UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES. ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TESIS __________________________________________________________________________ “NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 12 Y EL TRATAMIENTO CONTABLE TRIBUTARIO EN EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE LAS PERSONAS NATURALES, CIUDAD DE CUSCO PERIODO 2016” __________________________________________________________________________ PRESENTADO POR : Bach. Milagros Cusihuallpa Farfán : Bach. Roxana Medalhin García Vega. Para optar al título profesional de Contador Público ASESOR : Mgt. Fernando Philco Prado CUSCO- PERU 2018 1 i Presentación. Señor: Decano de la Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables de la Universidad Andina del Cusco, en cumplimiento al reglamento de grados y títulos de la escuela profesional de Contabilidad, ponemos a consideración la presente tesis titulada “ “NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 12 Y EL TRATAMIENTO CONTABLE TRIBUTARIO EN EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE LAS PERSONAS NATURALES, CIUDAD DE CUSCO PERIODO 2016” cuyo objetivo principal es determinar el nivel de aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias y su efecto en el Impuesto a la Renta Diferido en las EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE PROPIEDAD DE PERSONAS NATURALES en el año 2016. Con la sustentación del presente informe final pretendemos optar al grado académico de Contador Público y poner en práctica los conocimientos adquiridos durante la permanencia en la Universidad Andina del Cusco. Milagros Cusihuallpa Farfán Roxana Medalhin García Vega ii Agradecimiento Un agradecimiento especial a nuestra alma mater La Universidad Andina del Cusco, A nuestros docentes en general; A nuestro Asesor Mag. CPCC Fernando Philco Prado; A nuestros dictaminantes Dr. Juan Cancio Curiza Carrasco; y Dr. Victor Raul Acuña Loaiza quienes nos ha orientado en todo momento en el desarrollo de nuestra investigación, quienes, con sus palabras, experiencia profesional y consejos profesionales y su exigencia; motivaron a continuar en este maravilloso mundo de la ciencia contable señalando el derrotero para ser cada vez mejor y poder reflejar dichos conocimientos y formación profesional en valores en nuestro desempeño profesional. (Las autoras) iii Dedicatoria A: Dios, por darme la oportunidad de vivir y por estar conmigo en cada paso que doy, por fortalecer mi corazón e iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino a aquellas personas que han sido mi soporte y compañía durante todo el periodo de estudio. Mi madre Gilda Farfán Melgarejo, por darme la vida, quererme mucho, creer en mí y porque siempre me apoyaste. Mamá gracias por darme una carrera para mi futuro, todo esto te lo debo a ti. Mi padre Ambrosio Cusihuallpa Suarez (QEPD), por quererme y apoyarme siempre, esto también se lo debo a ti. Mis hermanos, Khevin Cusihuallpa Farfán y Olinda Cusihuallpa Farfán, por estar conmigo y apoyarme siempre, los quiero mucho. Todos mis tios (as), Enma, Teresa, Aleja, Wilberth, Francisco por compartir buenos y malos momentos. Todos mis primos (as), Fany, Lisbeth, Kely, Chaska, Rinver, Amilcar, Rowil, por compartir buenos y malos mementos y apoyarme siempre. Todos aquellos familiares y amigos que no recordé al momento de escribir esto. Ustedes saben quiénes son. Milagros Cusihuallpa Farfán iv Dedicatoria Nuestro agradecimiento a nuestros docentes, Que con su sabiduría y conocimiento Impartieron sus enseñanzas, Logrando formar futuros profesionales. Mi gratitud, principalmente está dirigida a Dios Por habernos dado la existencia, A mis padres por darme la vida, Ayudarme a cumplir mi objetivo Como persona y estudiante. A mis amigos por brindarme su confianza y amistad A lo largo de mi vida y carrera profesional compartiendo los más buenos y mejores momentos Roxana Medalhin García Vega v Índice General Presentación. ........................................................................................................................... i Agradecimiento ..................................................................................................................... ii Dedicatoria............................................................................................................................ iii Dedicatoria............................................................................................................................ iv Índice General........................................................................................................................ v Índice de Tablas .................................................................................................................. viii Resumen ............................................................................................................................... ix Abstract .................................................................................................................................. x CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN........................................................................................ 1 1.1 Planteamiento del problema ........................................................................................... 1 1.2 Formulación del problema .............................................................................................. 2 1.2.1 Problema General ............................................................................................... 2 1.2.2 Problema Específico ........................................................................................... 2 1.3 Objetivos de la investigación.......................................................................................... 3 1.3.1 Objetivo General ................................................................................................. 3 1.3.2 Objetivos Específicos ......................................................................................... 3 1.4 Justificación .................................................................................................................... 3 1.4.1 Relevancia social ................................................................................................ 3 1.4.2 Implicancias Prácticas. ....................................................................................... 5 1.4.3 Valor teórico ....................................................................................................... 5 1.4.4 Utilidad metodológica ........................................................................................ 6 1.4.5 Viabilidad ........................................................................................................... 6 1.5 Delimitación de la investigación .................................................................................... 7 1.5.1 Delimitación temporal ........................................................................................ 7 1.5.2 Delimitación espacial.......................................................................................... 7 1.5.3 Delimitación conceptual ..................................................................................... 7 CAPITULO II: MARCO TEÓRICO .................................................................................... 8 2.1 Antecedentes de la investigación .................................................................................... 8 2.1.1 Antecedentes internacionales.............................................................................. 8 2.1.2 Antecedentes nacionales ..................................................................................... 9 2.1.3 Antecedentes locales ......................................................................................... 12 2.1.4 Reseña de la entidad. ........................................................................................ 13 vi 2.2 Bases legales ................................................................................................................. 14 2.3 Bases teóricas ............................................................................................................... 15 2.3.1 Normas Internacionales de Información Financiera ......................................... 15 2.3.2 Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las ganancias ................. 16 2.3.3 Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeña y Mediana Empresa (NIIF para PYMES) ........................................................................... 18 2.3.4 Ley General de Sociedades ............................................................................... 20 2.3.5 Impuesto a la Renta en el Perú ......................................................................... 20 2.3.6 Empresa ............................................................................................................ 26 2.3.7 Empresas constructoras en la ciudad del Cusco ............................................... 26 2.3.8 Impuesto General a las Ventas ......................................................................... 30 2.3.9 Impuesto corriente e impuesto diferido ............................................................ 30 2.3.10 Habitualidad en venta de inmuebles. ................................................................ 30 2.3.11 La depreciación y vida útil ............................................................................... 34 2.3.12 Valor Razonable. .............................................................................................. 39 2.4 Marco Conceptual ........................................................................................................ 43 2.5 Hipótesis a la investigación .......................................................................................... 46 2.5.12 Hipótesis General.............................................................................................. 46 2.5.13 Hipótesis Específicas ........................................................................................ 47 2.6 Variables de estudio ..................................................................................................... 47 2.6.12 Variables ........................................................................................................... 47 2.6.13 Conceptualización de las variables ................................................................... 47 2.6.14 Operacionalización de variables ....................................................................... 49 CAPITULO III. MÉTODO DE INVESTIGACIÓN ........................................................... 50 3.1 Tipo de investigación ................................................................................................... 50 3.2 Enfoque de la investigación.......................................................................................... 50 3.3 Diseño de la investigación ............................................................................................ 50 3.4 Alcance de la investigación .......................................................................................... 51 3.5 Población y Muestra de la investigación ...................................................................... 51 3.5.1 Población .......................................................................................................... 51 3.5.2 Muestra ............................................................................................................. 51 3.6 Técnicas e instrumentos de recolección de datos ......................................................... 52 3.6.1 Técnicas ............................................................................................................ 52 3.6.2 Instrumentos ..................................................................................................... 52 vii 3.7 Procesamiento de datos ................................................................................................ 52 CAPITULO IV. RESULTADOS ........................................................................................ 54 CAPITULO V: DISCUSIÓN .............................................................................................. 77 5.1 Descripción de los hallazgos más relevantes y significativos ...................................... 77 5.2 Comparación critica con la literatura existente ............................................................ 80 5.3 Implicancias del estudio ............................................................................................... 82 CONCLUSIONES ............................................................................................................... 84 RECOMENDACIONES ..................................................................................................... 86 REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS .................................................................................. 87 viii Índice de Tablas Tabla 1 Diferencias temporales-Saldos inicial-final 2016 Expresado en soles ............... 55 Tabla 2 Determinación Del impuesto a la renta diferido periodo 2015 Expresado en soles .............................................................................................. 56 Tabla 3 Determinación del impuesto a la renta diferido Periodo 2016 ........................... 57 Tabla 4 Diferencia temporal- Cuentas por cobrar comerciales Deterioro de activos- por clientes ................................................................................................................ 57 Tabla 5 Impuesto y diferencia temporal- deterioro de activos Expresado en soles ......... 58 Tabla 6 Deterioro de existencias-detalle Expresado en soles .......................................... 59 Tabla 7 Diferencia temporal e impuesto deterioro de suministros diversos Expresado en soles ..................................................................................................................... 59 Tabla 8 Análisis de vacaciones por pagar Expresado en soles ........................................ 60 Tabla 9 Vacaciones por Pagar Expresado en soles. ......................................................... 61 Tabla 10 Honorarios profesionales Expresado en soles ..................................................... 62 Tabla 11 Honorarios profesionales Expresado en soles .................................................... 62 Tabla 12 Provisión de garantías Expresado en soles ......................................................... 