un programa o situación (en este caso la de calle de niños, niñas y adolescentes) y busca obtener información sobre problemas, expectativas y necesidades de una determinada población, para contribuir teóricamente con una solución. 3.2. Diseño contextual 3.2.1. Escenario espacio temporal La investigación recoge información de niños y adolescentes del dormitorio municipal Qosqo Maki, ubicado en el centro de la ciudad de Cusco, Calle fierro 525. Es un servicio de acogida nocturno, abierto a niños, niñas y adolescentes. 3.2.2. Unidad de estudio Los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio Infantil Municipal, que se encuentran en desconocimiento, al menos parcial, de sus Derechos Fundamentales y de cómo protegerlos. 25 3.2.3. Técnicas e instrumentos de recolección de datos - La observación, con su instrumento guía de observación - La entrevista, con su instrumento guía de entrevista 26 Capítulo IV: Resultado y Análisis de los Hallazgos 4.1. Resultados del Estudio Para responder a los objetivos propuestos en la investigación, se recogió información de especialistas en la materia de unidad analizada. A continuación, se redacta las respuestas alcanzadas por los fiscales, donde a la pregunta ¿Cómo el Código de los Niños y Adolescentes protege el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? El Fiscal Roonny Gibaja Ormachea concluyo que, dicha protección se hace a través del proceso titular de declaración de abandono moral y acogimiento en una casa hogar, por otra parte, la Fiscal María Frine Cano Álvarez ha establecido que esta protección se hace a través de disposiciones legales que inician procesos de protección familiar. A la interrogante ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes garantiza el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? el fiscal Roonny Gibaja Ormachea, argumento que, El Código de los niños y adolescentes garantiza el derecho en mención con el levantamiento o acogimiento en un albergue o casa hogar con supervisión de asistente social y terapia psicológica. Por su parte, la fiscal María Frine Cano Álvarez respondió de modo parco y redundo en la primera interrogante manifestando que el Código de los niños y adolescentes garantiza el derecho en mención A través de disposiciones legales antes mencionadas. Para la interrogante ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes regula el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? Gibaja Ormachea concluyó que la regulación del derecho a vivir en una familia se hace A través del proceso titular de declaración de abandono moral. Mientras que la Fiscal María Frine, argumento que, la ley de Desprotección Familiar DL N° 1297 es la que regula el derecho de los niños a vivir en una familia. Ante la interrogante, En su experiencia, ¿diría usted 27 que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? El Fiscal respondió que, no existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños en situación de calle puesto que el Estado está en obligación de proteger al menor brindándole protección. Contrariamente a esta respuesta, la fiscal María Frine respondió que, si existe vulneración de los derechos fundamentales, argumento que, el Estado tiene la obligación de velar por la niñez desprotegida, hizo referencia al Art. 4 de la Constitución. A la interrogante ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? El Fiscal Roonny Gibaja Ormachea sí se debe ampliar las facultades, no solo el MIDIS, sino del mismo gobierno regional y local, para que asuman complementariamente en tanto exista orden judicial expresa de Declaración de Abandono Moral, el internamiento temporal y se les otorgue los presupuestos necesarios para su ejecución. Mientras que para la Fiscal María Frine, No es necesario, porque actualmente ya existe regulación al respecto. En tanto las respuestas de los abogados especialistas, se exponen a continuación: Las abogadas Abog. Elizabeth Quillahuamán Cusicuna CAC 5490 y Diana Rayme Cuba. CAC 4586, a la interrogante ¿De qué manera la legislación peruana protege los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? Concluyeron respectivamente que, a través de los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado (Art. 4) y, De forma general en el artículo 2 de la Constitución Política, de forma específica en el artículo 4 de la misma norma. A la interrogante ¿Cómo la legislación peruana protege a los niños y adolescentes en situación de calle? la abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna, respondio que, Adicionalmente a lo establecido en la Constitución Política del Estado Peruano, se ha 28 establecido protección a través del Código de Niño y Adolescentes (art. 1 al 73), por su parte, la abogada Diana Rayme Cuba, refirió que, Se tiene el código de Niños y adolescentes que recoge parte de lo establecido por la convención sobre los derechos del niño. A la interrogante ¿la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la vida de los niños y adolescentes en situación de calle? la abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna, consideró que si existe adecuada regulación por parte del Estado peruano. Del mismo modo, para la abogada Diana Rayme Cuba, También existe adecuada regulación en referencia a la regulación del derecho a la dignidad de los niños y adolescentes en situación de calle. Respecto a la interrogante ¿la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la salud de los niños y adolescentes en situación de calle? la abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna establecio que, “Antes no se tenía una regulación adecuada, pero ahora, con el SIS, por lo menos (es menos) ha disminuido el abandono de los niños en situación de calle”. A la interrogante, ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la educación de los niños y adolescentes en situación de calle? la abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna concluyo que la legislación peruana Intenta brindar adecuadamente el servicio de educación, pero no abarca todos los sectores, la infraestructura de instituciones educativas es reducida e insuficiente. Por su parte, la abogada Diana Rayme Cuba manifestó que Se tiene desigualdad de acuerdo a la condición socioeconómica y se toma por hecho que todos cuentan con padres o apoderados que velarán por la inscripción de estos niños, ese no siempre es el caso. A la interrogante ¿diría usted que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? la abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna determinó que, sí existe vulneración de los derechos 29 fundamentales de los niños en situación de calle, puntualizo que en zonas marginales o donde hay explosión demográfica existen menos oportunidades de que encuentren programas que los ayuden con su educación y desarrollo. La abogada Diana Rayme Cuba afirmo que faltan programas que hagan seguimiento a la protección de sus derechos, por tanto, si existe vulneración a los derechos fundamentales de esta población de estudio. A la interrogante ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? La abogada Elizabeth Quillahuamán Cusicuna, fue tajante en su respuesta al afirmar que no es necesario ninguna intervención de la constitución. Por su parte, la abogada Diana Rayme Cuba concluyo que no es necesario tal intervención, pero sí en las leyes de menor rango. Finalmente, respecto a la unidad de análisis, se aplicó entrevistas a los asistentes del hogar dormitorio Qosqo Maki, donde a la pregunta ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? Los asistentes del hogar tuvieron respuestas diversas y variadas, sin embargo, coincidieron en cinco derechos fundamentales, los mismos que fueron mencionados en el siguiente orden: derecho a la vida, derecho a la salud, derecho a la dignidad, derecho a la educación, derecho a la alimentación; entre los demás derechos que fueron mencionados se encuentran, el derecho a tener un hogar, derecho a vivir en paz, derecho a ser respetados, a no ser detenido sin fundamento. