FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TESIS CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS EN LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LOS PUNTOS DE VENTA DE CERVEZA DEL DISTRITO DE SANTO TOMAS, CHUMBIVILCAS - CUSCO, PERIODO 2017 PRESENTADO POR: BACH. AMAO CASTILLO BRENDA BACH. LIMA YUCRA ROSA MERCEDES PARA OPTAR AL TITULO PROFESIONAL DE: CONTADOR PÚBLICO ASESOR: DR. CPCC. ARMANDO LOAIZA MANRIQUE CUSCO - PERÚ 2019 i Presentación Señor Decano Dr. FORTUNATO ENDARA MAMANI, de la Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables de la Universidad Andina del Cusco. En cumplimiento al reglamento de grados y títulos de la Escuela Profesional de Contabilidad, ponemos a su consideración el presente trabajo de investigación intitulado: “CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS EN LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LOS PUNTOS DE VENTA DE CERVEZA DEL DISTRITO DE SANTO TOMAS, CHUMBIVILCAS - CUSCO, PERIODO 2017.” El presente trabajo de investigación está orientado a identificar las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza, en el cual se evidencia el desconocimiento y falta de información por parte de los contribuyentes, hecho que hace que incurran en infracciones; por lo que se orienta a brindar información certera para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Con la finalidad de sustentar nuestro trabajo de investigación con el objetivo de optar el título profesional de Contador Público y de esta manera poner en práctica los conocimientos adquiridos en nuestra formación académica. Atentamente Las Autoras ii Agradecimiento Agradecemos a Dios por habernos acompañado y guiado a lo largo de nuestra carrera profesional, por ser nuestro bastión en los momentos de debilidad y por brindarnos una vida llena de aprendizajes, experiencia, felicidad y sobre todo fortaleza para que fuera posible alcanzar este logro. A nuestro asesor Dr. CPCC. Armando Loaiza Manrique, por su dedicación, por el tiempo y por habernos orientado con el conocimiento necesario, haciendo posible la realización de esta tesis. A nuestras dictaminantes, Mg. CPCC. Estela Quispe Ramos y Mg. CPCC. Magna Cusimayta Quispe, por el momento dedicado por aclarar todas nuestras dudas que surgieron en este proceso, por la paciencia y el tiempo brindado. Al docente Mg. CPCC. Juan Rubén Rodríguez Calderón por brindarnos su apoyo incondicional, por el tiempo, su amistad, confianza en nuestro trabajo, ha sido un aporte invaluable, no solamente en el desarrollo de estas tesis, sino también en nuestra formación profesional. A nuestra Universidad Andina del Cusco, que nos dio todo y nos abrió sus puertas del conocimiento, a nuestra facultad y nuestros docentes que hicieron posible nuestra realización profesional con los conocimientos que nos brindaron. Atentamente Las Autoras iii Dedicatoria El presente trabajo lo dedico a Dios, por ser mi guía, mi protector y mi refugio en mis momentos de debilidad. A mi mamá Nilda por ser mi principal motivo y fortaleza para culminar uno de mis anhelos más deseados, que soy el resultado de su poder de decisión y fuerzas de no darse por vencida. Enseñarme con sus actos que después de la tormenta viene la luz y que a través de mi persona pueda ver culminado uno de sus anhelos. Al Sr Horacio y mis hermanos: Luis Alberto, Mabel y Anthony, por ser las personas que me alientan y apoyan para nunca retroceder, que me recuerdan que no estoy sola, si los tengo a ellos MI FAMILIA A mi papá Lucio y Mi Tía Haydee, que con su fuerza y trabajo me motivan a ser mejor cada día, y que el primer paso es importante pero no es suficiente para lograr el éxito. Bach. Brenda Amao Castillo iv Dedicatoria El presente trabajo dedico a Dios y la Mamita del Carmen por ser mi fortaleza e inspiración para realizar mis proyectos y guiarme en el sendero de la vida. A mi mamá Mercedes por darme su apoyo incondicional, fuerza, valentía y motivación para realizarme como persona y profesional, por ser la mejor madre del mundo y también mí mejor amiga. Gracias Madre mía. A mi papá Esteban por darme todo lo que se le pueda dar a una hija, por heredarme la gran bondad de su corazón, apoyarme incondicionalmente y brindarme todo su amor y comprensión. Gracias papito. A mi hermana Vaneza por compartirme su alegría en todo momento, por enseñarme que lo que se ama se defiende y por sobre todo darme el mejor regalo que se le puede dar a una hermana: mi sobrina Camilita. Gracias a ambas. En general a toda mi familia, amigos y aquellas personas que me brindaron su apoyo, permanecieron a mi lado brindándome cariño, motivación y que contribuyeron en la elaboración de esta tesis. Infinitas Gracias. Bach. Rosa Mercedes Lima Yucra v Nombres y Apellidos del Jurado de la Tesis y del Asesor Dictaminantes: – Mgt. Estela Quispe Ramos – Mgt. Magna Cusimayta Quispe Replicantes: – Dr. Juan Cancio Curiza Carrasco – Mgt. Paola Estrada Sánchez Asesor: – Dr. Armando Loaiza Manrique vi Índice General Presentación ............................................................................................................................ i Agradecimiento ..................................................................................................................... ii Dedicatoria............................................................................................................................ iii Dedicatoria............................................................................................................................ iv Nombres y Apellidos del Jurado de la Tesis y del Asesor .................................................... v Índice General....................................................................................................................... vi Índice de Tablas .................................................................................................................... ix Índice de Figuras .................................................................................................................. xi Resumen .............................................................................................................................. xii Abstract ............................................................................................................................... xiv Listado de Abreviaturas ...................................................................................................... xvi Capítulo I Introducción 1.1 Planteamiento del problema ...................................................................................... 1 1.2 Formulación del Problema ......................................................................................... 3 1.2.1 Problema General ...................................................................................................... 3 1.2.2 Problemas Específicos ............................................................................................... 3 1.3 Objetivos de la Investigación ..................................................................................... 3 1.3.1 Objetivo General ........................................................................................................ 3 1.3.2 Objetivos Específicos ................................................................................................ 3 1.4 Justificación de la Investigación ................................................................................ 4 1.4.1 Relevancia Social ....................................................................................................... 4 1.4.2 Implicaciones Prácticas ............................................................................................. 4 1.4.3 Valor Teórico ............................................................................................................. 5 1.4.4 Utilidad Metodológica ............................................................................................... 5 1.4.5 Viabilidad o Factibilidad ........................................................................................... 5 1.5 Delimitación de la Investigación ............................................................................... 6 1.5.1 Delimitación Temporal .............................................................................................. 6 1.5.2 Delimitación Espacial ................................................................................................ 6 1.5.3 Delimitación Conceptual ........................................................................................... 6 Capítulo II Marco Teórico 2.1 Antecedentes de la Investigación ............................................................................... 7 2.1.1 Antecedentes internacionales ..................................................................................... 7 2.1.2 Antecedentes nacionales ............................................................................................ 9 2.1.3 Antecedentes locales ................................................................................................ 10 2.2 Bases Legales ........................................................................................................... 12 2.3 Bases Teóricas ......................................................................................................... 14 2.3.1 Contingencia Tributaria ........................................................................................... 14 2.3.2 Obligaciones Fiscales .............................................................................................. 15 2.3.3 Puntos de Venta ....................................................................................................... 22 vii 2.3.4 Infracciones y Sanciones ......................................................................................... 25 2.3.5 Impuesto General a las Ventas................................................................................. 29 2.3.6 Impuesto a la Renta ................................................................................................. 32 2.3.7 Comprobantes de Pago ............................................................................................ 38 2.3.8 Regímenes de Percepciones del IGV ....................................................................... 45 2.3.9 Libros y Registros Contables ................................................................................... 46 2.4 Marco Conceptual .................................................................................................... 48 2.5 Formulación de Hipótesis ........................................................................................ 51 2.5.1 Hipótesis General ..................................................................................................... 51 2.5.2 Hipótesis Especificas ............................................................................................... 52 2.6 Variables de estudio ................................................................................................. 52 a) Variables .......................................................................................................................... 52 b) Conceptualización de Variables ...................................................................................... 52 c) Operacionalización de Variables ..................................................................................... 53 Capítulo III Método de Investigación 3.1 Tipo de Investigación .............................................................................................. 54 3.2 Enfoque de Investigación ........................................................................................ 54 3.3 Diseño de la Investigación ....................................................................................... 54 3.4 Alcance de la Investigación ..................................................................................... 55 3.5 Población y Muestra de la Investigación ................................................................. 55 3.5.1 Población ................................................................................................................. 55 3.5.2 Muestra .................................................................................................................... 55 3.6 Técnicas e Instrumentos para la Recolección de Datos ........................................... 55 3.6.1 Técnicas ................................................................................................................... 55 3.6.2 Instrumentos ............................................................................................................ 56 3.7 Procesamiento de Datos ........................................................................................... 56 Capitulo IV Resultados de la Investigación 4.1 Presentación de los Resultados en Tablas ............................................................... 57 4.1.1 Resultados respecto al objetivo general ................................................................... 58 4.1.2 Resultados respecto al objetivo específico 1 ........................................................... 60 4.1.3 Resultados respecto al objetivo específico 2 ............................................................ 64 4.1.4 Resultados respecto al objetivo específico 3 ............................................................ 71 Capitulo V Discusión 5.1 Descripción de los hallazgos más relevantes y significativos ................................. 74 5.2 Limitaciones del estudio .......................................................................................... 79 5.3 Comparación critica con la literatura existente ....................................................... 80 5.4 Implicancias del estudio .......................................................................................... 82 CONCLUSIONES ............................................................................................................... 83 viii RECOMENDACIONES ..................................................................................................... 85 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ................................................................................ 87 ANEXOS ............................................................................................................................. 90 Anexo N° 1 Matriz de Consistencia .................................................................................... 91 Anexo N° 2 Matriz del Instrumento para la Recoleccion de Datos .................................... 92 Anexo N° 3 Instrumentos de Recolección de Datos ........................................................... 94 Anexo N° 4 Validación de Instrumentos ............................................................................. 98 Anexo N°5 Material Fotográfico ......................................................................................... 99 ix Índice de Tablas Tabla 1. Características de los Puntos de Venta de Cerveza del distrito de Santo Tomas .................................................................................................................................. 24 Tabla 2. Productos que adquieren los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas .................................................................................................................................. 25 Tabla 3. Operaciones Gravadas – IGV .............................................................................. 30 Tabla 4. Aspectos del Impuesto a la Renta .......................................................................... 33 Tabla 5. Regímenes Tributarios.......................................................................................... 37 Tabla 6. Información Impresa - Factura ............................................................................. 39 Tabla 7. Información Impresa – Boleta de Venta ................................................................ 40 Tabla 8. Información Impresa – Liquidación de Compra ................................................... 41 Tabla 9. Información Impresa – Tickets o Cintas ............................................................... 43 Tabla 10. Comprobantes de Pago según los Regímenes Tributarios .................................. 44 Tabla 11. Obligatoriedad RER-RG ..................................................................................... 47 Tabla 12. Puede indicar Ud. ¿Cuál es el ingreso mensual que genera por la venta de cerveza en el distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas – Cusco? ......................................... 57 Tabla 13. ¿Los contribuyentes en la declaración de sus impuestos consideran la totalidad de su compra real de cerveza de la empresa TINCOC EIRL? ............................ 58 Tabla 14. ¿Los contribuyentes realizan la compra de cerveza a nombre de terceros? ...... 59 Tabla 15. ¿El contribuyente declara su actividad económica?........................................... 59 Tabla 16. ¿Ha recibido alguna notificación por parte de la SUNAT, para la regularización de sus tributos? ........................................................................................... 60 Tabla 17. ¿Su punto de venta se ha visto afectado por multas, sanciones o infracciones tributarias en años anteriores? ........................................................................................... 61 Tabla 18. ¿Conoce usted cuales son las infracciones y sanciones que incurre al no cumplir con sus obligaciones fiscales? ............................................................................... 62 Tabla 19. ¿En qué categoría del Impuesto a la Renta se encuentra? ................................. 62 Tabla 20. ¿En qué régimen tributario se encuentra? .......................................................... 63 Tabla 21. ¿El estado del contribuyente figura en su ficha RUC como activo? ................... 64 Tabla 22. ¿La condición del contribuyente figura en su ficha RUC como habido? ........... 65 Tabla 23. ¿Está inscrito en el Registro Único del Contribuyente (RUC)? ......................... 65 Tabla 24. ¿Proporciona información que la administración tributaria (SUNAT) requiere de acuerdo a la realidad de su actividad económica? ........................................................ 66 x Tabla 25. ¿Usted actualiza datos (correo, domicilio, actividad económica, etc.) que la administración tributaria (SUNAT) requiere? .................................................................... 67 Tabla 26. ¿Usted emite comprobantes de pago por la venta de cerveza? .......................... 68 Tabla 27. ¿Al realizar la compra de cerveza, Ud. exige su comprobante de pago? ........... 68 Tabla 28. ¿Dónde registra sus ventas e ingresos por la venta de cerveza? ........................ 69 Tabla 29. ¿Usted realiza declaraciones mensuales de sus impuestos (NRUS, Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta), ¿por la venta de cerveza dentro de los plazos establecidos? ........................................................................................................... 70 Tabla 30. ¿Cuándo paga usted los impuestos declarados por la venta de cerveza? .......... 71 Tabla 31. ¿Alguna vez ha sido sancionado por la administración tributaria (SUNAT), por no pagar a tiempo su impuesto declarado? .................................................................. 71 Tabla 32. ¿Usted conoce porque paga un 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? ............................................................................................................................... 72 Tabla 33. ¿Sabe usted para qué sirve el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? ...................................................................................................................... 73 Tabla 34. Margen de ganancia por la venta de cerveza ..................................................... 74 Tabla 35. Cruce de información de declaración de impuestos de los puntos de venta de cerveza ................................................................................................................................. 75 Tabla 36. Sanciones según el régimen al cual pertenecen los puntos de venta de cerveza ................................................................................................................................. 76 xi Índice de Figuras Figura 1. Obligación Tributaria .......................................................................................... 