UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO TESIS EFECTOS DEL HACINAMIENTO CARCELARIO EN EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO DEL PENAL SAN FRANCISCO DE ASIS DE PUERTO MALDONADO PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO PRESENTADO POR: Bach. NEOMAR NELLIÑO HUARCA TAYPE ASESOR: Abg. DANIEL ORLANDO DEL CARPIO ENCINAS PUERTO MALDONADO – PERÚ 2020 2 Dedicatoria A mí madre que siempre me apoya en mis decisiones y objetivos. A mí padre por todas las grades lecciones de vida que me dio. Que hoy está en el cielo. 3 Agradecimiento Mi agradecimiento a los docentes de la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad Andina del Cusco, por haber compartido sus conocimientos durante la preparación universitaria de pregrado. A mi Asesor de proyecto de investigación por haberme guiado durante la investigación realizada. 4 RESUMEN La siguiente tesis que lleva por título: EFECTOS DEL HACINAMIENTO CARCELARIO EN EL TRAMIENTO PENITENCIARIO DEL PENAL SAN FRANCISCO DE ASIS DE PUERTO MALDONADO, tuvo como objetivo determinar los efectos del hacinamiento carcelario en el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asis de puerto Maldonado. Asimismo, se determina que existe sobrepoblación de internos y precarias condiciones de estadía, vulnerándose derechos consagrados en la Constitución Política del Perú, teniendo presente que al margen de las restricciones de su libertad el penado sus demás derechos siguen vigentes los cuales se deben respetar. También analizamos como es el tratamiento penitenciario en el penal el penal San Francisco de Asís de puerto Maldonado, Para ello utilizamos los siguientes instrumentos: información recabada de la web página del INPE, penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado encuesta a los abogados litigantes, magistrados del Ministerio Público y entrevista a ex internos del Penal San Francisco de Asís de puerto Maldonado. 5 ABSTRAC The following thesis entitled: EFFECTS OF PRISON OVERCOME ON THE PENITENTIAL TREATMENT IN THE SAN FRANCISCO DE ASIS PENAL OF PUERTO MALDONADO, aimed to determine the effects of prison overcrowding on the prison treatment of the San Francisco de Asis prison in Puerto Maldonado Likewise, it was possible to determine that there is an overcrowding of inmates and precarious conditions of stay, violating rights enshrined in the Political Constitution of Peru, bearing in mind that regardless of the restrictions on their freedom, the prisoner, his other rights remain in force, which must be respected. We also analyze how prison treatment is in the San Francisco de Asis prison in Puerto Maldonado, To do this, we use the following instruments: information gathered from the INPE web page, San Francisco de Asis prison in Puerto Maldonado, survey of trial lawyers, magistrates of the Public Ministry and interview with former inmates of the San Francisco de Asís prison in Puerto Maldonado. 6 ÍNDICE 1.1. Planteamiento del Problema .......................................................................................... 10 1.2. Formulación del problema .............................................................................................. 12 1.2.1. Problema General ...................................................................................................... 12 1.2.2. Problemas específicos secundarios ........................................................................ 13 1.3. Justificación ........................................................................................................................ 13 1.3.1. Conveniencia ............................................................................................................... 13 1.3.2. Relevancia Social ........................................................................................................ 13 1.3.3. Implicancias prácticas............................................................................................... 14 1.3.4. Valor teórico ............................................................................................................... 14 1.3.5. Utilidad metodológica ............................................................................................... 14 1.4. Objetivos de investigación ............................................................................................... 15 1.4.1. Objetivo general ......................................................................................................... 15 1.4.2. Objetivos específicos ................................................................................................. 15 1.5. Delimitación del estudio .................................................................................................. 15 1.6. Viabilidad ............................................................................................................................ 15 CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO .................................................................................................. 16 2.1. Antecedentes de estudio .................................................................................................. 16 2.1.1. Antecedentes internacionales ................................................................................. 16 2.1.2. Antecedentes nacionales .......................................................................................... 18 2.1.3. Antecedentes locales ................................................................................................. 20 2.2. Bases teóricas..................................................................................................................... 20 2.2.1 Hacinamiento carcelario ........................................................................................... 20 2.2.2 Sistema penitenciario .................................................................................................... 23 2.2.3. Evolución Histórica del Sistema Penitenciario ........................................................ 25 2.2.5. Situación Actual del Sistema Penitenciario Nacional ............................................. 27 2.3. Hipótesis de trabajo .......................................................................................................... 55 2.3.1 General .......................................................................................................................... 55 2-3.2 Específicas .................................................................................................................... 55 2.4. Categorías de estudio ....................................................................................................... 56 7 2.5. Definición de términos ..................................................................................................... 57 2.5.1 Hacinamiento carcelario: .......................................................................................... 57 2.5.2 Derecho de Ejecución Penal ...................................................................................... 58 2.5.3 Reinserción social: ...................................................................................................... 59 2.5.4 Reincidencia ................................................................................................................. 60 2.5.5 Rehabilitación .............................................................................................................. 60 CAPÍTULO III: MÉTODO ................................................................................................................ 62 3.1. Diseño metodológico de la investigación: .................................................................... 62 3.2. Metodología ........................................................................................................................ 62 3.3 Enfoque de investigación .................................................................................................. 62 3.3 Tipo de investigación jurídica: ........................................................................................ 62 3.2.1 Correlacional ............................................................................................................... 62 3.4. Diseño contextual .............................................................................................................. 62 3.4.1. Escenario espacio temporal ..................................................................................... 62 3.4.2. Unidad de estudio ...................................................................................................... 62 3.4. Técnicas e instrumentos de recolección de datos ...................................................... 63 3.4.1 Técnicas: ....................................................................................................................... 63 3.4.2 Instrumentos: .............................................................................................................. 63 CAPÍTULO IV .................................................................................................................................. 64 4.1 Resultados de estudio ....................................................................................................... 64 4.2 ANÁLISIS DOCUMENTAL ................................................................................................... 87 CONCLUSIONES .............................................................................................................................. 93 RECOMENDACIONES ...................................................................................................................... 94 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ................................................................................................... 95 ANEXOS ........................................................................................................................................... 98 8 ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1 Capacidad de albergue de la población ............................................................................... 64 Tabla 2 Población penal.................................................................................................................... 65 Tabla 3 Sobre población (s) .............................................................................................................. 66 Tabla 4 Sobre Población (S) ............................................................................................................. 67 Tabla 5 Rangos de edades (años)...................................................................................................... 68 Tabla 6 Total de madres con hijos .................................................................................................... 70 Tabla 7 Total niños ........................................................................................................................... 71 Tabla 8 Población de niños por género ............................................................................................. 72 Tabla 9 .............................................................................................................................................. 73 Tabla 10 Población niños mujeres .................................................................................................... 74 Tabla 11 Población penal según situación jurídica y género ............................................................ 75 Tabla 12 Procesados ......................................................................................................................... 76 Tabla 13 Sentenciados ...................................................................................................................... 77 Tabla 14 ¿Usted cree que él hacinamiento penitenciario afecta el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? ........................................................................ 78 Tabla 15 ¿Usted cree que surtan efectos positivos los tratamientos penitenciarios aplicados por el personal del IMPE del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? ................................... 79 Tabla 16 ¿Usted cree que la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario? ...... 80 Tabla 17 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? .......................................... 81 Tabla 18 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal psicológico adecuado para su tratamiento? ...................................................................................................................................... 83 Tabla 19 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal suficiente para la atención medica? .......................................................................................................................................................... 84 Tabla 20 ¿Cómo cree usted que es la educación que reciben los internos del centro penitenciario San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? .................................................................................. 85 Tabla 21 ¿Usted cree que los espacios que tiene los internos sean suficientes para realizar sus actividades educativas y laborales? .................................................................................................. 86 9 ÍNDICE DE GRÁFICOS Figura 1 Capacidad de albergue de la población ............................................................................. 64 Figura 2 Población en el establecimiento penal de San Francisco de Asís ...................................... 65 Figura 3 Sobre población (s) ............................................................................................................ 66 Figura 4 Sobre Población (S) ........................................................................................................... 67 Figura 5 Rangos de edades (años) .................................................................................................... 68 Figura 6 Total de madres con hijos .................................................................................................. 70 Figura 7 Total niños ......................................................................................................................... 71 Figura 8 Población de niños por género ........................................................................................... 72 Figura 9 Niños varones .................................................................................................................... 73 Figura 10 Población niños mujeres .................................................................................................. 74 Figura 11 Población penal según situación jurídica y género .......................................................... 75 Figura 12 Procesados ....................................................................................................................... 76 Figura 13 Sentenciados .................................................................................................................... 77 Figura 14 ¿Usted cree que él hacinamiento penitenciario afecta el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? ........................................................................ 78 Figura 15 ¿Usted cree que surtan efectos positivos los tratamientos penitenciarios aplicados por el personal del INPE del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? .................................... 80 Figura 16 ¿Usted cree que la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario? .... 81 Figura 17 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? .......................................... 82 Figura 18 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? .......................................... 83 Figura 19 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal suficiente para la atención medica? .......................................................................................................................................................... 