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? La respuesta en común por parte de los asistentes fue que el tiempo de frecuencia de un niño en situación de calle al hogar, depende de la circunstancia de cada niño, algunos se quedan semanas completas, sin embargo, la mayoría de niños se aloja entre 1 a 3 días. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o 30 adolescentes se encuentran en situación de calle? En relación a la interrogante, se identificó puntos de coincidencia, mismos que son: violencia en sus hogares, abandono de uno o ambos padres, alcoholismo de sus padres. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? Las enfermedades que fueron destacadas por los asistentes están relacionadas a infecciones estomacales como diarreas, en segundo orden de recurrencia se encuentra los males respiratorios como es la gripe. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Las respuestas tuvieron consenso, los asistentes refieren que, ante la presencia de alguna enfermedad, el niño o adolescente es trasladado al hospital o centro de salud, haciendo uso del Sistema Integral de Salud. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? En general, los entrevistados refieren que gran porcentaje de los niños en situación de calle no reciben educación, y los niños que estudian no tienen las mismas oportunidades. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Hay maltrato y no siempre se come bien, muchos no hablan con sus familias, pero algunos sí. Del Estado no hay nada más que el colegio. 4.2. Análisis de los hallazgos Posterior a las respuestas y comentarios de los entrevistados se aduce lo siguiente: Los fiscales entrevistados ofrecen respuestas generales, no detallan alcances de la Ley 27337, misma que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, el artículo 41 de esta ley, refiere que el niño y el adolescente beneficiarios de programas, cuando carezcan de familia o se encuentren en situación de extrema pobreza, serán integrados a los programas asistenciales de los organismos públicos o privados. Para tal efecto, el 31 artículo 42 de la ley en mención, establece que - La Defensoría del Niño y del Adolescente es un servicio del Sistema de Atención Integral que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es promover y proteger los derechos que la legislación reconoce a los niños y adolescentes. Este servicio es de carácter gratuito. Ninguno de los entrevistados hace alusión al artículo 45 del Nuevo Código de los niños y adolescentes, que fija las funciones específicas de la Defensoría, misma que en su literal “b” indica que la defensoría debe Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias. Las respuestas de ambos fiscales son superficiales, no obstante, la fiscal María Frine logro aproximarse un poco más al referir el D.L. 1297. El decreto legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidado parentales o en riesgo de perderlos, desarrolla su objeto en su artículo 1, que a la letra indica que, tiene por objeto brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos; priorizando su derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia. La posición del fiscal, quien sostiene que no existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños en situación de calle se puede interpretar como una mirada sesgada a la realidad, aun existiendo legislación, es evidente los altos índices de vulneración de derechos fundamentales de la población de estudio. Es por lo anteriormente mencionando que el problema a investigar surge, a través, del cuestionamiento de la exclusión social, debido a que las condiciones de vida de las personas en situación de calle constituyen un problema que se desconoce socialmente lo 32 que dificulta el desarrollo de soluciones al respecto y genera imágenes erradas y estigmatizantes de sus características. Las repuestas de los fiscales son vagas, puesto que a la fecha ya existe legislación que regula el rol del estado en su diverso nivel para atender y proteger a los niños en situación de calle. Ninguno de los fiscales refirió el artículo 45 de la Ley, misma que asigna funciones específicas a la Defensoría del Niño y del Adolescente. Tampoco hacen referencia al Decreto Legislativo para la protección de Niñas Y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, Decreto Legislativo 1297, el Artículo 4 del Decreto Legislativo en mención, establece principios de la actuación protectora tales como: Diligencia excepcional; Especialidad y profesionalización; Excepcionalidad y temporalidad, integración familiar, interés superior del niño. Siendo de vital importancia para efectos de la investigación el principio del interés superior del niño: “Este derecho sustancial, principio de interpretación y norma de procedimiento, asegura la protección y desarrollo integral de la niña, niño o adolescente en su familia y en caso excepcional, prioriza un entorno familiar alternativo. A fin de determinar el interés superior del niño, se respetan los vínculos familiares y se favorece el apoyo a la familia de origen como medida de protección prioritaria. En ningún caso su aplicación puede disminuir o restringir los derechos y garantías reconocidos a las niñas, niños y adolescentes. Cuando exista conflicto entre el interés superior de un niño y otros intereses o derechos, la autoridad competente analiza y pondera los derechos de todos los interesados, teniendo en cuenta que el derecho de la niña, niño y adolescente a que su interés superior es una consideración primordial” (El Peruano, 2022). 