20 Figura 2. Facultades de la Administración Tributaria ........................................................ 26 Figura 3. Calculo del IGV ................................................................................................... 32 Figura 4. Regímenes de Percepción .................................................................................... 45 xii Resumen El presente trabajo de investigación, intitulada “CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS EN LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LOS PUNTOS DE VENTA DE CERVEZA DEL DISTRITO DE SANTO TOMAS, CHUMBIVILCAS – CUSCO, PERIODO 2017”, realiza una descripción de la situación actual de los puntos de venta de cerveza, respecto a las contingencias tributarias en las que incurren al no cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, esto debido al desconocimiento y falta de información acerca del cumplimiento de dichas obligaciones fiscales. El objetivo principal de la presente investigación es: Identificar las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. Ante esta situación se propone la siguiente hipótesis: Las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomás Chumbivilcas – Cusco período 2017, es alto. Las contingencias tributarias suponen una falta de un impuesto a pagar o reconocimiento de la obligación fiscal, constituye también un riesgo permanente a la cual están expuestas los puntos de venta de cerveza, debido a la incorrecta aplicación de una norma tributaria, error en el cálculo de un impuesto o la falta de fehaciencia de operaciones, lo que trae como consecuencia un incremento en el nivel de riesgo tributario, lo que se busca es proporcionar información para prevenir contingencias tributarias y afrontar favorablemente un proceso de fiscalización. En la parte metodológica de la presente investigación es de tipo práctica con enfoque cuantitativo ya que representa un conjunto de procesos, y permite contrastar las hipótesis con los resultados obtenidos, el diseño de investigación es “No experimental” y su alcance de investigación es descriptivo. xiii Previo análisis de los objetivos en los resultados de la investigación, Capítulo IV: Presentación de los resultados en tablas, se identificó las contingencias tributarias que presentan los puntos de venta de cerveza, en su mayoría no cumplen con sus obligaciones formales y sustanciales incurriendo de esta manera en contingencias tributarias. Finalmente en la conclusión de la investigación se pudo observar que los contribuyentes no proporcionan la información necesaria, ni los datos requeridos por la administración tributaria, esto se debe a que no cuentan con la información necesaria para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, el cual no le permite a la administración tributaria tener un panorama general de la situación fiscal de los vendedores de cerveza, así mismo se pudo observar que estos contribuyentes omiten la declaración mensual de sus impuestos, no actualizan sus datos, no emiten comprobantes de pago y no pagan sus impuesto declarados; cometiendo infracciones tributarias, con lo cual se exponen a que la SUNAT les notifique mediante esquelas de regularización de tributos, y esto les conllevará a sanciones y multas. Palabras Claves: Contingencias Tributarias, Obligaciones Fiscales, Puntos de venta, Cumplimiento, infracciones y sanciones. Las Autoras xiv Abstract The present investigation work, titled "TAX CONTINGENCIES IN THE TAX OBLIGATIONS OF THE BEER SALES POINTS OF THE DISTRICT OF SANTO TOMAS, CHUMBIVILCAS - CUSCO, PERIOD 2017", It makes a description of the current situation of the points of sale of beer, regarding the tax contingencies they incur in failing to comply with their formal and substantial obligations, this due to lack of knowledge and lack of information about compliance with said tax obligations. The main objective of the present investigation is: To identify the tax contingencies in the fiscal obligations of the points of sale of beer of the district of Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, period 2017. Given this situation the following hypothesis is proposed: The tax contingencies in the fiscal obligations of the points of sale of beer in the district of Santo Tomas Chumbivilcas - Cusco period 2017, is high. Tax contingencies involve a lack of a tax payable or recognition of the tax obligation, it also constitutes a permanent risk to which beer outlets are exposed, due to the incorrect application of a tax rule, error in the calculation of a tax or lack of trust in operations, which results in an increase in the level of tax risk, what is sought is to provide information to prevent tax contingencies and cope favorably with an audit process. In the methodological part of the present investigation, it is of a practical type with a quantitative approach since it represents a set of processes, and allows the hypothesis to be contrasted with the results obtained, the research design is “non-experimental” and its research scope is descriptive. After analyzing the objectives in the results of the investigation, Chapter IV: Presentation of the results in the tables, the tax contingencies presented by the points of sale of beer were xv identified, mostly not having their formal and substantial obligations incurring this way in tax contingencies. Finally, at the conclusion of the investigation, it was observed that taxpayers not specified the necessary information, or the data required by the tax administration, this is because they do not have the necessary information for the correct fulfillment of their tax obligations, which it does not allow the tax administration to have an overview of the fiscal situation of beer sellers, it was also observed that these taxpayers omit the monthly declaration of their taxes, do not update their data, do not issue proof of payment and do not pay your taxes declared; committing tax infractions, with what they are exposed to SUNAT, we notify them through tax regularization schemes, and this will lead to risks and fines. Key Words: Tax Contingencies, Fiscal Obligations, Points of sale, Compliance, infractions and sanctions. The Authors xvi Listado de Abreviaturas AT: Administración Tributaria IGV: Impuesto General a las Ventas IR: Impuesto a la Renta IPM: Impuesto a la Promoción Municipal MEF: Ministerio de Economía y Finanzas RER: Régimen Especial de Renta RG: Régimen General RMT: Régimen Mype Tributario RUC: Registro Único del Contribuyente SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria TUO: Texto Único Ordenado UIT: Unidad Impositiva Tributaria 1 CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del problema Las pymes se muestran como la puerta de entrada a una mejor posición individual y colectiva. Y es que, si muchos crecen individualmente, estos generarán un crecimiento colectivo, más aún en el caso del Perú, donde las pymes sobrepasan la media mundial. Las reformas tributarias en nuestro país pretenden apoyar con la iniciativa de estos emprendedores, a través de una administración tributaria más amigable. Puesto que durante los últimos tres años la recaudación sufrió caídas en sus índices. Así muestra su reporte del año 2017, con un déficit del 1.3% en comparación con el año precedente a este. (Semana Económica, 2018) Según indica la autoridad tributaria uno de los factores de dicha caída es la menor actividad económica y la informalidad de ciertos negocios. En la ciudad del Cusco según el reporte de la SUNAT, los índices de ingresos tributarios en los últimos tres años tuvieron cambios significativos. En el 2015 el total de ingresos fue de 759.8 millones de soles, para el 2016 fue de 645 millones de soles, esto nos muestra una caída de 15.1%. Pero para el año 2017 se muestra un incremento del 31.92%. (Sunat, 2018) Entre las provincias del Cusco, destaca Chumbivilcas por su mayor población y dinamismo económico siendo perteneciente de este, el distrito de Santo Tomas caracterizado por su mayor actividad económica, gracias a los trabajos que realizan las Empresas Mineras mediante la exploración de sus yacimientos mineros generando dinamismo en la parte laboral y económicas de los pobladores del distrito, que a raíz de esta situación emprenden negocios pero sin tomar en cuenta las normas tributarias y una de esas actividades comerciales son los puntos de venta de cerveza, esta actividad es la que tiene mayor movimiento económico, la venta de la cerveza es un producto que está sujeta al anticipo del 2 IGV denominado percepción, este anticipo del IGV le beneficia al comprador (Puntos de Venta) para la compensación del pago de sus Impuestos, pero este hecho no es aprovechado por estos Puntos de venta por estar algunos no inscritos en la Administración tributaria. TINCOC E.I.R.L. es la empresa encargada de la distribución de cerveza exclusiva de todo el sur de la región de cusco a través de la franquicia de Unión de cervecerías peruanas Backus y Johnston S.A.A., como parte de esta distribución se realiza a la provincia de Chumbivilcas, siendo esta asignada como agente de percepción con el 2% por la venta interna de bienes, según R.S. N° 189-2004/SUNAT. La cual al momento de vender la cerveza a los puntos de venta emite un comprobante de pago sea este Factura o Boleta de venta, y al finalizar cada mes TINCOC E.I.R.L. realiza sus declaraciones y da a conocer el nombre o razón social de sus clientes (puntos de venta) y el monto de percepción que se les fue cobrado. Para después estos puedan compensar con el pago de sus impuestos. Y por lo tanto al ser el régimen de percepción un mecanismo de cruce de información entre los clientes del agente de percepción y la SUNAT, ponen al descubierto el movimiento que tienen los puntos de venta y la omisión de las obligaciones fiscales. Como efecto dichos puntos de venta están expuestos a incurrir en contingencias tributarias hecho que hará que sean verificados por parte de la administración tributaria, mediante las esquelas de regularización de sus impuestos que trae como resultado que la SUNAT les imponga sanciones y multas a los puntos de venta, generando un desbalance en su actividad económica y hasta el cierre de sus negocios. En respuesta, los puntos de venta deben iniciar sus actividades comerciales cumpliendo con sus obligaciones fiscales conforme a la realidad de sus compras y ventas, así evitar futuras contingencias tributarias. 3 1.2 Formulación del Problema 1.2.1 Problema General ¿Cómo son las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017? 1.2.2 Problemas Específicos a. ¿Cuáles son las contingencias tributarias de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017? b. ¿Cuáles son las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017? c. ¿Cuáles son las obligaciones sustanciales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017? 1.3 Objetivos de la Investigación 1.3.1 Objetivo General Describir las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. 1.3.2 Objetivos Específicos a. Identificar las contingencias tributarias de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. b. Identificar las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. c. Identificar las obligaciones sustanciales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. 4 1.4 Justificación de la Investigación El presente trabajo de investigación se realiza para dar a conocer las contingencias tributarias en las que incurren los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, respecto a sus obligaciones fiscales, haciendo énfasis en identificar las omisiones tributarias que estos presentan tanto a nivel del cumplimiento de sus obligaciones formales como sustanciales. Así mismo se verificó y se asistió a que estos contribuyentes tengan conocimiento de la norma tributaria. Los resultados de este estudio ayudan a informar y discernir a los contribuyentes respecto a sus obligaciones fiscales, con estos aspectos se evita que estos presenten contingencias tributarias, lo cual permite el incremento de la recaudación tributaria por parte de la SUNAT. 1.4.1 Relevancia Social La investigación tiene relevancia social, porque la venta de cerveza es una actividad dinámica que implica una inversión significativa por parte de los dueños de negocio, los cuales esperan obtener de dicha inversión beneficios económicos, que les permite cubrir sus necesidades con el crecimiento de su negocio para la mejora de su calidad de vida y de su entorno familiar. Asimismo, muestra cuán importante es cumplir con las obligaciones fiscales, tener sus negocios legalmente constituidos, la responsabilidad de cumplirla correctamente y evitar futuras contingencias ante la Administración Tributaria. 1.4.2 Implicaciones Prácticas La investigación intenta conocer las contingencias tributarias en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los Puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. De esta forma se aplican instrumentos de investigación, se evalúa el resultado común de la investigación, y se analiza las unidades de estudio. 5 1.4.3 Valor Teórico La investigación nos permite conocer, las contingencias tributarias en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los Puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. El cual sirve como fuente de información de los beneficios que trae el correcto cumplimiento de dichas obligaciones o caso contrario las infracciones y sanciones por el incumplimiento de estas. 1.4.4 Utilidad Metodológica Para lograr el cumplimiento de los objetivos de estudio, se busca establecer metodológicamente una relación entre las contingencias tributarias y las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo 2017. Así la investigación, nos permite recolectar, construir, y validar los datos de manera adecuada, esto nos ayuda a determinar el nivel de cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales y las contingencias tributarias. Esta metodología nos permite realizar un análisis de la información e incurre en la comparación de los resultados a los que se llegue. Por lo tanto, sirve como referencia a futuros trabajos de investigación con variables de estudio similares, para que esta indagación académica represente un antecedente investigativo. 1.4.5 Viabilidad o Factibilidad El presente trabajo de investigación es factible ya que se tiene acceso a la información de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, los cuales están de acuerdo con apoyar esta investigación. En el aspecto bibliográfico se cuenta con un amplio recurso de información extraído de internet, libros, revistas, artículos, presentaciones, etc. En lo referente al 6 financiamiento será gestionado con recursos propios de las autoras de la presente investigación. 1.5 Delimitación de la Investigación 1.5.1 Delimitación Temporal La investigación toma en cuenta los datos correspondientes del periodo económico 2017. 1.5.2 Delimitación Espacial La investigación se lleva a cabo en el distrito de Santo Tomas de la provincia de Chumbivilcas en el departamento de Cusco. 1.5.3 Delimitación Conceptual El presente trabajo de investigación se direcciona a identificar las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos venta de cerveza, ubicadas en el distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas. De esta manera tenemos las siguientes variables: Contingencia tributaria.-Se considera a todo lo que supone falta de pago y/o reconocimiento de la obligación correspondiente respecto a cualquier impuesto debido o que pudiera ser debido, por la empresa. (Revista Española de Financiación y Contabilidad, 2010). Obligaciones Fiscales.-La obligación fiscal, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente. (Actualidad Empresarial, 2018) 7 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO 2.1 Antecedentes de la Investigación 2.1.1 Antecedentes internacionales Antecedente N° 1: Romero, M., & Vargas, C. (2013). La cultura tributaria y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones en los comerciantes de la bahía “Mi Lindo Milagro” del cantón Milagro, Año 2013 (Tesis de licenciatura). Universidad Estatal de Milagro - Ecuador. Los autores en el presente trabajo investigativo permiten llevar a cabo un estudio sobre la Cultura Tributaria que poseen los pequeños comerciantes de la bahía “Mi Lindo Milagro” del Cantón Milagro en el cumplimiento de sus obligaciones, donde además se pudo observar que la informalidad ha aumentado en los últimos años. Su objetivo principal es Analizar en qué medida la Cultura Tributaria incide en el cumplimiento de las obligaciones de los comerciantes, mediante encuestas, para contribuir al desarrollo social del Cantón Milagro. El Método Científico de la presente investigación es de tipo exploratorio-explicativo porque permitió examinar a los contribuyentes por medio de encuestas sobre la situación actual por la que atraviesan los comerciantes. La conclusión principal de la presente investigación establece que como consecuencia de una escaza, inexistente o equivocada Cultura tributaria, los comerciantes de la “Bahía Mi Lindo Milagro” no activan el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Actualmente los servicios de rentas internas poseen espacio físico dentro de sus instalaciones, pero no mejora la propagación de publicaciones tributarias a los contribuyentes. La tributación no solamente consiste en ser una obligación legal que tiene que asumir todo ciudadano, 8 más bien deber ser un acto cívico que beneficie a su entorno, para que el Estado asuma y retribuya mejor sus obligaciones, la persona debe asumir también su responsabilidad de pagar impuestos. Antecedente N° 2: Zambrano, A., & Prieto, Z. (2017). Informe de cumplimiento tributario y su incidencia en las contingencias tributarias Guayaquil 2015 (Tesis de licenciatura). Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil. Los autores en el presente trabajo de investigación analizan la incidencia del informe de cumplimiento en las contingencias tributarias de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) dedicadas a la comercialización de artículos de ferretería, esta investigación pretende hacer un importante aporte a las Pymes del sector ferretero, otorgándoles una herramienta de control que les permita cumplir eficientemente con sus obligaciones tributarias, que les permita disminuir las contingencias tributarias. Siendo su objetivo principal es determinar la importancia del informe de cumplimiento tributario a través de un estudio detallado que permita lograr la disminución de las contingencias tributarias. El Método Científico de la investigación es descriptiva que es una herramienta importante dentro de un proyecto de investigación, porque permite analizar una situación existente. Conclusiones: De la presente investigación efectuada se concluye que: Las Pymes del sector ferretero se encuentran vulnerables al momento de realizar sus declaraciones, ya que al existir cambios constantes en las leyes tributarias del país las personas tienden a estar desactualizadas con respecto a las mismas. La mayor parte de las ferreterías son de orden familiar por lo que prevalecen los intereses personales, lo que acarrea falta de atención en otras áreas como lo es la parte tributaria y se genera problemas de carácter económico que afecta la liquidez y rentabilidad de la entidad. La mayoría de las 9 Pymes no cuenta con un sistema de facturación adecuado es decir aun llevan registros manualmente y no existe supervisión de la emisión de facturas. 