84 Figura 20 ¿Cómo cree usted que es la educación que reciben los internos del centro penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? .................................................................................. 85 Figura 21 ¿Usted cree que los espacios que tiene los internos sean suficientes para realizar sus actividades educativas y laborales? .................................................................................................. 86 10 CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN 1.1. Planteamiento del Problema El hacinamiento a escala global se refiere a ciertos aspectos de sucesos lamentables las cuales se caracterizan principalmente por tener un cumulo de personas albergadas en un ambiente en común, las cuales no cuentan con entornos físicos adecuados para albergar a la cantidad total de personas. El hacimiento carcelario es un fuerte problema social y político realmente extendido en el mundo entero, de acuerdo con el Centro Internacional de Estudios Penitenciarios (CIEP), cerca de 12, 000, 000 de reclusos están en calidad de detenidos cumpliendo la condena de restricción de la libertad, de este total de personas 1, 600, 000 son reclusos que están situados en Latinoamérica. Cerca del 50% de internos a escala mundial están situados en los países de EE.UU (2, 640, 000), China (1,840, 000) y Rusia (900, 000) A nivel nacional según el jefe del INPE (Marzo–2019)., Carlos Romero Rivera en el Perú, el Hacinamiento carcelario tiene el 134% y el inconveniente primordial de su institución es la existencia de un excesivo número de establecimientos penitenciarios dentro del territorio nacional. De acuerdo a las ampliaciones de Noticias de RPP, el director del INPE, Carlos Romero Rivera, informó que se tiene 69 instituciones penitenciarias dentro del territorio peruano con espacio para albergar 39,300 reclusos, sin embargo, actualmente se cuenta con un total de 92,300 presidiarios, habiendo un 134 % de sobrepoblación. Esta condición da lugar a distintas complicaciones adicionales, como las medidas de protección carcelaria, y resulta complicado la posibilidad de reintegración social de los reclusos, (RPP. Noticias, 2019) 11 El gobierno peruano no debería centrarse únicamente en la seguridad de las instituciones penitenciarias, sino que también tiene que brindar la misma importancia al tema del trato hacia los internos que se encuentran en las distintas entidades penitenciarias dentro del territorio nacional, en donde se reconozcan el derecho de los internos (Espinoza, 2008). La ejecución del Decreto Legislativo 1194, encajado de regular los procesos inmediatos, la cual se conoce bajo la denominación de “Ley de flagrancia”, aumenta de manera muy rápida el hacinamiento penitenciario. De acuerdo con lo señalado por el profesor (Hurtado 2007). De acuerdo con Informe Defensorial Nº 113 con el nombre de “Supervisión del Sistema Penitenciario", la sobrepoblación tiene un efecto negativo sobre la salud de los internos, puesto que no existe presupuesto alguno para que haga efectiva el poder contratar a una cantidad considerable de enfermeros y medios que atiendan a los reclusos de las penitenciarias. Del mismo modo, crea “condiciones transgresoras hacia la dignidad humana, así como el caso de efectuar “turnos” al momento pernoctar o de dar cumplimiento a las detenciones en los pasadizos de los centros penitenciarios. Asimismo, tenemos que entender que los individuos que se encuentran cumpliendo sentencias en las distintas cárceles no han sido eliminadas, solo están suspendidos temporalmente de gozar del derecho de ser libres ambulatoria y aún tienen presencia dentro del ámbito social, tal es así que las leyes impiden las facultades de hacer uso de sus derechos como ciudadanos, si no que no podrán ejercer de manera plena en distintas situaciones determinadas, cuando las leyes lo 12 prohíban o cuando las leyes lo indiquen, así como se menciona en los artículos primero del Código de Ejecución Penal vigente Por lo tanto, a nivel local en el penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado, las condiciones carcelarias a causa del hacinamiento son precarias por que los ambientes son reducidos y carecen de higiene, mismos que cuentan con muy poco lapso de tiempo para pasar momentos al aire libre, así como una baja accesibilidad a luz natural y al agua potable. Por otra se encuentra limitadas la accesibilidad a atenciones de salud, al trabajo y educación. Al contar con dormitorios que tienen ambientes reducidos y camas limitadas las cuales presencian inadecuados manejos de la condición del higiene y limpieza requerida (cama y vestimenta desordenada, cobertores sucios y polvorientos, calzados apilados al borde, basura y desechos botados en todas partes), no se cuenta con un adecuado ambiente ventilado debido a que no se tienen ventanas suficientes para realizar dicha acción, lo cual se evidencia los malos olores que se pueden percibir al momento de ingresar a los dormitorios, es por ello que frente a dicha problemática, el estudio de esta investigación adopta el propósito de, evaluar las causas que ocasionan el hacinamiento penitenciario con la finalidad de hallar los efectos que ocasionan en el tratamiento penitenciario del penal san francisco de Asís de Puerto Maldonado. 1.2. Formulación del problema 1.2.1. Problema General ¿Qué efectos ocasiona el hacinamiento carcelario en el tratamiento penitenciario del Penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? 13 1.2.2. Problemas específicos secundarios ¿Cuál es el nivel de hacinamiento carcelario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? ¿Cómo se aplica el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? 1.3. Justificación 1.3.1. Conveniencia Teniendo en cuenta niveles elevados sobre los hacinamientos penitenciarios en el territorio peruano, que afectan la aplicación del tratamiento penitenciario, la presente investigación se manifiesta conveniente, debido a que va a establecer un mecanismo fundamental a ser desarrollado y mejorado por el personal directivo del centro Penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado bajo el propósito de ofrecer distintas alternativas de solucionar esta crítica situación problemática que afecta a estos sectores. 1.3.2. Relevancia Social Mediante esta presente investigación se proporcionará las respuestas de las interrogantes ¿Cuál es el nivel de hacinamiento carcelario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? ¿Cómo se aplica el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? La cual tiene implicancia directa con el régimen penitenciario cuyo propósito es la de rehabilitar y reincorporar a los reclusos a la sociedad, es oportuno mencionar que los resultados de manera imprescindible beneficiarán a toda la colectividad social. 14 1.3.3. Implicancias prácticas Las implicancias prácticas de la presente investigación, se establecen dentro que los resultados de la investigación serán de gran utilidad para el personal responsable de la entidad penitenciaria de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado y demás instituciones relacionadas del país, para desarrollar nuevos panoramas para una apropiada política carcelaria. 1.3.4. Valor teórico El valor teórico de la presente investigación, se encuentra en los resultados que se obtendrán posteriormente, las cuales serán de utilidad como fuentes de investigación y contribuirá teóricamente a las demás instituciones penitenciarias, de igual manera permitirá conocer de mejor manera la relación que existe entre la variable hacinamiento penitenciario y el tratamiento penitenciario, asimismo será de utilidad como referencia de bibliografía de posteriores estudios que se realicen en el ámbito regional y el nacional. Motivo por el cual la presente investigación buscará conocer la influencia y relación de las dos variables acompañado de las teorías que se utilizan en los estudios de tipo descriptivo correlacional. 1.3.5. Utilidad metodológica El trabajo de investigación ha sido desarrollado acorde a reglas establecidas para las investigaciones científicas, por lo que se efectuaron métodos y procedimientos idóneos para la investigación tales como: revisión de fuentes bibliográficas, recolección de información, y la observación; asimismo, en cuanto a utilidad metodológica; para dicho estudio se empleará la encuesta como instrumento de recojo de datos, con el propósito de disponer de una metodología de investigación para el estudio del problema, que permitan conllevar a conclusiones cruciales y 15 recomendaciones que podrán servir de para ser utilidades en los estudios de las relaciones del hacinamiento carcelario y el tratamiento penitenciario del recluso. 1.4. Objetivos de investigación 1.4.1. Objetivo general - Determinar los efectos que ocasiona el hacinamiento carcelario en el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. 1.4.2. Objetivos específicos - Señalar los resultados que tiene el tratamiento penitenciario con un hacinamiento carcelario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. - Describir cómo se aplica el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. 1.5. Delimitación del estudio La investigación seré efectuada en el periodo del año 2019. 1.6. Viabilidad - El presente estudio se considera viable debido a que quien está investigando dispone de recursos necesarios que posibiliten el realizar la investigación. 16 CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de estudio 2.1.1. Antecedentes internacionales (Cote & Peña, 2016) en la investigación titulada “Acciones Jurídicas Aplicables para disminuir el Hacinamiento de Internos en el Centro Penitenciario de Mediana Seguridad de Cúcuta”, cuyo propósito de estudio fue el de mejorar las situaciones humanitarias de las internos de la institución penitenciaria de mediana seguridad de Cúcuta, para de esta manera establecer las maneras en las que se puedan empezar a reducir el hacinamiento carcelario dentro de la institución penitenciaria de mediana seguridad de Cúcuta, a partir de las normas establecidas por la república de Colombia. Los resultados obtenidos permitieron determinar que la principal causa iniciando de la ordenanza jurídica – penal de Colombia, de la sobrepoblación de los reos internados en entidad carcelaria de mediana seguridad de Cúcuta, está basado en que no existen políticas públicas para hacer frente a la realidad problemática de los hacinamientos penitenciarios, de igual manera, la misma problemática se debe a consecuencia de las fallas de las políticas criminales del territorio colombiano, adicional a ello, también se encuentran la carencia de voluntades políticas para hacer frente a la problemática, así como la utilización exagerada y excesiva de las prisiones preventivas, las recurrentes leyes que se establecen para reformar los requerimientos de imposiciones de las medidas de seguridad, las políticas de mayor contención de internos, y el incremento de las sentencias, entre otros elementos, que hacen que los centros penitenciarios se convirtieran en acopio de personas. 17 (Chavarría, 2008) Realizó un estudio intitulado “Sobrepoblación y Hacinamiento Carcelarios: los casos de los Centros de Atención Institucional La Reforma, El Buen Pastor y San Sebastián” cuya finalidad de dicha investigación fue la de realizar un análisis de la razón de la sobrepoblación carcelaria de los centros carcelarios costarricenses, así como el de definir la primordial consecuencia que parten del hacinamiento de las instituciones penitenciarias, analizar la reforma de código penal que conlleva al incremento de las sentencias, la perdida de la libertad de distintos establecimientos penitenciarios, determinar el fin que acoge en el territorio costarricense a la institución de prisión preventiva, analizar la realización del propósito de rehabilitar a los internos de acuerdo al artículo 51 del código penal. Analizar la medida gubernamental con el propósito de reducir los niveles de hacinamiento de los centros penitenciarios. Variables que tienen repercusión en la dirección de las reformas penitenciarias de Costa Rica y su incidencia en el territorio de Latinoamérica y el Caribe. (Fallas Marín, 2017). Elaboró una investigación denominada “las Causas del Hacinamiento Penitenciario en el Ámbito del Centro de Atención Institucional La Reforma”, dicha investigación fue realizada con la finalidad de establecer el número total de individuos que residen el ambiente A del centro de atención institucional La Reforma, y así tener la comparación del número de habitantes en comparación con la verdadera capacidad que se tiene en el centro penitenciario. Verificar por qué tipo de crimen se encuentran encarcelados los reclusos que están en el ámbito A del Centro de atención institucional La Reforma. (Carvajal & Tamayo, 2015) Presenta un estudio bajo el título de “Incidencia del hacinamiento carcelario en los procesos de resocialización intramural del 18 Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Armenia Quindío durante los años 2012-2013, el propósito de la investigación fue la de establecer los elementos que se asocian al hacinamiento y que repercuten en el quebrantamiento partidario del propósito de rehabilitar del centro carcelario de mediana seguridad y carcelarios de Armenia Quindío, durante los años 2012-2013. Determinar la cantidad de aforo disponibles acorde a la cantidad cabal de reclusos que se encuentran en el periodo 2012-2013 en centro penitenciario, identificar los proyectos integración social que tuvieron mayor alcance y fueron efectivos en el periodo 2012-2013, determinar el número cabal de reclusos que tuvieron participación de forma satisfactoria en los proyectos de reintegración social de manera adelantada en el periodo 2012-2013, señalar cuales fueron los proyectos descritos del procedimiento de reintegración social que pasaron a ser omitidos por influencia del hacinamiento en el periodo 2012-2013. 2.1.2. Antecedentes nacionales (Aguirre Tucto, 2017) elabora un trabajo de investigación intitulado “Hacinamiento carcelario y el Derecho Fundamental transgredido dentro del centro penitenciario de Potracancha, Huánuco – 2017, estudio que tenía como finalidad establecer las relaciones existentes entre la sobrepoblación penitenciaria y el derecho principal transgredido por parte del centro penitenciario de Potracancha, analizar las relaciones existente entre las sobrepoblaciones dentro de la entidad penitenciaria y el derecho fundamental transgredidos dentro del centro penitenciario de Potracancha- identificar las relaciones que existe entre el incremento de las violencias y el derecho fundamental transgredidos dentro del centro penitenciario de Potracancha, determinar las relaciones que existe entre las demoras del órgano administrador de justicia y el derecho fundamental 19 transgredidos dentro del centro penitenciario de Potracancha. Determinar que las inversiones en infraestructuras penitenciarias influyen en los hacinamientos de la cantidad poblacional dentro de los centros penitenciarios peruanos. (Aguirre Tucto, 2017) Desarrolla una investigación intitulada “Hacinamiento carcelario y su relación con los programas de reinserción social de los internos del establecimiento penitenciario de Tarapoto. 2017”, el propósito de la investigación fue la de determinar la relación que existe entre el hacinamiento penitenciario y los proyectos de reintegración a la sociedad de los reclusos de la institución carcelaria de Tarapoto en el año 2017, identificar los niveles de hacinamientos penitenciarios de los reclusos dentro de la institución carcelaria de Tarapoto en el año 2017, conocer la apreciación de los reclusos acerca de los proyectos de reintegración a la sociedad de la institución penitenciaria de Tarapoto en el año 2017. (Chaiña, López - 2011) realiza una investigación denominada “Realidad Penitenciaria y Derechos Humanos de los Internos del Penal de Challapalca, Tacna 2011” cuya finalidad fue la de determinar si el factor infraestructuras, trabajos y salubridad de la realidad sistemática de la penitenciaría comprende las transgresiones hacia el derecho humano de los reclusos de la entidad carcelaria de Challapalca, identificar el estilo de infraestructura del centro penitenciario que transgrede a tener un espacio idóneo de los reclusos de la institución penitenciaria de Challapalca, identificar la manera en la que se transgreden los derechos al trabajo de los reclusos de la entidad penitenciaria de Challapalca, comprobar los servicios de salud dentro del centro penitenciario que transgrede el derecho a la salud de los internos de la institución penitenciaria de Challapalca. 