33 Respecto a las respuestas de los abogados, son genéricas y no puntualizan respecto a la forma específica de como el Estado peruano protege los derechos fundamentales de la población de estudio. No refieren leyes específicas tales como, el Decreto Legislativo N°1297, Para la Protección de Niños y Adolescentes Sin Cuidados Parentales o en Riesgo de Perderlos, este decreto tiene por objeto brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos; priorizando su derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia. Se evidencia vaguedad en las respuestas, considerando que el diseño constitucional y legal para la defensa de los derechos fundamentales se sustenta, en cuanto al ordenamiento jurídico español respecta, en la garantía jurisdiccional, que protagonizan los jueces y tribunales ordinarios, mediante el proceso preferente y sumario. Este sistema implica, por tanto, que los garantes naturales de los derechos son los tribunales, mientras que el Tribunal Constitucional lo es de manera subsidiaria y excepcional. Las abogadas no precisan los artículos, funciones y competencias que la ley establece, tampoco explican el debido proceso para una efectiva protección a los niños y adolescentes en situación de calle. Se desconoce el Decreto Legislativo para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales o en Riesgo de Perderlos (D.L. N° 1297) y su reglamento, misma que en su título II, regula respecto a los sujetos que intervienen en los procedimientos por Riesgo de Desprotección Familiar y Desprotección Familiar. Ninguno de los abogados entrevistados refieren ni siquiera de asomo al principio Superior del NiñO como un principio y un derecho, así como su vinculación en el ámbito constitucional es uno de los contenidos más desarrollados, ya sea en nuestro ordenamiento jurídico como en el resto del mundo; al tratarse de un precepto regulado 34 por reglas cuyo objetivo es el de proteger en cada periodo de su vida, el desarrollo del menor buscando su bienestar, sin incurrir en la privación de sus derechos, por lo que es responsabilidad de todos los operadores de justicia la adopción de protocolos adecuados para una correcta intervención con los niños, niñas y adolescentes. Las respuestas de las abogadas son genéricas y no puntualizan leyes y/o artículos respecto al tema que se aborda, tal es así que no refieren de manera específica los derechos establecidos en el Libro Primero del Código de Niños y Adolescentes. Al respecto, se debe precisar que los entrevistados tampoco refieren el Decreto Supremo que Aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, misma que en su artículo 5, establece que: “Las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, promoviendo el acceso en igualdad de condiciones y sin discriminación a las niñas, niños y adolescentes, conforme a su autonomía y competencias. Para tal efecto, dichas entidades coordinan con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la implementación de los servicios identificados y otras intervenciones que contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030” (El Peruano, 2022). Ambos abogados tuvieron respuestas limitadas, no mencionaron el articulo Nº 1 de la Constitución política, donde se establece que “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. 35 Las respuestas de los entrevistados no contribuyen al objetivo de la investigación puesto que se desconoce u omite la trascendencia de esta categoría que se constituye en el presupuesto jurídico de la existencia de todos los derechos fundamentales, en ese sentido, queda claro que la dignidad de los niños y adolescentes en situación de calle no adquieren centralidad en los conceptos. Se desconoce el artículo 52 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, que establece el derecho al acceso a servicios de educación. Desde la configuración del Estado existe una exclusión social sobre quienes tienen escasos recursos o no tienen ingresos fijos para poder acceder a los servicios más básicos como lo son la luz, el agua, el gas, entre otros. Dicha exclusión se hace más patente aún en la pobreza situacional, puesto que las personas que viven en dicha situación no cuentan ni siquiera con un hogar donde vivir. Es así, que las particulares condiciones en que viven las personas en situación de calle revisten de especial importancia, debido a que dentro de dicho espectro se encuentra niños y niñas en extrema situación de vulnerabilidad e indefensión, contrariando de esta forma el deber especial de protección del Estado que tiene para con los niños y niñas de todo el país. Las entrevistadas pese a sostener que, si existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños en situación de calle, no ahondan la forma y fondo de dicha vulneración de derechos fundamentales, es necesario resaltar que, si bien existen espacios de intervención importantes, la calle nos demuestra de que hay una tarea pendiente, y que aquellos derechos respaldados nacional e internacionalmente se encuentran completamente vulnerados a través de las vivencias de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Al respecto un estudio publicado en la revista “RES, Revista de Educación Social” sostiene que, “las relaciones que se establecen en la población en situación de calle se 36 desarrollan en un contexto muchas veces inseguro y donde las condiciones que quizás no sean evaluadas por ellos y ellas se dan bajo una clara expresión de la vulneración a sus derechos, como es la salud, educación, e incluso a recibir información adecuada” (Villa, 2020). Respecto a la precisión de los asistentes, evidencia que si existe conocimiento pleno por parte de los asistentes respecto a los derechos fundamentales que tienen los niños en situación de calle. Las respuestas de los entrevistados contribuyen al objetivo del presente estudio puesto que un enfoque de Derechos del Niño asegura respeto por la dignidad, la vida, la supervivencia, el bienestar, la salud y el desarrollo, la participación, el derecho a ser escuchado, y la no discriminación del niño, como un titular de derechos. Las respuestas de los entrevistados evidencian que no se tiene data estadística que nos pueda acercar a porcentajes promedios respecto a la frecuencia de alojamiento de los niños en situación de calle que se albergan en el hogar mencionado. Los datos no son recopilados sistemáticamente y por eso se desconoce cuántos niños se encuentran en situación de calle, tampoco se tiene registro de la frecuencia con la que se alojan en el hogar. La ausencia de datos hace a estos niños invisibles, lo que a su vez conlleva a que no se desarrollen políticas o a que las medidas sean de corto plazo; y esto concierne a todos los estados. Las respuestas de los asistentes carecen de amplitud, por ello es necesario recordar que siempre que un niño esté abandonado, en peligro de abuso, explotación, o en cualquier situación que atente contra su integridad física y moral, es deber de toda persona, informar a los organismos de Protección al Menor y a la familia; recurrir a la policía, a las Comisarías de Menores y de Familia, a la Defensoría del Pueblo (cuando las hay), a las organizaciones comunitarias, y a cualquier otra instancia a la que se pueda acudir, para buscar la solución más adecuada a su situación. 