2.1.2 Antecedentes nacionales Antecedente N° 3: Vásquez, S. (2016). Planeamiento tributario y contingencias tributarias en las empresas de transporte de carga de la provincia de Huancayo 2016 (Tesis para optar el Titulo de Contador Público). Universidad Nacional del Centro del Perú. En el presente trabajo de investigación los autores realizaron un análisis de la situación actual de las empresas respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias lo cual determinó que en el medio empresarial actual existe desconocimiento y una equivocada interpretación de las normas tributarias. Su objetivo principal es determinar cómo influye el planteamiento tributario en evitar contingencias tributarias en las empresas de transporte de carga de la Provincia de Huancayo 2016. El Método Científico de la investigación es de tipo Descriptivo, debido a que se ocupa de detallar las características del fenómeno en estudio, clasificándolos, y dando cuenta de sus elementos diferenciales. Llegando a las siguientes conclusiones: De la presente investigación efectuada se concluye que el planteamiento tributario influye positivamente en evitar contingencias tributarias dando un equilibrio en el cumplimiento de sus obligaciones, minimizando el riesgo tributario, mejorando la liquidez de la empresa. La cultura tributaria influye directamente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales en las empresas de transporte de carga de la Provincia de Huancayo, ya que la falta de una atención adecuada de la cultura tributaria en nuestro país, no permite cumplir con las obligaciones fiscales correctamente. El control tributario influye directamente en las infracciones y sanciones tributarias de las empresas de transporte de carga de la 10 Provincia de Huancayo, ya que tener un control permite establecer procedimientos correctos de registro, conciliación y pago de los impuestos acorde a los requerimientos legales. Antecedente N° 4: Escobedo, M., & Núñez, E. (2016). Planeamiento tributario para evitar Contingencias tributarias en la empresa de transporte Servis Kuelap S.R.L -2016 (Tesis para optar el Titulo de Contador Público). Universidad Señor de Sipán. Los autores en la presente investigación consideraron que es un tema vigente e importante que cobra interés en estos tiempos en el Perú y en Latinoamérica, siendo las contingencias tributarias un riesgo inherente al desarrollo de las actividades de las empresas. Su objetivo principal es proponer un modelo de planeamiento tributario para evitar contingencias tributarias en la empresa Trans Servis Kuelap S.R.L. -2016. El Método Científico de la investigación es de tipo Descriptivo - Explicativo, porque a través de este tipo se conocerá el diseño de un planeamiento tributario para contribuir a evitar contingencias tributarias en la Empresa Trans Servis Kuelap S.R.L. Conclusiones: la propuesta del modelo de planeamiento tributario para evitar contingencias tributarias incide positivamente en la economía y eficiencia de la empresa, así como facilitando orden, secuencia y procesos a la información tributaria de la Entidad. 2.1.3 Antecedentes locales Antecedente N° 5: Mendoza, J. (2016). Influencia tributaria en la conciencia tributaria en el cumplimiento de las obligaciones fiscales del impuesto a la renta de cuarta categoría de los abogados colegiados del distrito de Tambopata, Madre de Dios, periodo 2016. 11 (Tesis para optar el Título Profesional de Contador Público). Universidad Andina del Cusco. Los autores en el presente trabajo de investigación desarrollan en la población de abogados del distrito de Tambopata, evidenciando su problema principal en cómo es la influencia en la conciencia tributaria en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Siendo su objetivo principal: Determinar la influencia en la conciencia tributaria en el Cumplimiento de las obligaciones fiscales del impuesto a la renta de cuarta categoría de los Abogados Colegiados del distrito de Tambopata - Madre de Dios, periodo 2016. El Método científico Es descriptivo - correlativo, debido a que detalla el desarrollo normal de hechos e investiga la causalidad de la variables independiente sobre la dependiente. Además, se detalla las principales características del grupo profesional. Llegando a la siguiente conclusión el cual indica que existe suficiente información estadística al 95% para afirmar que, la influencia en la conciencia tributaria es deficiente en la obligaciones fiscales para los profesionales en derecho, debido a que el grado académico en el que se encuentran ya conocen sus obligaciones frente a su país por ello gracias a esta investigación se logra afirmar que los profesionales en derecho son conscientes de evadir impuestos por voluntad propia en un 95% todo ello por el bajo nivel de valores cívicos y poca confianza tributaria. Antecedente N° 6: Quispe, G. (2016). Cumplimiento de las obligaciones tributarias y el riesgo tributario en los miembros hábiles del colegio de abogados filial Sicuani, 2016. (Tesis para optar el Título Profesional de Contador Público). Universidad Andina del Cusco. Los autores en el presente trabajo de investigación realizan para la problemática que es referente al cumplimiento de las obligaciones formales y 12 sustanciales, puesto que significa actualmente un problema latente para la recaudación tributaria específicamente de aquellos contribuyentes que generan renta de trabajo. Su objetivo principal es determinar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el riesgo tributario de los miembros hábiles del colegio de abogados de la filial Sicuani, 2016. El Método científico de la investigación es descriptivo, cuyo propósito busca especificar las propiedades y las características importantes de los fenómenos a investigar obligaciones fiscales formales y el riesgo tributario. Llegando a la siguiente Conclusión, en esta tesis se determinó que no se está cumplimientos con las obligaciones fiscales y el riesgo tributario de los miembros hábiles del colegio de abogados de la filial Sicuani, 2016. Así lo prueba la encuesta realizada a los miembros del Colegio, los mismos que son conscientes, tienen conocimiento sobre las obligaciones fiscales y el riesgo que implica no cumplirlas, pero la mayoría hace caso omiso a su responsabilidad como contribuyentes, de esta forma se acepta la hipótesis general planteada. 2.2 Bases Legales  Constitución Política del Perú de 1993 Artículo 58°.- “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción del empleo, salud, seguridad, servicios públicos e infraestructura”. Artículo 59°.- “El estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria (…) El estado, brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresa en todas sus modalidades”. 13 Artículo 74°.- Los tributos se crean, modifican o derogan, o se estable una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasa, los cuales se regulan mediante decreto supremo (…) El estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Las leyes de presupuesto y los derechos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria. Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo.  El Texto Único Ordenado del Código Tributario, D.L. N° 816 se aprobó el Nuevo Código Tributario, publicado el 21 de abril de 1996 en el Diario Oficial El Peruano. Y Decreto Supremo N° 135-99-EF, publicado el 19 de Agosto de 1999. Siendo este derogado, con su última actualización mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF. Publicado el 22 de Junio del 2013. Con un total de 205° Artículos.  El Texto Único Ordenado de la Ley General del Impuesto a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo – Decreto Supremo N° 055-99-EF (Publicado El 15 de Abril de 1999 y Vigente desde el 16 de Abril de 1999)  Reglamento de La Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo – Decreto Supremo N° 29-94-EF (Publicado El 29.03.1994, Vigente desde el 30.03.1994) y Normas modificatorias.  Texto Único Ordenado de La Ley Del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 179- 2004-EF (Publicado El 08.12.2004)  Reglamento de La Ley del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 122-94-EF. 14  Reglamento de Comprobantes de Pago – Resolución de Superintendencia N° 007- 99/SUNAT (Publicada El 24.01.1991, Vigente desde El 01.02.1999), Sobre las boletas, facturas y comprobantes de percepción.  Resolución de Superintendencia que establece las normas referidas a libros registros vinculados a asuntos tributarios, Resolución de Superintendencia N° 234- 2006/SUNAT. Publicado el 30.12.2006 y vigente a partir del 01.01.2007  Decreto Legislativo N° 943-Ley del Registro Único De Contribuyentes. Artículo 1° - 9°  Modifican Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la venta de bienes – Resolución de Superintendencia N° 058-2006/SUNAT (Publicado el 01.04.2006 y vigente a partir Del 01.04.2006)  Decreto Legislativo N° 1270 del Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado actualizado al 20.12.2016 que modifica al Decreto Legislativo N° 937 (Publicado el 14.11.2003 y Vigente desde el 01.01.2004) 2.3 Bases Teóricas 2.3.1 Contingencia Tributaria Se considera contingencia tributaria a todo lo que supone falta de pago y/o reconocimiento de la obligación correspondiente respecto a cualquier impuesto debido o que pudiera ser debido, por la empresa. (Revista Española de Financiación y Contabilidad, 2010) La contingencia en materia tributaria constituye un riesgo permanente en la actividad económica desarrollada en forma individual, en empresas y organizaciones. El gran desarrollo tecnológico y los cada vez más eficientes procesos informativos, permiten al estado un efectivo control de las obligaciones fiscales que a cada uno 15 corresponde. Por ello, se debe estar preparado para reaccionar con prontitud frente al imprevisto. Es así que, las contingencias en materia tributaria constituye un riesgo permanente a la que está expuesta la empresa, por casos fortuitos que se puedan presentar a raíz de diversas situaciones que las originen, tales como: la incorrecta aplicación de la Norma Tributaria, diferencias existentes entre el aspecto contable y tributario, error en el cálculo de los impuestos a pagar, entre otros. (Escobedo Muñoz & Nuñez Herrera, 2016) 2.3.2 Obligaciones Fiscales a) Definición de Obligación Fiscal.- Las obligaciones fiscales son aquellas que surgen como consecuencia de la necesidad de pagar tributos para el sostenimiento de los gastos del estado. El incumplimiento de las obligaciones fiscales conlleva la correspondiente sanción tributaria. Como consecuencia de la obligatoriedad del pago de los tributos surgen obligaciones entre los contribuyentes y la Administración, y por lo tanto, el estado es competente para reclamar el pago de tributos. El objetivo del pago de los tributos, es que el contribuyente, de acuerdo con su capacidad económica, sufrague los gastos necesarios para el mantenimiento de las estructuras e instituciones del estado. (Lopez Cabia , 2015) Las obligaciones fiscales consisten en la transferencia de riqueza económica por parte de los agentes económicos a favor del estado, implica la captación definitiva de dinero por parte del fisco. Se puede sostener que los elementos de la obligación tributaria son:  Acreedor: Se trata del Estado 16  Deudor: Son los sujetos que deben cumplir con financiar la actividad estatal. Aquí se encuentran fundamentalmente las personas naturales y jurídicas.  Prestación: Es el comportamiento que debe cumplir el deudor para satisfacer el interés fiscal. Generalmente se trata de la conducta de dar una determinada suma de dinero a favor del fisco. Solo por excepción se acepta la posibilidad del pago en especie o la prestación de servicios por parte del deudor.  Tributo: Consiste en la prestación de dar al fisco cierta suma dineraria con carácter definitivo. Es decir que el deudor se desprende de una parte de su patrimonio que no va a retornar. A la obligación tributaria le acompaña otras vinculaciones de naturaleza más bien administrativa, tales como el deber de inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, emitir comprobantes de pago, llevar contabilidad, cumplir con declarar y facilitar las labores de control de la Administración Tributaria a través del suministro de información o exhibición de documentos a la autoridad. (Ruiz de Castilla Ponce de León, 2008) b) Obligación Tributaria establecido en el Código Tributario.- Establecido en el Código Tributario en el Texto Único del Código Tributario, Decreto Supremo N° 133-2013-EF (22.06.2013) – Libro Primero: La obligación tributaria – Título I: Disposiciones generales Artículo 1°: CONCEPTO DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria, que es de derecho público, de obligatorio cumplimiento para todos los sujetos que están dentro del ámbito de aplicación establecida por la ley, a diferencia de las obligaciones civiles que son de derecho 17 privado, las cuales son de obligatorio cumplimiento para las partes. Por ello, la obligación tributaria es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, la cual está establecida por la ley, y tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, pudiendo ser exigible coactivamente en caso de que el deudor tributario no cumpla dentro del plazo establecido. Artículo 2°: NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La pregunta que siempre está latente en el análisis de una determinada operación afecto a un tributo es en qué momento nace la obligación tributaria o cuando nace la obligación tributaria. El artículo 2 del Código Tributario dispone que la obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación; es decir, es suficiente que el supuesto de hecho descrito en la norma tributaria se produzca de forma concreta en la realidad para que la obligación tributaria se genere. Artículo 3°: EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Un segundo momento después de que nace la obligación tributaria es identificar cuando es exigible: El artículo 3 del Código Tributario dispone que la obligación tributaria es exigible en dos momentos: a. Cuando deba ser determinada por el deudor tributario, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado por ley o reglamento y, a falta de este plazo, a partir del sexto día del mes siguiente al nacimiento de la obligación. Tratándose de tributos administrados por la SUNAT, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado en el artículo 29° del Código Tributario o en la oportunidad prevista en las normas especiales en el supuesto contemplado en el inciso e) de dicho artículo. (Párrafo sustituido por el artículo 4° del Decreto Legislativo N°953 05.02.04) 18 b. Cuando deba ser determinada por la Administración Tributaria, desde el día siguiente al vencimiento del plazo para el pago que figure en la resolución que contenga la determinación de la deuda tributaria. En caso de que no exista dicho plazo, a partir del décimo sexto día siguiente al de su notificación. Artículo 4°: ACREEDOR TRIBUTARIO Conforme con el artículo 4 del Código Tributario, se dispone que el acreedor tributario es aquel sujeto en favor del cual se debe realizar la prestación tributaria. Por ello, el gobierno central, los gobiernos regionales y los gobiernos locales son acreedores de la obligación tributaria, así como las entidades de derecho público con personería jurídica propia, cuando la ley les asigne esa calidad expresamente. Artículo 5°: CONCURRENCIA DE ACREEDORES En caso de que varias entidades públicas sean acreedores tributarios de un mismo deudor y la suma disponible para la cancelación de las obligaciones fiscales no alcance o no sea suficiente para cubrir la totalidad de la deuda tributaria, el gobierno central, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las entidades de derecho público con personería jurídica propia concurrirán en forma proporcional a sus respectivas acreencias. Artículo 6°: PRELACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Las deudas por tributos gozan de privilegio general sobre todos los bienes del deudor tributario y tienen prelación sobre las demás obligaciones en cuanto concurran con acreedores cuyos créditos no sean por el pago de lo siguiente:  Remuneración y beneficios sociales adeudados a los trabajadores.  Las aportaciones impagadas a Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y al Sistema Nacional de Pensiones.  Las aportaciones impagadas al Seguro Social de Salud (ESSALUD) 19  Los intereses y gastos que por tales conceptos pudieran devengarse, incluso los conceptos a que se refiere el artículo 30 del Decreto Ley N° 25897 (aporte obligaciones o voluntarios de los trabajadores dependientes).  Los alimentos  Hipoteca o cualquier otro derecho real inscrito en el correspondiente Registro Público. Artículo 7°: DEUDOR TRIBUTARIO Deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable. Artículo 8°: CONTRIBUYENTE Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria. Artículo 9°: RESPONSABLE El responsable es aquél que, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a éste. Artículo 10°: AGENTES DE RETENCIÓN O PERCEPCIÓN En el caso de que la ley no lo contemple o no lo regule, mediante decreto supremo, pueden ser designados agentes de retención o percepción los sujetos que, por razón de su actividad, función o posición contractual estén en posibilidad de retener o percibir tributos y entregarlos al acreedor tributario. Asimismo, la Administración Tributaria podrá designar como agente de retención o percepción a los sujetos que considere que se encuentran en disposición para efectuar la retención o percepción de tributos. (Flores Gallegos & Ramos Romero, 2018) 20 Figura 1. Obligación Tributaria Fuente: Paredes, R. (2013), Mapa de obligación tributaria, Recuperado de: http://es.slideshare.net/reptejada/definitivo 2.3.2.1 Obligaciones formales. Es el deber de los contribuyentes de cumplir con la prestación de las comunicaciones, declaraciones juradas, llevar libros de contabilidad y otras complementarias. (Mef, 2018) Surge de una interrelación entre el sujeto activo y el sujeto pasivo de la obligación principal, con la finalidad de facilitar su cumplimiento. Es preciso señalar que existen obligaciones formales tanto del sujeto pasivo como del sujeto activo o Administrador Tributario. (Bravo Cucci, Fundamentos de Derecho Tributario , 2010) Entre las obligaciones formales se encuentran las de: - Inscribirse en el RUC u otros registros. - Fijar su domicilio fiscal. 21 - Determinar y declarar cada tributo dentro de ciertas fechas o plazos fijados legalmente. - Emitir comprobantes de pago por sus operaciones económicas - Sustentar el traslado de bienes con guías de remisión - Registrar sus operaciones en libros contables - Retener y pagar tributos - Depositar los montos de detracciones efectuadas a otros contribuyentes en el banco que señalen las normas vigentes. (Carrasco Buluje, 2013) 2.3.2.2 Obligaciones sustanciales. Las obligaciones sustanciales se definen como el deber a cargo de un contribuyente o responsable de pagar un tributo. (Mef, 2018) La obligación principal, constituye una prestación de carácter patrimonial, que vista desde una doble perspectiva puede ser expresada en una obligación de dar (el contribuyente) y recibir (el fisco). Dar en la generalidad de los casos una suma de dinero o una especie o especies en una excepcionalidad, constituye una tarea propia del contribuyente. (Bravo Cucci, Fundamentos de Derecho Tributario , 2010) Entre las obligaciones sustanciales están las de: - Pagar oportunamente los tributos como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, entre otros. - Pagar oportunamente las retenciones de impuestos efectuadas - Pagar oportunamente las percepciones efectuadas - Depositar los montos de detracciones efectuadas a otros contribuyentes en el banco que señalan las normas vigentes. (Carrasco Buluje, 2013) 22 2.3.3 Puntos de Venta El punto de venta es el lugar donde los consumidores compran los productos que satisfacen sus necesidades. Es la localización concreta donde los productos satisfacen sus necesidades. Los fabricantes deben ser los primeros interesados en que sus productos ocupen un lugar de honor en los puntos de venta. (Giraldo Jara, 1998) 2.3.3.1 Importancia de un Punto de Venta.