20 (Panizo Moreno, 2017) realiza un estudio denominado “Propuesta de privatización de la administración del centro penitenciario San Pedro, Lima – 2017”, Elementos para el debate. Estudio comparado de casos de administraciones penitenciarias públicas y privada”, dicha investigación presentó la finalidad de evaluar si las privatizaciones de las instituciones penitenciarios solucionarían la problemática del internamiento carcelario peruano. La investigación presenta un estudio de tipo cualitativo, se consideraron como unidades de estudio los modelos penitenciarios públicos y privados de EE.UU, Inglaterra y Gales, las cuales se inspeccionan, estudian y detallan en base a cada circunstancia propia sin exponerlos de manera constante y preservando las características propias, las conclusiones obtenidas permitieron demostrar que las intervenciones de las entidades particulares dentro de la administración de la penitenciaría no resulta una solución al problema planteado, sino que resulta ser un agregado al proceso de implementar y gestionar los servicios públicos. 2.1.3. Antecedentes locales No se encontraron trabajos anteriores de las variables en la región. 2.2. Bases teóricas 2.2.1 Hacinamiento carcelario Según la Real Academia de la Lengua Española, de acuerdo con el diccionario de la RAE permite definir al hacinamiento como:  La acción de Amontonar y acumular  Congregación, dentro de un determinado ambiente, de una cantidad de individuos o de animales la cual superan a la capacidad que el entorno permite. 21 Según el Jurista (Robles, O. 2011), se refiere al acopio numeroso de seres humanos dentro de las instalaciones una entidad penitenciaria, tomando en cuenta que la cantidad de individuos que habitan en determinado ambiente supera al número de aforo máximo del centro penitenciario. La sobrepoblación o hacinamientos penitenciarios quiere decir, en palabras simples, que ¨existen más de un individuo en donde hay lugar sólo para uno¨ (Carranza, E. 2001). El hacinamiento comprende que existe una cantidad mayúscula de seres humanos o animales dentro de un ambiente insuficiente. La principal consecuencia de esta es la concepción de un entorno que no es idóneo para que permita la convivencia de la totalidad de personas, debido a que los medios tales como los factores que caracterizan al entorno comienzan a disipar sus características primordiales dentro de este ambiente empieza a crease un ambiente en donde se dificulta la respiración debido a que el aire empieza a tomar mayor densidad , los recursos de alimentación y bebidas se vuelven escasos ya que no llega para todos, el número de desperdicios, residuos y materia inservible son muy altos, razón por la cual se llega a contaminar el entorno, etc.). El hacinamiento penitenciario sucede al superar en 100 la concentración de internos dentro de una institución carcelaria, debido a que es mayor la cantidad de internos en comparación con el aforo conveniente para albergar internos dentro de un centro penitenciario. Densidad penitenciaria se refiere la cantidad de personas albergadas en comparación con el número total de aforo de un centro penitenciario, la cual se puede resumir en la fórmula: cantidad numérica de individuos alojados/ cantidad numérica de aforo disponible x 100 (Noel, M. 2015). 22 La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha decretado de forma frecuente a través de sus jurisprudencias que “las detenciones dentro de la condiciones de sobrepoblación, que presentan escases de ambientes ventilados y luz natural, que no tiene un adecuado espacio en donde dormir, que no presenta características idóneas, en materia higiénica; que no tiene ningún tipo de comunicación y se prohíben los sistemas dirigidos a la visita penitenciaria, forman parte de las transgresiones hacia los derechos integrales de las personas” (Rivera, I. 2007). De acuerdo con Ramos, P. (2008) hace mención acerca de los componentes primarios de los hacinamientos penitenciarios, que se comprenden en: El incremento del número de pobladores dentro de una prisión (existe una relación en proporción al incremento de la demografía y el incremento del índice de actos delincuenciales, en consecuencia, aumentan también el número de reclusos). Incluso al no contar con investigaciones ni estadísticas, es de conocimiento general que los tratamientos escasos y la sobrepoblación ocasionan una colisión directa sobre el aumento de los niveles de reincidencias. El riesgo de rebelión y pleitos dentro de las instituciones carcelarias, son producíos por los escasos controles dentro de las instituciones carcelarias. Aunque el número de pugnas se ha reducido en los periodos anteriores, aun se puede encontrar riesgos potenciales que se pueden presentar, de manera singular por el grado de sobrepoblación (Defensoría del Pueblo, 2011). De acuerdo con (Rodríguez, 2015) describe los elementos que aportan a la sobrepoblación penitenciaria, las cuales se mencionan a continuación: 23 Excesiva y abusiva utilización de las detenciones preventivas: emplear de manera exagerada y abusiva la prisión preventiva igual contribuye a ser un componente primordial de la sobrepoblación penitenciaria. El problema surge a raíz de que existen reclusos sin condena alguna, lo cual establece una problemática endémica en Latinoamérica. El emplear de manera peculiar el recurso de prisión preventiva como estrategias de políticas criminales, establece en gran medida una trasgresión de los derechos humanos consagrado dentro de las leyes del ámbito internacional, además compone uno de los elementos primordiales de las graves dificultades de la mayoría de instituciones penitenciarias de las distintas regiones. 2.2.2 Sistema penitenciario los sistemas penitenciarios están basados en un conglomerado de umbrales orgánicos acerca de la problemática que propinaron en un comienzo a las rectificaciones carcelarias y brotan como una ilación innata y lógica adverso a la realidad de sobrepoblación penitenciaria, mezcolanza, carencia de aseo, nutrición, formación, labor y reintegración social de los reclusos. Entonces comienza las trascendentes ideologías de Howard, Beccaria, Montesinos, Macanche, Crofton, etc., por medio de la imprescindible planeación con el objetivo de acabar con el desconcierto puntualizado en algunos de los libros de los autores mencionados con anterioridad. De igual manera, gran parte de sus ideologías empezaron a expresarse en los nuevos territorios de Norteamérica. Posteriormente fueron trasladados al antiguo continente en el cual inclusive se perfeccionaron más. Dentro de los Estados sociales y democráticos de los Derechos, en los marcos jurídicos constitucionales constituyen los factores claves de una adecuada reorganización de los Estados y del derecho fundamental del ciudadano. Es decir, 24 en el territorio nacional, los factores que rigen en el Sistema carcelario peruano lo podemos encontrar dentro de la Constitución Política del Perú de 1993. En el primer artículo de la Constitución, decreta que “las defensas de los seres humanos y los respetos a la dignidad humana viene a ser los propósitos supremos de la sociedad y de los Estados”. Posteriormente, “en los lineamientos y el derecho que cumple la jurisdicción, entabla que los derechos de las personas internadas dentro de una institución carcelaria para contar instalaciones idóneas” (Inc. 21°, Art. 139°), y que sistema carcelario “cumple con la finalidad de reeducar, rehabilitar y reincorporar al interno para desenvolvimiento en el ámbito social.” (Inc. 22°, Art. 139°). En fundamento a la normatividad constitucional, del Código de Ejecución Penal ha sido elaborado en base a las reglas de la doctrina del trato, puesto que su propósito fundamental es el de la reintegración social del recluso. La normatividad del Código de Ejecución Penal, constituye una sustancial materia de normas. Enlaza y fomenta de manera adecuada las distintas entidades constituidas en el Código, haciendo que se vuelva más fácil de interpretar y aplicar. El código, integra un capítulo en función al derecho y deber de los miembros internos de un centro penitenciario, reglamenta y avala el derecho a la defensa, la visita y comunicación, así como los ingresos y clasificaciones de los reclusos. Establece de manera mucho más precisa las políticas internas, de manera especial el Régimen Cerrado Ordinario y el Régimen Cerrado Especial. Reglamenta el principio de la revisión y registro de calabozos y demás sectores, también implanta reglas de disciplina para los reclusos, con un régimen a base de sanciones que inscribe reglas de inmediación, procedimientos escritos, derechos a las defensas, dobles instancias, y demás. El código, de igual manera reglamenta el aspecto 25 relacionado con el trato, el transporte y remoción de los reclusos, los servicios carcelarios, entre otros elementos de importancia en la actividad penitenciaria. En aplicación de la facultad normativa, el INPE ha producido de manera continua distintas normas para regular determinados términos del dinamismo penitenciario, en relación con determinados sectores de tratamientos y seguridad. Dentro de los sectores de tratamientos, los servicios sociales que cuentan con diez directivos y un personal de instrucción; el ambiente en donde trabajan es supervisado por seis directivos y dos personales de instrucción; el sector encaminado al tema educacional por doce directivos y un personal de instrucción. Por otra parte, dentro de los marcos jurídicos de los Derechos Internacionales del Derecho Humano también es aplicado en el régimen carcelario peruano. 2.2.3. Evolución Histórica del Sistema Penitenciario A través de la historia la definición de cárcel y el de sus propósitos han ido cambiando y el territorio nacional de la republica de Perú no ha sido la excepción. Actualmente, una cárcel es concebida como una edificación o conjunto de edificaciones en la cual un criminal tiene que dar cumplimiento a una pena de restricción o limitación de las libertades de movimientos. Hipotéticamente, con el propósito de tenerlo aislado y así mediante los diversos dispositivos que se encargan de administrar la institución penitenciaria, resocializarlo y luego reintegrarlo a la vida social. En la época del Perú colonial (1532-1821), etapa en la cual se daba inicio a las existencias de los derechos carcelarios, en lo absoluto de todas villas o ciudades se podían encontrar instituciones penitenciarias, o también llamadas cárceles, cuyo propósito primordial era el de vigilar y conservar a los criminales. Estos sistemas se podían clasificar como inhumanos y crueles puesto que en mencionados centros 26 penitenciarios un gran número de historiadores señalaron que existía un tipo de tortura hacia los internos de las instituciones penitenciarias. Una de las características principales era que se ofertaba las instituciones penitenciarias a los mejores postores y a cambio, quien ganaba la licitación, o el alcaide, conseguía el privilegio de realizar cobros por estadía en las prisiones a los reclusos (derecho de carcelaje), comúnmente el cobro de estos era en cantidades excesivas. Los internos tenían que realizar pagos de este derecho y cada quien velaba por su existencia. 2.2.4. El Sistema Penitenciario en el Perú No hace mucho tiempo, en el momento que fuimos testigos de las disputas del individuo que estaría encargado de asumir la acción de presidir el destino de la población peruana desde el palacio de gobierno, destacaron ciertas declaraciones por parte de la candidata a la Presidencia de la República Keiko Fujimori Higuchi quien hizo referencia a la edificación de instituciones penitenciarias. Estos temas ya habían sido mencionados con anterioridad, también pudo apreciarse algunos comentarios al entrevistar a mencionada persona en la cual indicaba que estaba incluido en su proyecto de gobierno estaba la edificación de veinte instituciones penitenciarias en el ámbito nacional, y que varias de ellas se realizaran por encima de 4 mil metros de altura. El régimen carcelario peruano por muchos años tuvo como base la herencia que fueron dejados después de la conquista de los españoles. En los tiempos de la colonia fue una verdadera vergüenza ya que los centros penitenciarios fueron ambientes con escasos niveles de salubridad y en la cual se podría considerar que se vivía en condiciones inhumanas. Los internos tenían que realizar pagos por su estadía en la prisión y de manera frecuente para tener la oportunidad subsistir, es 27 por ello que muchos de ellos tenían que pordiosear en la puerta de los centros penitenciarios, por medios de la reja. Empezaremos por hacer una mención concisa a cerca de la vivencia cotidiana en las instituciones penitenciarias a inicios de la República. La primera regla de penitenciarias, en el que Torre Tagle el 23 de marzo de 1822, prepondera que los reclusos tenían la facultad de ausentarse de los calabozos durante un determinado periodo de tiempo, la cual consistía en 60 minutos durante la mañana y otros 60 minutos durante la tarde, asimismo dividiéndose en diferentes perímetros para a los varones, mujeres y menores de edad, disposición que no se hizo posible el cumplimiento en la totalidad de regiones del ámbito peruano. Otro precedente a reconocer es que fueron derogados los derechos de carcelaje mediante el D.S del 4 de octubre de 1832, a partir de ese momento la gestión de los reclusos estuvo a cargo del órgano municipal. Las sobresalientes acciones tomadas el general D. Miguel Medina, quien, en calidad de prefecto de la ciudad de Cusco, acondicionó un convento que era de utilidad como cuarteles de caballería y lo convirtió en un centro penitenciario para la ciudad Cusco, implementándolo con dormitorios, talleres, estableció labores y demás principios mejorar la condición de vida en las se presentaban en los centros penitenciario. En consecuencia, de estas, el Estado Peruano decretó el primero de Julio del año 1850 una normatividad dirigida a tal institución presidiaria que en frases de Bernandino León y León hace referencia a ello: “época en la que se evidencia una superioridad en el ambiente y las épocas, en el continente sudamericano”. 2.2.5. Situación Actual del Sistema Penitenciario Nacional Los integrantes de los regímenes carcelarios peruanos están compuestos por los individuos que fueron procesados baja una medida detención e individuos 28 quienes fueron sentenciados a cumplir condenas de restricción del derecho a ser libres razón por la cual están en calidad de internos en las distintas entidades penitenciarias, de igual manera, los sujetos que fueron liberados bajo efectos el beneficio penitenciario de la semi libertad o con libertad de condiciones y sujetos que fueron sentenciados con la pena limitativa del derecho, quienes son que son considerados en las instauraciones de medio libre. El INPE viene siendo desvinculado del poder central en 8 Oficinas Regionales, quienes también se encargan de las instituciones penitenciarias para sujetos que cumplen la condena de restricción del derecho a ser libres y las infraestructuras dentro de los ambientes libre para sujetos liberados con ciertos privilegios carcelarios y con sentencia de carácter limitativo de derechos. El número total de pobladores de los sistemas penitenciarios del periodo 2019 abarca un total de 92,300 personas. 2.2.6 Capacidad de Albergue, Sobrepoblación y Hacinamiento La disposición para albergar hace referencia a la cantidad máxima con la que se cuenta en un Sistema Penitenciario para acoger a los reclusos, la sobrepoblación sucede cuando este supera la cantidad máxima de acoger a los reclusos. Una vez que el hacinamiento es sobrepasado a partir de un 20% del aforo máximo con la que se dispone, se llama sobrepoblación crítica, la cual los Comités de Europa con fines de tratar la problemática delincuencial lo denominó hacinamiento. Para el mes de marzo del 2019, el aforo máximo para de la institución penitenciario en comparación de la cantidad numérica de presidiarios estuvo representado por 53,000 reclusos quienes representaron el 134% de la capacidad de albergue, es decir que no habría espacio en la entidad carcelaria para el número total de reclusos existentes. 