37 La vida en la calle, generalmente sin el acompañamiento protector de personas adultas de confianza, les expone a todo tipo de nuevos peligros: accidentes; enfermedades, incluidas las enfermedades de transmisión sexual; violencia psicológica, física y sexual por parte de las personas adultas, pero también de sus pares. Los niños y adolescentes en situación de calle no son los pacientes tradicionalmente conocidos en los ámbitos académicos y asistenciales de salud. Una diferencia sustancial reside en que esta población generalmente concurre a la atención médica sin un familiar o adulto responsable que los acompañe. En algunas ocasiones, lo hacen con un adulto al que conocieron en forma circunstancial o con un referente u operador social perteneciente a alguna instancia institucional. En otras oportunidades, es la policía quien los acerca al centro asistencial, principalmente cuando se trata de hechos delictivos, accidentes, sobredosis, abandono, violencia o lesiones de orígenes diversos. Los asistentes indican que el nivel educativo del niño, niña o adolescente no son proporcionales a sus edades cronológicas. En muchos casos se identifica adolescentes en primaria. Al respecto, el artículo 16 de la Constitución contempla que “Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas”. Por su parte, el artículo 17 señala que “La educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educación es gratuita.” Finalmente, las respuestas no solo son limitadas, también temerosas en tanto que, en las interrogantes anteriores, los entrevistados afirmaron que los niños en situación de calle que se hospedan no cuentan con acceso a un servicio de educación y salud que se amolde a las circunstancias de cada niño objeto de la presente investigación. 38 4.3. Discusión y contrastación teórica de los hallazgos Respecto al objetivo general “Analizar la vulneración de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)” Martínez (2019), concluye que los factores que vulneran los derechos fundamentales de los menores de edad son de carácter económico, relacionada al ingreso económico de los padres, quienes presentan una situación de pobreza y extrema pobreza; los menores de edad que trabajan en la calle sufren de desnutrición, debido a que trabajan todo el día y no reciben alimentación balanceada; esta situación constituye vulneración a los derechos fundamentales de salud (enfermedades) y educación (la jornada extensa de trabajo imposibilita asistir a un centro educativo). Del mismo modo, Villa (2020), concluye que el contexto en el que se desarrollan las relaciones de esta población, se da bajo una clara expresión de vulneración a sus derechos, como es salud, educación, e incluso a recibir información adecuada. Así mismo, Blanco, concluye que en las actuales instituciones estatales bolivianas (…) no están cumpliendo a cabalidad la finalidad de la Ley 2026, que es la protección de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes, siendo de esta manera solo enunciativas y no prácticas. Lo que genera que no se logre proteger los derechos de esta parte de la población, que son niños, niñas y adolescentes en situación de calle, siendo necesaria una revisión a la mencionada ley. Los resultados de las entrevistas sostienen que, en Cusco si existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle; los programas y mecanismos para garantizar y proteger estos derechos son ineficientes; una de las principales razones de la eficacia es la carencia de trabajo articulado entre las entidades públicas del estado en todos sus niveles. Esto se corrobora con Widlocher 39 (2017), quien tuvo como población de estudio a los niños y adolescentes que fueron acogidos por el dormitorio infantil municipal Qosqo Maki, concluye que, dentro de la institución estudiada, se siente una falta de definición común de la cogestión lo que puede crear obstáculos para la implementación adecuada de la práctica. Los niños y niñas en situación de calle también son víctimas de violencia por parte de las instituciones. Pocos tienen acceso a los servicios de salud, tampoco pueden disfrutar plenamente del derecho a recibir educación segura y de calidad. Se vulnera el principio superior del niño, misma que se contempla en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) que estipula que, «en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño». En esta línea, el Estado peruano, mediante la Ley 30466 fija parámetros para garantizar el interés superior del niño. El articulo 2 de la ley en mención establece que, El interés superior del niño es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos. No obstante, el marco legal que protege y garantiza los derechos fundamentales de los niños y adolescentes, existe vulneración de estos derechos en la población de niños y adolescentes en situación de calle. Las medidas drásticas de contención contra la Covid- 19, como los confinamientos y toques de queda, han exacerbado los riesgos en este sentido y, en general, ha empeorado mucho la situación de todos ellos. Objetivo específico1: “Determinar la vulneración del derecho a la vida en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)” 40 Mendoza (2021) concluye que, la legislación peruana mediante el código de los niños y adolescentes, tiene un rol muy importante que es garantizar el derecho a la vida, sin importar la edad, para generar un estado de bienestar con cada uno de sus ciudadanos, para poder salvaguardar los derechos de estos. el objeto de esto es que no haya casos en que los menores pierdan la vida a causa de los abandonos de los mismos padres biológicos, ya que estos casos repercuten más en recién nacidos, ya que son los más frágiles y susceptibles a un riesgo que lo conlleve a la muerte, al momento del abandono. Del mismo modo, Figueroa (2021) En la constitución se manifiesta que cualquier ser humano tiene derecho a la vida, y, asimismo, a su semejanza y a un libre crecimiento y comodidad y el recién nacido es persona de derecho en relación a lo que le favorece. Castillo (2021) existen Decretos y leyes que son respaldados por la constitución que ampara el derecho a la vida e integridad de niños, niñas y adolescentes en situación de abandono o desprotección. A su vez, la Corte IDH. Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros), señala la importancia en que los estados cumplan su deber de asegurar y afianzar la realización de las condiciones que sean necesarias para evitar la vulneración de este derecho humano fundamental, como es el derecho a la vida; Asimismo, comentan sobre la relevancia que se debe considerar el deber de prohibir que sus representantes atenten contra él. Sin embargo, Los niños y adolescentes en situación de calle en el Perú, no tienen acceso a una dieta saludable ni suficiente. Regularmente, ni siquiera tienen comida, toda vez que, no tienen manera de producirla o dinero para comprarla. Esto desencadena en serias enfermedades que ponen en riesgo sus vidas, de este modo se evidencia vulneración al derecho a la vida. Como señala Villa (2020), si bien existen propuestas planteadas desde el Estado, las niñas y niños que nacen en situación de pobreza tienen restringidos 41 el ejercicio de sus derechos, socializan con el mundo de la calle, carecen de servicios básicos, se incorporan al trabajo y no cuentan el pleno disfrute del juego como derecho. Los resultados determinan que, sí existe reconocimiento en la normativa nacional de la población en situación de calle, dicha normativa garantiza el derecho en mención; sin embargo, los mecanismos de protección resultan ineficientes, misma que desencadena en una situación de vulneración del derecho constitucional a la vida de los niños y adolescentes en situación de calle. Ello tiene soporte en el derecho comparado, la legislación boliviana establece en su Ley N° 2.026 que, todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la vida y a la salud. Del mismo modo que el estado peruano garantiza en teoría la vida de todos los niños y adolescentes, el Estado Boliviano tiene la obligación