- Es importante porque en él los consumidores entran en contacto directo con los productos. Tener en cuenta un aforismo que dice que nadie compra lo que no puede ver y la tendencia conductista en las investigaciones psicosociales mantiene la tesis de los que no se ve no se desea. El punto de venta permite: 1° Mirar detenidamente los productos 2° Tocarlo 3° Escucharlos 4° Olerlos, 5° Sentirlos, etc. Es decir permite constatar los productos con los sentidos, verificando si satisfacen la idea o el conjunto de expectativas que se tenía sobre ellos. Por otro lado, esta aproximación física y en determinados puntos de venta permite a los eventuales compradores adquirir entre si varios productos de la misma gama y de distinta marca como un acto libre y voluntario de elección, aunque en muchas ocasiones no puedan comprar todos los objetos que les gustaría. La conducta humana es difícilmente clasificable, porque se han generalizado ciertas tendencias que inquietan a los compradores al llegar a los puntos de venta. (Giraldo Jara, 1998) 23 2.3.3.2 Características de los puntos de venta del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas Es todo establecimiento que expende la venta de cerveza. Su característica principal resalta que son principales aliados de la empresa distribuidora, gracias a la mayor compra de cerveza que realizan mensualmente. La distribución de cerveza está a cargo de la empresa Tincoc EIRL con RUC 20527050376 domicilio en calle Grau Nro. 100 Paruro - Cusco, empresa franquicia de Cervecerías Peruanas Backus SAA a partir del año 2017. Parte de esta distribución lo realiza a las provincias de Acomayo, Canas, Paucartambo, Paruro y Chumbivilcas. Existen varios negocios con características particulares es así que Backus segmenta a estos puntos de venta de cerveza de la siguiente manera: CANAL: TERCEROS SUBCANAL: Mayorista TIPO DE NEGOCIO: Mayorista Complementario CARACTERÍSTICAS: Cuenta con activos de reparto (vehículos) y el mayor porcentaje de su venta es a detallista (bodegas pequeñas). CANAL: OFF PREMISE - TRADICIONAL SUBCANAL: Particular TIPO DE NEGOCIO: Depósito CARACTERÍSTICAS: Funciona dentro de un hogar, puede tener visibilidad externa de venta de cervezas y el mayor porcentaje de su venta es a los consumidores finales. CANAL: OFF PREMISE - TRADICIONAL SUBCANAL: Institucional 24 TIPO DE NEGOCIO: Empresa CARACTERÍSTICAS: Es un lugar de trabajo donde los mayores ingresos vienen por servicios que NO SON LICORES. Tienen la venta de cerveza como un negocio complementario (Ferreterías, distribuidoras de gaseosa, etc.) (Backus, 2019) Tabla 1 Características de los Puntos de Venta de Cerveza del distrito de Santo Tomas COMPRA INGRESOS ACTIVIDAD NOMBRE O CAJAS DE ESTIMADOS NÚMERO DE ECONOMICA RAZÓN CERVEZA DE LOS RUC DETALLADA EN SOCIAL MENSUAL PUNTOS DE LA FICHA RUC APROXIMADO VENTA Venta de alimentos, Mercedes 10251374341 bebidas, tabaco en 350 Cajas S/21,000.00 Quispe Chara puestos de venta Venta por menor de Nazario 10247800617 artículos de 300 Cajas S/ 18,000.00 Pinto Coaquira ferretería Venta de alimentos, Susana 10247839432 bebidas, tabaco en 300 Cajas S/18,000.00 Cuba valencia puestos de venta Senovio Transporte de carga 10247194156 200 Cajas S/12,000.00 Barra Venero por carretera Venta por menor de Leopoldo 10472107408 artículos de 200 Cajas S/12,000.00 Alvis Alarcón ferretería Jesusa Servicios no Huamani 10248133509 clasificados 300 Cajas S/18,000.00 Quispe previamente Venta de alimentos, Maria 17277685639 bebidas, tabaco en 300 Cajas S/18,000.00 Yucra Huillca puestos de venta Atanacia Administración Guzmán 10250717909 300 Cajas S/18,000.00 Pública Quiñonez Yurissa Venta por menor de Quillca 10711272319 artículos de 350 Cajas S/21,000.00 Aldazabal ferretería Venta de alimentos, Segundina 10806305656 bebidas, tabaco en 350 Cajas S/21,000.00 Hancco Quino puestos de venta Fuente: Elaboración Propia 25 Tabla 2 Productos que adquieren los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas PILSEN CUSQUEÑA CUSQUEÑA CUSQUEÑA TOTAL DE CALLAO BLANCA MALTA 620 TRIGO 620 COMPRA 630ML 620ML RT ML RT ML RT AÑO 2017 RT Mercedes Quispe 2904 150 450 16,644.00 Nazario Pinto 3257 313 213 130 18,290.55 Susana Cuba 2892 420 240 17,290.03 Senovio Barra 2582 80 137 13,663.92 Leopoldo Alvis 3456 256 436 20,843.52 Jesusa Huamani 3335 184 879 3190 21,455.28 Maria Yucra 1053 76 555 3589 31,833.07 Atanacia Guzmán 638 35 37 2585 20,758.63 Yurissa Quillca 924 10 3417 27,578.60 Segundina Hancco 896 20 335 2813 24,630.63 Fuente: Elaboración Propia 2.3.4 Infracciones y Sanciones Según el TUO del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, artículo 164° define la infracción tributaria como toda acción u omisión que importe la violación de las normas tributarias, siempre que se encuentre tipificado como tal en el Código Tributario o en otras leyes o decretos legislativos. (Baldean Guere, 2008) 2.3.4.1 Tipos de infracciones tributarias.- El artículo 172° del TUO del Código Tributario clasifica las infracciones en seis grandes grupos, los cuales han sido establecidos en función de las obligaciones fiscales que todo deudor tributario debe cumplir. - De inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción en registros de la SUNAT. 26 - De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos y sustentar el traslado de bienes. - De llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos. - De presentar declaraciones y comunicaciones. - Permitir el control de la Administración tributaria, informar y comparecer ante la misma. - Cumplimiento de otras obligaciones fiscales. 2.3.4.2 Determinación de la infracción tributaria.- No es necesario que exista voluntad o intencionalidad (dolo o culpa) por parte del sujeto para cometer una infracción, ni tampoco es necesario que exista conocimiento de que la conducta que desarrolla constituye una infracción tributaria a ser sancionada pues la comisión de la misma se determina de manera objetiva, no requiriéndose, medir la intencionalidad de la conducta infractora. En este sentido, para determinar si se ha cometido una infracción tributaria bastara con verificar si la conducta realizada por el deudor tributario calza dentro de la descripción de una conducta tipificada como infracción. 2.3.4.3 Facultades de la administración tributaria. Figura 2. Facultades de la Administración Tributaria Fuente: SUNAT, Facultades de la Administración Tributaria Recuperado de: http://www.orientacion.sunat.gob.pe 27 2.3.4.4 Clases de sanciones tributarias. La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias como lo menciona expresamente en el artículo 82° del TUO del Código Tributario, ya que esta es la consecuencia jurídica por el incumplimiento de Obligaciones fiscales. La Administración Tributaria aplicará, por la comisión de infracciones, las sanciones consistentes en: - Multa - Comiso - Internamiento temporal de vehículos - Cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes - Suspensión temporal de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos, de acuerdo con las tablas que, como anexo, forman parte del Código Tributario. Dicha facultad sancionadora se verá reflejada en la aplicación de estas sanciones: a) Penas Pecuniarias (Multa): Según el artículo 180° del TUO del Código Tributario establece que las multas se podrán determinar en función de los siguientes conceptos: - La UIT: que será vigente a la fecha en que se cometió la infracción y cuando no sea posible establecerla, la que sea vigente a la fecha en que la administración detecto la infracción. 28 - Los ingresos netos: total de ventas netas y/o ingresos por servicios y otros ingresos gravables y no gravables o ingresos netos o rentas netas comprendidos en un ejercicio gravable. b) Comiso de Bienes: Es una sanción no pecuniaria regulada por el artículo 184° del Texto Único Ordenado del Código Tributario mediante la cual se afecta el derecho de posesión o propiedad del infractor sobre los bienes vinculados a la infracción, limitándose su derecho de uno o consumo. c) Internamiento temporal de vehículos: Es también una sanción no pecuniaria regulada por el artículo 182° del Texto Único Ordenado del Código Tributario mediante la cual se afecta el derecho de posesión o propiedad del infractor sobre bienes tales como vehículos, limitándose su derecho de uso. d) Cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes: La sanción de cierre temporal de establecimientos u oficinas de profesionales independientes tiene como objetivo principal limitar el derecho a la realización de actividades empresariales en locales cerrados. e) Suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos. Estas sanciones son del tipo administrativas, conocidas también como sanciones limitativas de derechos, pues contrariamente a lo que sucede con las multas y el comiso de bienes, la suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones, limita la posibilidad de seguir gozando de un derecho ganado previamente u otorgado por una entidad estatal. (Baldean Guere, 2008) 29 2.3.5 Impuesto General a las Ventas El IGV o Impuesto General a las Ventas es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere. El impuesto general a las ventas (IGV) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios, considerado también como un impuesto territorial; ya que grava las operaciones realizadas en el territorio nacional. (Sunat, 2018) 2.3.5.1 Tasa.- Se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV. A esa tasa se añade la tasa de 2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM) De tal modo a cada operación gravada se le aplica: IGV + IPM = TOTAL 16% + 2% = 18% De tal modo que a cada operación gravada se le aplica un total de 18%. El Impuesto General a las Ventas tiene las siguientes características: Se le denomina no acumulativo, porque solo grava el valor agregado de cada etapa en el ciclo económico, deduciéndose el impuesto que gravo las fases anteriores. Se encuentra estructurado bajo el método de base financiera de impuesto contra impuesto (debito contra crédito), es decir el valor de las ventas, con el impuesto que gravo las adquisiciones de productos con el giro del negocio. (Sunat, 2018) 30 2.3.5.2 Operaciones gravadas Tabla 3. Operaciones Gravadas – IGV OPERACIONES GRAVADAS IGV a) Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, tales como compraventa, permuta, dación VENTA DE en pago, expropiación, adjudicación por remate. BIENES MUEBLES b) El retiro de bienes, son los autoconsumos realizados EN EL PAÍS por el contribuyente fuera de sus actividades empresariales, es decir que no son necesarios para realizar sus actividades gravadas. a) Toda prestación de servicios que una persona realiza para otra y por la cual percibe un ingreso que se considere renta de tercera categoría para los efectos PRESTACIÓN O del Impuesto a la Renta, aun cuando no este afecto a UTILIZACIÓN DE este último impuesto. SERVICIOS EN EL Entiéndase que el servicio es prestado en el país PAÍS cuando el sujeto que lo presta se encuentra domiciliado en él para efecto del Impuesto a la Renta, sea cual fuere el lugar de celebración del contrato o del pago de la retribución. a) Los contratos de construcción que se ejecuten en el LOS CONTRATOS territorio nacional, cualquiera sea su denominación, DE sujeto que lo realice, lugar de celebración del CONSTRUCIÓN contrato o de percepción de ingresos. a) Se encuentra gravada la primera venta inmuebles ubicados en el territorio nacional que realicen los constructores de los mismos, así como la posterior PRIMERA VENTA venta del inmuebles que realicen las empresas DE INMUEBLES vinculadas con el constructor cuando el inmueble QUE REALICEN haya sido adquirido directamente de este o de otras LOS empresas vinculadas económicamente con el mismo, CONSTRUCTORES salvo o cuando se demuestre que la venta se efectuó a valor de mercado o a valor de tasación, el que resulte mayor. a) La importación de bienes se encuentra gravada cualquiera sea el sujeto que la realice (no se requiere habitualidad). Tratándose del caso de bienes intangibles LA provenientes del exterior, el Impuesto se aplicará de IMPORTACIÓN acuerdo a las reglas de utilización de servicios en el DE BIENES país. En caso que la Superintendencia Nacional de Aduanas hubiera efectuado la liquidación y el cobro del Impuesto éste se considerará como anticipo del Impuesto que en definitiva corresponda. Fuente: Orientación SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas 31 2.3.5.3 Operaciones Exoneradas o Inafectas. a) Exoneradas Artículo 5° del TUO del IGV: Se encuentran exoneradas del IGV las operaciones contenidas en los apéndices I y II Apéndice I - Venta en el país o importación de bienes. - Primera venta de inmuebles (no supere 35 UIT y este destinado a vivienda). - Importación de bienes culturales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación - Certificación INC. - Importación de obras de arte originales y únicas creadas por artistas peruanos realizados o exhibidas en el exterior. Apéndice II - Servicios de transporte público de pasajeros dentro del país. - Servicios de transporte de carga desde el país hacia el exterior. - Espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos y calificados por comisión. - Servicios de expendio de comida (comedores populares y de universidades públicas). - Y otras del Apéndice II y normas especiales. (Colegio de Contadores Públicos de Lima, 2015) b) Inafectas La exportación de bienes o servicios, así como los contratos de construcción ejecutados en el exterior. (Art° 33° del TUO de la Ley del IGV, Apéndice V) Los señalados en el Artículo 2° del TUO del IGV tales como: - Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles (solo en caso de personas naturales que constituyan Rentas de primera o segunda categorías). 32 - Transferencia de bienes usados que efectúen las personas que no realicen actividad empresarial. - Transferencia de bienes en caso de reorganización de empresas. Transferencia de bienes instituciones educativas. - Juegos de azar. - Importación de bienes donados a entidades religiosas. - Importación de bienes donados en el exterior, etc. - Otros señalados en el referido artículo. (Sunat, 2018) 2.3.5.4 Cálculo del IGV En el esquema se muestra el procedimiento de la determinación del IGV: IMPUESTO BASE TASA DEL BRUTO IMPONIBLE IMPUESTO IMPUESTO A IMPUESTO CRÉDITO PAGAR BRUTO FISCAL Figura 3. Calculo del IGV Fuente: Cálculo del IGV Recuperado de: http://www.orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas 2.3.6 Impuesto a la Renta 2.3.6.1 Definición. El Impuesto a la Renta es un tributo que se precipita directamente sobre la renta como manifestación de riqueza. En estricto, dicho impuesto grava el hecho de percibir o generar renta, la cual puede generarse de fuentes pasivas (capital), de fuentes activas (trabajo dependiente o independiente) o de fuentes mixtas (realización de una actividad empresarial = capital + trabajo). En tal secuencia de ideas, es de advertir que el Impuesto a la Renta no grava la celebración de contratos, sino la renta que se obtiene o genera por la instauración y ejecución de las obligaciones que emanan de un contrato y que en el caso de las actividades 33 empresariales, se somete a tributación neta de gastos y costos relacionados a la actividad generadora de renta. (Bravo Cucci, La renta como materia imponible en el caso de actividades empresariales y su relacion con la contabilidad , 2002) Tabla 4. Aspectos del Impuesto a la Renta HIPOTESIS DE ENUNCIADO DESCRIPTIVO INCIDENCIA Aspecto Material Generación u obtención de renta Renta = ganancia o beneficio proveniente de operaciones con terceros Aspecto Personal Personas naturales, jurídicas u otras entidades calificadas como sujetos del impuesto. Aspecto Espacial Criterio de fuente mundial para los sujetos domiciliados. Aspecto Temporal La renta devengada entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de cada ejercicio. Alícuota Tasa que se aplica a los ingresos - Progresiva, personas naturales sin negocio - Fija, sujetos que obtienen rentas empresariales Presupuestos de - Obligación física y jurídica posible Legalidad - Objeto licito - Exigible y ejecutable por parte del acreedor. - Forma debida, sujeto habilitado y con competencia formal Fuente: Bravo Cucci, Jorge Recuperado de: VII Jornada Nacional de Tributación – Articulo de Revista 2.3.6.2 Características del impuesto a la renta. a) No Trasladable: Tiene el carácter de ser no trasladable, ello por el hecho que afecta de manera directa y a la vez definitiva a aquel supuesto que la Ley del Impuesto a la Renta determine. De este modo será el propio contribuyente quien debe soportar la carga económica por sí mismo. (Alva Mateucci, Blog de Mario Alva Mateucci, 2012) b) Equitativo: Al estar directamente vinculado con la capacidad contributiva de cada sujeto, se ajusta plenamente al principio tributario constitucional de la igualdad. Único impuesto que considera particularmente la capacidad 34 económica, midiendo: los ingresos y rentas que se obtienen, el capital del cual se es propietario y los consumos o gastos efectuados. c) Directo: Toma como referencia para establecer la carga tributaria, los ingresos y rentas que se obtienen, el capital del cual se es propietario, los consumos o gastos efectuados. Se establece, no obstante, una carga uniforme para los sujetos que obtienen rentas empresariales. d) Global: Grava la totalidad de rentas obtenidas por los sujetos del impuesto. Así también la totalidad de rentas generadas en el Perú por sujetos no domiciliados. e) Cedular: A efectos de liquidar el impuesto que corresponde por las rentas obtenidas en un ejercicio, el impuesto a la renta segmenta las rentas con la finalidad de obtener una liquidación por fuente de ingresos. (Ragio Villanueva, 2016) 2.3.6.3 Categorías del impuesto a la renta. a) Primera categoría: La renta se genera mes a mes y el impuesto se paga aunque la renta no haya sido pagada. Se produce por el alquiler y/o cesión de bienes muebles o inmuebles. Ejemplo: alquiler de maquinarias, autos, camiones, casa, departamentos, etcétera. b) Segunda categoría: Existe obligación de pagar el impuesto cuando se cobra la renta. Son las que provienen de ganancias de valores mobiliarios, inversiones de un derecho o capital invertido o ganancias en la transferencia de inmuebles. Ejemplo: acciones, bonos, participaciones de fondos mutuos, regalías, intereses, etcétera. c) Tercera categoría: Es para empresas y negocios. El Impuesto a la Renta impone todos los ingresos que obtienen las personas y empresas que desarrollan 35 actividades empresariales. Durante el año se realizan 12 pagos a cuenta mensuales, donde el pago no puede ser menor al 1.5% de los ingresos netos. d) Cuarta categoría: Existe la obligación de pagar el impuesto cuando el honorario se cobra. Se producen por los ingresos que perciben las personas por su trabajo independiente, las dietas de directores de empresas, regidores municipales, consejeros regionales y las retribuciones de los trabajadores del estado. e) Quinta categoría: El empleador a través de una planilla efectúa al trabajador dependiente, de una entidad o empresa, una retención mensual del impuesto a la renta. (Avila, 2018) 2.3.6.4 Tercera categoría del impuesto a la renta. El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo. (Sunat, 2018) Según la Ley del Impuesto a la Renta, en el artículo 28 menciona: Son rentas de tercera categoría: a) Las derivadas del comercio, la industria o minería; de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la prestación de servicios comerciales, industriales o de índole similar, como transportes, comunicaciones, sanatorios, hoteles, depósitos, garajes, reparaciones, construcciones, bancos, financieras, seguros, fianzas y capitalización; y, en general, de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes. b) Las derivadas de la actividad de los agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros y de cualquier otra actividad similar. c) Las que obtengan los Notarios. 36 d) Las demás rentas que obtengan las personas jurídicas a que se refiere el Artículo 14° de esta Ley y las empresas domiciliadas en el país, comprendidas en los incisos a) y b) de este artículo o en su último párrafo, cualquiera sea la categoría a la que debiera atribuirse. e) Las rentas obtenidas por el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. f) Cualquier otra renta no incluida en las demás categorías. g) La derivada de la cesión de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, cuya depreciación o amortización admite la presente Ley, efectuada por contribuyentes generadores de renta de tercera categoría, a título gratuito, a precio no determinado o a un precio inferior al de las costumbres de la plaza; a otros contribuyentes generadores de renta de tercera categoría o a entidades comprendidas en el último párrafo del Artículo 14° de la presente Ley. Se presume, sin admitir prueba en contrario, que dicha cesión genera una renta neta anual no menor al seis por ciento (6%) del valor de adquisición producción, construcción o de ingreso al patrimonio, ajustado, de ser el caso, de los referidos bienes. Para estos efectos no se admitirá la deducción de la depreciación acumulada. A partir del ejercicio 2017, los regímenes tributarios han sufrido modificaciones, antes contábamos con sólo tres regímenes: NRUS, Régimen Especial y Régimen General, desde enero del año 2017, los contribuyentes pueden acogerse además al Régimen MYPE Tributario. A continuación se mostrará un cuadro comparativo de los Regímenes Tributarios: 37 Tabla 5. Regímenes Tributarios CONCEPTOS NRUS RER RMT RG Persona Natural Sí Sí Sí Sí Persona Jurídica No Sí Sí Sí Ingresos netos que Hasta S/. 96,000 no superen 1700 anuales u S/ Hasta S/.525, UIT en el ejercicio Límite de ingresos Sin límite 8,000 000 anuales. gravable mensuales. (proyectado o del ejercicio anterior). Hasta S/. 