UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO INFORME DE TRABAJO ACADEMICO EN MATERIA CIVIL Materia OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA Presentado por: Bach. MARIO ABDEL BARRIOS CARDENAS Para optar el Título Profesional de ABOGADO CUSCO – PERU 2018 Título : Informe de trabajo académico : Caso civil otorgamiento de escritura pública Autor : - Mario Abdel Barrios Cardenas Fecha : 03-05-2018 Señor Decano de la Escuela profesional de Derecho y Ciencia Política, señores miembros del jurado, en cumplimiento al reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Andina del Cusco, para optar el título Profesional de Abogado, pongo a vuestra consideración el expediente civil sobre “Otorgamiento de escritura pública” El informe que a continuación pasare a desarrollar trata de un proceso de otorgamiento de escritura pública, el Art. 1148 del código civil contiene dos situaciones, la primera que exista en el contrato el plazo y/o modo pactados, en cuyo caso la prestación tiene que cumplirse en dicha forma y la segunda cuando no exista plazo, en cuyo supuesto la obligación se cumplirá en los exigidos por su naturaleza o las circunstancias del caso. De manera específica el proceso que me toco sustentar es uno de otorgamiento de escritura pública, que fue declarado infundada por el Juez de instancia y al apelado la Sala Civil de Cusco resolvió confirmar la sentencia de vista declarándola infundada. Poniendo en evidencia resaltante que el proceso de otorgamiento de escritura pública de bien inmueble el obligado a la ejecución de un hecho debe cumplir la prestación en el plazo y modo pactados en su defecto, en los exigidos porla naturaleza de la obligación o las circunstancias del caso. Siendo objeto de probanza en este proceso la obligación de autorizar al acreedor para los siguientes: - Emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que está obligado. - Obtener del deudor la indemnización correspondiente el Art. 1524 del Código Civil señala por la compraventa el vendedor, se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y este a pagar su precio en dinero.