de garantizar y proteger estos derechos, implementando políticas sociales, que aseguren condiciones dignas para su gestación, nacimiento y desarrollo integral. No obstante, artículos y noticias en ambos países demuestran situaciones de clara vulneración del derecho fundamental a la vida de la población objeto de investigación en ambos países. De esta forma queda claro que, si bien es cierto, existe normativa y legislación al respeto, no se tiene desarrollado mecanismo eficientes que garanticen la protección real de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Al respecto el artículo 45 del Nuevo Código de los niños y adolescentes, que fija las funciones específicas de la Defensoría, misma que en su literal “b” indica que la defensoría debe Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias. 42 Objetivo específico 2: “Conocer la vulneración del derecho a la salud en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki)” Los resultados de las entrevistas calificaron como infrahumano las condiciones de salud de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle que se albergaron alguna vez en el dormitorio Qosqo Maki. Las restricciones y dificultades para acceder a los servicios de salud y educación constituyen vulneración de derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). En la misma línea, Martínez (2019), concluye que los menores de edad que trabajan en el comercio ambulatorio en la ciudad del Cusco, sufren de desnutrición; puesto que trabajan todo el día y no reciben una alimentación balanceada y suficiente en el desayuno, almuerzo y cena. Esta situación implica la vulneración a otros derechos fundamentales como la salud (enfermedades. Conde y Barcala (2007) Se evidenciaron serios obstáculos para ampliar las posibilidades de efectivizar el derecho a la salud. Se observan significativas barreras de accesibilidad al sistema sanitario. Diversas líneas argumentales de los entrevistados tienden a poner de manifiesto a través de diferentes construcciones de sentido la relación entre los niños y los servicios de atención de salud. En lo referente a los hospitales, aparece una fuerte asociación establecida entre estos y la institucionalización/ judicialización. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) define el riesgo como “…una medida que refleja la probabilidad de que se produzca un hecho o daño a la salud” y para la Organización Mundial de la Salud (OMS) es “la probabilidad de que una persona resulte perjudicada por un peligro determinado”, conceptos que coinciden con lo expresado por los asistentes del dormitorio Qosqo Maki. Los entrevistados refieren que a 43 pesar de contar con Seguro Integral de Salud que brinda acceso universal, no todos los niños y adolescentes tienen conocimiento de que cuentan con este derecho. La realidad es similar en Colombia, (Valencia et al) concluyen que, los niños consideran que el medio en el cual se mueven representa un riesgo, lo que los convierte en personas vulnerables que deben protegerse a sí mismos. Destacan que “el fenómeno de los niños en situación de calle es una problemática de salud pública en todo el mundo. Son muchos los interesados en propiciar cambios frente a esta situación, mediante la generación de políticas y programas que brinden apoyo a esta población”. Contrario a la realidad de los niños que se acogieron en el dormitorio de Qosqo Maki, en Ecuador, Fajardo obtuvo como resultado que, en el caso de la Fundación los niños y niñas se encuentran bien de salud, la Fundación conjuntamente con sus familias buscan el bienestar de ellos por medio de convenios con clínicas. De acuerdo al artículo 24° de la Convención sobre los Derechos del Niño, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, así como a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. No obstante, en el Cusco se tiene evidencia de vulneración del derecho constitucional a la salud de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki) Objetivo específico 3: Analizar la vulneración del derecho a la educación en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). Se identificó que no existe correlación entre la edad cronológica y nivel de educación de los Niños, muchos adolescentes de esta población se encuentran en tercero y cuarto de primaria. 44 Objetivo específico 4: Precisar la vulneración del derecho a la dignidad en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). Los derechos fundamentales son inherentes al ser humano, se pueden exigir en cualquier momento de la vida, tienen una aplicación expresa e inmediata, son irrenunciables, inalienables es decir no se puede negar bajo ningún concepto. En el Perú, la Constitución Política del Perú, establece en su a artículo 1, la Defensa de la persona huma y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Así mismo, el artículo 2 ordena que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. El artículo 14 de la Constitución Política del Perú establece el derecho a una educación gratuita para todos los niños y adolescentes, así mismo, el Artículo 40º del Programas para niños y adolescentes que trabajan y viven en la calle Los niños y adolescentes que trabajan participarán en programas dirigidos a asegurar su proceso educativo y su desarrollo físico y psicológico. Sin embargo, se identifica gran porcentaje de niños y adolescentes que no cuentan con acceso a este servicio. Al respecto, representantes del dormitorio Qosqo Maki, refieren que los niños y adolescentes no cuentan con acceso a una educación de calidad. Los niños y adolescentes que viven en la calle tienen derecho a participar en programas de atención integral dirigidos a erradicar la mendicidad y asegurar su proceso educativo, su desarrollo físico y psicológico. El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales, tendrá a su cargo la promoción y ejecución de estos programas, los cuales se desarrollan mediante un proceso 45 formativo que incluye el fortalecimiento de sus vínculos con la familia, la escuela y la comunidad. Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) establece tres categorías: Niños, niñas y adolescentes que trabajan en la calle. Niños, niñas y adolescentes que durante el día se encuentran en la calle y en la noche regresan a alguna forma de familia. Niños, niñas y adolescentes que viven permanentemente en la calle, sin vínculo o red familiar. El artículo 1° de la Constitución Política del Perú señala que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”; no obstante, existe evidencia de vulneración del derecho fundamental a la dignidad en niños y adolescentes en situación de calle. Con recurrencia y en diversos espacios son objetos de maltrato, discriminación, humillación y tratos injustos por la sola situación en la que se encuentran, frente a esta situación, el estado peruano no redobla esfuerzos en aras de brindarles una mejor y eficiente protección; ello coincide con Mansilla quien concluye que, “la visibilización de los conflictos de vulneración de los derechos de los niños y niñas en Chile, requieren que el Estado afiance el discurso y aplicación de los derechos humanos y se aborden de acuerdo a la real importancia que le atribuye el Derecho Internacional”. En esa