63 Tabla 13 Depreciación Contable ........................................................................................ 64 Tabla 14 Depreciación Tributaria ...................................................................................... 65 Tabla 15 Determinación de diferencias temporarias en depreciación ............................... 66 Tabla 16 Depreciación. ...................................................................................................... 67 Tabla 17 Efectos de variaciones entre base contable y tributaria sobre el impuesto a la renta ..................................................................................................................... 68 Tabla 18 Resumen de diferencias temporarias –Periodo 2016 .......................................... 69 Tabla 19 Resumen de diferencias temporales del periodo 2016-impuesto diferido .......... 70 Tabla 20 Cálculo del impuesto diferido 2016 .................................................................... 71 Tabla 21 Diferencias permanentes Expresado en soles ...................................................... 72 Tabla 22 Resultado Integral – 2016 Expresado en soles .................................................... 73 Tabla 23 Determinación del impuesto a la renta- periodo 2016 Expresado en soles ......... 74 Tabla 24 Resumen determinación del impuesto a la renta. Tratamiento contable- tratamiento tributario Periodo finalizado al 31-12-2016 ..................................... 75 Tabla 25 Resumen de determinación de impuesto a la renta Tratamiento contable y tributario .............................................................................................................. 75 Tabla 26 Determinación de Tasa Efectiva – Periodo 2016 Expresada en nuevos soles ..... 76 ix Resumen El presente trabajo de investigación intitulado “Norma internacional de contabilidad 12 y el tratamiento contable y tributario en empresas constructoras de las personas naturales, ciudad de Cusco, periodo 2016” ha basado su desarrollo en la revisión y análisis documentario de la información contable de la empresa que desarrolla sus actividades en condiciones o teniendo como característica fundamental la de rentas de tercera categoría bajo la forma regulada como persona natural. Estas condiciones aplicadas conjuntamente con la controversia entre la norma contable establecida por las normas internacionales de información financiera NIIFs y las normas tributarias fiscales del país , generan un efecto importante en primera instancia referido al impuesto diferido y su efecto en el impuesto corriente que liquida la empresa; asimismo se establece que la posición empresarial genera un efecto en la determinación del impuesto a la renta producto de la aplicación del valor razonable de manera contable y la distorsión y obligación tributaria que genera la norma tributaria al no aceptar el mismo(valor razonable) para fines fiscales. Un ejemplo claro es el valor atribuido a los inmuebles que son de propiedad de la persona natural y que presentan su registro para efectos fiscales a valor de auto avalúo, estableciendo así utilidades inexistentes y que constituye un riesgo empresarial para los inversionistas. La investigación fue de carácter descriptivo, aplicando la estadística para cuantificar los resultados y de diseño no experimental; presenta de manera secuencial el desarrollo de tablas que permiten paso a paso establecer el efecto y resultados antes mencionados Palabras clave: Normas contables, normas fiscales, personas naturales, impuesto diferido, impuesto corriente. Las autoras. x Abstract The present research work entitled "International accounting standard 12 and the tax accounting treatment in construction companies of natural persons, city of Cusco period 2016" has based its development on the review and documentary analysis of the accounting information of the company that develops its activities in conditions or having as a fundamental characteristic that of third category income as a natural person. These conditions, applied together with the controversy between the accounting standard regulated by the IFRS and the tax rule, generate an important effect in the first instance referring to the deferred tax and its effect on the current tax that the company liquidates; It also establishes that the business position generates an even greater effect that definitively affects the determination of the income tax resulting from the application of fair value in an accounting manner and the distortion and tax obligation generated by the tax rule by not accepting it (value reasonable) for tax purposes. A clear example is the value attributed to the properties that are owned by the natural person and that present their registration for tax purposes at the value of self-assessment, thus establishing non-existent profits and which constitutes a business risk for investors. The research was descriptive, applying statistics to quantify the results and non-experimental design; presents sequentially the development of tables that allow step by step to establish the effect and results mentioned above. Key words: Accounting rules, fiscal rules, natural people, deferred tax, current tax. The authors. 1 CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN 1.1 Planteamiento del problema El país viene atravesando un proceso de convergencia hacia la normatividad regulada por las normas internacionales de información financiera NIIFs; este hecho genera la necesidad que las empresas a través de los órganos respectivos implementen la forma de adecuación involucrando a todos los miembros de la misma, es pues un proceso integral cuya finalidad es que se cuente con información formulada de manera razonable y que sirva para la adecuada toma de decisiones gerenciales; a este nivel es que se presenta en contraposición la normatividad fiscal que no siempre coincide con la contable lo que genera diferencias temporarias y temporales dependiendo del estado financiero que se halle en análisis. Es así que dicha divergencia genera contingencias y deviene en lo que se conoce tributariamente como impuesto a la renta diferido. La regulación tributaria peruana no permite la aplicación de las normas internacionales de información financiera de manera consistente, generando una serie de ajustes y reparos tributarios exclusivamente con fines fiscales; existen hechos de suma importancia que afectan definitivamente los resultados de las empresas del rubro construcción que son gestionadas por inversionistas privados bajo la forma de personas naturales dando la espalda a la realidad contable convirtiéndose en una suerte de exacción al contribuyente micro empresario, que se ve reflejado en la tasa efectiva del impuesto a la renta aplicable, que terminan pagando y que no es contemplada como casos especiales, pues solo afectan a este tipo de empresas y no a aquellas que tienen movimientos inmobiliarios de trascendencia y que lógicamente cuentan con el apoyo y asesoramiento tributario, contable y legal que les permite gestionar sus actividades utilizando todas las condiciones establecidas por las normas tributarias bajo una gestión de lo que se conoce como economía de opción. 2 La participación en el mercado de pequeños inversionistas es cada vez más importante en el rubro que se ve atractivo al generar márgenes de utilidad importantes, la realidad problemática viene dada en razón a que las normas contables y tributarias son emitidas para la aplicación de empresas consolidadas en el mercado y que cuentan con toda la estructura organizacional que les permite un desempeño eficaz y consistente en el mercado, lo que no sucede con el pequeño inversionista que incursiona en el sector y que por la inequidad de las normas se ve forzado a pagar una tasa de impuesto que termina por desalentar sus proyectos y finalmente retirarse del mercado. Consecuentemente la presente investigación analiza a partir de la vigencia de las normas contables y tributarias las consecuencias de su aplicación en la determinación del impuesto a la renta corriente, las contingencias tributarias por los activos y pasivos diferidos así como las limitaciones que tienen que aceptar impositivamente los inversionistas que incursionan en el mercado bajo la norma impositiva que regula las rentas de tercera categoría aplicable a personas naturales que construyen para la venta de inmuebles o que hayan incurrido en habitualidad tributaria. 1.2 Formulación del problema 1.2.1 Problema General ¿Cómo es el tratamiento contable y tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales en la ciudad del Cusco-Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el periodo 2016? 1.2.2 Problema Específico a) ¿Cómo es el tratamiento contable la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales en la ciudad del Cusco -Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el periodo 2016? 3 b) ¿Cómo es el tratamiento tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales-Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el periodo 2016? 1.3 Objetivos de la investigación 1.3.1 Objetivo General Determinar cómo es el tratamiento contable y tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales en la ciudad del Cusco-Caso Carmen Delgadillo Alcántara, en el periodo 2016. 1.3.2 Objetivos Específicos - Determinar cómo es el tratamiento contable la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales en la ciudad del Cusco -Caso Carmen Delgadillo Alcántara, en el periodo 2016. - Determinar cómo es el tratamiento tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias, en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales-Caso Carmen Delgadillo Alcántara, en el periodo 2016. 1.4 Justificación 1.4.1 Relevancia social La industria de la construcción ha tenido un desarrollo importante en la última década, ha generado desarrollo y puestos de trabajo de manera importante habiendo dinamizado la economía y dando la oportunidad de crecimiento a un grupo importante de empresarios que vieron en el sector la oportunidad de inversión. 4 La ciudad del Cusco, no ha sido ajena a este hecho y se generó la inversión por muchas personas en calidad de personas naturales, recurriendo a múltiples e ingeniosas formas de financiamiento, en la mayoría de casos se encuentra que los inversionistas de esta naturaleza (personas naturales), no contaron ni valoraron la importancia de efectuar una inversión ordenada registrando de manera oportuna sus ingresos y gastos; estos hechos aunados a la ausencia de una adecuada asesoría contable ha generado que gran parte de inversionistas tuvieran problemas contables y tributarios contrastando la aparente rentabilidad y éxito económico de la actividad. El registro de operaciones bajo normas contables genera necesariamente diferencias frente a la información brindada con fines tributarios, esta diferencia genera activos y pasivos en un momento imponibles y en otro deducibles lo que es producto de la diferencia existente entre la norma contable y tributaria; conocer adecuadamente estas genera la diferencia entre el éxito empresarial o lo contrario. La aplicación de principios como el valor razonable genera en el caso de las personas naturales diferencias sustanciales frente a la obligación fiscal, por lo que es necesario que dichas diferencias sean puestas en evidencia para tomar en consideración su real efecto sobre las bases imponibles que pueden generar utilidades fiscales que no se presentan como tales contablemente. Estos hechos ponen en relevancia la investigación en razón de que es necesario que los pequeños inversionistas no vean diluirse las utilidades generadas, producto de la desinformación e inoportuna forma de registro contable basado en normas contables, siendo relevante conocer su efecto fiscal producto de las normas tributarias para así lograr realmente consolidar a las pequeñas empresas locales y garantizar su sostenibilidad en el tiempo. 5 1.4.2 Implicancias Prácticas. El trabajo de investigación permite poner en evidencia el efecto de la aplicación de la norma contable (NIC 12) en el caso de inversionistas particulares que en calidad de personas naturales generan diferencias imponibles mayores que inciden en un monto mayor de tributos frente a una inversión realizada por las empresas inmobiliarias, este hecho es producto de la falta de análisis y previsión de las contingencias generadas entre la norma contable y la fiscal; es importante conocer el efecto del registro contable y la sustentación del costo o gasto para efectos contables y tributarios de tal manera que los inversionistas conozcan y prevean el adecuado control y pago de tributos que gravan las ganancias. 1.4.3 Valor teórico La investigación tiene un importante valor en relación a que permitirá conocer las principales implicancias contables y tributarias generadas a partir del registro contable y producto de la aplicación de normas contables que afectan a los inversionistas privados que tienen un mayor gravamen tributario. Al tener conocimiento e identificar las principales causas de mayores niveles de gravamen se puede mejorar los procesos contables y prever el pago de tributos en forma equitativa y justa. La necesidad de reevaluar la norma tributaria aplicable a los inversionistas que incursionan en el sector construcción bajo el gravamen impositivo de tercera categoría, pone en evidencia que la teoría contable y fiscal genera condiciones de inequidad tributaria al aplicarse en condiciones generales para todo tipo de inversión sea a nivel de pequeño o gran empresa industrial; esta distorsión no se presenta en otros sectores económicos constituyendo una barrera de acceso materia de evaluación y que limita oportunidades a la gran mayoría de la población, llegando a afectar en forma continua con la aplicación de una 6 tasa efectiva mayor sobre rentas que son solo ficción de la norma generando al mismo tiempo un sobrecosto para el mercado que tiene que asumir un mayor precio de los inmuebles. 1.4.4 Utilidad metodológica Se analizará la metodología propuesta por las normas contables y se podrá determinar la diferencia con lo señalado por las normas contables de manera exhaustiva cuando se trata del registro contable de operaciones realizadas por contribuyentes que realizaron la actividad en calidad de personas naturales; es necesario conocer y poner en evidencia que la normatividad contable asume el valor razonable, valor de mercado para fines contables y la norma tributaria no lo acepta; metodológicamente este hecho distorsiona la realidad generando el pago de un mayor impuesto a la renta; asimismo se tienen que se generan una serie de contingencias sobre activos y pasivos que inciden en la determinación del impuesto diferido; hecho que es necesario sea reconocido por la entidad pero en el caso de las empresas de personas naturales los ejercicios económicos son cortos (menor a 3 años) por la que la recuperación no se halla prevista en la norma tributaria afectando a los inversionistas quienes en un mercado económico como el peruano requieren conocer sus efectos sobre sus beneficios o utilidades.. 