96,000 anuales u S/. Hasta S/.525, Límite de compras Sin límite Sin límite 8,000 000 anuales. mensuales. Boleta de venta Factura, boleta y tickets que no Factura, boleta y Factura, boleta y Comprobantes que y todos los dan derecho a todos los demás todos los demás pueden emitir demás crédito fiscal, permitidos. permitidos. permitidos. gasto o costo. DJ anual - Renta No No Sí Sí Renta: Si no superan las 300 UIT de ingresos Renta: Pago a netos anuales: cuenta Pago mínimo S/ pagarán el 1% de mensual. El 20 y máximo Renta: Cuota de los ingresos netos que resulte S/50, de acuerdo 1.5% de ingresos obtenidos en el como a una tabla de netos mensuales mes. Si en coeficiente o el ingresos y/o (Cancelario). cualquier mes 1.5% según la Pago de tributos compras por superan las 300 Ley del mensuales categoría. UIT de ingresos Impuesto a la netos anuales Renta. pagarán 1.5% o coeficiente. El IGV está IGV: 18% IGV: 18% IGV: 18% incluido en la (incluye el (incluye el (incluye el única cuota que impuesto de impuesto de impuesto de se paga en éste promoción promoción promoción régimen. municipal). municipal). municipal). Restricción por tipo Si tiene Si tiene No tiene No tiene de actividad Trabajadores Sin límite 10 por turno Sin límite Sin límite Valor de activos S/ 70,000 S/ 126,000 Sin límite Sin límite fijos Posibilidad de No tiene No tiene Si tiene Si tiene deducir gastos Pago del Impuesto Anual en función a No tiene No tiene Si tiene Si tiene la utilidad Fuente: Boletín SUNAT Recuperado de: http://eboletin.sunat.gob.pe/index.php/component/content/article/orientacion 38 2.3.7 Comprobantes de Pago 2.3.7.1 Definición. Según el artículo 2°de la Ley Marco de Comprobantes de Pago, DECRETO LEY Nº 25632: “Se considera comprobante de pago, todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios, calificado como tal por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT”. Un comprobante de pago es el documento mediante el que sustentas la venta de bienes o los servicios que prestas a un tercero. Es importante que tengas en cuenta que dicho documento debe cumplir ciertas normas para ser considerado válido. La emisión y entrega de comprobantes de pago es una obligación formal del contribuyente y un derecho del usuario o adquiriente. (Sunat, 2018) 2.3.7.2 Tipos de comprobantes de pago. a) Factura: La factura es el comprobante de pago que emitirás a tus clientes o recibirás de tus proveedores cuando se necesite acreditar el costo o gasto para efecto tributario, sustentar el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) en las adquisiciones, y para ejercer el derecho al crédito fiscal por el IGV que corresponde a la operación realizada. Recuerda que si estás en el Régimen Tributario del Nuevo RUS no puedes emitir este tipo de comprobantes de pago pero si recibirlo de tus proveedores. (Sunat, 2018) Casos en los cuales se emite Factura: - En operaciones entre empresas y/o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario, sustentar el pago del IGV por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al crédito fiscal. - En operaciones realizadas con sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado 39 - En los servicios de comisión mercantil prestados a sujetos no domiciliados, conforme los incisos e) y g) del artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago Tabla 6. Información Impresa - Factura INFORMACION IMPRESA Datos de -Apellidos y nombres, o denominación o razón social. - identificación del Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera obligado: categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran. -Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión. Podrá consignarse la totalidad de direcciones de los diversos establecimientos que posee el contribuyente. -Número de RUC. Denominación del Factura comprobante: Numeración: Serie y número correlativo. Datos de la Número de RUC y fecha de impresión. imprenta o empresa gráfica que efectuó la impresión: Destino del original En el original: ADQUIRENTE o USUARIO y copias: En la primera copia: EMISOR En la segunda copia: SUNAT Fuente: Orientación SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas b) Boleta de Venta: La boleta de venta es el comprobante de pago que emitirás a tus clientes que tengan la condición de consumidores o usuarios finales. Este tipo de comprobante no permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario. Cuando el importe de la venta o servicio prestado supere los S/ 700 soles por operación, será necesario consignar los datos de identificación del adquirente o usuario como sus apellidos, nombres y su número de documento de identidad. Recuerda que este comprobante puedes recibir cuando adquieras productos o servicios que no se relacionen con tu actividad empresarial. 40 Si el monto de la venta no excede los S/ 5.00, no hay obligación de entregar boleta de venta (salvo que el comprador lo solicite). En estos casos, al final del día, debe emitir una boleta de venta que comprenda el total de sus ventas menores a S/ 5, por las que no se hubiera emitido boleta, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT. (Sunat, 2018) Casos en los cuales se emitirán Boletas de Venta: - En las operaciones con consumidores o usuarios finales. - En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado, incluso en las de exportación que puedan efectuar dichos sujetos. Tabla 7. Información Impresa – Boleta de Venta INFORMACION IMPRESA Datos de -Apellidos y nombres, o denominación o razón social. - identificación del Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera obligado: categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran. -Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión. Podrá consignarse la totalidad de direcciones de los diversos establecimientos que posee el contribuyente. -Número de RUC. Denominación del Boleta de venta comprobante: Numeración: Serie y número correlativo. Datos de la Número de RUC y fecha de impresión. imprenta o empresa gráfica que efectuó la impresión: Destino del original En el original: EMISOR y copias: En la copia: ADQUIRENTE o USUARIO Fuente: Orientación SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas c) Liquidación de Compra: La liquidación de compra es el tipo de comprobante de pago que puedes utilizar cuando realices compras a personas naturales que no cuentan con número de RUC y que se dedican a labores 41 productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho. Este tipo de comprobante permite sustentar gasto o costo. Casos en los que se emita la Liquidación de Compra: - Serán emitidas por las personas naturales y jurídicas por las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía, desperdicios y desechos metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC. - Podrán ser empleadas para sustentar gasto o costo para efecto tributario. Asimismo es preciso señalar que permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal y debe considerarse que el impuesto deberá ser retenido y pagado por el comprador, quien queda designado como agente de retención.(Sunat, 2018) Tabla 8. Información Impresa – Liquidación de Compra INFORMACION IMPRESA Datos de identificación -Apellidos y nombres, o denominación o razón social. del comprador: -Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran. -Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión. Podrá consignarse la totalidad de direcciones de los diversos establecimientos que posee el contribuyente. -Número de RUC. -Datos de identificación del comprador. Numero de autorización Otorgado por SUNAT de impresión: Datos de la imprenta o empresa gráfica. 42 Datos de la imprenta o Número de RUC y fecha de impresión. empresa gráfica que efectuó la impresión: Destino del original y En el original: COMPRADOR copias: En la primera copia: VENDEDOR En la segunda copia: SUNAT En las copias se imprimirá la leyenda: “COPIA SIN DERECHO A CRÉDITO FISCAL DEL IGV”. Fuente: Orientación SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas d) Tickets o Cintas emitidas por máquinas registradoras: El ticket es el comprobante de pago que puedes emitir a través de máquinas registradoras a tus clientes que tengan la condición de consumidores o usuarios finales. Este tipo de comprobante no permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario. Si tu cliente requiere sustentar el crédito fiscal, costo o gasto para efecto tributario deberá identificarse en el ticket su número de RUC, apellidos y nombres o razón social; tratándose de empresas, emitirse en original y copia, además de la cinta testigo y discriminarse por separado el monto del tributo que grava la operación. Casos en los cuales se emitirán tickets o cinta emitida por máquina registradora: - En las operaciones con consumidores finales, en este caso no se tendrá derecho a ejercer crédito fiscal ni sustentar gasto o costo para efecto tributario. - En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS. Estos comprobantes permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, sustentar gasto o costo para efecto tributario, siempre que contengan: - El número de RUC, apellidos y nombres o denominación o razón social del adquiriente o usuario - Se emitan como mínimo en original y una copia además de la cinta testigo. - Se discrimine el monto del impuesto. (Sunat, 2018) 43 Tabla 9. Información Impresa – Tickets o Cintas INFORMACION IMPRESA Datos de -Apellidos y nombres, o denominación o razón social. - identificación del Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera emisor: categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran. -Dirección del establecimiento en el cual se emita el ticket. -Número de RUC. Numeración: -Correlativa y autogenerada por la máquina registradora. -Número de serie de fabricación de la máquina registradora. -Bien vendido, cedido en uso, servicio prestado, y/o código que lo identifique. -Importe de la venta, de la cesión en uso o del servicio prestado. -Fecha y hora de emisión. Fuente: Orientación SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas Los comprobantes de pago, con excepción de los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, deben contener el signo y denominación completa o abreviada de la moneda en la cual se emiten. Cuando el signo de la moneda se encuentre impreso, permitiendo identificar la moneda en la que se realiza la operación, no será necesario consignar la denominación. En ningún caso podrá corregirse el signo y denominación de la moneda. A efecto de gozar de la exoneración establecida en el Capítulo XI de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, los comprobantes de pago que emitan las empresas ubicadas en la Región de la Selva deberán consignar la siguiente frase pre impresa: “BIENES TRANSFERIDOS/SERVICIOS PRESTADOS EN LA REGIÓN DE SELVA PARA SER CONSUMIDOS EN LA MISMA”, colocada diagonal u horizontalmente y en caracteres destacados, con excepción de los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, en los cuales dicha frase no será necesaria. (Sunat, 2018) 44 2.3.7.3 Comprobantes de pago según los regímenes tributarios. Tabla 10. Comprobantes de Pago según los Regímenes Tributarios REGIMENES RÉGIMEN RÉGIMEN NRUS RMT TRIBUTARIOS ESPECIAL GENERAL - Boletas de - Boletas de - Boletas de - Boletas de venta venta venta venta - Tickets de - Tickets de - Tickets de COMPROBANTES -Tickets de máquina máquina máquina máquina DE PAGO registradora registradora registradora registradora - Facturas - Facturas - Facturas - Notas de - Notas de - Notas de crédito crédito crédito - Notas de - Notas de - Notas de débito débito débito - Guías de - Guías de - Guías de DOCUMENTOS remisión remisión remisión COMPLEMENTARI remitente y/o remitente y/o remitente y/o OS transportista, transportista, transportista, en los casos en los casos en los casos que se realice que se realice que se realice traslado de traslado de traslado de mercaderías. mercaderías. mercaderías. Fuente: Elaboración de las autoras 2.3.7.4 Sujetos obligados a emitir facturas. a) Si a partir del 2017 ha realizado EXPORTACIONES que superaron las 75 UIT, tendrá la condición de emisor electrónico a partir del 01 de noviembre del año siguiente. b) Si a partir del año 2017 ha obtenido ingresos anuales por un importe mayor o igual a 150 UIT. c) Si a partir del 2018 se INSCRIBIÓ AL RUC por primera vez y escogió el Régimen Especial, el Régimen MYPE Tributario o Régimen General entonces tendrá la condición de emisor electrónico a partir del primer día calendario del tercer mes siguiente a su inscripción. (Sunat, 2018) 45 2.3.8 Regímenes de Percepciones del IGV 2.3.8.1 Definición. El Régimen de Percepciones constituye un sistema de pago adelantado del Impuesto General a las Ventas, mediante el cual el agente de percepción (vendedor o Administración Tributaria) percibe del importe de una venta o importación, un porcentaje adicional que tendrá que ser cancelado por el cliente o importador quien no podrá oponerse ha dicho cobro. (Sunat, 2018) Figura 4. Regímenes de Percepción Fuente: SUNAT Recuperado de: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas 2.3.8.2 Importe de la Percepción.- Según el artículo 10 de la Ley N° 29173 que indica: El importe de la percepción del IGV será determinado aplicando sobre el precio de venta de los bienes a que se refiere el artículo 9° los porcentajes señalados mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT, los cuales deberán encontrarse en un rango de uno por ciento (1%) a dos por ciento (2%). 46 A tal efecto, se entiende por precio de venta a la suma que incluye el valor de venta y los tributos que graven la operación. Tratándose de pagos parciales, el porcentaje de percepción que corresponda se aplicará sobre el importe de cada pago. (Sunat, 2018) 2.3.9 Libros y Registros Contables 2.3.9.1 Obligatoriedad de llevar libros y registros contables. a) Para efectos contables Todo negocio sea persona natural o jurídica deberá llevar necesariamente los libros principales y auxiliares obligatorios. Asimismo. Podrán llevar todos aquellos que estimen conveniente para la presentación de su información de acuerdo al sistema de contabilidad que adopte. b) Para efectos tributarios Los contribuyentes deberán llevar obligatoriamente los libros de contabilidad exigidos por las leyes, reglamentos o resoluciones de superintendencia de la SUNAT. (Garcia Quispe & Gonzales Peña, 2011) 2.3.9.2 Libros obligatorios. La obligatoriedad para el llevado de los libros contables de las entidades y empresas tienen como referencia los ingresos obtenidos en el ejercicio gravable anterior y la UIT vigente en el ejercicio en curso. Asimismo, los perceptores de rentas de tercera categoría que inicien actividades generadoras de estas rentas en el transcurso del ejercicio, considerarán los ingresos que estimen obtener en el ejercicio. La cantidad de libros obligados a llevar, se determina en base al régimen tributario a que se encuentra la entidad o la empresa y en el caso de estar comprendido en el régimen general en base al volumen de los ingresos anuales que esta tenga. En el Régimen tributario denominado Nuevo RUS, no es obligatorio llevar libros ni registros contables. (Sunat, 2018) 47 En el Régimen Especial de Renta-RER y el Régimen General de Renta, la obligación se resume como sigue: Tabla 11. Obligatoriedad RER-RG REGIMEN LIBROS QUE SE LLEVAN TRIBUTARIO RÉGIMEN ESPECIAL DE REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS RENTA VOLUMEN DE LIBROS OBLIGADOS A INGRESOS BRUTOS LLEVAR Y ANUALES Registro de Compras HASTA 300 UIT Registro de Ventas RÉGIMEN Libro Diario Simplificado GENERAL Y RËGIMEN MYPE Más de 300 UIT Diario, Mayor, Registro de TRIBUTARIO Hasta 500 UIT Compras y Registro de Ventas Libro de inventario y Balances, Más de 500 UIT Diario, Mayor, Registro de Hasta 1,700 UIT Compras y Registro de Ventas RÉGIMEN Más de 1,700 UIT Contabilidad completa GENERAL Fuente: Emprender SUNAT Recuperado de: http://emprender.sunat.gob.pe/que-libros-contables-debo-llevar a) El Registro de Compras Es un libro obligatorio en el que se anotan en orden cronológico y correlativo todos los comprobantes de pago por las adquisiciones tanto de bienes o servicios, que tú o tu empresa realice en el desarrollo de sus operaciones. b) El Registro de Ventas e Ingresos Es un libro obligatorio en el que se anotan en orden cronológico y correlativo todos los comprobantes de pago (facturas, boletas de venta, etc.) que tú o tu empresa emitan en el desarrollo de sus operaciones. (Emprender Sunat , 2018) 48 c) Libro Diario En contabilidad no se van realizando balances a medida que se realizan las operaciones, pues esto sería muy complicado por no decir imposible. Para ello se utiliza el Libro Diario, que se destina a recoger día a día todas las operaciones que realiza la empresa, es decir, registra cronológicamente los hechos contables. d) Libro Mayor El libro Mayor es una consecuencia del Libro Diario. Su función es clasificar los hechos atendiendo a la naturaleza de los elementos que han intervenido, poniendo en manifiesto la situación de cada uno de los elementos por medio de los saldos de las cuentas. Se trata de un libro en el que van anotándose las cuentas representativas de los elementos de la empresa representados esquemáticamente en forma de T mayúscula. e) Libro de Inventarios y Balances Contiene la información detallada del activo, pasivo y patrimonio de la empresa, tanto al inicio de las operaciones como al final de cada periodo (según las cuentas requeridas y modelos de presentación establecidas por la R. S. N° 234 – 2006/SUNAT y modificatorias) y los estados financieros: Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo. (Apaza Meza , 2009) 2.4 Marco Conceptual a) Contribuyente El contribuyente es aquel que realiza, o respecto del cual se produce, el hecho generador de la obligación tributaria. (Actualidad Empresarial , 2018) 49 b) Crédito Fiscal Está constituido por el IGV consignado separadamente en el comprobante de pago que respalda la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción o el pagado en la importación del bien. Deberá ser utilizado mes a mes, deduciéndose del impuesto bruto para determinar el impuesto a pagar. Para que estas adquisiciones otorguen el derecho a deducir como crédito fiscal el IGV pagado al efectuarlas, deben ser permitidas como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta y se deben destinar a operaciones gravadas con el IGV. (Sunat, 2018) c) Determinación La determinación por la administración es el acto que declara la existencia y cuantía de un crédito tributario o su inexistencia, según lo previsto en el artículo 133 del Código tributario (…). La determinación tributaria vincula dos situaciones en particular: el nacimiento de la obligación tributaria determinada en la ley que genera un crédito a favor del sujeto activo (Estado) y la exigibilidad del crédito por parte del sujeto activo a los administrados (deudores tributarios). (Gonzales Angulo, 2000) d) Fiscalización A través del Código Tributario se define la Fiscalización como “función” o la facultad de la Administración Tributaria, la cual se ejerce de forma discrecional; así mismo, se la ha definido a la fiscalización como un procedimiento administrativo. (Ramos Romero, 2018) e) Infracción Tributaria La infracción tributaria es el incumplimiento por parte de un contribuyente de las obligaciones legales, reglamentarias o administrativas, relativas a los tributos 50 establecidas en el siguiente impositivo, y que acarrea sanciones para quienes resulten responsables de tal incumplimiento. Es una transgresión, el quebrantamiento, el incumplimiento de una norma legal, constituida por la violación de una norma tributaria. (Alva Mateucci & Mamani Yupanqui, Delitos Tributarios, 2018) f) Recaudación La función es recaudar los tributos. Para ello, podrá contratar los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados. (Berrospi Alvarado, 2012) g) Renta Bruta La renta bruta está constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio gravable. Cuando tales ingresos provengan de la enajenación de bienes, la renta bruta estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dichas operaciones y el costo computable de los bienes enajenados, siempre que dicho costo esté debidamente sustentado con comprobantes de pago. (Sunat, 2018) h) Renta Neta La Renta Neta estará dada por la diferencia existente entre la Renta Bruta y los gastos deducibles hasta el límite máximo permitido por la Ley. Se refiere a aquellos gastos necesarios para que la empresa pueda producir ganancias o mantener la actividad empresarial, siempre que cumplan ciertos criterios como: Causalidad y Generalidad. (Sunat, 2018) i) Riesgo Tributario Se considera riesgo tributario a todas la situaciones de las actividades de la empresas que se dan como resultado de la aplicación de las normas, leyes y resoluciones de 51 intendencia, también debe ser entendido como todos aquellos puntos controversiales que surgen como consecuencia de la aplicación de la normativa tributaria respecto de las operaciones gravadas u obligaciones adjetivas a cargo de la empresa, ya que el perfecto conocimiento de los alcances de los dispositivos legales, nos permitirá tener la certeza