misma línea la fiscal María Frine enfatizo que, sí existe vulneración de los derechos fundamentales, argumento que, el Estado peruano tiene la obligación de velar por la niñez desprotegida, hizo referencia al Art. 4 de la Constitución, la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. Por tanto, la dignidad se constituye en el fundamento de los derechos humanos, si no se tiene dignidad no se puede reclamar el reconocimiento ni la vigencia de los demás derechos, aunque ellos se hallen reconocidos por las instancias internacionales y 46 nacionales. Al respecto, el derecho comparado establece que, el Estado boliviano en el marco de la Tutela Superior, a través de las instancias correspondientes, reinsertará a niños, niñas y adolescentes que viven en las calles, al seno de su propia familia y, en caso de que ésta no exista o no se conozca su domicilio, en el seno de una familia sustituta. (LEY NO. 2026 – Bolivia). Finalmente, se debe hacer referencia al primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, es decir todas las personas contamos por el mero hecho de existir con los mismos derechos y debemos ser tratados con dignidad. Y en efecto, el Tribunal Constitucional del Perú, ha sido consecuente en su desarrollo jurisprudencial en mérito a lo señalado en el artículo 1° de la Constitución que establece que “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Es así que el artículo 77 del D.L 1297, Decreto Legislativo para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales o en Riesgo de Perderlos, establece que: Los centros de acogida residencial pueden ser de carácter público, privado o mixto, sujetos a acreditación, supervisión y sanción por parte del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (El Peruano, 2022). 47 CONCLUSIONES Primera: Existe vulneración de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). La ineficacia de los mecanismos de protección de los derechos fundamentales en el Perú se establece como la principal causa de vulneración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Segunda: Existe vulneración del derecho a la vida en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). A pesar del reconocimiento y protección al derecho a la vida por parte del Estado peruano en favor de los Niños y adolescentes en situación de calle, la función de promoción y vigilancia que desempeñan los entes encargados (personal de las Defensorías Municipales del Niño, Niña y Adolescente) carece de programas estratégicos sostenibles para los niños y adolescentes en situación de calle. Tercera: Existe vulneración a la salud en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). Si bien el derecho al acceso a un sistema de salud de manera igualitaria y de calidad se fundan en la dignidad de toda persona, no siempre son reconocidos para los niños y adolescentes en situación de calle, por el contrario, muchas veces son impugnadas, limitadas; requieren una activa participación social y un gobierno que esté atento a las demandas sociales y sepa canalizarlas a través de leyes para que se surja una auténtica democracia. Cuarta: Existe vulneración del derecho a la educación en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). El derecho al acceso al sistema de salud publica de manera gratuita e igualitaria para todos 48 los ciudadanos peruanos, se restringe cuando se trata de niños y adolescentes en situación de calle. Quinta: Se evidencia vulneración del derecho a la dignidad en niños, niñas y adolescentes en situación de calle acogidos por el dormitorio infantil municipal (dormitorio Qosqo Maki). Los niños de esta población no cuentan con un sistema de protección de los derechos fundamentales que la constitución política del Perú y los tratados internacionales les asisten. 49 RECOMENDACIONES Primero: A los representantes del estado en todos sus niveles, cumplimiento estricto del mandato de la Constitución Política del Perú, que, en su artículo 1, sienta las bases del respeto de los derechos fundamentales de toda persona sin distingo alguno. Así mismo, se recomienda presentar iniciativas de modificación de Ley para identificar y regular con mayor eficacia la población de estudio para evitar vulneración de derechos constitucionales. Segundo: Fortalecer y articular competencias de las diferentes entidades gubernamentales y no gubernamentales a nivel de la provincia del Cusco vinculadas con la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de programas y proyectos dirigidos a los niños y adolescentes en situación de calle. 50 BIBLIOGRAFÍA Alexy, R. (2006). 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Qosqo Maki). significativamente en - Derecho a la dignidad Niños, niñas y la vulneración de sus adolescentes en Derechos situación de Fundamentales. calle, acogidos La inexistencia de por el dormitorio OE1: Determinar la protección real de la Infantil PE1: ¿De qué manera se vulneración del derecho a la población en situación Municipal, que vulnera el derecho a la vida vida en niños, niñas y de calle en la se encuentran en en niños, niñas y adolescentes en situación normativa nacional desconocimiento, adolescentes en situación de calle acogidos por el contribuye a la al menos parcial de calle acogidos por el dormitorio infantil vulneración de Subcategorías de sus Derechos dormitorio infantil municipal (dormitorio Derechos - Capacidad de Fundamentales y municipal (dormitorio Qosqo Maki). Fundamentales de Categoría 2: Niños sobrevivencia de cómo Qosqo Maki)? OE2: Conocer la NNA en situación de y adolescentes en - Desprotección protegerlos. PE2: ¿De qué manera se vulneración del derecho a la calle acogidos por el situación de calle - Amenazas vulnera el derecho a la salud en niños, niñas y dormitorio Infantil - Riesgos salud en niños, niñas y adolescentes en situación Municipal (dormitorio adolescentes en situación de calle acogidos por el Qosqo Maki) en el de calle acogidos por el dormitorio infantil periodo de pandemia. dormitorio infantil municipal (dormitorio municipal (dormitorio Qosqo Maki). Qosqo Maki)? OE3: Analizar la PE3: ¿De qué manera se vulneración del derecho a la vulnera el derecho a la educación en niños, niñas y educación en niños, niñas y adolescentes en situación adolescentes en situación de calle acogidos por el de calle acogidos por el dormitorio infantil dormitorio infantil municipal (dormitorio municipal (dormitorio Qosqo Maki). Qosqo Maki)? OE4: Precisar la PE4: ¿De qué manera se vulneración del derecho a la vulnera el derecho a la dignidad en niños, niñas y dignidad en niños, niñas y adolescentes en situación adolescentes en situación de calle acogidos por el de calle acogidos por el dormitorio infantil dormitorio infantil municipal (dormitorio municipal (dormitorio Qosqo Maki). Qosqo Maki)? ENTREVISTAS GUÍA DE ENTREVISTA PARA FISCALES DE FAMILIA Fiscal Roonny Gibaja Ormachea, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, Ex fiscal de la Fiscalía de Familia de Santiago 1. ¿Cómo el Código de los Niños y Adolescentes protege el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? A través del proceso titular de declaración de abandono moral y acogimiento en una casa hogar. 2. ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes garantiza el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? Con el levantamiento o acogimiento en un albergue o casa hogar con supervisión de asistente social y terapia psicológica. 3. ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes regula el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? A través del proceso titular de declaración de abandono moral. 4. En su experiencia, ¿diría usted que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? No ¿Por qué? El Estado está en obligación de proteger al menor brindándole protección. 5. ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí se debe ampliar las facultades, no solo el MIDIS, sino del ismo gobierno regional y local, para que asuman complementariamente en tanto exista orden judicial expresa de Declaración de Abandono Moral, el internamiento temporal y se les otorgue los presupuestos necesarios para su ejecución. GUÍA DE ENTREVISTA PARA FISCALES DE FAMILIA Fiscal María Frine Cano Álvarez, Fiscal de Familia de Santiago 1. ¿Cómo el Código de los Niños y Adolescentes protege el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? A través de disposiciones legales que inician procesos de protección familiar. 2. ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes garantiza el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? A través de disposiciones legales antes mencionadas 3. ¿De qué manera el Código de los Niños y Adolescentes regula el derecho a vivir en una familia de los niños y adolescentes en situación de calle? Ley de Desprotección Familiar DL N° 1297 4. En su experiencia, ¿diría usted que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí ¿Por qué? El Estado tiene la obligación de velar por la niñez desprotegida (Art. 4 Constitución) 5. ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? No es necesario, ya está regulado conforme se tiene señalado en la pregunta que antecede GUÍA DE ENTREVISTA PARA ABOGADOS CONSTITUCIONALISTAS Abog. Elizabeth Quillahuamán Cusicuna. CAC 5490 6. ¿De qué manera la legislación peruana protege los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? A través de los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado (Art. 4) 7. ¿Como la legislación peruana protege a los niños y adolescentes en situación de calle? Adicionalmente a lo establecido en la Constitución Política del Estado Peruano, se ha establecido protección a través del Código de Niño y Adolescentes (art. 1 al 73) 8. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la vida de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí 9. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la dignidad de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí 10. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la salud de los niños y adolescentes en situación de calle? Antes no, pero ahora, con el SIS, por lo menos (es menos) ha disminuido el abandono de los niños en situación de calle. 11. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la educación de los niños y adolescentes en situación de calle? Intenta brindar adecuadamente la educación, pero no abarca todo los sectores, la infraestructura de instituciones educativas es reducida e insuficiente. 12. En su experiencia, ¿diría usted que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí, puede ser en zonas marginales o donde hay explosión demográfica. No ¿Por qué? Porque existen menos oportunidades de que encuentren programas que los ayuden con su educación y desarrollo 13. ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? No. GUÍA DE ENTREVISTA PARA ABOGADOS CONSTITUCIONALISTAS Abog. Diana Rayme Cuba. CAC 4586 1. ¿De qué manera la legislación peruana protege los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? De forma general en el artículo 2 de la Constitución Política, de forma específica en el artículo 4 de la misma norma. 2. ¿Cómo la legislación peruana protege a los niños y adolescentes en situación de calle? Se tiene el código de Niños y adolescentes que recoge parte de lo establecido por la convención sobre los derechos del niño. 3. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la vida de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí. 4. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la dignidad de los niños y adolescentes en situación de calle? Igualmente, se tiene establecida su defensa, pero no se tiene un seguimiento constante a su situación. 5. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la salud de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí, se tiene el Seguro Integral de Salud que brinda acceso universal, pero considero que no todos los niños y adolescentes tienen conocimiento de que cuentan con este derecho. 6. ¿Considera usted que la legislación peruana está regulando adecuadamente el derecho a la educación de los niños y adolescentes en situación de calle? Se tiene desigualdad de acuerdo a la condición socioeconómica y se toma por hecho que todos cuentan con padres o apoderados que velarán por la inscripción de estos niños, ese no siempre es el caso 7. En su experiencia, ¿diría usted que existe vulneración de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? Sí. ¿Por qué? faltan programas que hagan seguimiento a la protección de sus derechos. 8. ¿Considera usted que es necesario la intervención de la Constitución Política de 1993 (reforma legislativa) para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en situación de calle? No, pero sí en las leyes de menor rango INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? Derecho a ser protegidos Derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la alimentación Derecho a nacer 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Varía 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? La violencia en sus hogares El abandono de uno o ambos padres La ingesta de mucho alcohol La pobreza 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? Sí a veces de diarreas o gripe 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Sí, se atienden gratis a través del SIS 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Solo cuando están enfermos, no hay frecuencia 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Por parte del Estado a través de las IEs nacionales 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? No, generalmente adolescentes a la nocturna 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Mendigan, lustran calzados, venden caramelos o roban 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Sí porque están en la calle a su libre albedrío y sometidos a los peligros y eso al Estado no le importa INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? El derecho a la vida, derecho a la alimentación, a la educación Derecho a un hogar, etc 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? No es mucho felizmente, en un mes pueden venir seis o siete, muchas veces solo de tránsito, se pueden quedar una noche, una semana, varía 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? El abandono de sus padres El vivir solo con su mamá De que vivan con sus padrastros y las violencias 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? Generalmente gripe o infecciones 