1.4.5 Viabilidad La viabilidad de la investigación viene dada por la importancia del tema, así como la experiencia práctica al tener vinculación con inversionistas privados-personas naturales que han asumido cargas tributarias mayores por aplicación de activos y pasivos contingentes originados por la diferencia entre lo señalado por las normas contables y las normas tributarias; también se ha previsto el tiempo prudente para efectuar la investigación y al mismo tiempo contar con los recursos humanos y económicos necesarios para la ejecución hasta su finalización del objeto de la investigación. 7 1.5 Delimitación de la investigación 1.5.1 Delimitación temporal El periodo fiscal 2016 se ha considerado para efecto de determinar la delimitación del tiempo de estudio. 1.5.2 Delimitación espacial La ciudad del Cusco como espacio es tomada en la investigación, tomando la relación directa con la actividad de la empresa constructora ejecutada como persona natural por Carmen Delgadillo Alcántara. 1.5.3 Delimitación conceptual La aplicación de las normas contables (NIIF) y las diferencias originadas producto de la aplicación de las normas fiscales generan la delimitación conceptual que permitirá determinar la carga tributaria imponible a las personas naturales que realizan inversión en actividades inmobiliarias. Dicha delimitación permite establecer las condiciones de aplicación de las normas tributarias frente a la realidad contable regulada por las normas internacionales de información financiera (NIIFs) en el caso de las inversiones realizadas en el contexto de empresas gestionadas bajo la forma de personas naturales. 8 CAPITULO II: MARCO TEÓRICO 2.1 Antecedentes de la investigación 2.1.1 Antecedentes internacionales ANTECEDENTE N° 01 Autor: Santiago Roberto Jerez Rodríguez Tesis Implicaciones contables y tributarias de la NIC 12 en el impuesto a la renta de empresas comerciales mediante el análisis de casos Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador; año 2013.Para optar el grado de maestro en tributación. En la actualidad, las Sociedades en el Ecuador elaboran sus Estados Financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s); esta normativa no siempre coincide con la aplicación de la legislación tributaria. Es por eso que el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha emitido la Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 12 “Impuesto a las Ganancias”, con lo cual se pretende mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros y lo que se busca es reconocer el gasto por “Impuesto a las Ganancias” en el período en el que se registran los ingresos y gastos, independientemente al valor que se tenga que tributar al Fisco en el mismo período, por la aplicación de la normativa tributaria. En el Ecuador la Superintendencia de Compañías mediante resolución N. 06QICI004 del 21 de agosto del 2006, publicada en Registro Oficial N. 348 del 4 de septiembre del mismo año ordena la adopción de las NIIF de aplicación obligatoria por parte de las compañías y entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Motivo por el cual la presente investigación intenta explicar de manera detallada cuáles son las implicaciones contables y tributarias de la aplicación o adopción de la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 “Impuesto a las 9 Ganancias” en el Ecuador para lo cual me basaré en la elaboración de casos prácticos. (Jerez Rodríguez, 2013) ANTECEDENTE N° 02 Autores: Camilo A. Bustos Jarpa & Hector A. Garrido Martínez; Tesis: Tratamiento contable- tributario de la provisión por impuesto a la renta y del reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos, Año: 2013; País: Chile; Optar grado: Contador público y auditor; Objetivo: Determinar el efecto por impuesto a la renta corriente y diferido, bajo NIIF; Objetivo: Presentar el tratamiento tributario de la provisión por concepto de impuesto a la renta y del reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos, estableciendo una comparación entre sus efectos en la aplicación de la normativa contable chilena (PCGA) e internacional (NIIF), de manera ser un verdadero aporte y servir como guía para la correcta aplicación de las normas precitadas, y a su vez dar cumplimiento a las obligaciones tributarias que nacen producto de dicha aplicación; Conclusión: Los impuestos diferidos surgen con fin de conciliar contablemente las diferencias que existen entre el gasto financiero por impuesto a la renta devengado por las operaciones del año y el impuesto que efectivamente se deberá pagar de acuerdo a las disposiciones establecidas por la autoridad tributaria. Estas diferencias nacen a partir de la distinta valorización que tienen las partidas del balance para fines contables y tributarios, lo cual se explica porque los activos y pasivos se valorizan con criterios dispares en ambas normativas, en base a los diferentes objetivos que éstas persiguen. (Bustos Jarpa & Garrido Martinez, 2013) 2.1.2 Antecedentes nacionales ANTECEDENTE N° 01 Autores: Carbajal Alvares, Misael, Seguro Cisneros, rebeca, Universidad Cesar Vallejo; Año: 2007; Tesis: “Estudio y aplicación de la norma internacional de contabilidad N° 12 impuesto a la renta a una empresa comercial.”; Optar Grado: Contador Público; Objetivo: Demostrar que el Planeamiento Tributario incide de manera positiva tanto económica como financieramente en la determinación del Impuesto a 10 la Renta en la empresa Ingeniería de Sistemas Industriales S.A. en el año 2013; Conclusiones: Los Estados Financieros de la Empresa de Repuestos Automotrices “QUEZADA & CÍA S.A.C.” por el período 2002 reformulados muestran las variaciones que dieron lugar con la aplicación de la NIC 12, es decir los Estados Financieros anteriores no mostraban en forma real la situación financiera y económica de la empresa, especialmente el Impuesto a la Renta y en la participación de los trabajadores en el ejercicio. Se determinó que la aplicación de la NIC 12 en el aspecto contable, incide en el Balance General del ejercicio, mostrando los rubros de participaciones de los trabajadores diferido e Impuesto a la Renta diferido; en el aspecto económico incide debido a que la utilidad neta del ejercicio varía porque se está determinando diferentes gastos contables de participación de los trabajadores e Impuesto a la Renta; y en el aspecto tributario incide en la variación del Impuesto a la Renta y participación de los trabajadores tributarios porque no se determinaron las diferencias permanentes y temporales. Se determinaron diferencias temporales en el Balance General al 31-12-2002, en el Activo no corriente se observó este tipo de diferencias en los rubros Impuesto a la Renta diferido, participación diferida; en el Pasivo existen diferencias en el rubro Tributos por pagar, Remuneraciones y Participaciones por pagar; en el Capital tenemos las Reservas, Resultados Acumulados, Resultados del Ejercicio. Se determinó el correcto gasto contable por participación de trabajadores en Impuesto a la Renta en el ejercicio, las cuales fueron para el año 2002 por participaciones s/. 20622 y por Impuesto a la Renta s/. 50111 respectivamente. (Carbajal Alvares & Seguro Cisneros, 2007) ANTECEDENTE N° 02: Autores: Gutiérrez Rojas, Junior Orlando BR. Rodríguez Quezada, Marcos Antonio; Año: 2013 Tesis: “Efectos en la incorporación de las NIIF en los resultados de los estados financieros presentados bajo PCGA en la empresa “Morococha 11 s.a.” en la ciudad de lima al 31 de diciembre de 2012”; País: Perú-Lima; Optar grado: Contador Público; Objetivo: Establecer los efectos en la incorporación de las Normas Internacionales de Información Financiera en los resultados de los Estados Financieros de la empresa Morococha S.A; Conclusión: El Perú durante los últimos años ha venido afrontando una serie de cambios y adecuaciones contables, con la finalidad de emparejarse con los estándares Internacionales propuestos por el IASB, el cual es la adaptación a nivel mundial de las Normas Internacionales de Información Financiera. En octubre de 2010, mediante resolución de SMV, antes CONASEV, se dispuso que todas las personas jurídicas que se encuentren bajo el ámbito de su supervisión, deberán preparar sus estados financieros con observancia plena de las NIIF que emita el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) vigentes internacionalmente. La investigación realizada en la empresa Morococha S.A. tuvo como objeto principal la determinación de los efectos en la incorporación de las NIIF en los resultados de los estados financieros presentados bajo PCGA en la empresa “Morococha S.A.” en la ciudad de lima ,al 31 de diciembre de 2012., para realizar un análisis inicial del tratamiento contable llevado bajo los PCGA en Perú y luego determinar cuál serían los efectos de la incorporación de las NIIF a cada rubro de los estados financieros. Con la determinación de los efectos en la incorporación de las NIIF, La incorporación de las NIIF trae un cambio no sólo a nivel del área contable, sino también un cambio a nivel de toda la organización, ya que ésta adecuación involucra a todas y cada una de las personas de la Compañía así como sus áreas, los impactos cualitativos en la Compañía producto de la incorporación de las NIIF se resume en la modificación y adecuación los procesos lo cual implica un seguimiento por parte del área de Tecnología de Información (TI); el área de impuestos que tendrá que diferenciar entre el tratamiento tributario y financiero, las cuales presentan divergencias en su aplicación y el área de procesos las cuales implican el resto de áreas tales como geología y minería, 12 quienes tendrán que informar acerca de las exploraciones, desarrollos, procesamiento del mineral y concentrados extraídos en forma mensual; mantenimiento tendrá que reportar las horas máquinas trabajadas, repuestos a ser remplazados, vidas útiles , cambios en componentes y nuevas incorporaciones de equipos, etc. Este cambio permitirá que la información financiera reportada por la Compañía cumpla con los estándares requeridos por las NIIF; se ha sugerido los asientos de ajustes para corregir los estados Financieros a fin de que estos puedan estar alineados a las NIIF y por consiguiente estén de acuerdo a los estándares internacionales y los estados financieros sean presentados en forma razonable.| (Gutierrez Rojas & Rodríguez Quezada, 2013) 2.1.3 Antecedentes locales ANTECEDENTE N° 01 Autores: Bach. Karol Indira Aguilar Estrada y Kevin Evaristo Cardoso Hurtado; Año: 2016; Tesis “Análisis del efecto tributario por la aplicación de la norma internacional de contabilidad 12 impuesto a las ganancias en la empresa Zeus SAC. en la ciudad del cusco año 2015”; Optar Grado: Contador Público; País; Cusco-Perú Universidad Andina del Cusco; Conclusiones: Trabajo de investigación cuyas conclusiones establecen que Las normas nacionales relacionadas a la Norma Internacional de Contabilidad 12 aplicadas por la empresa Zeus no muestran un apropiado análisis y difusión de los conceptos fiscales en comparación a lo establecido por la norma que regula el impuesto a las ganancias generando incertidumbre en su aplicación. Así mismo la aplicación de la Norma Internacionales de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias tiene resultados en la determinación final de impuesto a la renta producto de las diferencias temporales deducibles para el ejercicio 2015 como consecuencia de las partidas que se consideran como activos contingentes en las partidas de facturas por cobrar reflejada en las tablas N° 9, N° 21, N° 33 hecho que genera diferencias deducibles para los periodos 2015 y 2016 de S/. 14,715.58. y finalmente la empresa Zeus no tiene un adecuado 13 registro de pasivos contingentes porque no llega a determinarse los mismos generando una inadecuada presentación y razonabilidad de estados financieros. Ambos hechos son producto de la poca difusión de las Normas Internacionales de Información Financiera por parte del personal administrativo de la empresa Zeus. (Aguilar Estrada & Cardoso Hurtado, 2017) 2.1.4 Reseña de la entidad. Empresa : Carmen Delgadillo Alcántara RUC : 10295620647 Actividad : Inmobiliaria y de construcción de edificios Condición : Habido (al periodo 2016) Régimen : General del impuesto a la renta La actividad empresarial inmobiliaria de la empresa caso de estudio se inició en el año 2011, en el periodo 2013, producto de la habitualidad en la venta de inmuebles se incorporó al régimen general habiendo finalizado la construcción en el periodo de estudio(2016) 12 departamentos para la venta o actividad de alquiler; los recursos financieros han sido obtenidos de entidades bancarias o en su caso producto de la venta de los departamentos bajo la modalidad de bien a futuro, afecto al sistema de detracciones y pago del impuesto general a las ventas, el desarrollo de la actividad se ha visto afectado por el registro contable de operaciones bajo las normas internacionales de información financiera, que generaron en el periodo de estudio una serie de diferencias tanto sobre activos y/o pasivos producto de la diferencia entre la norma contable y tributaria. Al finalizar la investigación (2017) la entidad materia de estudio no presenta proyectos de inversión futuros por lo que el impuesto diferido que se prevé, no será aplicable afectando la tasa final y gravamen tributario final. 14 2.2 Bases legales  Consejo Normativo de Contabilidad Res. Nº 013-98-EF/93.01 Art. 1: Precisar que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que se refiere el Art. 223º de la Nueva Ley General de Sociedad comprende substancialmente a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC`s), oficializadas mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad. Art. 2: Precisar que por excepción y en aquellas circunstancias que determinados procedimientos contables no estén normados por al Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), supletoriamente se podrá emplear los Principios de Contabilidad aplicados en los Estados Unidos de Norteamérica. (Rubiños, 2007)  Ley General de Sociedades Art. 223º: Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con Principios de Contabilidad Generalmente aceptados en el país.  