29 2.2.7 Régimen Penitenciario El régimen penitenciario lleva como finalidad de reeducar, rehabilitar y reincorporar al interno a la vida social de acuerdo con el inciso 22º del artículo 139º de la Constitución Política. Pero este elemento primordial en todos sistemas penitenciarios, vienen siendo una de las pugnas de mayor preocupación desde que se empezó a funcionar en centro penitenciario de Challapalca, a casusa de que no existirán políticas coherentes en las interpretaciones y aplicaciones de las leyes penitenciarias por diferentes directivos se encargaron de dicho centro penitenciario El régimen penitenciario de la entidad presidiaria se viene basando por la siguiente normatividad: Código de Ejecución Penal. D.S 003-96-JUS31, publicado el 23 de julio de 1996 se aprueba el Reglamento de Régimen de Vida y Progresividad del Tratamiento para Internos de Difícil Readaptación procesados y/o sentenciados por Delitos Comunes. Modificado por el D.S 007-98-JUS del 4 de septiembre de 1998. D.S 003-2001-JUS del 19 de enero de 2001. Decreto Supremo N° 006-2001-JUS del 23 de marzo de 2001. A gran escala, se puede indicar que régimen carcelario tuvo dos etapas. 2.2.7.1 Régimen Cerrado Especial. Esta normativa es entendida de manera excluida a los regímenes cerrados ordinarios, en donde los reclusos están sometidos a estrictas políticas disciplinarias, dentro de esta se consideran eventualidades: a.- Etapa de Máxima Seguridad: 30  Dentro de esta etapa los reclusos tienen la oportunidad de salir al patio por un por un periodo de tiempo de 4 horas por día y en la que el recluso debe de efectuar sus labores de trabajo y educación en medios idóneos.  Con respecto a las visitas, los reclusos tienen la protestad de obtener una visita a la semana, la cantidad máxima de personas que pueden visitar a un interno es de 4 personas entre varones y mujeres. El Órgano Técnico de Tratamiento es quien se encargará de programar las fechas para las visitas. b.- Etapa de Mediana Seguridad:  En esta etapa los reclusos cuentan con un lapso de tiempo de 6 horas para poder salir al patio para efectuar acciones de trabajos y educación en el ambiente mencionado con anterioridad.  Con respectos a las visitas, me maneja el mismo sistema de regímenes cerrados ordinarios. c.- Etapa de Mínima Seguridad:  En esta etapa quienes se encuentran en calidad de reclusos quienes integran a la población de la entidad penitenciaria son obligados a mantener un margen alto de distancia entre los demás reos habitantes del mismo centro penitenciario. Tal como lo menciona (Ramírez, 2012) la aplicación y las limitaciones del derecho fundamental del personal interno: un estudio de las normas y de las jurisprudencias emitidas por parte del tribunal constitucional., en su investigación presentada con la finalidad de obtener el nivel académico de Magíster en Derechos Constitucionales en la Pontificia Universidad Católica del Perú de la Escuela de Posgrado en la ciudad Lima, Perú en el año 2012. 2.2.8 El tratamiento penitenciario 31 Dentro de las doctrinas existen una gran cantidad de conceptos acerca de lo que es el tratamiento penitenciario, para lo cual tomaremos como referencia a algunos de estos autores como el criminólogo español BORJA MAPELLI quien se encargó de brindar un alcance más claro a los que es el tratamiento penitenciario conceptualizándolo de la siguiente manera “... como un conglomerado de actividades terapéuticas asistenciales dirigidos de manera directa a impedir las reincidencias de los reclusos que vienen cumpliendo una condena vigente de la pérdida del derecho de ser libres y medidas penitenciarias”. (BORJA MAPELLI, pág. 249) Para la mayoría de personas, el sistema y el trato hacia los internos de las distintas penitenciarias, están bajo un mismo sentido, sin embargo, también es oportuno resaltar que vienen siendo distintas instituciones, los cuales trabajan para cumplir un mismo propósito: llegar al cumplimiento los protocolos de reintegración social, reeducación y el de rehabilitar a los reclusos. Conceptualizando, el tratamiento penitenciario viene a ser el elemento principal de las actividades penitenciarias, es el medio por el cual se lleva la ejecución de las actividades de intervenir, rehabilitar, los objetivos por los cuales se rigen las distintas instituciones penitenciarias. (Rivera 1995. p. 149.) Dentro de las políticas del orden y el trato hacia los reclusos de las distintas instituciones penitenciarias se diferencian del régimen penitenciario, teniendo bajo concepto que es el “conglomerado de acciones que se toman encaminadas al cumplimiento de llegas a cambiar las actitudes de los reclusos de un centro penitenciario, para poder brindar su resocialización y eludir que este vuelva a cometer actos delincuenciales. 32 Los tratos carcelarios son progresivos y comprenden aplicaciones de proyectos con el propósito de la reintegración social de los reclusos de manera particular y conjunta de acuerdo a las naturalezas de la atención. Se aplica de maneras multidisciplinarias por personales capacitados en el área de los tratamientos, este equipo profesional y técnico se encarga de promover las participaciones de los reclusos, a la vez que permite el aporte de los organismos públicos y privados, familiares y sociales. De acuerdo con el Dr. Alejandro Solís Espinoza, los Tratamientos Penitenciarios son aquellas acciones o el conglomerado de accionarios y/o demás mecanismos vinculados a cambiar algunos semblantes de las conductas de los reclusos que cumplen alguna condena en los centros penitenciarios, tomando en consideración las características particulares que posee cada uno de los internos, con el propósito de ayudar a la reinserción social de cada uno de los habitantes penitenciarios y de esta manera evitando que vuelvan a reincidir a los actos delincuenciales. Además, estos procedimientos tienen como base al principio de la modificabilidad de las conductas humanas, ya que, si por algún caso no fueran posibles ningunos cambios, el tratamiento penitenciario estaría de más. De este concepto se puede esgrimir que el Tratamiento carcelario son todas aquellas actividades que tienen caracteres progresivos, personalizados y científicos especializados que los Sistemas Penitenciarios utilizan en las instituciones penitenciarias de manera particular y colectiva, con el propósito de que los reclusos comprendan sus malas acciones, para posteriormente cambiar esos rasgos personales de sus conductas que influyen a que cometan actos delincuenciales y finalmente puedan tener la oportunidad de reintegrarse a la vida social, en calidad de ciudadano productivo. De esta manera el Tratamiento carcelario se entiende como un mecanismo que se 33 utiliza para cumplir con el proceso de reintegración social, que tiene como base a un gran número de ciencias tales como son las ciencias de Sociologías Criminales, las Psiquiatrías Forenses, las Antropologías Forenses, etc. Con el fin de poder utilizar como lugar y medio de reintegración social de los reclusos en las distintas instituciones carcelarias, por medio del uso de una metodología científica que estudie a cada individuo internado en las cárceles, buscando la educación, rehabilitación y luego la reintegración social; el Código de Ejecución Penal, elabora un régimen carcelario basado en los reconocimientos jurídicos y respetando los derechos de los internos, rebuscando de los Reglamentos Mínimos establecidos acerca del trato de los internos aprobado en el primer Congreso de las Naciones Unidas acerca de las Prevenciones de los Delitos y Tratamientos de los Delincuentes y las modificatorias, también la Regla Mínima adoptada por los Consejos Europeos el 19 de enero de 1973. El Reglamento del Código de Ejecución Penal en su Art. 97° menciona al tratamiento carcelario como un conglomerado de acciones orientadas a alcanzar los propósitos de cambiar las actitudes de los reclusos, con la finalidad de poder tener resultados en las acciones de resocializar y evadiendo que estos vuelvan a cometer actos delictivos. El trato carcelario es de manera progresiva e incluyen la aplicación de proyectos de reinserción social de los reclusos de manera personalizada y conjunta de acuerdo a las naturalezas de las atenciones, se ejecuta de maneras multidisciplinarias por el personal profesional y técnico en materia de tratamientos a su vez que promueven las participaciones activas de los reclusos y de la misma manera de los órganos públicos y privados, los familiares y el ámbito social. El trato que se recibe en las instituciones penitenciarias está basado en las normas de los Órganos 34 Técnicos de los Tratamientos, tomando en cuenta las políticas, procedimientos y normatividades que se ejecutan en la administración carcelaria. 2.2.8.1. Definición según nuestro ordenamiento jurídico vigente Podemos encontrar que dentro nuestra Constitución Política con vigencia hasta la actualidad, también llamada la Carta Magna de 1993, abarca temas acerca del Trato en las instituciones Penitenciarias establecidas en el artículo 139 inciso 21 y 22 los principios de que los sistemas penitenciarios tienen como propósito las acciones de reeducar, rehabilitar y reincorporar a los reclusos en el ámbito social; esto envuelve también al trato carcelario puesto que la única manera de poder llegar a estos propósitos serán a través de la aplicación de un adecuado trato penitenciario. En los Códigos de Ejecuciones Penales promulgados a través del D.L 654 de 02 de agosto de 1991, conceptualiza al trato carcelario en el art 61 como: el trato carcelario es el acto mediante el cual se usan metodologías médicas, biológicas, psicológicas, psiquiátricas, pedagógicas, social, laboral y demás que permiten el alcance de los propósitos de tener resultados en las acciones de reeducar, rehabilitar y reincorporar a los reclusos en el ámbito social acorde a las cualidades particulares de cada uno de los reclusos. De acuerdo a los Reglamentos de los Códigos de Ejecuciones Penales El D.S 0152003-JUS “Reglamento del Código de Ejecución Penal”, publicado el 11 de septiembre de 2003, en el art 97 al trato carcelario como: el conglomerado de acciones encaminadas al logro de cambiar las actitudes de los reclusos, con el propósito de realizar actividades re resocialización y de esta manea evitando que estos vuelvan a cometer actos delictivos, el trato carcelario se ejecuta de manera 35 progresiva y está vinculada a la aplicación de herramientas que permitan acciones de resocializar a los reclusos de manera personalizada y conjunta de acuerdo a las naturalezas de las atenciones, viene siendo aplicada de formas multidisciplinarias por equipos de personas con carácter profesional y técnico en materia de trato, efectuando la promoción de las participaciones de los reclusos, de la misma manera también de los órganos públicos y privados, los familiares y el ámbito social. Características del tratamiento Penitenciario De acuerdo a los ordenamientos jurídicos penales peruanos, el Trato carcelario tiene características particulares las cuales se mencionan a continuación: a) Progresivo. - Los tratamientos Penitenciarios son progresivos debido a que se encuentran divididos en diferentes etapas y fases, en la cual el recluso puede acceder de manera progresiva acorde a los cumplimientos de los propósitos, organización de los comportamientos y Conceptos, como las evoluciones y pronósticos de resocialización expresada. b) Personalizado.- El trato carcelario lleva como finalidad el tener un conocimiento completo de cada uno de los reclusos en todos los ámbitos, por medio de diferentes mecanismos, en donde se permite llegar a tener un concepto de las Conductas Delictivas y otorgar consejos acerca de un Trato Personalizado, a través del cumplimiento de determinados ordenes, propósitos, tratos médicos, psiquiátricos y/o psicológicos, el establecimiento de colectividades para tratar la problemática y asuntos personales, etc., también brindar consejos sobre los Establecimientos Penitenciarios en la que será internados, como la etapa de las Progresividades del sistema carcelario 36 en la que tiene que comenzar sus tratamientos, todas estas con el fin de buscar una posible y progresiva resocialización. c) Individualizado y Colectivo. - El trato carcelario se aplica tanto en un grado particular como a escala de colectividad, la actividad que se realice va a ser efectuada tanto en equipos como de manera personalizada. d) Multidisciplinario.- Los tratos carcelarios llevan la finalidad de tener conocimiento íntegro de los reclusos en todos los ámbitos y solo se cumplirá con el propósito mediante la ejecución de diferentes metodologías médicas, biológicas, psicológicas, psiquiátricas, pedagógicas, sociales, laborales; por ello es que se fundamenta diferentes ciencias tales como las ciencias de Psicologías Criminales, las Psiquiatrías Criminales, las Sociologías Criminales, las Criminologías, las Antropologías Criminales, entre otros. e) Participativa. - Los tratos carcelarios con el fin de cumplir con sus propósitos requieren de la intervención constante de los reclusos dentro de la entidad penitenciaria, ya que la única manera de resocializarlos es si el recluso pone de su parte para poder cumplir con el objetivo de reinserción social. De igual manera, se requiere de una presencia frecuente de los organismos públicos y privados, los familiares y del amito social. 2.2.8.2 Elementos del Tratamiento Penitenciario Por otra parte, la Defensoría del Pueblo realiza una definición al llamado Trato carcelario como las acciones que se realizan conjuntamente con participación de la gestión carcelaria, el cual contiene los componentes que se mencionan a continuación: 37 a) Elemento formativo. Estos elementos están direccionados a brindar a los reclusos las herramientas necesarias para que puedan ser aplicada en el proceso de adaptarse al ámbito social una vez que sean puestos en libertad. Las cuales consisten en las enseñanzas escolares, técnicas o superiores, también la de la educación en distintas materias que ayuden a mejorar sus capacidades técnicas, académicas o profesionales que puedan desarrollar una vez que sean puestos en libertad. b) Elemento psicosocial. está dirigida a los tratamientos de las personalidades de los internos quienes pueden evadir el volver a cometer actos delictivos, la misma que tiene implicancia en la acción de mejorar las aptitudes sociales, y están orientadas a evaluar enfermedades mentales relacionadas con los actos agresivos. c) Elemento de preparación a las reinserciones a las vidas en libertades. Estos componentes están orientados a brindar situaciones requeridas para que cuando el recluso haya cumplido su condena y tenga que volver a desarrollar una vida en libertad, este no tengo una afección abrupta del cambio de entorno. Es por ello que se realizan acciones para que el recluso desarrolle acciones encaminadas a lograr la reintegración social del preso. 2.2.8.3 Etapas De los Tratamientos Penitenciarios El trato carcelario peruano, recopila el régimen de manera progresiva, esto quiere decir que está distribuido en diferentes periodos y fases, en donde los reclusos pueden acceder de manera progresiva acorde a los cumplimientos de los propósitos, niveles de comportamiento y conceptos, como los avances y pronósticos de resocialización encontrados. Las investigaciones y demás 38 valoraciones acerca del progreso continuo viene siendo actualizadas cada cierto tiempo. Ahora se procederá a señalar las distintas fases en las que presenta fraccionado el Trato carcelario de acuerdo al esquema elaborado por el Lic. Benito Almilcar Fleita:  Periodos de Observaciones, en esta etapa se realizan investigaciones y observaciones que se requieren para poder conocer al recluso, la elaboración de un historial criminológico, diagnóstico de la Criminología y se inician los tratos personalizados  Periodo de Tratamiento, en este periodo están involucradas etapas las cuales son: Socializar, Consolidar y afianzar.  