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Sí les llevamos hospitales y les atienden con su SIS 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Muy rara vez 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Sí, del estado en los colegios nacionales 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? No, casi siempre son mayorcitos 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Lustrar zapatos, mendigar, vender en las combis 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Sí porque al Estado no le interesa su situación, viven cómo pueden INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? Derecho a tener una familia Derecho a vivir dignamente, a la salud, alimentación 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Depende puede ser al mes 1 a 3 niños a veces más Se pueden quedar por muchos meses o solo un día 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? La violencia, el alcoholismo de sus padres 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? Casi no, de vez en cuando se resfrían o les da males estomacales 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? A veces van al SIS 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Solo cuando están muy enfermos 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Sí mayormente en la nocturna de las nacionales 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? A veces sí pero muchas veces no, deciden estudiar cuando ya son adolescentes A veces también se abandona porque hay que trabajar 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Son lustrabotas, los más pequeños mendigan, otros infringen la ley 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Sí porque están en situación de calle y eso significa que están en abandono INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? De tener un hogar Derecho a la salud y educación 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Semanal a veces mensual, puede que los chicos también inviten un amigo 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? Niños abandonados por sus padres Niños infractores 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? A veces, ya que no comen bien suelen ser problemas estomacales, diarrea 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Sí, generalmente lo llevamos un hospital utilizando el SIS 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Solo cuando enferman y esto no es siempre 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Algunos sí en las instituciones educativas nacionales 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? Generalmente no, en su mayoría son los adolescentes los que estudian 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Generalmente venden caramelos, cantan en las combis 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Sí porque la policía los persigue muchas veces para quitarles lo poco que ganaron También les gritan porque sí INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? De no vivir en violencia, a la alimentación, a la familia 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Puede ser desde algunos días hasta algunos meses, depende de la situación 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? A algunos los abandonan, otros escapan, muchas veces hay violencia en la familia 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? Algunos se enfermaron con covid pero no fue grave, a otros a veces les da fiebre o se agripan 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Felizmente la mayoría tiene SIS pero si no es grave no se va a recibir un tratamiento 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Solo cuando están bien enfermos que no es muy seguido 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Creo que la mayoría sí en los colegios nacionales, varios en la nocturna 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? No, hay repitencia, algunos tuvieron que abandonar por un tiempo y luego vuelven, así que suelen ser mayores 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Vender cosas en la calle caramelos, bolsas, periódicos, lo que se pueda. En Qosqo Maki hacemos talleres. 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Reciben maltrato, a veces de la gente que les ve, que les trata como ladrones, a veces de la misma policía que viene y grita, maltrata INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? A la vida, a la salud, a la alimentación, a estudiar 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Depende de cómo se esté, la mayoría se queda un par de días, a veces una o dos semanas. De vez en cuando y algunos que se quedan meses 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? La pobreza 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? No pasa muy seguido, a veces da infección estomacal 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? Normalmente no pero si es grave se puede ir al SIS, la mayoría tiene 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Muy pocas veces 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Todos los que estudian lo hacen en la nacional, creo que nadie puede pagar particular 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? No, normalmente son mayores. En muchos casos adolescentes en primaria 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Se vende cosas o se canta en las combis, los que tienen familia van a ayudar 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Hay maltrato y no siempre se come bien, muchos no hablan con sus familias pero algunos sí. Del Estado no hay nada más que el colegio INSTRUMENTO PARA ASISTENTES DE DEL HOGAR DORMITORIO 1. ¿Usted conoce los derechos fundamentales del niño, niña o adolescente en situación de calle? ¿Cuáles son esos derechos? A la vida, a ser respetados, a la educación, a no ser detenido sin fundamento 2. ¿En promedio, cada cuanto tiempo acude a este hogar un niño o adolescente en situación de calle? Depende a veces días, semanas, pocas veces meses 3. ¿Cuáles son las principales causas por las que los niños o adolescentes se encuentran en situación de calle? Violencia, pobreza, escapar, algunos nacen así 4. ¿Los niños o adolescentes en situación de calle padecen de alguna enfermedad? ¿Cuáles? A veces por el frío 5. ¿Los niños o adolescentes que padecen enfermedad reciben algún tipo de tratamiento en algún Hospital o centro médico? No siempre, pero ahora la mayoría tiene el SIS 6. ¿Con que frecuencia asiste al hospital o centro de salud? Muy de vez en cuando 7. ¿Los niños o adolescentes que acuden a este hogar reciben algún tipo de educación por parte del estado? Sí, se va al colegio 8. ¿El nivel educativo del niño, niña o adolescentes es proporcional a su edad cronológica? Siempre suelen ser mayores aunque no todos 9. ¿Qué actividades desempeñan los niños y adolescentes en situación de calle que acuden a este hogar? Lustrar botas, vender caramelos o frituras, a veces cargador, lo que se pueda 10. ¿Considera usted que se están vulnerado los derechos fundamentales de los niños en situación de calle? ¿Por qué? Sí porque no se puede trabajar en nada formal, así que no se gana mucho y pues para todo se necesita dinero, y la gente maltrata, las señoras, los policías. GALERÍA DE IMÁGENES