Código Tributario D.S 133-EF/2013  Ley del Impuesto a la Renta Art. 33º: La contabilización de operaciones bajo principios de contabilidad, generalmente aceptados, pude determinar por la aplicación de las normas contenidas en la ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la ley o el reglamento condiciónela deducción al registro contable. (Tributaria, 2011)  Resolución N.º 028-2002-EF/93.01 Oficializa las modificaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad: NIC 12 (modificada el 2000) y otras. 15 2.3 Bases teóricas 2.3.1 Normas Internacionales de Información Financiera Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS (International Financial Reporting Standards), son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB, institución privada con sede en Londres. Constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable de la forma como es aceptable en el mundo. Las normas se conocen con las siglas NIC y NIIF dependiendo de cuándo fueron aprobadas y se matizan a través de las "interpretaciones" que se conocen con las siglas SIC y CINIIF. Las normas contables dictadas entre 1973 y 2001, reciben el nombre de "Normas Internacionales de Contabilidad" (NIC) y fueron dictadas por el IASC, precedente del actual IASB. Desde abril de 2001, año de constitución del IASB, este organismo adoptó todas las NIC y continuó su desarrollo, denominando a las nuevas normas "Normas Internacionales de Información Financiera" (NIIF). Los IFRS - NIIF en los estados financieros desconocen los impactos sociales y ambientales que originan las organizaciones. (Florez sanchez, 2015) 16 2.3.2 Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las ganancias El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El principal problema al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de: (a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el estado de situación financiera de la entidad; y (b) las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros. Tras el reconocimiento, por parte de la entidad que informa, de cualquier activo o pasivo, está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes partidas. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales, la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas. Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran también en los resultados. Para las transacciones y otros sucesos reconocidos fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio), cualquier efecto impositivo relacionado también se reconoce fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio). De forma similar, el reconocimiento de los activos por impuestos diferidos y pasivos en una combinación de negocios afectará al importe de la plusvalía que surge en esa combinación de negocios o al importe reconocido de una compra en condiciones muy ventajosas. Esta Norma también aborda el reconocimiento de activos por impuestos diferidos que aparecen ligados a pérdidas y créditos fiscales no utilizados, así 17 como la presentación del impuesto a las ganancias en los estados financieros, incluyendo la información a revelar sobre los mismos. (MEF, 2017) Alcance 1 Esta Norma se aplicará en la contabilización del impuesto a las ganancias. 2 Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición. El impuesto a las ganancias incluye también otros tributos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por parte de una entidad subsidiaria, asociada o acuerdo conjunto sobre las distribuciones de la entidad que informa. 3 Esta Norma no aborda los métodos de contabilización de las subvenciones del gobierno (véase la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales), ni de los créditos fiscales por inversiones. Sin embargo, la Norma se ocupa de la contabilización de las diferencias temporarias que pueden derivarse de tales subvenciones o deducciones fiscales. - Esta Norma se aplicará en la contabilización del impuesto a las ganancias. (MEF, 2017) BASE FISCAL La base fiscal de un activo es el importe que será deducible a efectos fiscales de los beneficios económicos imponibles que, obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal del activo será igual a su importe en libros. (MEF, 2017) Fecha de vigencia Esta Norma Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1998. Si alguna empresa aplica esta NIC en estados financieros que abarquen ejercicios comenzados antes 18 del 1 de enero de 1998, debe revelar en los mismos el hecho de que aplica lo previsto en esta NIC, en lugar de la antigua NIC 12. Esta Norma deroga la antigua NIC 12, Contabilización del Impuesto sobre las Ganancias, aprobada en 1979 (MEF, 2017) Diferencia entre Base Contable y Base Tributaria a) Base Contable La Norma Internacional de Contabilidad 12 no define propiamente el concepto de base contable, no obstante, éste debe entenderse como el monto por el cual se reconoce el elemento del activo o pasivo (por su valor neto) en los Estados Financieros de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera. (MEF, 2017) b) Base tributaria La base tributaria en la Norma Internacional de Contabilidad 12 es definido como un concepto esencial, ya que como su nombre lo indica sirve de base en la determinación de las diferencias temporales que dan origen a los impuestos diferidos, siendo el inicio para el cálculo y contabilización de los activos y pasivos por impuestos diferidos, ya que ésta se centra en la valorización de tales hechos y así determinar las diferencias temporales que originan dichos impuestos diferidos. (MEF, 2017) 2.3.3 Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeña y Mediana Empresa (NIIF para PYMES) La IASB en julio de 2009, publicó la versión de las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (IFRS for SMEs, por sus siglas en inglés). Las Normas Internacionales de Información Financiera para PyMEs viene a ser una versión simplificada de las NIIF. Contando así con 5 características las cuales se menciona a continuación: 19  Algunos temas en las NIIF-Totales son omitidos ya que no son relevantes para las PyMEs típicas.  Algunas alternativas a políticas contables en las NIIF-Totales no son permitidas ya que una metodología simple está disponible para las PyMEs.  Simplificación de muchos principios de reconocimiento y medición de aquellos que están en las NIIF-Totales.  Sustancialmente menos revelaciones.  Simplificación de Exposición de motivos. (MEF, 2017) Reconocimiento inicial de un activo o pasivo En el reconocimiento inicial de un activo o de un pasivo puede surgir una diferencia temporaria, si, por ejemplo, una parte o la totalidad del costo de un activo no es deducible a efectos fiscales. El método de contabilización de esta diferencia temporaria dependerá de la naturaleza de la transacción que haya llevado al reconocimiento inicial del activo o del pasivo: (a) en una combinación de negocios, una entidad reconocerá cualquier pasivo o activo por impuestos diferidos y esto afecta al importe con que se reconoce la plusvalía o la ganancia por una compra en condiciones muy ventajosas (véase el párrafo 19); (b) si la transacción afecta a la ganancia contable o a la ganancia fiscal, una entidad reconocerá cualquier pasivo o activo por impuestos diferidos, y reconocerá el correspondiente ingreso o gasto por impuesto diferido, en el resultado del periodo (véase el párrafo 59); (c) si la transacción no es una combinación de negocios, y no afecta ni a la ganancia contable ni a la fiscal, la entidad podría reconocer el correspondiente activo o pasivo por impuestos diferidos, siempre que no se diese la exención a la que se refieren los párrafos 15 y 24, y ajustar por tanto el importe en libros del activo o del pasivo por el mismo importe. Tales ajustes podrían volver menos transparentes los estados financieros. Por lo tanto, esta Norma no permite a las entidades reconocer el mencionado activo o pasivo por 20 impuestos diferidos, ya sea en el momento del registro inicial o posteriormente (véase el ejemplo que ilustra este párrafo). Además, las entidades no reconocerán tampoco, a medida que el activo se deprecie, los cambios subsiguientes en el activo o el pasivo por impuestos diferidos que no se haya registrado inicialmente. (MEF, 2017) 2.3.4 Ley General de Sociedades La Ley General de Sociedades “Artículo 223.- Preparación y presentación de estados financieros Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país. En estricta coherencia con el papel rector de la Contaduría Pública de la Nación en materia contable, según el Artículo N° 6 de la Ley N° 24680 que enuncia “La Contaduría Pública de la Nación es el Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad.” En adición, el Artículo 4° inciso a) de la misma Ley señala “Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado”, lo que lleva a un nuevo espacio del derecho: La dación de normas contables como facultad otorgada por Ley y que se concatena con la obligatoriedad de los PCGA, cuya oficialización corresponde al Consejo Normativo de Contabilidad, presidido por el Contador General de la Nación. El panorama se complica, como todo en derecho, al existir, con fuerza de Ley, otras entidades que norman aspectos contables, aún y cuando todas se enmarquen en los PCGA que, según la Resolución N° 013-98-EF/93.01, artículo N° 1, del Consejo Normativo de Contabilidad, comprende substancialmente a las NIC. (Molina Llopis, Dias Becerra, Capuñay Vasquez, & Casinelli, 2014) 2.3.5 Impuesto a la Renta en el Perú El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. 21 Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo. De acuerdo con lo dispuesto por el inciso d) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a la Renta las rentas previstas en el inciso a) del artículo 28 de la Ley a que se refiere el segundo párrafo del citado artículo 28, son aquéllas que se derivan de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes. De acuerdo con el inciso a) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a la Renta se considera agentes mediadores de comercio a los corredores de seguro y comisionistas mercantiles. El inciso b) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a Renta, establece que la renta que obtengan los notarios a que se refiere el inciso c) del Artículo 28 de la Ley será la que provenga de su actividad como tal. (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, 2017) Lo pagan las personas que obtengan o perciban ingresos que tengan frecuencia y periodicidad durante el año. Durante el año se deben realizar, pagos y/o retenciones mensuales del impuesto, según el tipo de renta que se obtenga. La SUNAT regula anualmente la obligación de presentar la Declaración de Renta Anual, enviando por Internet a cada contribuyente el borrador de ésta, para que el declarante la corrija o la valide, lo que incluye el importe del impuesto por regularizar o su saldo a favor, en caso haya un exceso de pago. 22 De acuerdo con el artículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta son consideradas Rentas de Tercera Categoría las siguientes: (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, 2017) Operaciones gravadas renta de tercera a) Comercio Las derivadas del comercio, la industria o minería; de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la prestación de servicios comerciales, industriales o de índole similar, como transportes, comunicaciones, sanatorios, hoteles, depósitos, garajes, reparaciones, construcciones, bancos, financieras, seguros, fianzas y capitalización; y, en general, de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes. b) Agentes Mediadores Las derivadas de la actividad de los agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros y de cualquier otra actividad similar. c) Notarios Las que obtengan los Notarios. d) Ganancias de Capital Operaciones Habituales Las ganancias de capital y los ingresos por operaciones habituales a que se refieren los artículos 2º y 4° de esta Ley, respectivamente. e) Personas Jurídicas Las demás rentas que obtengan las personas jurídicas a que se refiere el Artículo 14º de esta Ley. 23 f) Asociación o Sociedad Civil Las rentas obtenidas por el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. g) Otras Rentas Cualquier otra renta no incluida en las demás categorías. h) Cesión de Bienes La derivada de la cesión de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, cuya depreciación o amortización admite la presente Ley i) Institución Educativa Particular Las rentas obtenidas por las Instituciones Educativas Particulares. Personas naturales El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es un tributo que se determina anualmente. Su cómputo se inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año. Esta categoría de renta grava los ingresos que provengan de las personas naturales con negocio, todo tipo de renta que obtengan las personas jurídicas, y así también las rentas que se consideren como Tercera Categoría por mandato de la misma Ley. (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, 2017) 24 Régimen general del impuesto a la renta Están comprendidos aquellas personas que realicen actividades empresariales o de negocios, entre ellas: personas naturales, personas jurídicas, sucesiones indivisas, sociedades 25 conyugales que opten tributar como tal y las asociaciones de hecho de profesionales y similares. OBLIGACIONES a. Llevar libros contables (Si los ingresos son menores a 100 UIT, deberá llevar Registro de Ventas e Ingresos, Registro de Compras, Libro de Inventario y Balances, Libro de Caja y Bancos y Registro de Activos Fijos. De ser mayores a 100 UIT, deberá llevar contabilidad completa. b. Emitir comprobantes de pago en las ventas o servicios y solicitarlos en las compras que realice. Puede emitir los siguientes comprobantes de pago: Facturas, boletas de venta, tickets, liquidaciones de compra, notas de crédito, notas de débito, guías de remisión, entre otros. c. Presentar la declaración pago mensual y la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta en la forma, plazo y lugar que la SUNAT establezca. d. Efectuar las retenciones a sus trabajadores (dependientes e independientes) y otras acciones que señale le ley. DECLARACIÓN Y PAGO EL IMPUESTO La declaración y el pago del Impuesto a la Renta deberán ser efectuados dentro de los tres primeros meses del año siguiente, utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT) que aprueba la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia. Los pagos a cuenta mensuales pueden realizarse utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT) que, igualmente aprueba la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia. Cabe señalar que este régimen comprende el cumplimiento de dos impuestos, el impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas. 26 IMPUESTO A LA RENTA El impuesto se determina al finalizar el año. La declaración y pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, teniendo en cuenta el cronograma de vencimientos aprobado por SUNAT. Cabe señalar que DEBE realizar PAGOS A CUENTA mensuales, los cuales serán deducibles de la regularización anual explicada en el anterior párrafo. Estos pagos a cuenta mensuales podrán realizarse utilizando cualquiera de los dos sistemas existentes: a. SISTEMA A – DE COEFICIENTES: Mediante este sistema el importe del pago a cuenta se calcula aplicando un coeficiente al total de ingresos de cada mes, en caso haya tenido impuesto calculado el año anterior: Cálculo del coeficiente = impuesto calculado del año anterior * Ingresos netos del año anterior (Superintendencia Nacional de Aduanas y la Administracion Tributaria, 2016) 2.3.6 Empresa La empresa la definimos como una industria en donde se materializa una idea esto se dará de forma planificada y organizada, la cual busca satisfacer los deseos de los clientes esto se llevará a cabo mediante la organización de elementos humanos, materiales técnicos y financieros, las cuales ofrecen bienes o servicios a un precio. 