Periodos de Pruebas, en esta etapa los reclusos pueden ingresar a un sistema auto disciplinario, con la finalidad de tener los privilegios de poder salir, durante un determinado lapso de tiempo, a reforzar vínculos de familia y/o social, sistema de semi libertad en la cual el recluso tendrá la posibilidad de poder salir del centro penitenciario a cumplir con sus trabajos, como si estuviera en libertad, para luego cumplir con el propósito de reintegración social en determinados horarios dentro de la institución penitenciaria y posteriormente tendrá acceso a los denominados salidas extraordinarias.  Periodo de Libertad Condicional, sucede cuando el recluso sale de manera definitiva de la institución penitenciaria, pero teniendo un estricto control de vigilancia del Juez competente por medios de sus personales, una función social calificada por medio del órgano policial que brinda las seguridades del caso. 2.2.8.3 El órgano técnico de tratamiento. 39 Al observar los precedentes esquemas de procedimientos terapéutica, se puede inferir que esta ocasiona la pronta intervención de personales técnicos y profesionales polivalentes, que se encarguen de las aplicaciones, las variedades de estos personales dependerán de la cantidad de reclusos de las distintas instituciones penitenciarias. En los Códigos de Ejecuciones Penales peruanos, se señala que para tal caso debe de actuar los Órganos Técnicos de Tratamientos quienes están conformados por un grupo de equipo profesional capacitados que se determina mediante las reglamentaciones, tales personales vienen siendo conformados por: a) Médicos psiquiatras. (01) b) Trabajadores sociales. (01) c) Psicólogos. (01) d) Abogados. (01) De acuerdo a las posibles necesidades es posible contar con equipo profesional imperioso para cumplir con el objetivo de la reinserción social. 2.2.8.4 Métodos de tratamiento Penitenciario Dentro de lo complejo del ser humano ha dado lugar a que la práctica carcelaria obtenga un desarrollo sobre distintas maneras metódicas de tratamiento, en relación a las cualidades socio-psico biológicas de los distintos reclusos internados en los centros penitenciarios. Dicha información viene siendo recopilada por los Códigos de ejecuciones penales peruanos al momento de considerar que el tratamiento consiste en el uso continuo de metodologías pedagógicas, social, laboral, psicológica, médica, biológica y demás involucradas que dan lugar al alcance de los propósitos, acorde a las cualidades propias de los distintos reclusos que están internados en los centros penitenciarios (Art.61) adicional a ello, con el 40 propósito de llegar a la consecución de la reintegración social del recluso que cumple una sentencia en la que se les privan las libertades. Las modernas ciencias Penitenciarias y los Derechos de Ejecuciones Penales, brindan las siguientes recomendaciones acerca de las distintas metodologías o técnicas del tratamiento: a. Trabajo penitenciario Se entiendo por trabajo penitenciario a aquellas actividades que realizan las personas con el objetivo de obtener los medios materiales que aseguren la vivencia independiente, asimismo busca que el individuo sea autónomo y asumiendo los reconocimientos de las demás personas. El formar profesionales también es considerado como un conglomerado de acciones que tienen la finalidad de reformar a una persona y capacitarlo en distintas materias para que desarrolle determinadas labores. En la actualidad las ciencias penitenciarias son consideras en los trabajos como un mecanismo de utilidad para poder tener la satisfacción sobre las necesidades en materia del empleado. Las labores penitenciarias también se entablan en el mismo postulado que el empleo, en las libertades y cualquier otra pretensión dentro de las vinculaciones del nivel de producción capitalista peligra en materia de cambiar a los internos penitenciarios en trabajadores en calidad de personal explotado. Dentro del artículo 65° de los Códigos de Ejecuciones Penales se realiza una denominación al empleo carcelario como un beneficio que tiene el reo y una obligación que debe ser cumplida por los internos, además, es un factor primordial del tratamiento, por ellos en dicho reglamento no se establecen las condiciones en las que se deben de prestar estos servicios, por motivo de que no es deplorable, ni merecido, ni atenta contra la dignidad humana; pero, en la exhibición del motivo de los Códigos de Ejecuciones Penales, se ha previsto que en su ejecución, se 41 posibilitará, casi igual a las labores que se realizan en condición de libres, del mismo modo este no atenta a la dignidad de los reclusos que vienen cumpliendo alguna condena. Cuanto mayor es la dependencia del empleo con relación a los propósitos de prevención, se volverá más dificultoso el poder identificar las labores penitenciarias dentro de un factor del tratamiento cuantioso y vienen siendo reflejadas en status de los internos trabajadores. Es la acción física o intelectual que desarrollan los individuos quienes están internados en calidad de reclusos dentro de las instituciones penitenciarias, dentro de los propósitos que se buscan para las labores Penitenciarias podemos describir a las que se mencionan a continuación: a) Objetivos de readaptaciones con el objetivo de reducir los traumas que se pueden producir durante el internamiento. b) Batallar contra los ocios. c) Establecer el hábito que ayude a la resocialización del recluso. Las labores dentro de las instituciones penitenciarias se dan a partir de que una persona ingresa en calidad de recluso, sin embargo, hace muchos años las funciones laborales dentro de las entidades penitenciarias tenían como propósito cuestiones, es por ello que se relaciona la estadía en un centro penitenciario con la labor de realizar trabajos físicos en favor del gobierno. Dentro de las labores penitenciarias que se realizan encontramos al taller de trabajo, el cual consiste en un área de trabajo implementado de manera adecuada en las que se vienen realizando labores de productividad, por otro lado, tenemos la labor “ad honorem” que consiste en que el interno realiza labores cotidianas dentro de la entidad penitenciaria sin recibir ningún tipo de remuneración o pago por el servicio prestado. 42 Acorde a los códigos de Ejecuciones Penales D.L 654 dentro del art 44 hace referencia a las Redenciones de penas por los trabajos realizados, en la cual los reclusos redimen la pena a través de las labores realizadas, en el cual los internos intercambian 1 día de condena de privación de la libertad por 2 días de trabajos efectuados bajo la supervisión y vigilancia de los miembros administrativos de las entidades penitenciarias. b. Educación penitenciaria La base en las que están sustentadas los propósitos de rehabilitación, reintegración social y la reincorporación de los reclusos a la sociedad. Teniendo también unas estadísticas elaboradas, con respecto a los niveles socioculturales de los reclusos, es por ello que se indica que, en un mayor número de presidiarios de una entidad carcelaria, poseen un bajo nivel en cuanto a la materia educativa, causa de diferentes motivos que tuvieron durante su juventud, y por lo general tiene una falta de interés por cumplir con sus estudios truncados o superarse en cuanto a niveles educativos. Se refiere al propósito de brindar una educación a los reclusos por medio de un equipo profesional multidisciplinario con supervisión de los administrativos estatales, por otro lado, podemos observar desde los puntos de vista del estudio de la sociología educativa es el modelo de relaciones interpersonales que se debe de contar en las instituciones penitenciarias. Dentro del entorno socio jurídico y de esta manera la Educación lleva como propósito primordial el cambiar las conductas y los comportamientos e incrementar el bagaje sociocultural de las personas que se encargan de educar a los reos dentro de las instalaciones de los 43 distintos centros penitenciarios, y de mejor manera al contar con infraestructuras que reúnan los requerimientos que conlleven al alcance de los demás propósitos de la educación. (INPE, 2019). Individualmente, las instituciones penitenciarias están encaminadas a brindar la educación requerida a los reclusos de manera formal y contundente, y se sabe que solo la INPE cuenta con los programas establecidos para llegar al alcance de los objetivos, cabe resaltar que existen métodos, técnica, estrategia que se usarán por parte del equipo profesional multidisciplinario de manera global e individual. De la misma manera en los Códigos de Ejecuciones Penales dentro del art 69 hace referencia acerca de la acción de educar a los reclusos, en la cual indica que cada entidad penitenciaria debe de cumplir con la promoción del servicio de educación dirigido a los reclusos, para que estos tengan la posibilidad de poder cumplir con su formación profesional y de la misma manera aportar en su capacitad ocupacional. Los programas existentes que vienen siendo ejecutados están diseñados acorde a la ley vigente sobre materias de educación. Del mismo modo la educación carcelaria técnica se vuelve indispensable y se recomienda para el desarrollo formal del recluso, los que de manera precisa se realizan por medio de las interacciones socioeducativas de los docentes, de esta manera quedaran diseñadas las mallas y los programas curriculares para todos los reclusos del centro penitenciario. (INPE, 2019). c. Educación deportiva y artística: Los deportes vienen una materia artística, y la constante practica de realización por parte de los jugadores de los distintos equipos reina de manera, las técnicas y las habilidades de los jugadores, es por ello que la mayoría de individuos cuando hablan de un tema de conversación deportiva, terminan dialogando sobre asuntos 44 de futbol, cuando en realidad solo existe un número muy reducido de individuos que se atreven a desarrollar sus inquietudes y dialogan sobre en otros deportes. La institución penitenciaria perteneciente a Lurigancho, al igual que otras entidades penitenciarias del territorio peruano, los reclusos constantemente rinden honor a sus deportes favoritos, el cual viene siendo el futbol, es por ello, el mayor espectáculo en el ámbito mundial; en este deporte se olvidan de sus preocupaciones y tristezas al momento de ingresar a una cancha de futbol, lo cual los reclusos lo denominan de manera coloquial “quemar grasa”, al momento de conglomerarse con los 11 jugadores, incluso si es un menor número de jugadores, es la misma sensación de felicidad que ocasiona el estar jugando dentro de una cancha de futbol, y esto sucede en muchos otros lugares se presentan las mismas realidades, realidad que se destaca dentro de los propósitos de las entidades presidiarias. (INPE, 2019). Todas las fuentes que se tienen para el alcance de los propósitos en el entorno de la acción de educar de los organismos penitenciarias, están ligadas a contar con un personal que se encargue de educar y formar a los reclusos. De no ser el caso con esas bondades de la educación, tanto los educadores, así como también los reclusos de las penitenciarías que tienen el afán de formarse en materia educativa, fracasarían de manera conjunta, para este desafortunado caso, es responsabilidad del personal que se encarga de educar dentro de la penitenciaria, que es muy posible que no cuente con las técnicas, metodologías y estrategias para brindar una adecuada formación educativa o si las tiene, no cumple con la manera adecuada de poder incentivar y motivar a los reclusos. Es un procedimiento que consiste en educar por medio de distintas metodologías, técnicas y estrategias en materia de enseñanza, otorgados a los reos 45 que cumplen la con sentencias de penas privativas o alguna otra sentencia dentro de las instituciones penitenciarias, de esta manera se brinda una orientación sociocultural incluso posibilita el poder amplificar las cualidades cognitivas, así como las competencias, capacidades cognitivas y actitudinales ,del mismo modo las habilidades que permiten educar a las personas para que fomenten la participación activa y convivencia pacífica de los miembro integrantes de una sociedad. d. Principales actividades de la Educación Penitenciaria Existen servicios en materia de educación dentro del sistema penitenciario que se brinda teniendo en consideración las estructuras de los sistemas educativos nacionales y se organizan en función a la etapa, nivel, modalidad, ciclo y programa educativo y entre las distinguidas podemos encontrar:  Educación Básica Regular nivel inicial: este servicio se brinda tanto a niños y niñas con edad menor a 3 años, debido a que sus madres están en calidad de internas dentro de las distintas entidades penitenciarias, cumpliendo la sentencia de pena privativa de la libertad. Este servicio está orientado a brindar un fortalecimiento la práctica de cuidar y acompañar al crecimiento del infante.  Educación Básica Alternativa: este servicio es brindado a aquellos reclusos que no tuvieron las oportunidades para dar por terminada con sus su educación primaria y secundaria, quienes brindan este tipo de servicios conforme a la legalidad vigente vienen siendo los CEBA, con el propósito de brindar una educación igual a la de una educación básica regular e implantando recursos adicionales vinculados a desarrollar capacidades laborales y productivas. 46  Educación Técnico Productiva: La Educación Técnico-Productiva viene a ser una manera de educar a los reclusos en base conocimientos de competencias laborales y empresariales desde un punto de vista de desarrollo sostenible, competitivo y humano, también están incluidos los conocimientos acerca de las promociones de las cultura innovadoras que influyan en la demanda del sector productivo y a la necesidad incluida por motivos del avance de la tecnología, del proceso social de la localidad, región y hasta en el ámbito nacional, también los requerimientos educativos de los estudiantes en sus respectivos ambientes. De la misma manera, en su contribución a desarrollar de mejor manera las labores que desempeña el individuo que realiza las labores, a tener un mejor grado de desarrollo en cuanto a capacidades personales y de trabajo. Este servicio es orientado hacia los reclusos que tiene el afán de reintegrarse a la sociedad por medio de los empleos y a estudiantes de la Educación Básica. Está basado en las políticas dispuestas y normadas en el art 40 y el art 45 de la Legislación Nº 28044 “Ley General de Educación Nº 28044”  Educación Superior semipresencial o a distancia: este tipo de educación está basado en formar de manera integral a los individuos, en la producción de conocimiento, desarrollo de metodologías de investigativas e innovadoras y formar personas con profesiones del más elevado grado con especialidades perfeccionadas la cabalidad de los ámbitos del conocimiento como: lo artístico, cultural, científico y tecnológico con el propósito de continuar con la formación de los reclusos que culminaron sus estudios de educaciones básicas y que tienen el afán de seguir estudiando especializándose alguna escuela de profesión ya sea virtual o semi presencial. 47  Programas de Alfabetización: este servicio se brinda a los reclusos que no tuvieron la oportunidad de iniciar estudios y por ende no cuentan con una educación básica, está basada en actividades en la cual aprenderán a leer y escribir, así como aprender a convivir en una sociedad.  Programa de Fomento de lectura: este servicio es un complemento que ayuda a los reclusos a desarrollar sus personalidades, esta educación está basada en fomentar la lectura y desarrollar aprendizajes en base a la habilidad de leer, es de gran ayuda a los educandos en el tema de la privativa de la libertad.  Programa de Tutoría: son un conglomerado de herramientas que ayudan a los internos de los órganos penitenciarias a desarrollar capacidades sociales, afectivas, cognitivas, pedagógicas, en relación al currículo.  