cuando una empresa se encuentra gravada con un impuesto, o las circunstancias en las que corresponderá que cumpla con una obligación de carácter formal, lo que finalmente determinará que no se tenga que pagar intereses moratorios y eventuales multas que terminan castigando la inversión. (Caballero Bustamante , 2011) j) Sanción A diferencia de la infracción, la sanción “es la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado, encontrándose, por ende, condicionada su aplicación a la realización de un supuesto de hecho que consiste en la observancia de un deber establecido por una norma o cargo del sujeto infractor que resulta sancionado. La sanción es un hecho prestablecido por una regla jurídica que el Estado utiliza como instrumento jurídico para impedir o desincentivar, directamente, un acto o hecho que el orden jurídico lo prohíbe. (Alva Mateucci & Mamani Yupanqui, Delitos Tributarios, 2018) 2.5 Formulación de Hipótesis 2.5.1 Hipótesis General Las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomás Chumbivilcas – Cusco período 2017, es alto. 52 2.5.2 Hipótesis Especificas a. Las contingencias tributarias, de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, período 2017. Son la omisión de declaración mensual de IGV e Impuesto a la Renta y la falta de pago de sus impuestos. b. El cumplimiento de las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco periodo 2017, es bajo. c. El cumplimiento de las obligaciones sustanciales puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco periodo 2017, es bajo. 2.6 Variables de estudio a) Variables V1: Contingencia Tributaria. V2: Obligaciones Fiscales. b) Conceptualización de Variables Contingencia Tributaria Se considera contingencia tributaria a todo lo que supone falta de pago y/o reconocimiento de la obligación correspondiente respecto a cualquier impuesto debido o que pudiera ser debido, por la empresa. (Revista Española de Financiación y Contabilidad, 2010) Obligaciones Fiscales La obligación fiscal, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente. (Actualidad Empresarial, 2018) 53 c) Operacionalización de Variables DEFINICIÓN DEFINICIÓN VARIABLE DIMENSIONES INDICADORES CONCEPTUAL OPERACIONAL Constituye un riesgo permanente a la que Se considera contingencia tributaria FALTA DE - Infracciones está expuesta la empresa, por casos a todo lo que supone falta de pago RECONOCIMIENTO - Sanciones fortuitos que se puedan presentar a raíz de y/o reconocimiento de la obligación DE LAS - Multas e intereses diversas situaciones que las originen, tales correspondiente respecto a cualquier OBLIGACIONES CONTINGENCIA como: la incorrecta aplicación de la Norma impuesto debido o que pudiera ser TRIBUTARIA Tributaria, diferencias existentes entre el debido, por la empresa. (Revista aspecto contable y tributario, error en el española de financiación y INCUMPLIMIENTO cálculo de los impuestos a pagar, entre Contabilidad) DE PAGO DE otros. (Escobedo Muñoz & Nuñez Herrera, TRIBUTOS 2016) - Inscribirse en el RUC ARTICULO 1°: La obligación fiscal, que es La relación jurídica- tributaria que OBLIGACIONES - Proporcionar a la administración de derecho público, es el vínculo entre el comprende el “conjunto de normas FORMALES tributaria la información que acreedor y el deudor tributario, establecido que regulan el cumplimento de las requiera. por ley, que tiene por objeto el obligaciones sustantivas, vinculadas - Emitir comprobantes de pago cumplimiento de la prestación tributaria, directamente al pago de tributos y por sus operaciones económicas OBLIGACIONES siendo exigible coactivamente. de las obligaciones formales, - Registrar sus operaciones en FISCALES relacionadas con tramites, libros contables y registros (Nuevo Codigo Tributario Asesor documentos o instrumentos que tributarios. Tributario, Tomo I) facilitan el pago” (Blas Jimenez, - Determinar y declarar cada 2014) tributo - Pagar oportunamente los OBLIGACIONES tributos como el Impuesto a la SUSTANCIALES Renta, Impuesto General a las Ventas y la percepción del IGV. Fuente: Elaboración de las Autoras 54 CAPÍTULO III MÉTODO DE INVESTIGACIÓN 3.1 Tipo de Investigación El tipo de investigación es aplicada (práctica), porque se centra específicamente en cómo se pueden llevar a la práctica las teorías generales, como contrastar dicha teoría con la realidad y el interés en la aplicación y en las consecuencias prácticas de los conocimientos que se ha adquirido para la solución de problemas. (Hernandez Sampieri, 2014) Para Murillo, la investigación aplicada recibe el nombre de “investigación práctica o empírica”, que se caracteriza porque busca la aplicación o utilización de los conocimientos adquiridos, a la vez que se adquieren otros, después de implementar y sistematizar la práctica basada en investigación. El uso del conocimiento y los resultados de investigación que da como resultado una forma rigurosa, organizada y sistemática de conocer la realidad. (Murillo Torrecilla, 2008) 3.2 Enfoque de Investigación El enfoque del presente trabajo de investigación es cuantitativo ya que representa un conjunto de procesos, y permite contrastar las hipótesis con los resultados obtenidos de los puntos venta de cerveza de la provincia de Chumbivilcas. (Hernandez Sampieri, 2014) 3.3 Diseño de la Investigación La presente investigación tiene un diseño no experimental. El cual indagan la incidencia de las modalidades, categorías o niveles de una o más variables en una población, son estudios puramente descriptivos. (Hernandez Sampieri, 2014). En tanto se utilizará ese diseño para poder medir el nivel de incumplimiento de las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas – Cusco. Periodo 2017. 55 3.4 Alcance de la Investigación El alcance de la investigación es descriptivo porque consideran al fenómeno estudiado y sus componentes, miden conceptos y definen variables. (Hernandez Sampieri, 2014). Desde el punto de vista cognoscitivo su finalidad es describir las circunstancias que ocurren cuando se da el incumplimiento de las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas – Cusco, periodo 2017. De esta manera, nos permite conocer a fondo, aspectos importantes de esta problemática. 3.5 Población y Muestra de la Investigación 3.5.1 Población La presente investigación tiene una población finita de 10 puntos de venta de cerveza, que trabajan de forma recurrente y continua, en el distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas – Cusco, periodo 2017. 3.5.2 Muestra En la presente investigación, la muestra es no probabilística, ya que es una técnica de muestreo en el cual se selecciona muestras basadas en un juicio subjetivo; la muestra está constituida por 10 puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, ya que es una cantidad viable para poder aplicar los cuestionarios, está constituido también por el análisis documental para así garantizar que la investigación tenga un mínimo de porcentaje de error tolerable y el nivel de confianza sea alto. 3.6 Técnicas e Instrumentos para la Recolección de Datos 3.6.1 Técnicas a) Técnica de Análisis Documental; donde se utilizó como instrumentos:  Fichas textuales 56  Fichas resumen b) La Técnica de la Encuesta; en donde también se utilizó como instrumento la guía de encuestas, recurriendo como informantes al dueño(a) de los puntos de venta de cerveza. 3.6.2 Instrumentos a) Recopilación de Datos; Apropiadamente organizada de acuerdo a las necesidades y prioridades del trabajo de investigación. b) Cuestionarios; que es el principal instrumento de nuestra encuesta, recurriendo como informantes a los puntos de venta de cerveza. c) Fichas de Observación Documental; en el cual se verifica la documentación existente del sujeto encuestado. 3.7 Procesamiento de Datos Los datos obtenidos mediante la utilización de las técnicas e instrumentos antes mencionados, recurriendo a los informantes o fuentes también ya indicados, fueron incorporados al programa computarizado “SPSS”; y con ellos se elaboraron informaciones en la forma de gráficos de pastel con ordenamientos de izquierda a derecha, de mayor a menor; y de barras, así como tablas, con precisiones porcentuales. Los datos a ser recogidos en el trabajo de campo, fueron analizados y procesados con ayuda de la hoja de cálculo Excel y el programa estadístico SPSS., última versión para el procesamiento de los cuestionarios. 57 CAPITULO IV RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 4.1 Presentación de los Resultados en Tablas SOBRE EL PUNTO DE VENTA Tabla 12. Puede indicar Ud. ¿Cuál es el ingreso mensual que genera por la venta de cerveza en el distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas – Cusco? Descripción Frecuencia Porcentaje De S/1,000.00 a S/5,000.00 soles 0 0% De S/5,000.00 a S/8,000.00 soles 0 0% De S/8,000.00 a S/20,000.00 soles 2 20% De S/20,000.00 a más 8 80% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 12 nos da a conocer el ingreso mensual que genera el contribuyente, por la venta de la cerveza en el distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas; en donde solo 20% de los encuestados indicaron que el ingreso mensual que se hace por la venta de la cerveza es de S/ 8,000.00 a S/ 20,000.00, mientras que el 80% de los otros encuestados demostraron que el ingreso que perciben es de S/20,000.00 mensuales a más que se genera por la venta de cerveza. En la presente tabla podemos observar que los ingresos por la compra de cerveza son de un promedio de S/8,000 hasta S/20,000.00 a más, ya que estos puntos de venta realizan la compra en un aproximado de 300 cajas de cerveza mensuales a la empresa distribuidora, poniendo un precio referencial a la caja de cerveza de S/ 60.00, multiplicado por las 300 cajas de cerveza que estos, seria S/ 18,000.00 el valor de compra, lo cual indica que superan el límite de compras y por ende de ingresos al régimen al cual están sujetos la mayoría de estos puntos de venta de cerveza. 58 4.1.1 Resultados respecto al objetivo general Tabla 13. ¿Los contribuyentes en la declaración de sus impuestos consideran la totalidad de su compra real de cerveza de la empresa TINCOC EIRL? Resultados de verificación de las fichas N° de de observaciones Preguntas observaciones SI NO Frecuencia % Frecuencia % ¿Los contribuyentes en la declaración de sus impuestos consideran la 10 0 0% 10 100% totalidad de su compra real de cerveza de la empresa TINCOC EIRL? Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 13 y la verificación de las fichas de observaciones nos demuestra si los contribuyentes consideran en sus declaraciones la totalidad de sus compras, en donde el 100% del total de las observaciones señalan que los contribuyentes no consideran en sus declaraciones la totalidad de sus compras reales de cerveza de la empresa TINCOC EIRL. Claramente en esta tabla se observa que los contribuyentes comenten infracciones al no considerar para la declaración de sus impuestos la totalidad de sus compras, esto debido a que sí declararan todos sus ingresos, tendrían que pasar a otro régimen tributario, como es el Régimen Especial de Renta o el Régimen General y por ende cumplir con todas las obligaciones que estable la Administración Tributaria para los que se encuentran en estos regímenes, por ende estos contribuyentes en su desconocimiento no desean pagar un alto impuesto. Esta información se obtuvo ya que se realizó un cruce de información entre la base de datos que nos brindó la empresa distribuidora TINCOC EIRL, de sus ventas declaradas y la declaración que realizan los puntos de venta. 59 Tabla 14. ¿Los contribuyentes realizan la compra de cerveza a nombre de terceros? Resultados de verificación de las fichas de N° de observaciones Preguntas observaciones SI NO Frecuencia % Frecuencia % ¿Los contribuyentes realizan la compra de cerveza a nombre de 10 1 10% 9 90% terceros? Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 14 y la verificación de las fichas de observaciones nos demuestra si los contribuyentes realizan la compra de cerveza a nombre de terceros, en donde en un 10% del total de las observaciones señala que efectivamente estos contribuyentes están comprando la cerveza a nombre de terceros, mientras que el 90% del total de las observaciones indican que los contribuyentes no compran la cerveza a nombre de otros. Este hecho se debe a que los contribuyentes que compran la cerveza a nombre de terceros no desean excederse del límite al régimen que están acogidos (NRUS), porque si superaran el límite tendrían que pasar a otro régimen acorde a sus ingresos, pero estos recurren a familiares para la compra de cerveza, sin darse cuenta que están expuestos a incurrir en contingencia tributaria. Tabla 15. ¿El contribuyente declara su actividad económica? Resultados de verificación de las fichas de N° de observaciones preguntas observaciones SI NO Frecuencia % Frecuencia % ¿El contribuyente declara su actividad económica? 10 5 50% 5 50% Fuente: Elaboración Propia 60 INTERPRETACIÓN: En la tabla 15 y en la verificación de las fichas de observaciones nos demuestra si el contribuyente declara sus actividades económicas, en donde el 50% del total de las observaciones nos da a conocer que efectivamente estos contribuyentes declaran sus actividades económicas, por otro lado el 50% restante de observaciones señala que la otra parte de los contribuyentes no declara sus actividades económicas. Los contribuyentes desconocen que esta entre sus obligaciones fiscales proporcionar la información de su actividad económica a la Administración Tributaria, así como la actualización de sus datos, de esta manera incurren en faltas tributarias que después les conllevaran a tener multas. 4.1.2 Resultados respecto al objetivo específico 1 Tabla 16. ¿Ha recibido alguna notificación por parte de la SUNAT, para la regularización de sus tributos? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 3 30% No 7 70% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 16 nos da a conocer si ha recibido alguna notificación por parte de la SUNAT, para la regularización de sus tributos, en donde el 30% de los encuestados señalaron que efectivamente recibieron notificaciones por parte de la administración tributaria para la regularización de los tributos no declarados, mientras que el otro 70% de los encuestados indicaron que no recibieron ninguna notificación por parte de la Administración Tributaria. 61 Es notable que el 30% de los contribuyentes que fueron notificados por la SUNAT, es debido a que la empresa distribuidora de cerveza al hacer sus declaraciones da a conocer el nombre o razón social de sus clientes, lo cual pone al descubierto el movimiento que tienen los puntos de venta de cerveza y la omisión de sus obligaciones fiscales. Tabla 17. ¿Su punto de venta se ha visto afectado por multas, sanciones o infracciones tributarias en años anteriores? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 1 10% No 9 90% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 17 nos da a conocer si su punto de venta se ha visto afectado por multas, sanciones o infracciones tributarias en los años anteriores, en donde el 10% de los encuestados demostraron que efectivamente el punto de venta se ha afectado por multas, sanciones o infracciones en los años anteriores, debido a alguna omisión tributaria o la no declaración real de sus ingresos, mientras que el 90% de los otros encuestados indicaron que estos vendedores de cerveza no fueron afectados por las multas o infracciones tributarias en los años anteriores. Esto indica que la mayoría de dueños de los puntos de venta de cerveza, aún está a tiempo de buscar información, tener asesoría y tomar conciencia tributaria respecto a sus obligaciones tributarias que debe cumplir su punto de venta de cerveza, tener conocimiento de que sanciones le impondría la Administración Tributaria por el incumplimiento de estas y así evitar futuras contingencias tributarias o verse afectado por sanciones que le impongan la Administración Tributaria. 62 Tabla 18. ¿Conoce usted cuales son las infracciones y sanciones que incurre al no cumplir con sus obligaciones fiscales? Descripción Frecuencia Porcentaje Pago de multa 3 30% Comiso de bienes 1 10% Cierre temporal de establecimiento 1 10% No conozco 5 50% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 18 nos da a conocer si tienen conocimiento sobre las infracciones y sanciones que incurre al no cumplir con sus obligaciones fiscales, en donde el 30% de los encuestados señalaron que solo conocen algunas sanciones como es el pago de multas al no cumplir las obligaciones fiscales, mientras que el 10% de los otros encuestados señalaron que una de las sanciones es el comiso de bienes como también el cierre temporal de establecimiento y el 50% de los otros encuestados señalaron que desconocen sobre estas infracciones y sanciones que incurren en el incumplimiento de obligaciones fiscales, lo cual se muestra como un resultado preocupante ya que esta mayoría de dueños de puntos de venta de cerveza podrían seguir cometiendo omisiones tributarias ya que no tienen conocimiento de que infracción cometen y cuál es la sanción que le compete. Tabla 19. ¿En qué categoría del Impuesto a la Renta se encuentra? Descripción Frecuencia Porcentaje Primera categoría 0 0% Segunda categoría 0 0% Tercera categoría 9 90% Cuarta categoría 1 10% Quinta categoría 0 0% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia 63 INTERPRETACIÓN: En la tabla 19 nos da a conocer la categoría en la cual se encuentran los vendedores de cerveza del distrito de Santo Tomas, en donde el 90% de los encuestados demostraron que se encuentran afectas en la tercera categoría del Impuesto a la Renta, mientras que solo el 10% de los otros encuestados señalaron que se encuentran en la cuarta categoría del impuesto a la Renta. El contribuyente que pertenece a la renta de cuarta categoría, se verifico que está incurriendo en infracción tributaria al realizar la compra de cerveza a través de esta categoría del impuesto a la renta, se le indico a dicho contribuyente que brinde la información de su actividad económica a la administración tributaria a través de la actualización de sus datos y así evitar contingencias tributarias que repercutirán en sanciones. Tabla 20. ¿En qué régimen tributario se encuentra? Descripción Frecuencia Porcentaje Nuevo RUS 6 60% Régimen Especial 2 20% Régimen MYPE tributario 0 0% Régimen General 1 10% Otros que no pertenece a 3ra Categoría 1 10% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 20 nos da a conocer el régimen tributario en el cual se encuentran estos puntos de venta de cerveza, en donde el 60% de los encuestados demostraron que se encuentran afectas al Nuevo RUS, mientras que el 20% de los otros encuestados indicaron que se encuentran afectas al Régimen Especial, se muestra también que ninguno de los encuestados esta afecto al Régimen Mype tributario, en tanto el otro 10% de los encuestados señalaron que se encuentran en el Régimen 64 General, mientras que el 10% restante no se encuentra afecto a ningún régimen tributario ya que pertenece a la cuarta categoría del IR. En esta tabla se muestra que la mayoría de contribuyentes se encuentra afecta al Nuevo RUS, lo cual deberían de cambiar de régimen tributario ya que estos superan el límite establecido para este régimen y así mismo no declaran sus ingresos reales por la venta de cerveza, mientras que los otros contribuyentes si estarían en el régimen adecuado acorde a sus ingresos, excepto por un contribuyente que no pertenece a ningún régimen ya que se encuentra en la cuarta categoría del impuesto a la renta. 4.1.3 Resultados respecto al objetivo específico 2 Tabla 21. ¿El estado del contribuyente figura en su ficha RUC como activo? Resultados de verificación de las fichas de N° de observaciones preguntas observaciones SI NO Frecuencia % Frecuencia % ¿El estado del contribuyente figura en 10 10 100% 0 0% su ficha RUC como activo? Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 21 y la verificación de las fichas de observaciones nos demuestra si en su ficha RUC el estado del contribuyente figura como activo, en donde el 100% del total de las revisiones documentarias demuestran que efectivamente los contribuyentes en su estado figuran como Activo. Este es un aspecto tangible, ya que el estado activo de la ficha RUC, muestra que el contribuyente se encuentra realizando actividades generadoras de obligaciones tributarias y este puede continuar realizando sus operaciones con normalidad. 65 Tabla 22. ¿La condición del contribuyente figura en su ficha RUC como habido? Resultados de verificación de las fichas de N° de observaciones preguntas observaciones SI NO Frecuencia % frecuencia % ¿La condición del contribuyente figura en su 10 10 100% 0 0% ficha RUC como habido? Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 22 y la verificación de las fichas de observaciones nos demuestra si el contribuyente figura en su ficha RUC como Habido, en donde al 100% del total de las observaciones señalan que efectivamente todos estos contribuyentes dedicados a la venta de cerveza tienen la condición de Habido en su ficha RUC. La condición de habido de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, se muestra como un resultado positivo ya que al referirse de la condición de su Domicilio Fiscal, este es indicio de que el contribuyente se encuentra ubicable para efectos de la comunicación, verificación, fiscalización, de actos o decisiones que la administración tributaria pueda darle a conocer o informarle y así este punto de venta de cerveza puede continuar realizando sus operaciones con normalidad. Tabla 23. ¿Está inscrito en el Registro Único del Contribuyente (RUC)? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 10 100% No 0 0% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia 66 INTERPRETACIÓN: En la tabla 23 nos da a conocer si los vendedores de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, están inscritos en el Registro Único del Contribuyente (RUC), en donde al 100% del total de los encuestados demostraron que efectivamente todos los vendedores de cerveza están inscritas en el Registro Único del Contribuyente. Es importante que todos los dueños de los puntos de venta de cerveza estén inscritos en el Registro Único de Contribuyentes porque de esta manera podrán realizar legalmente sus actividades económicas, conocer y cumplir sus obligaciones fiscales. Tabla 24. ¿Proporciona información que la administración tributaria (SUNAT) requiere de acuerdo a la realidad de su actividad económica? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 5 50% No 5 50% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 24 nos da a conocer si proporciona información que la SUNAT requiere de acuerdo a la realidad de su actividad económica, en donde el 50% de los encuestados demostraron que efectivamente se proporciona esta información que la SUNAT requiere de acuerdo a su actividad económica, mientras que el otro 50% de los encuestados señalan que no proporcionan dicha información real de la actividad económica a la Administración Tributaria. 67 Se verificó que efectivamente la mitad de los contribuyentes si suministra la información de su actividad económica como son la venta de alimentos, bebidas y tabaco; en tanto la mitad restante figura en sus actividades económicas como ferretería, pinturas y productos de vidrio. Tabla 25. ¿Usted actualiza datos (correo, domicilio, actividad económica, etc.) que la administración tributaria (SUNAT) requiere? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 3 30% No 7 70% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 25 nos da a conocer el contribuyente actualiza los datos que la administración tributaria requiere, en donde el 30% de los encuestados señalan que efectivamente se va actualizando los datos como (correo, domicilio, actividad económica, etc.) que la SUNAT requiere, por otro lado el 70% de los encuestados restantes señalan que no actualizan sus datos. Se le indico al contribuyente que es importante y obligatorio mantener actualizada la información y comunicar los cambios en los datos de su ficha de RUC, ya que los clientes o proveedores identificarán de manera más ágil su actividad, por ende esto hace más fácil cumplir con sus declaraciones y pagos, así mismo mantener actualizado sus datos de contacto permitirá al contribuyente recibir alertas sobre vencimiento de sus obligaciones, notificaciones electrónicas, información sobre deudas tributarias, en caso de tenerlas, o cuotas de fraccionamiento, así como acerca de charlas y eventos especializados que brinda la Administración Tributaria. 68 Tabla 26. ¿Usted emite comprobantes de pago por la venta de cerveza? Descripción Frecuencia Porcentaje Siempre 0 0% A veces 1 10% Cuando me piden 3 30% Nunca 6 60% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 26 nos da a conocer si los vendedores de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, emiten comprobantes de pago por la venta de la cerveza, en donde el 20% de los encuestados señalan que a veces emiten sus comprobantes, mientras que el 30% de los otros encuestados demuestran que emiten comprobantes de pago solo cuando pide el usuario y el 60% del total de los encuestados indican que no emiten comprobantes de pago, por ende, estarían en una infracción y posteriormente una sanción. Es preocupante que el 60% de los encuestados no emita comprobantes de pago, debido a que según ellos se olvidan o como sus clientes no les piden, ellos no lo proporcionan, cometiendo de esta manera infracciones tributarias, la cual está tipificada en la Tabla I de infracciones y sanciones, la cual indica cierre temporal de establecimiento o en caso de NRUS el 50% de la UIT. Tabla 27. ¿Al realizar la compra de cerveza, Ud. exige su comprobante de pago? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 4 40% A veces 5 50% Nunca 1 10% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia 69 INTERPRETACIÓN: En la tabla 27 nos da a conocer si el contribuyente al realizar la compra de la cerveza, exige comprobante de pago, en donde el 40% de los encuestados señalan que efectivamente exigen a la empresa distribuidora, el comprobante de pago; mientras que el 50% de los otros encuestados indican que a veces piden el comprobante de pago a la empresa distribuidora, por la compra de la cerveza y solo el 10% demuestra que nunca pide comprobante de pago por dicha compra, se le explico a los encuestados que nunca piden comprobante de pago que es importante exigir comprobantes de pago, ya que esto nos ayuda a contribuir con el país, ya que estamos asegurando que el vendedor pague sus impuestos y este se destine a obras de interés social. Tabla 28. ¿Dónde registra sus ventas e ingresos por la venta de cerveza? Descripción Frecuencia Porcentaje Libro contable 1 10% Registro de ventas 0 0% Cuaderno de ventas 5 50% No registra 4 40% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 28, nos da a conocer en donde registra sus ventas e ingresos por la venta de la cerveza, en donde el 10% de los encuestados demuestra que sus ventas lo registra en los libros contables, ya que está obligado a llevar contabilidad completa por estar afecto al régimen general, mientras que el 50% de los otros encuestados señalan que las ventas lo registran en cuadernos de ventas como es tradicional, ya que son sujetos de Nuevos RUS y por ende no se encuentran obligados a llevar libros 70 o registros contables, y el otro 40% no registra las ventas de la cerveza a pesar de que la mitad de estos se encuentran en el régimen especial y por ende deberían llevar un registro de compras y ventas. Tabla 29. ¿Usted realiza declaraciones mensuales de sus impuestos (NRUS, Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta), ¿por la venta de cerveza dentro de los plazos establecidos? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 5 50% No 5 50% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 29 nos da a conocer si el contribuyente, realiza declaraciones mensuales de sus impuestos según a la categoría o régimen en que se encuentra por la venta de la cerveza dentro de los plazos establecidos, en donde el 50% de los encuestados señalan que efectivamente realizan declaraciones mensuales de sus impuestos según al régimen en que se encuentran y en los plazos establecidos, mientras que el otro 50% de encuestados señalan que no realizan ninguna declaración mensual de impuestos por la venta de le cerveza, lo que demuestra que están cometiendo omisión en el pago de sus tributos lo que les conlleva a incurrir en contingencias tributaria. Esta omisión de declaraciones mensuales es una infracción que está contemplada en el art. 176°- 1 del código tributario, y está tipificada en la Tabla I de Infracciones y Sanciones, la cual tiene por sanción para el Régimen General y Régimen Mype Tributario 1 UIT, para el Régimen Especial de Renta el 50% de la UIT y para el NRUS 0.6% de sus ingresos o cierre de establecimiento. 71 4.1.4 Resultados respecto al objetivo específico 3 Tabla 30. ¿Cuándo paga usted los impuestos declarados por la venta de cerveza? Descripción Frecuencia Porcentaje El mismo día que indica en la SUNAT 2 20% Antes de la fecha que indica SUNAT 1 10% El último día de cada mes 2 20% No realizo el pago 5 50% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN. En la tabla 30 nos da a conocer cuando el contribuyente realiza el pago de sus impuestos declarados por la venta de le cerveza, en donde un 20% de encuestados señalan que el pago lo realiza el mismo día que indica la SUNAT, mientras que el 10% señala que el pago del impuesto lo realiza antes de la fecha que indica la Administración Tributaria, el 20% de los otros encuestados demostraron que el pago lo realiza el último día de cada mes y 50% del total de los encuestados dieron a conocer que no realizan ningún pago del impuesto por la venta de la cerveza, en lo que estarían incurriendo a cometer infracciones tributarias que están contempladas en el art 178°- 4 del código tributario, por no pagar dentro de los plazos establecidos, lo que traerán como resultado sanciones. Tabla 31. ¿Alguna vez ha sido sancionado por la administración tributaria (SUNAT), por no pagar a tiempo su impuesto declarado? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 3 30% No 7 70% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia 72 INTERPRETACIÓN: En la tabla 31 nos da a conocer si el contribuyente alguna vez ha sido sancionado por la administración tributaria SUNAT, por no pagar a tiempo su impuesto, en donde el 30% de los encuestados señalaron que efectivamente fueron sancionados por la administración tributaria, por no pagar a tiempo sus impuestos declarados, por otro lado el 70% del total de los encuetados demostraron que no fueron sancionados ni multados por parte de la SUNAT al no pagar sus impuestos. Tabla 32. ¿Usted conoce porque paga un 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? Descripción Frecuencia Porcentaje Si 2 20% No 8 80% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 32 nos da a conocer si los contribuyentes, conocen el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza, en donde el 20% de los encuestados demostraron que efectivamente conocen el pago del 2% que se les hace al momento de adquirir la cerveza, al responder que este porcentaje de pago puede compensar el pago de sus impuestos, por otro lado el 80% del total de los encuestados señalaron que desconocen por qué se les cobra en el 2% más al momento de adquirir las cervezas, esto según ellos que se debe por la falta de acceso a la información, que nadie les brinda conocimiento respecto a ese pago adicional que debería hacerlo la empresa distribuidora al momento de cobrarles, pero también se demostró que ellos mismos no consultan o indagan acerca de la percepción al precio de la cerveza. 73 Tabla 33. ¿Sabe usted para qué sirve el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? Descripción Frecuencia Porcentaje Disminuye el pago del impuesto 1 10% No conozco 9 90% Total 10 100% Fuente: Elaboración Propia INTERPRETACIÓN: En la tabla 33 nos da a conocer si el contribuyente, sabe para qué sirve el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza, en donde solo el 10% de los encuestados conocen para sirve el pago del 2% adicional al precio de la cerveza, mientras que el 90% de los encuestados señalaron que no conocen porque pagan el 2% adicional al precio de la cerveza. Lo que se observó que dichos contribuyentes presentan una falta de información, ya que nadie les informo de dicha percepción al precio de la cerveza, esto debería hacerlo la Administración tributaria llegando con mayor información a provincias, la empresa distribuidora de cerveza TINCOC EIRL ya que es agente de percepción y por último los dueños de los puntos de cerveza deben de tener una conciencia tributaria para informarse por cuenta propia acerca de sus obligaciones fiscales. 74 CAPITULO V DISCUSIÓN 5.1 Descripción de los hallazgos más relevantes y significativos La presente investigación realizada tuvo como objetivo principal identificar las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas. Se obtuvo los siguientes hallazgos, según al cruce de información entre las declaraciones que realiza el punto de venta de cerveza, con la información de la declaración de percepciones que presenta la empresa distribuidora TINCOC EIRL a la Administración tributaria, presentamos los siguientes cuadros donde detallamos la declaración de sus impuestos que realizan dichos puntos de venta: Tabla 34 Margen de ganancia por la venta de cerveza MARGEN DE PRODUCTO PRECIO VENTA GANANCIA PL 100 83.50 87.00 4.19% CUSQ 620 57.00 60.00 5.26% CUSQ NR 71.40 75.00 5.04% TOTAL 4.83% Fuente: Elaboración Propia En este cuadro se puede observar los productos que mayormente adquieren los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas; donde se muestra el precio de cada producto por caja de cerveza que la empresa distribuidora les vende a los puntos de venta de cerveza y el precio final que estos puntos de venta de cerveza venden a sus clientes, en el cual determinamos el margen de ganancia total para determinar el ingreso estimado de estos puntos de venta de cerveza. 75 Tabla 35 Cruce de información de declaración de impuestos de los puntos de venta de cerveza SEGÚN PUNTO DE VENTA SEGÚN DECLARACIÓN DE PERCEPCIONES 2017 DE TINCOC EIRL IGV IR IMPUESTO A IMPUESTO COMPRA COMPRA INGRESO IMPUESTO PAGAR DECLARACIÓN PERCEPCIÓN ESTIMADO ESTIMADO PAGADO TOTAL ESTIMADA ESTIMADO A PAGAR DEDUCIENDO (RER) (RER) PERCEPCIÓN ene-17 5,000.00 20.00 38,468.00 754.27 37,713.73 39,535.30 277.87 502.57 780.43 26.16 feb-17 5,000.00 20.00 28,684.50 562.45 28,122.05 29,480.35 207.20 374.75 581.95 19.50 mar-17 5,000.00 20.00 21,240.74 416.49 20,824.25 21,830.06 153.43 277.50 430.93 14.44 abr-17 5,000.00 20.00 23,487.00 460.54 23,026.46 24,138.64 169.65 306.85 476.50 15.96 may-17 5,000.00 20.00 48,170.60 944.53 47,226.07 49,507.09 347.95 629.33 977.28 32.75 jun-17 5,000.00 20.00 38,053.75 746.16 37,307.59 39,109.55 274.87 497.16 772.03 25.87 198,104.59 3,884.44 194,220.15 203,600.98 1,430.97 2,588.15 4,019.12 134.68 Fuente: Elaboración Propia 76 Tabla 36 Sanciones según el régimen al cual pertenecen los puntos de venta de cerveza SANCIONES ART 178 - NUM 1 ART 176 - NUMERAL 1 NO PRESENTAR LA Compras Exceso de IMPUESTO DECLARAR CIFRAS O Límites para DECLARACIÓN JURADA EN según compras para IGV OMITIDO IR OMITIDO TOTAL DATOS FALSOS Periodos acogerse al LOS PLAZOS ESTABLECIDO percepciones acogerse al DE PAGAR DE PAGAR OMITIDO DE NUEVO RUS declaradas NUEVO RUS PAGAR RER RMT RER RMT 50% TRIB OMIT 50% TRIB OMIT 50% UIT 1 UIT ene-17 37,713.73 8,000.00 29,713.73 277.87 502.57 780.43 390.22 390.22 2,100.00 4,200.00 feb-17 28,122.05 8,000.00 20,122.05 207.20 374.75 581.95 290.97 290.97 2,100.00 4,200.00 mar-17 20,824.25 8,000.00 12,824.25 153.43 277.50 430.93 215.46 215.46 2,100.00 4,200.00 abr-17 23,026.46 8,000.00 15,026.46 169.65 306.85 476.50 238.25 238.25 2,100.00 4,200.00 may-17 47,226.07 8,000.00 39,226.07 347.95 629.33 977.28 488.64 488.64 2,100.00 4,200.00 jun-17 37,307.59 8,000.00 29,307.59 274.87 497.16 772.03 386.01 386.01 2,100.00 4,200.00 1,430.97 2,588.15 4,019.12 Fuente: Elaboración Propia 77 Hipótesis General: Las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomás Chumbivilcas – Cusco período 2017, es alto. Un hallazgo importante es el alto grado de contingencias tributarias que presentan los puntos de venta de cerveza, esto debido al desconocimiento sobre la normativa tributaria y la falta de conciencia tributaria por parte de los contribuyentes respecto a sus obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas Chumbivilcas. Otro hallazgo importante es que se encontró un contribuyente que realiza la compra de cerveza con RUC perteneciente a la renta de cuarta categoría que es aquel ingreso que las personas naturales obtienen por consecuencia del desempeño de profesión, arte, ciencia u oficio que ejercen de manera independiente; más no para negocio, dicho contribuyente debería pertenecer a la renta de tercera categoría, ya que este es el impuesto que grava los ingresos que provengan de las personas naturales y jurídicas por la realización de actividades empresariales, de esta manera si dicho contribuyente continua realizando la compra de cerveza con ruc de cuarta categoría este incurrirá en infracciones lo cual le traerá como consecuencia sanciones, multas o incluso el cierre de su actividad comercial. El tercer hallazgo importante es que se observó a otro contribuyente que realiza sus compras de cerveza a nombre de terceros, es decir dicho contribuyente realiza la compra de la cerveza para su negocio a nombre de algún familiar, esto para no excederse de los límites establecidos del régimen al que pertenece (NRUS), ya que si se excediera de dicho límite, el contribuyente pasaría a pertenecer a otro régimen tributario y cumplir con las demás obligaciones fiscales que establece la Administración Tributaria. 78 Hipótesis Específica 1: a. Las contingencias tributarias, de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, período 2017. Son la omisión de declaración mensual de IGV e Impuesto a la Renta y la falta de pago de sus impuestos. Un hallazgo importante es que efectivamente las contingencias tributarias de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas son la omisión de la declaración mensual del IGV e Impuesto a la renta y la falta de pago de estos mismos, por lo que se presume que las obligaciones fiscales están siendo subestimadas por el desconocimiento de la norma tributaria, falta de información referida a la categoría y régimen tributario del impuesto a la renta que pertenecen, el poco conocimiento que tienen de las infracciones y sanciones que incurren al no cumplir con sus obligaciones fiscales y el bajo nivel de conciencia tributaria que poseen, hecho que debe corregirse para que dichos contribuyentes no sean notificados por la Administración Tributaria para la regularización de sus tributos, o no se vean afectados por multas o sanciones. Hipótesis especifica 2: b. El cumplimiento de las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco periodo 2017, es bajo. Como hallazgo relevante en la presente investigación se demostró que el cumplimiento de las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza, es baja, esto debido a que los contribuyentes no proporcionan información que la administración tributaria requiere de acuerdo a su realidad económica, no actualizan sus datos cuando cambian de domicilio, actividad económica, correo electrónico del Registro Único de Contribuyentes. 79 Así como también es muy frecuente que la mayoría no emite comprobantes de pago por la venta de cerveza, y asimismo no exigen comprobante de pago al realizar la compra de cerveza, cuando deberían hacerlo, ya que este es el documento mediante el cual sustentan la venta de bienes a un tercero y por ende la emisión y entrega de comprobantes de pago es una obligación formal del contribuyente y un derecho del adquiriente. Respecto a la declaración mensual de sus impuestos el 50% de los contribuyentes no realizan ninguna declaración mensual de impuestos por la venta de la cerveza, por lo que cometen infracciones tributarias al no cumplir con sus obligaciones formales. Hipótesis especifica 3: c. El cumplimiento de las obligaciones sustanciales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco periodo 2017, es bajo. Un hallazgo importante en la presente investigación es referida al cumplimiento de las obligaciones sustanciales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, la cual es baja; donde se demuestra que el 50% de los encuestados no realiza el pago de sus impuestos por la venta de cerveza, lo que quiere decir que evaden impuestos. Por otro lado los contribuyentes no conocen ni saben para qué sirve el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza, lo que constituye una falta de información significativa, ya que el monto de percepción que les fue cobrado podrán compensarlo con el pago de sus impuestos. 5.2 Limitaciones del estudio Una limitación del estudio fue la distancia existente entre la ciudad de Cusco y la provincia de Chumbivilcas por el difícil acceso Teniendo presente que los negocios de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas la gran mayoría incumplen con las obligaciones 80 fiscales al no emitir comprobantes de pago por la venta de la cerveza y no pagar sus declaraciones según los cronogramas establecidos por la administración tributaria. Respecto a lo mencionado no hubo ninguna limitación para obtener acceso a la información de los contribuyentes investigados, ya que se les hizo entender que deben cumplir estas formalidades y obligaciones ante la administración tributaria. 