2.3.7 Empresas constructoras en la ciudad del Cusco Las empresas constructoras vienen a ser una organización que posee capacidad administrativa esto para desarrollar, controlar y realizar obras, y para ello necesitara combinar esfuerzos a medida que la demanda lo justifique. Las empresas constructoras se iniciarán con obras accesibles y de acuerdo a su capacidad, teniendo así un personal técnico, contar con tecnología y equipos acorde al 27 mercado, siendo así para las empresas constructoras un elemento principal de adquirir compromisos financieros para su cumplimiento. a) Sistemas contables Definiendo el concepto de sistema contable Un sistema contable contiene toda la información de la empresa tanto los datos propiamente contables como financieros. Gracias a ello, es posible entender la situación económica de una sociedad de manera rápida y eficaz. Mediante este tipo de sistemas se prevé crear unas normas o pautas para controlar todas las operaciones de la empresa, y a su vez clasificar todas aquellas operaciones contables y financieras del día a día. Así pues, como idea principal debéis saber qué se utiliza para llevar las cuentas de una organización. Contabilidad y sistemas contables Mediante la contabilidad, las empresas poseen una herramienta que les permite tener un registro y control exhaustivo de las operaciones que realizan diariamente. La principal característica de la contabilidad, pero, reside en que permite trasladar esos movimientos diarios en dinero, de manera que tan solo mirando las notas contables podemos conocer como entra y sale el dinero de la sociedad, y por donde estamos teniendo pérdidas. A su vez, un sistema de información contable está formado por aquellos métodos y procedimientos que van a seguirse para llevar el control de las actividades que acabamos de describir, para que posteriormente los superiores jerárquicos puedan usar la información en su toma de decisiones. Dentro de los sistemas contables encontramos dos grandes grupos de información:  Contabilidad financiera externa: se trata de la información que estará al abasto tanto de las personas que forman la empresa, como de personas del exterior. Estas 28 personas son desde accionistas, hasta proveedores que están interesados en la solvencia de a quién van a vender.  Contabilidad de costos: aquí hacemos referencia a la relación entre los costes y los beneficios que tiene la empresa mediante las diferentes operaciones que realiza. Hablamos del volumen de producción y de la eficiencia en generar beneficios mediante el uso de los distintos recursos. A priori, puede parecer que estamos ante la misma situación que cuando hablamos de la contabilidad financiera externa, pero la principal diferencia reside en que con la contabilidad de costos pretendemos que la información de la situación económica de la empresa sea utilizada por los diversos departamentos y así maximizar beneficios y reducir costes. Estructura de un sistema contable Normalmente todo sistema contable sigue unas pautas de información que permiten que cualquier persona de la empresa pueda entender la información que en ellos se contiene, si bien quizá no es posible que todas las personas que van a tenerlo en sus manos vayan a entender todos los conceptos contables, pero la idea es que si se puedan ver de manera clara y concisa cual es la situación financiera de la misma. Así pues, por lo general, en un sistema contable encontramos los siguientes elementos:  Actividad financiera: consiste en llevar un registro de la actividad diaria de la empresa. Como recordaréis hemos dicho que la contabilidad consiste en convertir la actividad diaria en dinero para poder entender cuál es su situación, debiéndose registrar en los libros de contabilidad.  Orden de la información: es muy importante establecer un orden de la información que va llegando a la empresa. pensad que si no se establece un orden coherente será imposible clasificar todos los movimientos contables. Es por eso, que existe la figura 29 del libro diario, donde cada día se apuntan las entradas de dinero, mercancías, de primeras materias, etc. para después ordenarlo todo en el libro mayor para conocer a final de año cual ha sido el balance de la empresa. Además, es fundamental crear un sistema de numeración de las facturas, ya sea para conocer por ejemplo si están o no sujetas a IVA, o si son clientes de dudoso cobro o anticipos a cuenta de productos que vamos a tener que pagar más tarde. Se trate de la operación que se trate, los sistemas contables las ordenan y le asignan un valor monetario. Existe, además, un resumen de toda la información para que sea sencillo comprenderla para las personas que posteriormente deberán trabajar con ella. (Defaut, 2015) Régimen tributario Son aquellas categorías en las cuales toda persona natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales. (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion TRibutaria, 2016) b) Contabilidad La contabilidad viene a ser una ciencia social que se encarga de estudiar, medir, analizar y registrar el patrimonio de las empresas, organizaciones e individuos, esto para la mejor toma de decisiones y un mejor control, y así presentar una información, previamente registrada de manera sistemática y útil para las partes interesadas. Tiene como finalidad de suministrar información en un momento dado para la toma de sus decisiones, tanto para el control de la gestión pasada, como para las estimaciones de los resultados futuros, dotando tales decisiones de racionalidad y eficiencia. 30 2.3.8 Impuesto General a las Ventas Este impuesto grava la transferencia de bienes y la prestación de servicios en el país, entre otras actividades, con una tasa del 18% (incluye 2% por el Impuesto de Promoción Municipal) que se aplica sobre el valor de venta del bien o servicio, sea cual fuera la actividad a que se dediquen. IGV = Valor de Venta X 18% Valor de Venta + IGV = Precio de Venta Los contribuyentes de este régimen están obligados a declarar y pagar mensualmente no sólo el Impuesto a la Renta, sino también el Impuesto General a las Ventas (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, 2016) 2.3.9 Impuesto corriente e impuesto diferido El impuesto corriente viene a ser el impuesto que se tiene por pagar (la cual será recuperable) por las ganancias (o pérdidas) fiscales del período corriente o de períodos anteriores. El impuesto diferido es el impuesto por pagar o recuperar en períodos futuros, generalmente se dará como resultado cuando la entidad liquida o recupera sus activos y/o pasivos, en su importe en libros actuales 2.3.10 Habitualidad en venta de inmuebles. Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004, y normas modificatorias (en adelante, Ley del Impuesto a la Renta). Se parte de la premisa que el supuesto de esta no se refiere a la enajenación de terrenos rústicos o urbanos bajo el sistema de urbanización o lotización y que el 31 enajenante no genera renta de tercera categoría por esta operación ni ha adquirido previamente la condición de habitual. Teniendo en cuenta lo anterior, cabe señalar lo siguiente: 1. El inciso b) del artículo 1° de la Ley del Impuesto a la Renta dispone que dicho impuesto grava las ganancias de capital. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 2° de la referida ley, para efectos de ésta, constituye ganancia de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital, entendiéndose por tales a aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio o de empresa. Adicionalmente, el artículo 4° de la Ley del Impuesto a la Renta dispone que se presumirá que existe habitualidad en la enajenación de inmuebles efectuada por una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, a partir de la tercera enajenación, inclusive, que se produzca en el ejercicio gravable. La condición de habitualidad deberá verificarse en cada ejercicio gravable. Alcanzada la condición de habitualidad en un ejercicio, ésta continuará durante los dos ejercicios: 1 De modo tal, que respecto de ellos se configura una copropiedad en la cual resultan titulares de acciones y derechos (cuotas ideales) sobre dicho terreno. 2 Conforme a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley del Impuesto a la Renta, para efectos de la misma, se entiende por enajenación la venta, permuta, cesión definitiva, expropiación, aporte a sociedades y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso. 2 Al respecto, el inciso j) del artículo 24° de la citada ley establece que son rentas de segunda categoría, las ganancias de capital (3). 32 Asimismo, el artículo 84°-A de la Ley del Impuesto a la Renta dispone que en los casos de enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos, el enajenante abonará con carácter de pago definitivo el monto que resulte de aplicar la tasa del seis coma veinticinco por ciento (6,25%) sobre el importe de deducir el veinte por ciento (20%) de la renta bruta. Por su parte, el inciso d) del artículo 28° de la misma ley dispone que son rentas de tercera categoría las ganancias de capital y los ingresos por operaciones habituales a que se refieren los artículos 2° y 4° de la ley, respectivamente. Añade, que en el supuesto a que se refiere el artículo 4° de la ley, constituye renta de tercera categoría la que se origina a partir de la tercera enajenación, inclusive. 3 En ese sentido, en los términos de lo señalado por los artículos 2° y 84°-A de la Ley del Impuesto a la Renta, el supuesto de afectación es la ganancia de capital producida en la enajenación de inmuebles o de derechos sobre los mismos. 4 A mayor abundamiento, cabe indicar que tal como se ha señalado en los párrafos precedentes, la Ley del Impuesto a la Renta define como ganancia de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital, considerándose tales aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio o de empresa, lo que supone una definición amplia. A continuación, la norma establece una relación enunciativa de bienes cuya enajenación genera ganancias de capital, entre los cuales se encuentran los inmuebles. Respecto de ellos, la referida ley señala que tratándose de personas naturales que no generan rentas de tercera categoría, la enajenación de inmuebles estará 33 gravada por la ganancia de capital obtenida y calificará como una renta de segunda categoría siendo que, de existir habitualidad, la renta que se genera calificará como de tercera categoría a partir de la tercera enajenación inclusive. Es pertinente indicar que la Trigésimo Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley del Impuesto a la Renta señala que las ganancias de capital provenientes de la enajenación de inmuebles distintos a la casa habitación, efectuados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, constituirán rentas gravadas de la segunda categoría, siempre que la adquisición y enajenación de tales bienes se produzca a partir del 1.1.2004. Es del caso señalar que las normas tributarias (dentro de ellas, la que regula el Impuesto a la Renta) no contienen una definición de “inmueble”, por lo que resulta pertinente citar en forma supletoria las normas del Código Civil sobre el particular. Así, el artículo 885° del Código Civil establece que son inmuebles, entre otros, los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro. Por lo tanto, las acciones y derechos sobre un inmueble ostentan también esta última condición. En ese sentido, en el supuesto planteado en la consulta, cabe presumir la habitualidad a que se refiere el artículo 4° de la Ley del Impuesto a la Renta, tratándose de la enajenación de parte del derecho de propiedad sobre un terreno efectuada por una persona natural que no genera rentas de tercera categoría por esta operación, a partir de la tercera enajenación inclusive. En el caso que una persona natural, propietaria de un terreno, venda en diferentes oportunidades parte de su derecho de propiedad sobre éste a diversos compradores dentro del mismo ejercicio gravable, se presume habitualidad a partir 34 de la tercera enajenación, inclusive, de conformidad con lo establecido por los artículos 2° y 4° de la Ley del Impuesto a la Renta. En consecuencia, la renta que se origina a partir de la tercera enajenación de parte del derecho de propiedad sobre inmuebles constituye renta de tercera categoría. (Superintendecia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, 2014). 