Programa Artístico, cultural, deportivo y religioso: es un conglomerado de acciones encaminadas a entablar capacidades creativas y ponerlas en práctica en los valores de la convivencia social, fomentando el valor humanitario por medio del Taller de poesía, Taller de teatro, Taller de creaciones literarias, taller de dibujo y pintura, actividad religiosa y deportiva múltiple. Se realizan con los objetivos de apoyar a las distintas entidades tanto públicas como privadas.  Programa de Emprendimiento: este programa busca encaminar a los reclusos hacia la búsqueda de interés por desarrollar actividades productivas e innovadoras, apoyando a su creatividad por medios de la elaboración de proyectos que tienden a resolver problemáticas que repercuten en su vínculo social y familiar. 48  Programa de Prevención del delito: este programa tiene relación con el tema de la seguridad pública contiene elementos para la orientación psicológica y social a los adolescentes que tienen condiciones de vulnerables o que están inmersos a ciertos riesgos de ser sometidos dentro de las actividades delincuenciales, por otra parte también está orientada a disminuís los actos delictivos, de esta manera salvaguardando la integridad física y emocional de los ciudadanos, así como preservando los derechos y velando por la seguridad y tranquilidad de la sociedad (INPE, 2017). e. Salud Penitenciaria En el marco de los Códigos de Ejecuciones Penales en el capítulo cuarto, hace referencia al asunto de las salubridades penitenciarias y por medio del articulo 76 da a conocer asuntos como la salud física y emocional, en la cual el recluso posee las facultades para velar por su bienestar tanto tífico como emocional, para este caso, los miembros pertenecientes a la administración penitenciaria son los encargados de brindar todas las herramientas necesarias para cubrir esta finalidad. En el marco de art.77 de los Códigos de Ejecuciones Penales hacen de referencia al asunto de los servicios médicos básicos que deben de tener los reclusos en las distintas entidades presidiarias, este servicio es brindado por un personal que tiene la faculta de atender cualquier asunto médico dentro de la infraestructura del centro penitenciario, así como también velar por el adecuado acondicionamiento del entorno del establecimiento, con ayuda de un profesional adecuado. En el marco del artículo 78 de los Códigos de Ejecuciones Penales hace referencia a que en las instituciones penitenciarias en donde se requiera los servicios médicos 49 de manera inmediata, se deben contar con profesionales en materia de medicina quirúrgica, endocrinólogos, psiquiatras, psicólogos, oftalmólogos, pediatras, ginecólogos, odontólogos, y el auxiliar técnico capacitado. De acuerdo al artículo 79 de los Códigos de Ejecuciones Penales las entidades penitenciarias deben de contar con sectores orientados a hospitales, enfermerías, o tópicos, de acuerdo a lo que se requiera en los distintos establecimientos, equipadas con los instrumentos médicos correspondientes. De igual manera, se debe tener áreas determinadas para el aislamiento de casos de patologías altamente contagiosas, para tratamientos psiquiátricos y atenciones toxicológicas y alcohólicas. Desacuerdo con el artículo 80 de los Código de Ejecuciones Penales hace referencia al asunto de los servicios médicos privados, la cual puede ser solicitada por el recluso teniendo en cuenta que es el mismo quien asumirá los gastos, dichos servicios médicos no son parte de los servicios médicos ofrecidos por la entidad presidiaria. Con respecto al art. 81 de los Códigos de Ejecuciones Penales en donde nos hace de mención acerca de los servicios médicos dirigidos a mujeres y niños, en la mencionada legislación pone en conocimiento que en las distintas entidades penitenciarias específicas para reclusos de sexo femenino, se cuenta con servicios de medicina orientada a mujeres que son o están pronto a ser madres, en estas instituciones penitenciarias se cuenta con profesionales obstétricas y ginecólogos (as), como también áreas específicas para tratar a madre con hijos, asimismo se cuenta con instrumentos idóneos para la atención al infante. 50 De acuerdo con el art 82 de los Códigos de Ejecuciones Penales pone en consideración a las atenciones que reciben los reclusos en temas de medicina extrema, la cual se da cuando el recluso requiere atención médica especializada fuera de los establecimientos de la institución penitenciaria, se solicita una aprobación al consejo técnico penitenciario, quien se encargará de disponer, conjuntamente con tres profesionales en el ámbito de administración penitenciaria, luego del tercer día la emisión de la aprobación o rechazo de la solicitud recibida con anteriormente, bajo su responsabilidad. Cuando la institución penitenciaria con cuenta con el número total de profesionales en medicina, se dispondrá de dicho número de profesionales que están en servicio del estado, cabe recalcar si no es posible disponer de este número de médicos, se realizará la junta con la cantidad numérica del equipo profesional con las que se cuentan en la institución carcelaria. Para el caso de la existencia de una emergencia, el director de la institución penitenciaria tiene la capacidad de autorizar la atención médica fuera de las infraestructuras de la entidad penitenciaria, teniendo en cuenta la comunicación inmediata al consejo técnico penitenciario y a los representantes de Ministerio Publico, así como también al recluso a quien se le atenderá y al juez quien es la persona que tiene conocimiento de los procesos establecidos para estos casos Las atenciones médicas especializadas fuera de las instalaciones de la institución penitenciaria podrán ser en los centros de salud ya sean públicas o privadas. Para este último el Director se dé la penitenciaria se encargará de la medida de seguridad a tomarse. 51 f. La asistencia social Los trabajos de asistencias sociales dentro de las instalaciones penitenciarias vienen siendo una disciplina de la ciencia social, que está basado en las políticas penitenciarias, basado en la acción de respetar el derecho y la integridad del individuo; esta disciplina está encaminada a lograr una modificación dentro de las actitudes de los reclusos y orientándolos a reincorporarse a la sociedad, así como también a la resolución de conflictos dentro del ámbito de las relaciones humanas que promueven a la reintegración social de los reclusos de los centros penitenciarios y de esta manera velando por la prevención del crimen, a través de mecanismos orientados a intervenir de manera profesional sobre estos casos. El trato social de las instituciones penitenciarias, empieza a cobrar importancia cuando se entiende que un recluso que estuvo en condena privativa de la libertad puede generar un impacto psicológico y social dentro de su ser sobre el ambiente familiar, los cual conlleva a tener consecuencias negativas de cambios dinámicos familiares, estableciendo así una materia de trabajo para los asistentes sociales de la entidad presidiaria, quienes toman acciones en torno a temas relacionados con las restituciones, mantenimientos, y fortalecimientos de los vínculos familiares, para lograr los propósitos de reintegración social delos reclusos den centro penitenciario y apoyando a la prevención de los delitos, motivo por el cual la labor del trabajador social consiste en:  Realizar las investigaciones, diagnósticos y Planes de tratamientos sociales los reclusos que integran a la institución penitenciaria, teniendo al recluso como un concepto integro, desarrollando trabajos en base a la capacidad y potencial orientado a la rehabilitación, formación, y reinserción social. 52  Adicionar a la junta de clasificaciones, reclasificaciones, reubicaciones y/o reordenamientos dentro de las instalaciones de las distancias instituciones penitenciarias, así como de los órganos transitorios  Hacer efectiva las visitas domiciliarias luego de que el recluso ingrese a las instalaciones de las distintas entidades penitenciarias, la cual hará posible el poder usar los diagnósticos del medio social y familiar, tener más conocimiento acerca de sus familiares y constituir registros de las distintas redes sociales que se maneja en su ámbito social, para poder contribuir con el propósito de llegar a la resocialización de los reclusos, dichas actividades se efectuaran acorde al presupuesto establecido por la comisión de servicios del centro penitenciario.  Brindar un refuerzo a los mantenimientos y apoyar a las retribuciones y fortalecimientos de los vínculos familiares, por medio de mecanismos de intervenciones individuales, grupales y familiares.  Elaborar estadísticas y narrativas de manera mensual, indicando los resultados en cuanto a la limitación, logro y sugerencia (INPE, 2019). g. La asistencia legal Los estudiosos de la materia del derecho quienes asumen el Servicio de Asistencia Legal de las diferentes entidades penitenciarias efectúan ciertas actividades en favor de los reclusos.  Asesoría jurídica.  Difundir el alcance de las normas de materias penales. Procesales penales y de ejecuciones penales, por medio del uso de la charla, taller y demás mecanismos. 53  Apoyar en las organizaciones y tramitaciones del expediente de beneficio penitenciario.  Evaluar y emitir informes jurídicos acerca del beneficio penitenciario, traslado, gracias presidenciales y cálculo de los periodos de tiempo redimidos y los intervalos efectivos de la condena o sentencia.  Producir el escrito, solicitud y recurso para posteriormente ser tramitado ante la autoridad correspondiente a petición de los reclusos.  Participar en las clasificaciones y reclasificaciones de los reclusos.  Asumir las defensas de los reclusos quienes no disponen de la economía suficiente para poder realizar la contratación de un personal con conocimientos en derechos.  Asesorar a las administraciones penitenciarias y realizar coordinaciones de las prestaciones de los servicios legales gratuitos con distintos órganos públicos y privados. (INPE, 2019). h. Asistencia psicológica El régimen carcelario peruano tiene como base el reconocer de manera jurídica el respeto a los derechos de los individuos, teniendo como propósito el de alcanzar la reintegración social de los reclusos de las distintas entidades penitenciarias por medio de los tratamientos técnicos y científicos, basándose en las fuentes modernas y que tiene vigencia, para brindar alternativas de solución frente al problema que acontece al comportamiento humano. Es por ello, que el servicio de psicología forma una parte necesaria en el tratamiento que se otorgan a los reclusos, elaboran un sinfín de aplicaciones con fundamento en la utilización de metodologías y técnicas de acuerdo avance científico del momento, por tal motivo su labor es amparada en el art 92 de los códigos de ejecuciones penales y en el 54 estatuto de los códigos de ética profesionales. A continuación, se procederá a mencionar las distintas acciones que efectúa en psicólogo.  Participar en calidad de miembro de las Juntas de Clasificaciones de las distintas instituciones penitenciarias de reclusos para clasificar a los internos con mandatos de detenciones, situándolos de acuerdo al nivel de peligro que estos presentan dentro de las instalaciones de la entidad penitenciaria.  Participar en calidad de miembro de las Juntas de Clasificaciones de las distintas instituciones penitenciarias de reclusos para situarlos es sus pabellones a las que corresponden.  Participar en calidad de miembro de las Juntas de Clasificaciones de las distintas instituciones penitenciarias de reclusos efectuando la reclasifican de reos de acuerdo a los niveles de progresiones o regresiones en los tratamientos.  Participar en calidad de miembro de las Juntas de Clasificaciones a los reclusos en distintos sectores de acuerdo a los sistemas destinados, de igual manera reordenar a los integrantes penitenciarios de acuerdo a las leyes vigentes.  Entrevistar y evaluar a los reclusos a partir del momento que entran a los centros penitenciarios, haciendo efectiva la apertura su respectivo expediente psicológico y haciendo los seguimientos correspondientes de acuerdo a los actos realizados a su favor.  Coordinar con los organismos públicos y privados con el objetivo de tener un complemento de aplicaciones acerca de tratamientos psicológicos realizados en favor de los reclusos. (INPE, 2019). 55 i. Asistencia Religiosa De acuerdo a los Códigos de Ejecuciones Penales en el Capítulo 8 conformo al artículo 93 tiene como referencia a la libertad de culto y asistencias religiosas, en la cual los miembros administrativos de la entidad penitenciaria garantizan las libertades de cultos y facilitan a los medios para efectuarla. De acuerdo al artículo 94 de los Códigos de Ejecuciones Penales pone en referencia a las libertades de culto en la cual los reclusos no son obligados a estar presentes en actos de culto, así como tampoco están prohibidos de tener asistencia en los mismos. 2.3. Hipótesis de trabajo 2.3.1 General H1: El hacinamiento carcelario ocasiona efectos positivos al tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. H0: El hacinamiento carcelario ocasiona efectos negativos al tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. 2-3.2 Específicas H1: El hacinamiento carcelario tiene relación con los programas de tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado, periodo 2019 H2: Existe un deficiente tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado, por el hacinamiento carcelario, periodo 2019. 56 2.4. Categorías de estudio N° Categorías Sub Categorías Criterios – referencias Definición El Causas hacinamiento  Doctrina  Marco legal Definición Tratamiento  Jurisprudencias Regulación Penitenciario Programas 57 2.5. Definición de términos 2.5.1 Hacinamiento carcelario: “acopio numeroso de seres humanos dentro de las instalaciones una entidad penitenciaria, tomando en cuenta que la cantidad de individuos que habitan en determinado ambiente supera al número de aforo máximo del centro penitenciario.” (Robles, O. 2011). “La sobrepoblación o hacinamientos penitenciarios quiere decir, en palabras simples, que ¨existen más de un individuo en donde hay lugar sólo para uno” (Carranza, E. 2001). El hacinamiento comprende que existe una cantidad mayúscula de seres humanos o animales dentro de un ambiente insuficiente. La principal consecuencia de esta es la concepción de un entorno que no es idóneo para que permita la convivencia de la totalidad de personas, debido a que los medios tales como los factores que caracterizan al entorno comienzan a disipar sus características primordiales dentro de este ambiente empieza a crease un ambiente en donde se dificulta la respiración debido a que el aire empieza a tomar mayor densidad, los recursos de alimentación y bebidas se vuelven escasos ya que no llega para todos, el número de desperdicios, residuos y materia inservible son muy altos, razón por la cual se llega a contaminar el entorno, etc.). “es una condición de una verdadera angustia, que de manera frecuente, termina creando entornos violentos, agresividades de forma indiscriminada e índices de matanzas y suicidio intercarcelario, en la mayoría de las situaciones estas están por encima de las vidas en libertad, el resultado de estos vienen a ser las transgresiones del derecho fundamental de quienes residen en las 58 instituciones penitenciarias, quienes no tienen la manera de hacer frente a esta problemática de crueldad y humillante y la mofa de los propósitos que tienen los centros penitenciarios” (Zaffaroni, 1995) 2.5.2 Derecho de Ejecución Penal Los Derechos de Ejecuciones Penales se refiere aquella disciplina que comprende la investigación analítica, teórica y práctica de las ejecuciones de la reprenda penal, las cuales se clasifican en condenas y protocolos de seguridad, las cuales fueron dispuestas por las autoridades judiciales competentes, teniendo como base la conglomeración de problemáticas, orientaciones, dificultades, puntos de vista y el derecho humano del recluso con el propósito de cumplir con el alcance de la resocialización de los internos de las distintas entidades penitenciarias. Por medio del uso de las políticas y otra técnica de diferentes ciencias, utilizados por los jueces de ejecuciones de penas. “Los lineamientos de ejecuciones penales son parte del sistema global de la consecuencia Jurídica Penal con relación a las autonomías políticas-criminales en el grado que las delimitaciones de los contenidos concretos de las ejecuciones vienen siendo determinadas por el principio diverso a quienes se les brinda la información de las previsiones legales de las sanciones y las imposiciones judiciales de los mismos. Los cual ha dado lugar a que sean los jueces quienes se encarguen de ello, en el entorno de las ejecuciones, las verdaderas políticas criminales en el régimen legal, con los registros, ya que existe la carencia de pautas que estén orientadas en la normatividad, de 59 establecimiento de ambientes penetrables a las arbitrariedades judiciales” (Herrera, 2011) 2.5.3 Reinserción social: La reinserción social son los procesos y consecuencias de la reinserción o reintegración a la cual se la denominan como reinserción. Por otra parte, el verbo reinsertar proviene del accionar de volver a ser parte de un conglomerado, que por alguna razón se había separado. Para el estudio de la sociedad, estas se encuentran vinculada a la sociedad definiéndola como un conglomerado de personas quienes intervienen en un mismo contexto social. “Reinserción Social, hace referencia a las acciones de inserciones de los seres humanos a la sociedad en la que convivía anteriormente y que fueron separados de ella de manera temporal. La presente ideología siempre ha tenido disputas teóricas debido a que al hablar de reintegración social que sirvieron de alguna manera en otras personas quienes no venían cumpliendo ninguna sentencia o pena privativa ni cometieron actos delincuenciales algunos, volver a reintegrar a un individuo implica que este tenga que volver a la sociedad en la cual ya se encontraba con anterioridad, conceptualizando de mejor manera, al mencionas al prefijo re implica tener una situación previa positiva, suponiendo que cada situación de aislamientos de quienes cometieron actos delictivos, sin discriminar las edades de estos, estaría de manera incorrecta. En la manera que se intenta reinsertar los sentidos, se entiende a la reintegración de en los sentidos sociales de integrar a la vida social a los reclusos que se encuentran en calidad de internos en las distintas instituciones penitenciarias” (VILLAGRA, 2008). 