5.3 Comparación critica con la literatura existente En la tesis titulada LA CULTURA TRIBUTARIA Y SU INCIDENCIA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN LOS COMERCIANTES DE LA BAHÍA “MI LINDO MILAGRO” DEL CANTÓN MILAGRO, AÑO 2013” de los autores: ROMERO AUQUI, Miguel y VARGAS MOREIRA, Cindy, donde en sus conclusiones señala que, como consecuencia de una escaza, inexistente o equivocada Cultura tributaria, los comerciantes de la “Bahía Mi Lindo Milagro” no activan el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Actualmente los servicios de rentas internas poseen espacio físico dentro de sus instalaciones, pero no mejora la propagación de publicaciones tributarias a los contribuyentes. La tributación no solamente consiste en ser una obligación legal que tiene que asumir todo ciudadano, más bien deber ser un acto cívico que beneficie a su entorno, para que el Estado asuma y retribuya mejor sus obligaciones, la persona debe asumir también su responsabilidad de pagar impuestos. En comparación con nuestro trabajo de investigación señalamos que los puntos de venta no tienen una conciencia tributaria, el cual incumplen con sus obligaciones fiscales, que a veces es por falta de conocimiento o mala información llegan a ser fiscalizados y dicho sea de paso son sancionados con multas, cierre de local entre otros, por ende, estas contingencias tributarias ayudaran a la empresa a tener una adecuada cultura tributaria. En la tesis titulada “PLANEAMIENTO TRIBUTARIO Y CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS EN LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA DE LA 81 PROVINCIA DE HUANCAYO 2016” del autor VASQUEZ GARAY, Susan, en donde en sus conclusiones nos demuestra que el planteamiento tributario influye positivamente en evitar contingencias tributarias dando un equilibrio en el cumplimiento de sus obligaciones, minimizando el riesgo tributario, mejorando la liquidez de la empresa. La cultura tributaria influye directamente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales en las empresas ya que la falta de una atención adecuada de la cultura tributaria en nuestro país, no permite cumplir con las obligaciones fiscales correctamente. En comparación con nuestro trabajo de investigación la información brindada por parte de la Administración Tributaria y de la empresa distribuidora hacia los puntos de venta influirá positivamente en evitar contingencias tributarias haciendo que cumplan sus obligaciones fiscales, ya que por falta de una orientación adecuada se llega al incumplimiento de estas obligaciones tributarias causando infracciones. En la tesis titulada; CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y EL RIESGO TRIBUTARIO EN LOS MIEMBROS HÁBILES DEL COLEGIO DE ABOGADOS FILIAL SICUANI, 2016, del autor: QUISPE SOLORZANO, Gabriel en donde en sus conclusiones demuestra que no se está cumplimientos con las obligaciones fiscales y el riesgo tributario de los miembros hábiles del colegio de abogados de la filial Sicuani, 2016. Así lo prueba la encuesta realizada a los miembros del Colegio, los mismos que son conscientes, tienen conocimiento sobre las obligaciones fiscales y el riesgo que implica no cumplirlas, pero la mayoría hace caso omiso a su responsabilidad como contribuyentes. En comparación con nuestro trabajo de investigación señalamos que efectivamente la gran mayoría de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas no están cumpliendo con sus obligaciones fiscales como nos muestra en el Capítulo IV, en 82 consecuencia, se tienen alto riesgo tributario, esto debido a la falta de información por parte de la administración tributaria. 5.4 Implicancias del estudio Del análisis de los resultados de la presente investigación se demuestra que efectivamente existen contingencias tributarias debido al no cumplimiento de las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, porque la gran mayoría de estos contribuyentes hace caso omiso a dichas obligaciones fiscales de manera integral presentando estas algunas inconsistencias, como las encontradas por la administración tributaria. 83 CONCLUSIONES a) Se diagnosticaron las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, en donde se observó que los contribuyentes no proporcionan la información necesaria, ni los datos requeridos por la SUNAT, el cual no le permite a la Administración Tributaria tener un panorama general de la situación fiscal de los vendedores de cerveza, así mismo se observó que estos contribuyentes no cumplen con la declaración total de sus compras, el cual al hacer cruce de información con lo que TINCOC EIRL declara, dicha información no coincide; ello conlleva a que la Administración Tributaria notifique a estos contribuyentes y dé como resultado que estos obtengan sanciones y multas señaladas en las normativas, la ley de Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas. b) Las contingencias tributarias en las que incurren los puntos de venta de cerveza evidentemente son la omisión de la declaración mensual del IGV, prueba de ello se obtuvo que el 30% de los contribuyentes recibieron notificaciones por parte de la Administración Tributaria, junto con una esquela de omiso, otorgándoles un plazo para que cumplan con la presentación de su declaración; también cabe resaltar que en su gran mayoría los contribuyentes tienen poco o nada de conocimiento sobre la normativa tributaria respecto a sus obligaciones fiscales, ya que no se les proporciona ninguna capacitación tanto por parte de la empresa distribuidora y la Administración Tributaria. (Tabla 16) c) Las obligaciones formales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, se cumplieron adecuadamente, respecto a estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), tener el estado activo y la condición de habido, sin embargo según los resultados obtenidos el 60% que conforma la gran mayoría no proporcionan información, ni actualiza los datos, que la SUNAT requiere 84 de acuerdo a la realidad de su actividad económica (Tabla 23); en tanto el 60% de los contribuyentes está cometiendo una infracción tributaria al no emitir los comprobantes de pago por la venta de cerveza y solo el 50% realizan sus declaraciones mensuales de sus impuestos, lo cual indica que tienen un nivel poco o ningún conocimiento de sus obligaciones fiscales. (Tabla 26 - Tabla 29) d) Las obligaciones sustanciales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas, es baja. Prueba de ello es que los resultados de la aplicación del instrumento, arrojo que la mitad de los encuestados no realiza el pago de los impuestos declarados por la venta de cerveza, por ende, estos contribuyentes evaden impuestos y lo cual implicará que sean sancionados y multados. (Tabla 31). Por otro lado los contribuyentes desconocen el pago del 2% adicional de percepción al precio de la cerveza como también desconocen el destino de está. (Tabla 33) 85 RECOMENDACIONES a) Se recomienda a nuestra escuela profesional de Contabilidad, que realice campañas de capacitación a todo emprendedor en las provincias alto andinas de Cusco, debido a la difícil accesibilidad que tienen ellos para recurrir a un centro de atención al contribuyente, de esta manera en estas campañas capacitar a estos emprendedores sobre los regímenes tributarios en el que deberían estar sujetos de acuerdo a sus ingresos y egresos, explicarles también como obtendrían grandes beneficios por el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales. b) Se recomienda implementar una planificación fiscal para reducir las contingencias tributarias de los vendedores de cerveza, con el objetivo de minimizar, o diferir en la medida de lo posible la carga tributaria de su negocio, el cual les permita conocer, identificar, controlar y poder supervisar todas estas operaciones con la finalidad de evitar deficiencias, como sanciones, infracciones y multas, para ello se tiene que capacitar a los contribuyentes sobre los temas tributarios y de los beneficios que tienen al ser puntuales en sus declaraciones de impuestos. c) Se sugiere diseñar una estrategia de cumplimiento tributario de acuerdo a las operaciones que realizan los puntos de venta de cerveza, de igual modo se sugiere a los futuros contribuyentes dedicados a la venta de cerveza, cumplir desde el inicio de sus actividades económicas con las obligaciones formales, como la inscripción al RUC, y proporcionar toda la información necesaria que la SUNAT requiere, así mismo emitir sus comprobantes de pago por la venta realizada, ya que por ser un buen contribuyente tendrá varios beneficios y facilidades. d) Se recomienda a los puntos de venta de cerveza, que cumplan con las obligaciones tributarias pagando los impuestos declarados por la venta de cerveza, para que no puedan incurrir en evasiones u omisiones, ya que si cometen infracciones, más 86 adelante la administración tributaria hará fiscalizaciones e impondrán las respectivas sanciones y multas. También se sugiere que los dueños de los puntos de venta de cerveza reciban capacitaciones por parte de la empresa distribuidora, sobre el cobro del 2% adicional al precio de la cerveza por concepto de percepción y la utilidad de esta. 87 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Actualida Empresarial . (2018). Actualidad Tributaria . Lima: Pacifico Editores SAC. Actualidad Empresarial . (2018). La obligacion tributaria . En J. F. Gallegos, Manual Tributario (pág. 31). Lima: Pacifico Editores SAC. Alva Mateucci, M. (01 de Marzo de 2012). Blog de Mario Alva Mateucci. Obtenido de Blog de Mario Alva Mateucci: http://blog.pucp.edu.pe Alva Mateucci, M., & Mamani Yupanqui, Y. (2018). Delitos Tributarios. Lima: Pacifico Editores SAC. Apaza Meza , M. (2009). Registros Contables . En M. A. Meza, Libros y Registros Contables con efectos TRibutarios concordados con el PCGE (págs. 23-24). Lima: Grupo Acropolis SAC. Avila, R. (20 de Junio de 2018). Grupo Verona. Obtenido de Grupo Verona : http://www.grupoverona.pe Backus. (01 de Noviembre de 2019). Clasificación de canales y subcanales . Cusco, Cusco, Perú. Baldean Guere, N. (2008). Infracciones y Delitos Trbutarios. Contadores y Empresas. Gaceta Juridica S.A. Berrospi Alvarado, G. (28 de Noviembre de 2012). Slide Share. Obtenido de Slide Share: https://es.slideshare.net Blas Jimenez, P. (2014). Diccionario de Administracion y Finanzas. Estados Unidos : Palibrio L.L.C. Bravo Cucci, J. (2002). La renta como materia imponible en el caso de actividades empresariales y su relacion con la contabilidad . VII Jornadas Nacionales de Tributacion , 64-65. Bravo Cucci, J. (2010). Fundamentos de Derecho Tributario . Lima: Jurista Editores EIRL. Caballero Bustamante . (04 de Abril de 2011). Caballero Bustamante . Obtenido de Caballero Bustamante : http://www.caballerobustamante.com.pe Carrasco Buluje, L. (2013). Aplicacion Practica de la Obligacion Tributaria . Lima: Estudio Carrasco Buluje Asesoria y Consultoria SA. Colegio de Contadores Públicos de Lima. (19 de Julio de 2015). Colegio de Contadores Publicos de Lima. Obtenido de Colegio de Contadores Publicos de Lima: www.ccpl.org.pe Emprender Sunat . (08 de Enero de 2018). Emprender Sunat . Obtenido de Emprender Sunat : http://emprender.sunat.gob.pe Escobedo Muñoz , M., & Nuñez Herrera, E. (2016). Planeamiento Tributario para Evitar Contingencias Tributarias en la Empresa Servis Kuelap . Huancayo, Pimentel - Peru: Universidad Señor de Sipan. 88 Flores Gallegos , J., & Ramos Romero, G. (2018). Manual Tributario . Lima : Pacifico Editores SAC. Garcia Quispe , J., & Gonzales Peña, E. (2011). Obligatoriedad de llevar libros y registros contables . En J. L. Garcia Quispe, & E. Gonzales Peña, El sistema de libros y registros electronicos (pág. 09). Lima: Instituto Pacifico SAC. Giraldo Jara, D. (1998). Fundamentos de Marketing. Lima: Fecat EIRL . Gonzales Angulo, J. (2000). Revistas Pontificia Universidad Catolica del Peru. Obtenido de Revistas Pontificia Universidad Catolica del Peru: http://revistas.pucp.edu.pe Hernandez Sampieri, R. (2014). Metodologia de la Investigacion 6ta edicion. Mexico: Mc Graw Hill. Lopez Cabia , D. (2015). Economipedia. Obtenido de Economipedia : http://economipedia.com Mef. (2018). Ministerio de Economia y Finanzas . Obtenido de Tribunal Fiscal - Glosario de Terminos : http://www.mef.gob.pe Mendoza Calcin , J. D. (2016). Influencia tributaria en la conciencia tributaria de en el cumplimiento de las obligaciones fiscales del impuesto a la renta de cuarta categoria de los abogados colegiados del distrito de Tambopata, Madre de Dios. Cusco: Universidad Andina del Cusco. Murillo Torrecilla, J. (2008). La Investigacion Aplicada, una forma de conocer las realidades con evidencia cientifica . Revista Educación, 155-165. Quispe Solorzano, G. (2016). Cumplimiento de la obligaciones tributarias y el riesgo tributarios en miembros habiles del Colegio de Abogados filial Sicuani . Cusco: Universidad Andina del Cusco. Ragio Villanueva, J. (2016). Impuesto a la Renta. Programa de alta especializacion en tributacion (págs. 14-20). Cusco: Instituto INEDI. Ramos Romero, G. (2018). Algunos aspectos sobre el procedimiento de fiscalizacion . Actulidad Empresarial, I-11. Revista Española de Financiación y Contabilidad. (2010). Contingencias Tributarias. Revista Española de Financiación y Contabilidad. Romero Auqui , M., & Vargas Moreira , C. (Septiembre de 2013). La cultura triutaria y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones en los comerciantes de la bahía Mi Lindo Milagro del cantón Milagro. Milagro, Ecuador: Universidad Estatal de Milagro. Romero Auqui, M., & Vargas Moreira , C. (2013). La cultura tributaria y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones en los comerciantes de la Bahia "Mi LIndo Milagro" del Canton Milagro. Universidad Estatal de Milagro - Ecuador. Ruiz de Castilla Ponce de León, F. J. (2008). La obligacion Tributaria y los Derechos Administrativos. Actualidad Empresarial, I-1 al 4. 89 Semana Económica. (15 de Enero de 2018). Semana Económica. Obtenido de http://semanaeconomica.com Sunat. (2018). Orientacion Sunat. Obtenido de Orientacion Sunat: http://orientacion.sunat.gob.pe Vasquez Garay , S. (2016). Planeamiento tributario y contingencias tributarias en las empresas de carga de la provincia de Huancayo. Huancayo: Universidad Nacional del Centro del Peru. Zambrano Mendoza, A., & Prieto Cedeño, Z. (2017). Informe de cumplimiento tributario y su incidencia en las contigencias tributarias . Guayaquil: Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil. 90 ANEXOS 91 Anexo N° 1 Matriz de Consistencia PROBLEMA OBJETIVOS HIPOTESIS VARIABLES, DIMENSIONES GENERAL: GENERAL: GENERAL: VARIABLE 1 ¿Cómo son las contingencias tributarias Describir las contingencias tributarias Las contingencias tributarias en las Contingencia Tributaria en las obligaciones fiscales de los puntos en las obligaciones fiscales de los puntos obligaciones fiscales de los puntos de de venta de cerveza del distrito de Santo de venta de cerveza del distrito de Santo venta de cerveza del distrito de Santo - Falta de reconocimiento de las Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo Tomás Chumbivilcas – Cusco período obligaciones. 2017? 2017. 2017, es alto. - Incumplimiento de Pago de Tributos. ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS: ESPECÍFICOS:  ¿Cuáles son las contingencias  Identificar las contingencias  Las contingencias tributarias, de tributarias de los puntos de tributarias de los puntos de los puntos de venta de cerveza VARIABLE 2 venta de cerveza del distrito de venta de cerveza del distrito de del distrito de Santo Tomas, Obligaciones fiscales Santo Tomas, Chumbivilcas - Santo Tomas, Chumbivilcas - Chumbivilcas - Cusco, período Cusco, periodo 2017? Cusco, periodo 2017. 2017. Son la omisión de Obligaciones Formales declaración mensual de IGV e - Inscribirse en el RUC  ¿Cuáles son las obligaciones  Identificar como son las Impuesto a la Renta y la falta de - Proporcionar a la formales de los puntos de venta obligaciones formales de los pago de sus impuestos. administración tributaria la de cerveza del distrito de Santo puntos de venta de cerveza del información que requiera. Tomas, Chumbivilcas - Cusco, distrito de Santo Tomas -  El cumplimiento de las - Emitir comprobantes de pago periodo 2017? Chumbivilcas Cusco, periodo obligaciones formales de los por sus operaciones 2017. puntos de venta de cerveza del económicas  ¿Cuáles son las obligaciones distrito de Santo Tomas, - Registrar sus operaciones en sustanciales de los puntos de  Identificar como son las Chumbivilcas - Cusco periodo libros contables y registros venta de cerveza del distrito de obligaciones sustanciales los 2017, es bajo. tributarios. Santo Tomas, Chumbivilcas - puntos de venta de cerveza del - Determinar y declarar cada Cusco, periodo 2017? distrito de Santo Tomas,  El cumplimiento de las tributo Chumbivilcas - Cusco, periodo obligaciones sustanciales puntos 2017. de venta de cerveza del distrito de Obligaciones Sustanciales Santo Tomas, Chumbivilcas - - Pagar oportunamente los Cusco periodo 2017, es bajo. tributos como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, y la percepción del IGV. Fuente: Elaboración de las Autoras 92 Anexo N° 2 Matriz del Instrumento para la Recoleccion de Datos Título del “CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS EN LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LOS PUNTOS DE VENTA DE CERVEZA DEL DISTRITO DE SANTO Proyecto: TOMAS, CHUMBIVILCAS - CUSCO, PERIODO 2017” Identificar las contingencias tributarias en las obligaciones fiscales de los puntos de venta de cerveza del distrito de Santo Tomas, Chumbivilcas - Cusco, periodo Objetivo: 2017. ESCALA VARIABLES DIMENSIONES INDICADORES ITEMS O REACTIVOS INSTRUMENTOS VALORATIVA CONTINGENCIA FALTA DE - Infracciones Pregunta 7: ¿Ha recibido alguna notificación  Cuestionario TRIBUTARIA RECONOCIMIENTO - Sanciones por parte de la SUNAT, para la regularización Medida de Recurriendo como informantes DE LAS - Multas e Intereses de sus tributos? a los puntos de venta de OBLIGACIONES Pregunta 8: ¿Su punto de venta se ha visto escala Nominal cerveza afectado por multas, sanciones o infracciones y Ordinal INCUMPLIMIENTO tributarias en años anteriores? DE PAGO DE Pregunta 9: ¿Conoce usted cuales son las  Encuesta TRIBUTOS infracciones y sanciones que incurre al no A los dueños de los puntos de cumplir con sus obligaciones fiscales? venta de cerveza del distrito de Pregunta 10: ¿En qué categoría del Impuesto Santo Tomas – Chumbivilcas. a la Renta se encuentra? Pregunta 11: ¿En qué régimen tributario se  Guía de Observación encuentra? documental OBLIGACIONES OBLIGACIONES - Inscribirse en el RUC Pregunta 12: ¿Está inscrito en el Registro Apropiadamente Organizada de FISCALES FORMALES Único del Contribuyente (RUC)? acuerdo a las necesidades del trabajo de investigación - Proporcionar a la administración Pregunta 13: ¿Proporciona información que tributaria la información que la administración tributaria (SUNAT) requiera. requiere de acuerdo a la realidad de su actividad económica? Pregunta 14: ¿Usted actualiza datos (correo, domicilio, actividad económica, etc.) que la administración tributaria (SUNAT) requiere? 93 - Emitir comprobantes de pago por Pregunta 15: ¿Usted emite comprobantes de sus operaciones económicas pago por la venta de cerveza? Pregunta 16: ¿Al realizar la compra de cerveza, Ud. exige su comprobante de pago? - Registrar sus operaciones en libros Pregunta 17: ¿Dónde registra sus ventas e contables y registros tributarios. ingresos por la venta de cerveza? - Determinar y declarar cada tributo Pregunta 18: ¿Usted realiza declaraciones mensuales de sus impuestos (NRUS, impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta), por la venta de cerveza dentro de los plazos establecidos? OBLIGACIONES - Pagar oportunamente los tributos Pregunta 19: ¿Cuándo paga usted los SUSTANCIALES como el Impuesto a la Renta, impuestos declarados por la venta de cerveza? Impuesto General a las Ventas y la Pregunta 20: ¿Alguna vez ha sido sancionado percepción del IGV. por la administración tributaria (SUNAT), por no pagar a tiempo su impuesto declarado? Pregunta 21: ¿Usted conoce porque paga un 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? Pregunta 22: ¿Sabe usted para qué sirve el pago del 2% adicional (percepción) al precio de la cerveza? Fuente: Elaboración de las autoras