2.3.11 La depreciación y vida útil Se entiende por vida útil el lapso durante el cual se espera que estos activos contribuyan a la generación de ingresos de la empresa. Para determinarla es necesario conocer ciertos factores como las especificaciones de la fábrica, el deterioro que sufren por el uso, la obsolescencia por avances tecnológicos, la acción de algunos factores naturales y los cambios en la demanda de bienes y servicios a cuya producción o servicio contribuyen. El valor residual o valor de salvamento es aquel precio que la empresa estima tendrá el activo una vez terminada su vida útil. Para los bienes inmuebles, la depreciación debe calcularse excluyendo el valor del terreno respectivo. La depreciación periódica se debe determinar en forma sistemática y por métodos de reconocido valor técnico como el de línea recta, suma de los dígitos de los años, unidades de producción o aquel que mejor cumpla con la norma básica de asociación. Las dos causas principales de depreciación son el deterioro físico y la obsolescencia. El deterioro físico de un activo resulta de su uso y también a la exposición a factores climáticos y la obsolescencia (volverse desactualizado u obsoleto) resulta de la oportunidad de uso económico y eficiente de un activo. (Aguirre Acevedo, 2015). La depreciación según el impuesto a la renta. Para efectos tributarios, la depreciación es el desgaste o agotamiento que sufren los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilizan en sus negocios, industria, profesión u otras actividades productoras de rentas gravadas de tercera categoría, estos gastos se 35 compensa mediante la deducción de la depreciación para determinar la renta neta sobre la que se pagará el Impuesto a la Renta, se debe computar anualmente y sin que en ningún caso se haga incidir en un ejercicio gravable depreciaciones correspondientes a ejercicios anteriores, en ese sentido no se puede deducir en un determinado ejercicio la depreciación no deducida en ejercicios anteriores, la cual se deberá adicionar en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, recordemos también que el artículo 57º de la Ley del Impuesto a la Renta no permite la deducción de gastos de ejercicios anteriores. Cuando los bienes del activo fijo sólo se afecten parcialmente a la producción de rentas, las depreciaciones se efectuarán en la proporción correspondiente. (Bernal Rojas, 2010) Tasas de depreciación para fines del impuesto a la renta Las tasas de depreciación a aplicarse son las siguientes: a) Edificios y construcciones: 3% anual (Aplicable hasta el 31.12.2009). b) Edificios y construcciones: 5% anual (Aplicable a partir de 01.01.2010). En cuanto a los edificios y construcciones la ley ha establecido una tasa fija de depreciación, por lo tanto, no se podrá utilizar tasas diferentes ya sean menores o mayores, a diferencia de los otros bienes que veremos a continuación en donde se has establecido una tasa máxima, en ese sentido se pueden utilizar tasas menores de depreciación, pero no así tasas mayores. Base legal: Art. 39º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta modificado por Ley Nº 29342 vigente a partir de 01.01.2010 y 22 Inc. a) Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. (Bernal Rojas, 2010) Otros bienes Bienes y su Porcentaje Máximo Anual Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. 25 % Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. 20% Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipos de oficina. 20% Equipos de procesamiento de datos. 36 25% Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91 10% Otros bienes del activo fijo.10% Base legal: Art. 22º Inc. b) Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta Casos especiales de depreciación: Bienes y su Porcentaje Máximo Anual Aves reproductoras (gallinas). 75% Bienes de concesiones en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.20% Bienes inmuebles adquiridos mediante el sistema leasing En función al número de años que dura el contrato, el contrato mínimo debe ser por 5 años. Bienes muebles adquiridos mediante el sistema leasing En función al número de años que dura el contrato, el contrato mínimo debe ser por 2 años. Inmuebles propios de empresas de servicios de hospedaje utilizados para tal fin que hayan iniciado operaciones antes del 31 de diciembre del 2003. 20% Infraestructura hidráulica y de riego de sujetos acogidos a la Ley de Promoción del Sector Agrario. 20% Hardware de aplicación informática del sistema unificado de control de juegos de casino y máquinas tragamonedas. 33.33% Bienes del activo fijo de las Micro y Pequeñas Empresas Descentralizadas que utilicen en el giro del negocio 33.3% Edificios y construcciones, ampliaciones y mejoras cuando la construcción se hubiera iniciado a partir del 01.01.09 y hasta el 31.12.10 tenga como mínimo un avance de obra de 80%. 20% Bienes muebles, maquinarias y equipos nuevos de las pequeñas empresas 33.3% Maquinarias, equipos y obras civiles necesarias para la instalación y operación de centrales de generación eléctrica con el uso de energías renovables, recursos hídricos y recursos renovables, que sean adquiridos y/o construidos a partir del 29.06.08. 20% Estos porcentajes serán utilizados según: Formulas: Métodos y tipos de depreciación Métodos de depreciación de los activos fijos según la NIC 16 37 La NIC 16 en su párrafo 62 señala que pueden utilizarse diversos métodos de depreciación para distribuir el importe depreciable de un activo fijo de forma sistemática a lo largo de su vida útil. Entre los mismos se incluyen a) El método lineal. - que da lugar a un cargo constante a lo largo de la vida útil del activo fijo, siempre que su valor residual no cambie. b) El método de depreciación decreciente. - que dará lugar a un cargo que irá disminuyendo a lo largo de su vida útil. c) El método de las unidades de producción. - que dará lugar a un cargo basado en la utilización o producción esperada. d) La empresa elegirá el método más apropiado y lo aplicará uniformemente en todos los ejercicios. 1. Método de depreciación de la línea recta. En este método, la depreciación es considerada como función del tiempo y no de la utilización de los activos. Resulta un método simple que viene siendo muy utilizado y que se basa en considerar la obsolescencia progresiva como la causa primera de una vida de servicio limitada, y considerar por tanto la disminución de tal utilidad de forma constante en el tiempo. El cargo por depreciación será igual al costo menos el valor de desecho. Métodos de depreciación acelerada. Estos consisten en distribuir el valor depreciable de un activo en forma descendente, es decir, una mayor proporción de su valor en los primeros años de vida de algunos activos son más productivos y requieren menos gastos de reparación y mantenimiento. Al equilibrar los gastos periódicos de depreciación y mantenimiento de los activos a lo largo de su vida útil, en los primeros años se presentarán altos montos de depreciación y bajos gastos de mantenimiento, mientras que los últimos años la relación será inversa. Con el avance tecnológico, algunos activos tienden a hacerse 38 obsoletos rápidamente, lo cual justifica también la necesidad de depreciarlos en forma más acelerada. a) Método de la suma de los dígitos de los años. Este método aplica sobre el valor por depreciar una fracción cuyo denominador corresponde a la suma de los dígitos de los años de vida útil y el numerador es el número de años que le resta de vida útil al activo. Para el caso del activo de Torres e Hijos, cuya vida útil es de cinco años, la suma de los dígitos de los años es: 5+4+3+2+1 = 15 Algebraicamente, con el fin de obtener la suma de los dígitos de los años, debe aplicarse la siguiente formula: S = n (n+1) donde: S = suma de los dígitos de los años n = años estimados de vida útil Para el caso del ejemplo, la suma de los dígitos es: S = 5 (5+1) = 5 (6) = 15 La fracción que se aplicara sobre el valor por depreciar para el primer año será entonces 5/15, para el segundo año será 4/15 y así sucesivamente. Las depreciaciones para cada uno de los 5 años de vida útil, en el caso del activo de Torres e Hijos. b) Métodos de reducción de saldos. Este método consiste en la aplicación de una tasa sobre el valor no depreciado del activo. El cálculo de la tasa se lleva a cabo mediante la siguiente formula: Tasa de depreciación = 1- n (Valor residual/ Valor histórico) Donde n es el número de años de vida útil del activo. c) Método de unidades de producción Para algunos activos como máquinas, equipos y vehículos, su vida útil está estrechamente relacionada con la capacidad de producción, la cual se expresa en horas de trabajo, kilómetros recorridos, unidades producidas, etc. Para estos activos se utiliza este 39 método de depreciación que consiste en calcular el monto de depreciación periódica, de acuerdo con el volumen de actividad alcanzada. (Acevedo Aguirre, 2015) 2.3.12 Valor Razonable. El valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realizan una transacción libre y en condiciones de independencia mutua. El valor razonable se determinará sin deducir los costes de transacción en los que pudiera incurrirse en su enajenación. No tendrá en ningún caso el carácter de valor razonable el que sea resultado de una transacción forzada, urgente o como consecuencia de una situación de liquidación involuntaria. Con carácter general, el valor razonable se calculará por referencia a un valor fiable de mercado. En este sentido, el precio cotizado en un mercado activo será la mejor referencia del valor razonable, entendiéndose por mercado activo aquél en el que se den las siguientes condiciones: 1. Los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos; 2. Pueden encontrarse prácticamente en cualquier momento compradores o vendedores para un determinado bien o servicio; y 3. Los precios son conocidos y fácilmente accesibles para el público. Estos precios, además, reflejan transacciones de mercado reales, actuales y producidas con regularidad. Para aquellos elementos respecto de los cuales no exista un mercado activo, el valor razonable se obtendrá, en su caso, mediante la aplicación de modelos y técnicas de valoración. Entre los modelos y técnicas de valoración se incluye el empleo de referencias a transacciones recientes en condiciones de independencia mutua entre partes interesadas y 40 debidamente informadas, si estuviesen disponibles, así como referencias al valor razonable de otros activos que sean sustancialmente iguales, métodos de descuento de flujos de efectivo futuros estimados y modelos generalmente utilizados para valorar opciones. En cualquier caso, las técnicas de valoración empleadas deberán ser consistentes con las metodologías aceptadas y utilizadas por el mercado para la fijación de precios, debiéndose usar, si existe, la técnica de valoración empleada por el mercado que haya demostrado ser la que obtiene unas estimaciones más realistas de los precios. Las técnicas de valoración empleadas deberán maximizar el uso de datos observables de mercado y otros factores que los participantes en el mercado considerarían al fijar el precio, limitando en todo lo posible el empleo de consideraciones subjetivas y de datos no observables o contrastables. La empresa deberá evaluar la efectividad de las técnicas de valoración que utilice de manera periódica, empleando como referencia los precios observables de transacciones recientes en el mismo activo que se valore o utilizando los precios basados en datos o índices observables de mercado que estén disponibles y resulten aplicables. El valor razonable de un activo para el que no existan transacciones comparables en el mercado, puede valorarse con fiabilidad si la variabilidad en el rango de las estimaciones del valor razonable del activo no es significativa o las probabilidades de las diferentes estimaciones, dentro de ese rango, pueden ser evaluadas razonablemente y utilizadas en la estimación del valor razonable. Cuando corresponda aplicar la valoración por el valor razonable, los elementos que no puedan valorarse de manera fiable, ya sea por referencia a un valor de mercado o mediante la aplicación de los modelos y técnicas de valoración antes señalados, se valorarán, según proceda, por su coste amortizado o por su precio de adquisición o coste de producción, minorado, en su caso, por las partidas correctoras de su valor que pudieran corresponder, haciendo mención en la memoria de este hecho y de las circunstancias que lo motivan. 41 El valor neto realizable hace referencia al importe neto que la entidad espera obtener por la venta de las existencias, en el curso normal de la explotación. El valor razonable refleja el importe por el cual esta misma existencia podría ser intercambiada en el mercado, entre compradores y vendedores interesados y debidamente informados. El primero es un valor específico para la entidad, mientras que este último no. El valor neto realizable de las existencias puede no ser igual al valor razonable menos los costes de venta. Fair Value o Valor Razonable como se ha traducido habitualmente en español, es un concepto clave de medición bajo IFRS, el cual está presente en prácticamente todos los estándares de normatividad emitida por IASB, y citado recurrentemente en USGAAP; y es un pilar fundamental en el entendimiento de medición de las normas internacionales. Valor Razonable según la definición que actualmente está siendo discutida entre IASB y FASB es: “El precio que podría ser recibido al vender un activo o pagado para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a una fecha de medición determinada.” Una venta durante una liquidación, o bajo condiciones que no indiquen total libertad del comprador y del vendedor no estaría enmarcada dentro de la definición de valor razonable. Es posible que esa transacción tenga como escenario un mercado activo. Las características de un Mercado activo son las siguientes: a) Los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos. b) Pueden encontrarse en todo momento compradores o vendedores para un determinado bien. c) Los precios son conocidos y fácilmente accesibles para el público. Estos precios, además, reflejan transacciones de mercado reales, actuales y producidas con regularidad. 42 La determinación del valor razonable de un bien varía dependiendo de los métodos utilizados para hallarlo, claramente si un bien tiene un mercado activo será mucho más sencillo determinar su valor razonable, ¿pero si no es así como se hallaría? Para la medición del valor razonable se deben tener en cuenta 3 niveles de fuentes: 1. Inputs directamente observables del mercado. En caso de que exista para determinado bien en la fecha de medición un Mercado activo, se usa ese referente. Por ejemplo, una acción cotizada en bolsa que es tranzada con regularidad el valor razonable será el precio promedio en un día específico. 2. Si no existe un mercado activo se haría uso de Inputs indirectamente observables: Se aplica una técnica reconocida como si existiera un mercado activo, por ejemplo, transacciones con bienes sustancialmente parecidos en condiciones similares, si lo anterior no es posible, 3. Inputs no observables, Valor Razonable hallado mediante datos internos de la compañía, hay que destacar que esos datos deben estar debidamente soportados, con una fundamentación lógica y comprobable, no por ser internos de la compañía pueden ser determinados al azar. En las revelaciones se debe indicar cuales fueron los inputs utilizados debidamente explicados. El costo histórico, costo corriente, valor realizable o valor presente a los cuales hace referencia el marco conceptual de IFRS como bases o métodos de medición pueden ser en determinado momento valor razonable. Entendido el valor razonable como las características que debe tener dicha medición, que se den entre partes informadas, mutuamente interesadas e independientes. (Nunes, 2016) 43 2.4 Marco Conceptual a) Activos por impuestos diferidos. Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros, relacionadas con: 1. Las diferencias temporales deducibles; 2. La compensación de pérdidas obtenidas en periodos anteriores, que todavía no hayan sido objeto de deducción fiscal; y 3. La compensación de créditos no utilizados procedentes de periodos anteriores. (Hirache Flores, 2012) b) Base fiscal de un activo. Es el importe que será deducible de los beneficios económicos que, para efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal del activo será igual a su importe en libros. (Bohórquez Ramirez, 2016) c) Depreciación La depreciación se refiere a la pérdida de valor que sufre un bien (Equipo, planta y propiedad) que se dará a consecuencia del paso del tiempo y el desgaste que sufre, que se vea reflejado en los libros contables de los activos, lo cual permitirá ver el valor real de cada bien en cualquier momento del tiempo. d) Diferencias Permanentes Las diferencias permanentes están compuestas por los costos o gastos no deducibles porque no cumplen con el principio de causalidad, así como de los ingresos exonerados o infectos. (Hirache Flores, 2012) e) Diferencias Temporarias 44 Son las que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal:  Diferencias temporarias imponibles. - Que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades imponibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o del pasivo sea liquidado. (Hirache Flores, 2012)  Diferencias temporarias deducibles. - La base fiscal de un activo o pasivo es el importe atribuido, para fines fiscales, a dicho activo o pasivo. que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. (Hirache Flores, 2012) f) Ganancia (pérdida) contable: Es la ganancia neta o la pérdida neta del periodo antes de deducir el gasto por el impuesto a las ganancias. (Hirache Flores, 2012) g) Ganancia (pérdida) fiscal: Es la ganancia (pérdida) de un periodo, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se calculan los impuestos a pagar (recuperar). (Hirache Flores, 2012) h) Ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros: Cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. (Hirache Flores, 2012) i) Gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias: 45 Es el importe total que, por este concepto, se incluye al determinar la ganancia o pérdida neta del periodo, conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido. (Hirache Flores, 2012) j) Impuesto a la Renta: El Impuesto a la Renta es un tributo que se determina anualmente. Su ejercicio se inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre. Este Impuesto grava los ingresos que provienen del arrendamiento (alquiler), enajenación u otro tipo de cesión de bienes inmuebles y muebles (explotación de un capital), o de la enajenación (transferencia) de acciones y demás valores mobiliarios (ganancias de capital) y/o del trabajo realizado en forma dependiente e independiente. (Inversiones el Pino, 2015) k) Impuesto Corriente. - Es la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia (pérdida) fiscal del periodo. (Hirache Flores, 2012) l) Normas Internacionales de información Financiera (NIIF) Son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB, institución privada con sede en Londres. Constituyen los Estándares Internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable de la forma como es aceptable en el mundo. (Flores Sanchez, 2015) m) Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Las normas internacionales de contabilidad son un conjunto de directrices que establecen la información que deben proporcionar los estados financieros. “Las nuevas normas internacionales contables afectan, sobre todo, a las normas de valoración y a las cuentas anuales” 46 Debido a la globalización de los mercados y la economía en sí, es necesario armonizar la contabilidad de las infinitas empresas internacionales que existen, destacando el modelo europeo debido a la instauración de la moneda única. A través de una serie de estándares se han ido implementando estas normas internacionales, aprobadas por la UE en los distintos sistemas contables (sitio oficial de la UE sobre las NICs: IAS/IFRS Standards and Interpretations). (Inaif, Institulo Asesoria Fiscal, 2013) n) Pasivos por impuestos diferidos Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en periodos futuros, relacionadas con las diferencias temporales imponibles. (Hirache Flores, 2012) o) Propiedad, Planta y equipo. La propiedad, planta y equipo son los activos tangibles que posee una empresa para uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, y se esperan usar durante más de un periodo económico. (Chamorro, 2012) p) Resultados contables antes de impuestos Se le llamas así a las ganancias netas o a las pérdidas netas de un periodo, esto antes de deducir los gastos generados por el impuesto sobre las ganancias. q) Resultado contable El resultado contable viene a ser la ganancia neta o la pérdida neta, del periodo antes de deducir el gasto generado por el impuesto sobre las ganancias. 2.5 Hipótesis a la investigación 2.5.12 Hipótesis General 47 El tratamiento de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias y los ajustes de la normatividad fiscal en las Empresas constructoras de propiedad de personas naturales en el año 2016 afectan considerablemente la determinación del impuesto a la renta. 2.5.13 Hipótesis Específicas a. El tratamiento contable de la NIC 12 en las empresas constructoras, de propiedad de personas naturales- Caso Carmen Delgadillo Alcántara constituidas de la ciudad Cusco, genera diferencias que afectan la determinación de resultados. b. El tratamiento tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 en las empresas constructoras de propiedad de personas naturales-Caso Carmen Delgadillo Alcántara, en el periodo 2016, no es el adecuado y genera una tasa mayor del impuesto a la renta corriente. 2.6 Variables de estudio 2.6.12 Variables  Variable 1 Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias.  Variable 2 - Tratamiento contable. - Tratamiento tributario. 2.6.13 Conceptualización de las variables Norma Internacional de Contabilidad 12 - Impuesto a las Ganancias. Conjunto único de normas legalmente aceptadas, comprensibles y de alta calidad basados en principios claramente articulados que permiten determinar el efecto de las diferencias temporales en la determinación de impuestos a las ganancias. (MEF, 2016) 48 Tratamiento tributario El tratamiento tributario del impuesto a la renta es obtenido por la aplicación de la ley fiscal y puede ser diferente al impuesto financiero calculado en base a las directrices contables. Tratamiento Contable Es la aplicación de las normas y principios para el correcto registro contable con la finalidad de una mejor estimación de los resultados al final del ejercicio. (Canchari, 2014) 49 2.6.14 Operacionalización de variables Variable Definición Conceptual Definición Operacional Dimensiones Indicadores Variable 1 Conjunto único de normas Conjunto de normas que permiten -Efecto - Base imponible Norma legalmente aceptadas, determinar las diferencias temporales diferencias - Reconocimiento de activos Internacional de comprensibles y de alta calidad de manera comparable, transparente y temporales o de pasivos diferidos Contabilidad 12 basados en principios claramente que permita establecer las bases - Compensación de pérdidas Impuesto a las articulados que permiten determinar imponibles del impuesto a la renta y el - Valor Razonable Ganancias el efecto de las diferencias impuesto a la renta diferido. (Ministerio temporales en la determinación de de Economia y Finanzas, s.f.) los impuestos a las ganancias. (MEF, 2016) Variable 2 El tratamiento tributario del El tratamiento tributario del impuesto a -Normas - Tasa de impuesto corriente. Tratamiento impuesto a la renta obtenido por la la renta obtenido por la aplicación de fiscales. - Tasa de impuesto efectiva. tributario. aplicación de la ley fiscal puede ser las normas tributarias puede - Diferencia temporaria diferente al impuesto financiero determinar bases imponibles diferentes imponible calculado en base a las directrices frente a las normas contables vigentes - Diferencias temporales contables. (NIC12) en el país generando un impuesto deducibles diferido que debe ser registrado, el - Ganancia Contable mismo que puede modificar la tasa real - Ganancia fiscal del impuesto a la renta. Es la aplicación de las normas y El tratamiento contable del impuesto a -Normas - Activos y pasivos Variable 3 principios para el correcto registro la renta obtenido por la aplicación de las contables. contingentes. Tratamiento contable con la finalidad de una normas contables puede determinar - Impuesto corriente Contable. mejor estimación de los resultados bases imponibles diferentes frente a las - Impuesto diferido al final del ejercicio. (Canchari, normas tributarias vigentes en el país 2014). generando un impuesto diferido que debe ser registrado, el mismo que puede modificar la tasa real del impuesto a la renta. 50 CAPITULO III. MÉTODO DE INVESTIGACIÓN 3.1 Tipo de investigación El tipo de investigación es aplicado y/o práctica, solo se aplica las teorías vigentes como la norma internacional de contabilidad 12 NIC 12 que se está estudiando. (Hernandez Sampier i, 2014) 3.2 Enfoque de la investigación El enfoque cuantitativo es secuencial y busca ser objetivo, describiendo, explicando o comprobando los fenómenos, aplicando la lógica deductiva, la teoría es generada a partir de la comparación la investigación previa con los resultados del estudio en el cual el reporte será formulado de manera objetiva basada en tablas de origen estadístico (Hernandez Sampieri, 2014) La investigación cuantitativa tiene como objetivo obtener respuestas de la población a preguntas específicas. La finalidad empresarial sería la toma de decisiones exactas y efectivas que ayuden a alcanzar aquello que estábamos persiguiendo. Podría ser el lanzamiento de un nuevo producto. El fin es tener éxito con su posicionamiento en el mercado. Y para ello, es necesario realizar un estudio previo a través del método cuantitativo (Cuevs, 2016) 3.3 Diseño de la investigación El diseño no experimental, que se realiza sin manipular deliberadamente variables; en este tipo de estudios, no se genera ninguna situación, sino que se observan situaciones ya existentes, no provocadas intencionalmente en la investigación por quien la realiza. En la investigación no experimental las variables ocurren y no es posible manipularlas, no se tiene control directo sobre dichas variables, ni se puede influir en ellas, porque ya sucedieron al igual que sus efectos, es del tipo transaccional en tanto recogen sus datos en un solo 51 momento, en un tiempo único, su propósito es describir variables y analizar su incidencia e interrelación en un momento dado. El diseño transaccional descriptivo indaga la incidencia de las modalidades, categorías o niveles de una o más variables en una población. (Hernandez Sampieri, 2014) El diseño de la presente investigación es de tipo no experimental; ya que se observaron las normas internacionales de información financiera y el impuesto a las ganancias diferido en su ambiente natural; estás no fueron provocadas intencionalmente. 3.4 Alcance de la investigación El alcance de la investigación es descriptivo por que busca especificar las propiedades, las características aplicadas de la norma internacional de contabilidad 12, procesos, objetos o cualquier otro fenómeno que se someta a un análisis; es útil para mostrar con precisión los ángulos o dimensiones de un fenómeno, suceso, comunidad contexto o situación. (Hernandez Sampieri, 2014) 3.5 Población y Muestra de la investigación 3.5.1 Población La población ha de estar constituida por la documentación contable y tributaria de la Empresa constructora de propiedad de personas naturales-Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el año 2016 3.5.2 Muestra Caso de estudio verificación de la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera y su efecto en el impuesto a las ganancias diferido en la Empresa constructora de propiedad de personas naturales-Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el año 2016; la verificación de la documentación contable y tributaria será materia de la investigación; por lo que se considera unitaria y total. 52 Tipo de muestreo Censal- caso de estudio 3.6 Técnicas e instrumentos de recolección de datos 3.6.1 Técnicas La investigación permitirá aplicar la siguiente técnica: Análisis documental. - Se utilizará para recolectar los datos que permitirán describir el fenómeno de la aplicación de la norma internacional de contabilidad 12 impuesto a las ganancias en las empresas constructoras de la ciudad del Cusco durante el año 2016-caso empresa de propiedad de Carmen Delgadillo Alcántara. 