60 2.5.4 Reincidencia “Es la reiteración de una misma culpa o defecto. Como concepto de derecho penal es un agravante de la responsabilidad criminal, aplicado al reo que reincide en cometer un delito análogo a aquel por el que ya ha sido condenado. La falta de atención de la sociedad hacia el criminal lo hace repetir el delito”. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014) “Por su parte, refiere que el autor por no definir a la reincidencia, pero si estudia su objeto, donde indica que la reincidencia se ocupara de las problemáticas de las disposiciones legales que derivaran problemas graves de hecho, todo ello en razón de que el sujeto anteriormente fue condenado o sufrió una sanción por otra infracción” (Zaffaroni, 1992) 2.5.5 Rehabilitación Estas son las distintas normas de la orden constitucional y convencional que conduce a la orientación a la rehabilitación en su entorno verdadero. De acuerdo con el art 139 inciso 22 de la Constitución Política de Perú, se establecen el principio de derecho de la administración de justicia referida a la rehabilitación de una persona que cumple una condena: esta norma está basada en el sistema de penitenciarias las cuales tienen por finalidad la formación, rehabilitación y reintegración social de los reclusos. 2.5.6 Procesado “Dicho de una persona: Que ha sido objeto de procesamiento” (DRAE, 2017) 61 2.5.7 Detenido “Privado provisionalmente de libertad por una autoridad competente” 2.5.8 Interno Internamiento de una persona a un centro penitenciario. Esta tiene el goce de los mismos derechos de cualquier persona que no se encuentra cumpliendo una pena privativa de la libertad en algún centro penitenciario. 2.5.8 Procesado Persona que está internada en las instalaciones de una institución penitenciaria y que actualmente tiene un proceso en condición de vigente en el juzgado o en la sala judicial. 2.5.9 Sentenciado Persona que está internada en las instalaciones de una institución penitenciaria, por lo tanto, se consideran individuos que no se les encontraron responsabilidades penales y a la vez viene cumpliendo una condena privativa de libertad ordenada por un juez. 62 CAPÍTULO III: MÉTODO 3.1. Diseño metodológico de la investigación: 3.2. Metodología El método de estudio empleado fue científico en tanto se basa en factores fundamentales como la objetividad. 3.3 Enfoque de investigación Esta bajo el enfoque cuantitativo, porque según explica (Sampieri, 1991) “Se usa la recolección de los datos para probar hipótesis, con base en la medición numérica y el análisis estadístico, para establecer patrones de comportamiento y probar teorías” 3.3 Tipo de investigación jurídica: 3.2.1 Correlacional Las investigaciones de tipo correlacional descriptivo establecerán una relación de las variables de nuestro estudio. 3.4. Diseño contextual 3.4.1. Escenario espacio temporal El estudio se realizó con la información del establecimiento penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado periodo 2019. 3.4.2. Unidad de estudio Se estudio a los operadores relacionados con el tema penitenciario e internos del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. 63 3.4. Técnicas e instrumentos de recolección de datos 3.4.1 Técnicas: Las técnicas fundamentales que se aplicamos en nuestro estudio es el análisis documental, encuesta y entrevista. 3.4.2 Instrumentos: El instrumento que corresponde a las fichas de análisis documental o bibliográfico y técnicas cuestionario. 64 CAPÍTULO IV RESULTADO Y ANÁLISIS DE HALLAZGOS 4.1 Resultados de estudio Capacidad de albergue de población en el establecimiento penal san Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 1 Capacidad de albergue de la población Descripción Rango Porcentaje Capacidad de albergue 590 100% Total 590 Figura 1 Capacidad de albergue de la población Fuente: INPE Análsis e interpretación En la Tabla1 y Figura 1 se obserba 590, con el 100% es la capacidad que debe albergar sistema penitenciario de la ciudad de Puerto Maldonado en la región de Madre de Dios, entre las personas procesadas con medidas de detención y personas sentenciadas a la 65 pena privativa de libertad. Así mismo las personas liberadas con beneficio penitenciario de semilibertad o también liberación condicional. Población Penal en el establecimiento penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 2 Población penal Descripción Rango Porcentaje Población Penal 911 100% Total 911 100% Población Penal Figura 2 Población en el establecimiento penal de San Francisco de Asís Fuente: INPE Análsis e interpretación En la Tabla 2 y Figura 2 se puede apreciar 911, que representa el 100% de en el establecimiento penal de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado, región Madre de Dios. Se puede apreciar una sobre población sobre la capacidad de proyectada. 66 Sobre población (S) en el establecimiento penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 3 Sobre población (s) Rango Rango Porcentaje Sobre población 321 100% Total 321 100% Figura 3 Sobre población (s) Fuente: INPE Análsis e interpretación Se puede apreciar en al Tabla 3 y Figura 3 un total de 321 personas del establecimiento penetenciario del Penal San Francisco de Asis de la ciudad de Puerto Maldonado, exceden a la población proyectada para albergar. Establecimientos penitenciarios en condición de hacinados en penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado 67 Tabla 4 Sobre Población (S) Descripción Rango Porcentaje Población Penal 911 154% Sobre población (s) 321 54% Figura 4 Sobre Población (S) Fuente: INPE Análsis e interpretación Se observa en la Tabla 4 y Figura 4 un 154% de la población penal que representa las 911 personas que se viene albergando en el establecimiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de la Ciudad de Puerto Maldonado, y un 54% que representa exceso de sobre población con un total de 321 personas que se viene albergando. Rangos de edades (años) en el establecimiento penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado 68 Tabla 5 Rangos de edades (años) Edades Rango Porcentaje 18-19 años 7 1% 20-24 años 107 12% 25-29 años 146 16% 30-34 años 147 16% 35-39 años 139 15% 40-44 años 112 12% 45-49 años 89 10% 50-54 años 62 7% 55-59 años 42 5% 60-a más 60 7% Figura 5 Rangos de edades (años) Fuente: INPE Análsis e interpretación Se aprecia en la Tabla 5 y Figura 5 el 1% que representa a 7 personas entre las edades de 18 a 19 años de edad, el 12% que representa al 107 personas entre las edades de 20 69 a 24 años de edad, el 16% que representa al 146 personas entre las edades de 25 a 29 años de edad, el 16% que representa al 147 personas entre las edades de 30 a 34 años de edad, el 15% que representa al 139 personas entre las edades de 35 a 39 años de edad, el 12% que representa al 112 personas entre las edades de 40 a 44 años de edad, el 10% que representa al 89 personas entre las edades de 45 a 49 años de edad, el 7% que representa al 62 personas entre las edades de 50 a 54 años de edad, el 5% que representa al 42 personas entre las edades de 55 a 59 años de edad, el 7% que representa al 60 personas entre las edades de 60 a más años de edad, un porcentaje relevante con el 16% que representa al 147 personas entre las edades de 30 a 34 años de edad, y por otro lado con el menor porcentaje el 5% que representa al 42 personas entre las edades de 55 a 59 años de edad, quienes vienen recluidos en el estaleciemiento penal de San Francisco de Asis de la Ciudad de Puerto Maldonado. 70 Población de mujeres con hijos en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 6 Total de madres con hijos Descripción Rango Porcentaje Madres con hijos 5 100% Total 5 100% Figura 6 Total de madres con hijos Fuente: INPE Análsis e interpretación Se aprecia en la Tabla y Figura 6 la poblacion de madres con hijos que representa el 100% en el establecimiento penitenciario de San Farancisco de Asis de la ciuda de Puerto Maldonado, region Madre de Dios. 71 Población de niños en establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 7 Total niños Descripción Rango Porcentaje Niños 5 100% Total 5 100% Figura 7 Total niños Fuente: INPE Análsis e interpretación Se observa en la Tabla y Figura 7, la población de niños 5 representado en 100% de la población en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado 72 Población de niños por género en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 8 Población de niños por género Descripción Rango Porcentaje Hombre 2 40% Mujer 3 60% Figura 8 Población de niños por género Fuente: INPE Análsis e interpretación Se observa en la Tabla 8 y Figura 8 la población por género un 40% de niños varones y 60% niños mujeres en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado 73 Población niños varones por edad según departamento y establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 9 Niños varones Descripción Rango Porcentaje 0 años 0 0% 1 años 1 50% 2 años 1 50% 3 años 0 0% 0% % 0% 0% Figura 9 Niños varones Fuente: INPE Análisis e interpretación Se aprecia en la Siguiente Tabla 9 y Figura 9, población de niños varones por edad, un 50% de niños varones entre la edad de un año, y 50% de niños entre la edad de 2 años que se encuentran en el penal de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado 74 Población niños mujeres por edad según departamento y establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. Tabla 10 Población niños mujeres Descripción Rango Porcentaje 0 años 0 0% 1 años 1 50% 2 años 1 50% 3 años 0 0% Figura 10 Población niños mujeres Fuente: INPE Análsis e interpretación Se observa en la Tabla 10 y Figura 10, población de niños mujeres por edad, un 100% de niños mujeres que representa entre la edad de 1 año, un porcentaje muy significante que se encuentra en el establecimiento penitenciario de San francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado. 75 Población según situación jurídica y género en el establecimiento penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 11 Población penal según situación jurídica y género Descripción Rango Porcentaje Hombres 859 94% Mujeres 52 6% Total 911 100% Figura 11 Población penal según situación jurídica y género Fuente: INPE Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 11 y Figura 11 la población según situación jurídica, un 94% que representa a los hombres y 6% de población es representada por las mujeres en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado. 76 Procesados en el establecimiento penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 12 Procesados Descripción Rango Porcentaje Hombres 483 94% Mujeres 25 6% Total 508 100% Figura 12 Procesados Fuente: INPE Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 12 y Figura 12 la población según situación de procesados, un 95% que representa a los hombres y 5% de población es representada por las mujeres en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado. 77 Sentenciados en el establecimiento penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado Tabla 13 Sentenciados Descripción Rango Porcentaje Hombres 376 93% Mujeres 27 7% Total 403 100% Figura 13 Sentenciados Fuente: INPE Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 13 y Figura 13 la población según situación de Sentenciados, un 93% que representa a los hombres y 7% de población es representada por las mujeres en el establecimiento penitenciario de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado. 78 ENCUESTA REALIZADA ABOGADOS LITIGANTES Y MAGISTRADOS DEL MINISTERIO PÚBLICO Se encuesto a 05 abogados litigantes y 05 Magistrados del Ministerio Publico Tabla 14 ¿Usted cree que él hacinamiento penitenciario afecta el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 4 40,0 40,0 40,0 NO 3 30,0 30,0 70,0 EN PARTE 3 30,0 30,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 Figura 14 ¿Usted cree que él hacinamiento penitenciario afecta el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análsis e interpretación 79 Se puede apreciar en la Tabla 14 y Figura 14 la población de fiscales y abogados señalan que un 40% existe un hacinamiento penitenciario, el 30% indica que no existe y el restante indica que afecta en parte el hacinamiento. Tabla 15 ¿Usted cree que surtan efectos positivos los tratamientos penitenciarios aplicados por el personal del INPE del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 4 40,0 40,0 40,0 NO 3 30,0 30,0 70,0 EN PARTE 3 30,0 30,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 80 Figura 15 ¿Usted cree que surtan efectos positivos los tratamientos penitenciarios aplicados por el personal del INPE del penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 15 y Figura 15 la población de Fiscales y Abogados señalan que un 40% dan efectos positivos los tratamientos penitenciarios, el 30% indica que no surten efectos y el restante indica que surten en parte los tratamientos penitenciarios. Tabla 16 ¿Usted cree que la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 2 20,0 20,0 20,0 NO 5 50,0 50,0 70,0 EN PARTE 3 30,0 30,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 81 Figura 16 ¿Usted cree que la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análisis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 16 y Figura 16 la población de fiscales y abogados señalan que un 50% la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario, el 30% indica que no tiene relación y el 20% indica que en parte tiene relación la seguridad social y el tratamiento penitenciario. Tabla 17 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido Contratar más profesionales 4 40,0 40,0 40,0 para el tratamiento integral Clasificar a los internos 4 40,0 40,0 80,0 adecuadamente Proveer más presupuesto a los centros penitenciarios 2 20,0 20,0 100,0 para su tratamiento Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 82 Figura 17 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 17 y Figura 17 la población de Fiscales y Abogados señalan que un 40% es necesario contratar más profesionales para el tratamiento integral, el 40% indica que es necesario clasificar a los internos de manera adecuada y el 20% indica que deben de proveer más presupuesto a los centros penitenciarios para su tratamiento. 83 Tabla 18 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal psicológico adecuado para su tratamiento? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 1 10,0 10,0 10,0 NO 5 50,0 50,0 60,0 EN PARTE 4 40,0 40,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 Figura 18 ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análsis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 18 y Figura 18 la población de fiscales y abogados señalan que un 10% los internos cuentan con el personal psicológico adecuado para su tratamiento, 84 el 50% indica que los internos no cuentan con el personal psicológico adecuado y el 40% indica que en parte cuentan con el personal psicológico. Tabla 19 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal suficiente para la atención medica? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 4 40,0 40,0 40,0 NO 5 50,0 50,0 90,0 EN PARTE 1 10,0 10,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 Figura 19 ¿Usted cree que los internos cuentan con el personal suficiente para la atención medica? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análsis e interpretación 85 Se puede apreciar en la Tabla 19 y Figura 19 la población de fiscales y abogados señalan que un 40% los internos cuentan con el personal suficiente para la atención médica, el 50% indica que los internos cuentan con el personal para la atención médica y el 10% indica que en parte cuentan con el personal médico. Tabla 20 ¿Cómo cree usted que es la educación que reciben los internos del centro penitenciario San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido BUENA 5 50,0 50,0 50,0 MALA 4 40,0 40,0 90,0 REGULAR 1 10,0 10,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 Figura 20 ¿Cómo cree usted que es la educación que reciben los internos del centro penitenciario San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas Análisis e interpretación 86 Se puede apreciar en la Tabla 20 y Figura 20 la población de fiscales y abogados señalan que un 50% los internos reciben una educación regular, el 40% indica que los internos reciben una mala educación y el 10% indica que tienen una educación regular. Tabla 21 ¿Usted cree que los espacios que tiene los internos sean suficientes para realizar sus actividades educativas y laborales? Porcentaje Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido acumulado Válido SI 4 40,0 40,0 40,0 NO 4 40,0 40,0 80,0 EN PARTE 2 20,0 20,0 100,0 Total 10 100,0 100,0 FUENTE: SPSS V 22 Figura 21 ¿Usted cree que los espacios que tiene los internos sean suficientes para realizar sus actividades educativas y laborales? FUENTE: elaborado en base a las encuestas realizadas 87 Análisis e interpretación Se puede apreciar en la Tabla 21 y Figura 21 la población de fiscales y abogados señalan que un 40% los internos tienen un espacio adecuado y suficientes, el 40% indica que los internos no tienen espacios suficientes el 20% indica que tienen en parte tienen espacios suficientes para realizar actividades educativas y laborales. 4.2 ANÁLISIS DOCUMENTAL 4.3 infraestructura del Penal Sanfrancisco de Asís de Puerto Maldonado El Establecimiento Penitenciario Puerto Maldonado Está construido en área total de 19,686 metros cuadrados, cuenta con 8 pabellones y está ubicado en la prolongación la joya S/N, distrito Santa Ana, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. El terreno que ocupa fue donado por un hacendado. Fue construido el año de 1979 para luego entrar en funcionamiento en el año de 1981, de acuerdo a la Directiva N°008-87-DGFFPP/ COAS del 11NOV 87 y la Directiva N°030- DGPNP-EMG-DIPOG del 14MAY92. La PNP tuvo a su cargo la seguridad interna y externa, el personal del INPE solamente cumplía funciones administrativas y tratamiento. El 05 de diciembre del 2013, el INPE se hace cargo de la seguridad del establecimiento penal. Director: Ruby David Soto Silva. Centro de Educación Básica Alternativa: “Guillermo Billngnurst”. Centro de Educación Técnico Productivo: “Dionicia Herrera Alvarado”. 4.4 Talleres - Carpintería - Tallados 4.5 Capacidad de albergue 88 La capacidad de albergue comprende el número total de internos que debe tener el penal san Francisco de asís de Puerto, Maldonado - capacidad de albergue: 590 4.6 población penitenciaria - varones: 859 - mujeres: 52 - total: 911 4.7 personal penitenciario Personal penitenciario Trabajadores administrativos 05 profesionales Seguridad 87 técnicos 09 profesionales (2 abogados, 2 asistente social, 02 del área de Tratamiento trabajo, 01 educación, 01 secretario, 01 medio libre) Salud 05 Fuente: INPE- Puerto Maldonado 89 ENTREVISTA Entrevista a personas recluidas en el penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado periodo 2019, para recabar información que servirá para la investigación de la Tesis Titulada Efectos Del Hacinamiento Carcelario en el Tratamiento Penitenciario en el Penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado. La entrevista se realizó a la persona de iniciales M. R. C. Estuvo recluido en el Penal de San Francisco de Asis de Madre de Dios Puerto Maldonado en el año 2019. Por el delito de tenencia ilegal de armas en el año 2019, lo trasladaron al penal un día lunes, estuvo encerrado en el ambiente de prevención durante 15 días durmiendo en el piso aglomerados con todos los que llegaban y esperando para que los clasifiquen, a los 15 días dijo que lo clasificaron al pabellón 01 y que ahí estuvo durante los 02 años. 1.- ¿Existe hacinamiento en penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? 90 Dijo que si, que la capacidad de cada cuadra o dormitorio es para 08 internos y solo hay esa cantidad de camas, sin embargo, hay un total de 12 a 13 internos, por tanto, los restantes duermen en el piso 2.- ¿Cómo es la clasificación de los internos? La clasificación es por pabellones de acuerdo la gravedad del delito o reincidencia, pero solo eso es para pernoctar, porque en el día se juntan todos, ya sea en el patio o en los talleres. 3.- ¿Conoces sobre los beneficios penitenciarios? Dijo que sí; que le informaron varios compañeros sobre la redención de penas por días laborados y de educación 4.- ¿Se destinan ambientes para el tratamiento penitenciario en el tema laboral, educativo y de salud? En el tema laboral: Hay talleres de carpintería con espacio reducido En el tema educativo: Hay un ambiente para realizar las clases, pero limitadas En el tema de salud: Hay un solo tópico que no tiene suficiente espacio. 5.- ¿Hay personal del INPE que haga seguimiento a los tratamientos penitenciarios? No, uno mismo tiene que acogerse y realizar el tratamiento penitenciario por su propia cuenta 6.- ¿Hay personal suficiente para realizar el tratamiento penitenciario 91 No, porque si quieres atención psicológica el personal siempre está ocupado, tienes que sacar cita, con una semana de anticipación aproximadamente 7.- ¿Cómo es la alimentación penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado? Es mala y poca cantidad, también se le conoce como “LA PAYLA” son tres veces al día. 8.- ¿El hacinamiento carcelario afecta al tratamiento penitenciario? Si, por que casi no hay espacio en los ambientes (dormitorios, talleres, tópico) y el personal profesional siempre están ocupados (psicólogo, asistente social, enfermeras) 9.- ¿Crees que saliste apto para ser reinsertado a la sociedad? Creo que no, porque salí con muchas limitaciones, sociales y laborales ELABORACION: Fue elaborado en base a la entrevista a un ex interno del Penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado (2019) ANALIS E INTERPRETACION DE LA ENTREVISTA De la entrevista realizada se corrobora que existe hacinamiento en el Penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado. Los efectos del hacinamiento en el tratamiento penitenciario principalmente son los ambientes inapropiados para la estadía y la deficiente labor en el tema educativo, laboral y de salud, lo cual repercute directamente en la rehabilitación resocialización y reinserción social de los internos, así mismo se transgrede el Articulo 139 incisos 21 y 22 de la Constitución Política “el derecho de los reclusos y sentenciados de ocupar establecimientos adecuados, el principio de que el régimen penitenciario tiene por 92 objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad” y el Articulo N°03 del Código de Ejecución Penal “El interno ocupa un ambiente adecuado y está sujeto a tratamiento integral desde su ingreso hasta su liberación”. 93 CONCLUSIONES 1. Producto de la presente investigación se ha logrado establecer la existencia del hacinamiento, las condiciones reducidas y precarias que existen dentro del del penal San Francisco de Asis de puerto Maldonado producto de este hacinamiento, se vienen vulnerando sus derechos, como la salud e integridad personal. transgrediendo normas constitucionales (el Articulo 139 incisos 21 y 22) y normas del código De Ejecución Penal Articulo N°03 (también se tiene la sentencia del Tribunal Constitucional (STC 05436-2014-PHC) que declara inconstitucional el hacinamiento en penales). 2. Los efectos del hacinamiento en el tratamiento penitenciario principalmente repercuten negativamente en la rehabilitación resocialización y reinserción social por la deficiente labor que cumple el personal del INPE, en el tema educativo, laboral, psicológico y salud. 3. Queda demostrado que en el penal San Francisco de Asis de puerto Maldonado no existe un adecuado tratamiento penitenciario, porque la infraestructura es reducida, la población no tiene una óptima atención, la alimentación no cumple con los estándares de nutrición, estas atribuciones son principalmente a la mala política penitenciaria del Estado Peruano, que en todos los Gobiernos de turno no ha atendido la problemática del Sistema Penal. 94 RECOMENDACIONES 1. Que el Ministerio de Justicia y los Gobiernos establezcan que los penales tengan el numero de reos de acorde a su capacidad. 2. Se recomienda al Ministerio de Justicia a través del INPE efectué mayor asignación presupuestal para mejorar los espacios y servicios todo ello socializando entre el INPE, los internos y el personal que brinda servicios psicológicos, de salud, educativos y laborales, con ello se contribuirá para reducir el hacinamiento penitenciario, y de esta manera mejorar el tratamiento penitenciario 3. Se recomienda a los trabajadores del establecimiento penitenciario San Francisco de Asis de Puerto Maldonado fortalecer el tratamiento penitenciario cumpliendo los programas de reinserción rehabilitación y resocialización, con técnicas y estrategias modernas en el trabajo con los internos. 95 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS Aguirre Tucto, G. S. (2017). HACINAMIENTO PENITENCIARIO Y DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS EN EL PENAL DE POTRACANCHA, HUÁNUCO – 2017. "Para optar el Titulo de Abogado". UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO, HUANUCO. Carbajal, I. A. (2015). Incidencia del hacinamiento carcelario en los procesos de resocialización intra mural delEstablecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Armenia Quindío durantelos años 2012-2013. "Especialización en Derecho penal y criminalística". Universidad Libre de Armeria - COLOMBIA, QUINDIO. Chaiña Lopez, H. G. (2011). Realidad penitenciaria y Derechos Humanos de los internos del Penal de Challapalca, Tacna 2011. "Tesis de pregrado". Universidad Nacional del Altiplano, TACNA. Chavarría, P. R. (2008). Sobrepoblación y hacinamiento carcelarios:. "Tesis para optar al grado de Licenciatura en Derecho". UNIVERSIDAD DE COSTA RICA, Costa Rica. Cote Villamizar, W. M. (2016). ACCIONES JURIDICAS APLICABLES PARA DISMINUIR EL HACINAMIENTO DE INTERNOS EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE MEDIANA SEGURIDAD DE CUCUTA. "Tesis de Maestria". UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, CUCUTA. Espinoza, A. S. (2008). POLITICA PENAL Y POLITICA PENITENCIARIA. LIMA: Departamento Acadenico de la Pontifcia Universida Catolica del Peru -SA MIGUEL. 96 Fallas Marín, M. D. (2017). El estudio de las causas del hacinamiento penitenciario en el ámbito A del Centro de Atención Institucional La Reforma. "Maestría en Criminología". Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica, COSTA RICA. Herrera, J. Á. (2011). EL DERECHO DE EJECUCIÓN PENAL DE CARA AL PRESENTE. Centro de Estudios de Derecho PENITENCIARIO, 44. MOLINA, M. D. (2002). LA REISERCION Y REAVLITACION URUGUAYA. URUGUAY: CAJAS OTN PAG, 23. OJEDA VELASQUEZ, J. (2012). REISERCION SOCIAL Y FUNCION DE LA PENA. MEXICO: INSTITUTO DE LA INVESTIGACION JRIDICA. OTAZU MEDINA, A. (2015). LA REHABILITACIÓN DE UN CONDENADO Y LA CONFRONTACIÓN CON. 10. Panizo Moreno, D. J. (2017). Propuesta de privatización de la administración del. "TESIS PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO". Universidad Cesar Vallejo, LIMA. PENAL, M. A. (17 de SETIEMBRE de 2018). LA LEY EL ANGULO LEGAL DE LA NOTICIA. Obtenido de https://laley.pe/art/6180/ Rodríguez, M. N. (2015). HACINAMIENTOPENITENCIARIO EN AMÉRICA LATINA:CAUSAS Y ESTRATEGIAS PARA SU REDUCCIÓN. México, D.F.: Impreso en México. RPP NOTICIAS. (09 de MARZO de 2019). Penales del Perú tienen sobrepoblación del 134 % y a fines del 2019 albergarán a 100 mil presos. Obtenido de https://rpp.pe: - sobrepoblacion-del-134-y-a-fines-del-2019-albergaran-a-100-mil-presos- noticia-1184982?ref=rpp 97 Trujillo Portugal, C. A. (2017). Hacinamiento carcelario y su relación con los programas de reinserción social de los internos del establecimiento penitenciario de Tarapoto. 2017. "TESIS PARA OBTENER EL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO EN GESTIÓN PÚBLICA". UNIVERISDAD CESAR VALLEJO, TARAPOTO. VILLAGRA PINCHEIRA, C. (2008). HACIA UNA POLITICA POS PENITENCIARIA EN CHILE. SANTIGO DE CHILE: RIL, EDITORES. Zaffaroni, E. R. (1990). REINCIDENCIA. HABANA. (jefa), m. j. (2019). INPE INFORME ESTADISTICO 2019 . LIMA: OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUOPUESTO. INPE. (2019). ANUARIO PENITENCIARIO. OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO. INPE. (2019). PENAL PUERTO MALDONADO. INPE. (2019). UNA LUZ DETRA DEL ENCIERRO. OFICINA DE PLANEAMIENTO Y INPE. (ABRIL de 2019). WWW.IMPE.GOP.PE. INPE. (2019). WWW.INPE.GOP.PE. - 98 ANEXOS Encuesta para Abogados Litigantes y Magistrados del Ministerio Público, la cual servirá para la investigación de la Tesis Titulada: “EFECTOS DEL HACINAMIENTO CARCELARIO EN EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO EN EL PENAL SAN FRANCISCO DE ASIS DE PUERTO MALDO” 1- ¿Usted cree que él hacinamiento penitenciario afecta el tratamiento penitenciario del penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? Si No En parte 2.- ¿Usted cree que surtan efectos positivos los tratamientos penitenciarios aplicados por el personal del IMPE del penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? SI No En parte 3.- ¿Usted cree que la seguridad social tenga relación con el tratamiento penitenciario? Si No En parte 4.- ¿Qué políticas considera usted que serían necesarias para mejorar el tratamiento penitenciario en el penal San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? a.- contratar más profesionales para el tratamiento integral b.- clasificar a los internos adecuadamente 99 c.- proveer más presupuesto a los centros penitenciarios para su tratamiento d.- ampliar las infraestructuras carcelarias 5.- ¿usted cree que los internos cuentan con el personal psicológico adecuado para su tratamiento? Si No En parte 6.- Usted cree que los internos cuentan con el personal suficiente para la atención medica? Si No En parte 7.- como cree usted que es la educación que reciben los internos del centro penitenciario San Francisco de Asis de Puerto Maldonado? Buena Mala Regular 8.- Usted cree que los espacios que tiene los internos sean suficientes para realizar sus actividades educativas y laborales? Si No En parte