3.6.2 Instrumentos - Los instrumentos que se utilizarán son los siguientes: Guía de Análisis Documental. - Se aplicarán los siguientes instrumentos: - Análisis documental - Tabulación de cuadros con cantidades y porcentajes - Comprensión de gráficos 3.7 Procesamiento de datos En el análisis descriptivo se asignará un atributo a cada una de las variables del modelo teórico. Los atributos pueden ser estadísticos descriptivos como la media, la mediana, la moda o la varianza, sobre cuyas propiedades existe gran conocimiento, experiencia y consenso, por lo que no es necesario realizar análisis de validez y fiabilidad. Pero en estadísticos menos conocidos (como por ejemplo la covarianza) puede ser necesario realizar este tipo de análisis. Es necesario tener definidos los criterios a seguir en caso de porcentajes elevados de no respuesta y los eventuales sesgos que esto pueda representar. El 53 análisis descriptivo suele realizarse mediante la utilización de software estadístico como el SPSS a. Ficha de Recolección de Datos b. Guía de Observación 54 CAPITULO IV. RESULTADOS A continuación, se presentan las diferencias en el impuesto a la renta generadas a partir de la aplicación de las normas contables y las normas tributarias en la empresa constructora materia de la investigación. Se presenta en tablas agrupadas por partidas patrimoniales que nos permiten establecer las diferencias temporales, así como analizar su origen y sus efectos en la determinación del impuesto diferido. Para una adecuada presentación se ha dividido en tres partes la investigación: PRIMERA PARTE: Determinación de diferencias temporales y efecto en el impuesto a la renta diferido SEGUNDA PARTE: Determinación de diferencias permanentes TERCERA PARTE: Determinación del impuesto a la renta corriente. PRIMERA PARTE DETERMINACÓN DE DIFERENCIAS TEMPORALES Y EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO Y CONTABLE DIFERENCIAS ENTRE LA BASE CONTABLE Y LA BASE TRIBUTARIA Al analizar los resultados es de suma importancia tener con claridad los conceptos de base contable y base tributaria; la definición contable expresamente no aparece en la norma contable como tal, sin embargo debe de asumirse que es el monto de reconocimiento del elemento activo, pasivo considerado ambos a sus importes netos establecido en el estado de situación financiera; mientras que al considerarse la base tributaria, expresamente se refiere al importe que será deducible de los beneficios 55 económicos fiscales que obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe de dicho activo en los valores registrados en los libros contables. Teniendo establecida la diferencia entre la norma fiscal y la norma tributaria la investigación efectuada sobre la empresa es presentada de manera ordenada y sistemática realizada por las investigadoras, partiendo del establecimiento de las diferencias temporarias que constituyen los saldos iniciales para el ejercicio 2016 y luego elaborando las tablas que permiten identificar el movimiento de las partidas contables que generan diferencias temporales presentándose las mismas en forma analítica para posteriormente realizar las tablas correspondientes al resumen del ejercicio, con cuyos resultados se determina el impuesto a la renta diferido. Tabla 1 Diferencias temporales-Saldos inicial-final 2016 Expresado en soles Saldo final Saldo inicial al 01- NIC ACTIVO DIFERIDO al 31-12- 01-2016 2016 39 Deterioro de cuentas por cobrar 5,940.00 19,910.00 Deterioro de suministros 20 diversos 2,500.00 5,620.00 16 Depreciación 323.88 32,214.33 19 Vacaciones por pagar 6,300.00 11,100.00 49 Honorarios por pagar - 6,050.00 37 Provisión para Garantías - 3,500.00 15,063.88 78,394.33 Fuente: elaboración de las autoras Interpretación: Constituyen los saldos iniciales de las partidas contables que generan diferencias temporales en la empresa constructora de propiedad de personas naturales materia de la investigación; los saldos iniciales corresponden a los saldos provenientes 56 del ejercicio económico 2015 a partir de los cuales se registran los movimientos del periodo obteniendo los saldo finales al periodo 2016; la relación presenta la partida contable con la norma internacional de contabilidad aplicable , así se tiene por ejemplo que la partida deterioro de cuentas por cobrar presenta un saldo inicial de S/ 5,940.00 y luego de las adiciones y recupero del ejercicio presenta un saldo final de S/ 19,910.00 determinado en función a lo normado por la NIC 39 Tabla 2 Determinación Del impuesto a la renta diferido periodo 2015 Expresado en soles Activo diferido Monto Neto I. renta Deterioro de cuentas por cobrar 5,940.00 5,940.00 1,663.20 Deterioro de suministros diversos 2,500.00 2,500.00 700.00 Depreciación 323.88 323.88 90.69 Vacaciones por pagar 6,300.00 6,300.00 1,764.00 Honorarios por pagar Provisión para Garantías 15,063.88 15,063.88 4,217.89 Fuente: Elaboración de las autoras. Interpretación: Representa los importes de las partidas sobre los cuales se genera el impuesto diferido para el periodo finalizado al 31 de diciembre del 2015, así tenemos que la cuenta Deterioro de cuentas por cobrar a la mencionada fecha presenta un saldo final de S/ 5,940.00 cuyo importe constituye un saldo neto; a dicho importe se aplica la tasa plana del 28% del impuesto a la renta vigente al periodo de estudio teniendo así el monto del impuesto diferido por cada partida contable; debe de señalarse que al final del periodo 2015 se tiene un acumulado de S/15,063.88 en las diversas partidas contables, importe que genera un impuesto diferido de S/ 4,217.89 para el mencionado ejercicio. 57 Tabla 3 Determinación del impuesto a la renta diferido Periodo 2016 Expresado en soles Activo diferido Importe Neto I. renta Deterioro de cuentas por cobrar 19,910.00 19,910.00 5,574.80 Deterioro de suministros diversos 5,620.00 5,620.00 1,573.60 Depreciación 32,214.33 32,214.33 9,020.01 Vacaciones por pagar 11,100.00 11,100.00 3,108.00 Honorarios por pagar 6,050.00 6,050.00 1,694.00 Provisión para Garantías 3,500.00 3,500.00 980.00 78,394.33 78,394.80 21,950.41 Fuente. Elaboración autoras. Interpretación: La tabla representa el importe final de las partidas que generan diferencias temporales para el periodo 2016, sobre las cuales se aplica la tasa vigente del impuesto a la renta del ejercicio estableciéndose que al final del ejercicio 2016 se presenta un acumulado equivalente a S/78,394.80 que genera un impuesto a la renta diferido aplicable al periodo de S/ 21,950.41 Tabla 4 Diferencia temporal- Cuentas por cobrar comerciales Deterioro de activos- por clientes Pérdid Recuperacione Cliente Saldo Inicial a s saldo final Javier Guevara Andia 1,800.00 1,800.00 Pavel Puma Echarri 2,900.00 2,280.00 620.00 Francisco Juan Sarmiento 1240.00 17,490.00 5,940.00 2,280.00 19,910.00 Fuente: Elaboración de las autoras. Interpretación. Constituye el importe del impuesto diferido establecido por la partida de cuentas por cobrar comerciales- deterioro de activos correspondiente al periodo 58 2016, refleja el importe final de S/19,910.00 que genera un impuesto diferido de S/ 5,574.40; el monto principal corresponde a las provisiones establecidas por la gerencia sobre deudas de clientes que se asume no serán canceladas basadas en los reportes de la calidad de cliente Infocorp, todas ellas corresponden o comprenden un periodo de antigüedad menor a los 12 meses del periodo y se hallan respaldadas por título valores (letras vencidas) que no registran el protesto notarial en los plazos de ley Tabla 5 Impuesto y diferencia temporal- deterioro de activos Expresado en soles Diferencia Temporal 19,910.00 Activo por impuesto a la renta diferido 5,574.80 Fuente. Elaboración autoras. Interpretación. Constituye el importe del impuesto diferido establecido por la partida de cuentas por cobrar comerciales- deterioro de activos correspondiente al periodo 2016, refleja el importe final de S/19,910.00 que genera un impuesto diferido de S/ 5,574.80; la empresa establece la incobrabilidad de dichas deudas en razón a la calificación crediticia del cliente basado en el incumplimiento de obligaciones contractuales en la venta de inmuebles en el periodo comprendido en el ejercicio económico establecido en el incumplimiento de 3 o más cuotas del financiamiento directamente concedido. Tratamiento Contable: --------------------------------XX------------------------------------------- 37 ACTIVO DIFERIDO 5,574.80 371 Impuesto a la renta diferido 3712 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 5,574.80 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del activo tributario diferido --------------------------------XX------------------------------------------- 59 Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre el deterioro de cuentas por cobrar comerciales en la entidad se genera un activo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente. Tabla 6 Deterioro de existencias-detalle Expresado en soles Saldo inicial pérdida destrucción saldo final Arena fina 1,650.00 4,770.00 Cable N°14 850.00 850.00 2,500.00 5,620.00 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: Representa el movimiento de la partida suministros diversos que se provisiono dada la pérdida generada por defectos de almacenamiento que ocasiona la imposibilidad de aplicación en los procesos de construcción de la empresa; en el caso de arena fina producido por las deficiencias de almacenamiento en el periodo habiéndose perdido 10 metros cúbicos producto de las condiciones climáticas que originaron la mezcla con materiales de desecho, asimismo el caso de cables para instalaciones eléctricas se produjo el deterioro por estar expuestos a la intemperie habiendo afectado seriamente su uso por resequedad de los mismos.. Tabla 7 Diferencia temporal e impuesto deterioro de suministros diversos Expresado en soles Diferencia Temporal 5,620.00 Activo por impuesto a la renta diferido 1573.6 Fuente: Elaboración de las autoras. Interpretación: Representa el impuesto a la renta diferido que es generado a partir de la diferencia temporal proveniente del deterioro de suministros diversos generados a partir de su deficiente control y almacenamiento. 60 Tratamiento contable --------------------------------XX-------------------------------------------- 37 ACTIVO DIFERIDO 1,573.60 371 Impuesto a la renta diferido 3712 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 1,573.60 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del activo tributario diferido --------------------------------XX------------------------------------------- Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre el deterioro de la cuenta suministros diversos, se genera un activo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente. Tabla 8 Análisis de vacaciones por pagar Expresado en soles I. Renta B.Contable B.Tributaria Diferencia diferido Vacaciones por pagar 11,100.00 11,100.00 3,108.00 11,100.00 11,100.00 3,108.00 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: Representa el impuesto a la renta diferido que es generado a partir de la diferencia temporal en vacaciones por pagar, las mismas que fueron provisionadas en el periodo 2016 pero que no fueron canceladas a los trabajadores, por lo que constituyen adiciones temporales que afectan el resultado del ejercicio económico originando diferencias temporales que inciden en el impuesto corriente que determina la empresa para el periodo finalizado al 31 de diciembre del 2016. 61 Tratamiento contable: --------------------------------XX-------------------------------------------- 49 PASIVO DIFERIDO 3,108.00 491 Impuesto a la renta diferido-resultados 4912 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 3,108.00 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del pasivo tributario diferido --------------------------------XX------------------------------------------- Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre el deterioro de cuentas por cobrar comerciales en la entidad se genera un activo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente. Tabla 9 Vacaciones por Pagar Expresado en soles. vacaciones por pagar saldo inicial Adiciones Pagos saldo final Enero 6,300.00 2,900.00 11,100.00 Febrero 3,100.00 Marzo Abril 1,700.00 Mayo Junio 1,300.00 Julio Agosto 850.00 Setiembre Octubre 1,300.00 Noviembre diciembre 6,300.00 11,150.00 11,100.00 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: Representa el analítico de los movimientos correspondientes a las provisiones de vacaciones por pagar no canceladas dentro del término del vencimiento del impuesto a la renta 2016. 62 Tabla 10 Honorarios profesionales Expresado en soles Honorarios saldo inicial Pagos saldo final Setiembre Octubre Noviembre 7,500.00 Diciembre 1,800.00 6,050.00 0 9,300.00 6,050.00 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación. Constituye el gasto registrado proveniente de servicios profesionales, saldo final que no es cancelado a la fecha de presentación del impuesto a la renta anual, lo que origina un efecto en el impuesto producto de las diferencias temporales. Tabla 11 Honorarios profesionales Expresado en soles Diferencia Temporal 6,050.00 Activo por impuesto a la renta diferido 1,694.00 Fuente. Elaboración propia Interpretación: constituye el impuesto y la diferencia temporal provenientes del no pago o cancelación de los servicios en el término establecido por la norma tributaria. --------------------------------XX----------------------------------------- 49 PASIVO DIFERIDO 1,694.00 491 Impuesto a la renta diferido-resultados 4912 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 1,694.00 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del pasivo tributario diferido --------------------------------XX----------------------------------------- 63 Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre los saldos de honorarios profesionales por pagar no cancelados conforme lo establece le norma tributaria se genera un pasivo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente. Tabla 12 Provisión de garantías Expresado en soles B. Contable B. Tributaria Diferencia I. Renta diferido Provisión de garantías 3,500.00 3,500.00 980.00 3,500.00 3,500.00 980.00 Interpretación: constituye el impuesto y la diferencia temporal provenientes del no pago o cancelación de los servicios en el término establecido por la norma tributaria. Tratamiento contable. --------------------------------XX------------------------------------------ -- 49 PASIVO DIFERIDO 980.00 491 Impuesto a la renta diferido-resultados 4912 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 980.00 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del pasivo tributario diferido --------------------------------XX------------------------------------------ . Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre las provisiones sobre garantías en la entidad se genera un pasivo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente 64 Tabla 13 Depreciación Contable Expresado en soles BIEN FECHA VALOR 2015 2016 2017 EQUIPO DE COMPUTO TOSHIBA ene-15 1,800.00 450.00 450.00 450.00 NOTEBOOK HP feb-15 3,087.00 708.00 772.00 772.00 IMPRESORA MULTIFUNCIONAL feb-15 1,950.00 447.00 487.50 487.50 MITSUBUSHI FUSO feb-16 146,250.00 - 26,812.50 29,250.00 CAMIONETA MITSUBISHI may-16 81,250.00 - 9,479.00 16,250.00 MEZCLADORA CEMENTO jun-16 3,500.00 - 510.00 875.00 WINCHE jun-16 1,500.00 - 218.75 375.00 ALIZADORA jun-16 2,000.00 - 292.00 500.00 241,337.00 3,620.00 41,037.75 50,976.50 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: representa el proceso de depreciación de los activos fijos, aplicando el sistema de línea recta y considerando como fecha de inicio aquella en la cual los activos se hallan en disposición de ser usados. 65 Tabla 14 Depreciación Tributaria BIEN Fecha uso VALOR 2015 2016 2017 EQUIPO DE COMPUTO TOSHIBA abr-15 1,800.00 337.50 450.00 450.00 NOTEBOOK HP abr-15 3,087.00 578.00 772.00 772.00 IMPRESORA MULTIFUNCIONAL abr-15 1,950.00 365.63 487.50 487.50 MITSUBUSHI FUSO dic-16 146,250.00 - 1,692.71 29,250.00 CAMIONETA MITSUBISHI nov-16 81,250.00 - 2,708.33 16,250.00 MEZCLADORA CEMENTO jun-16 3,500.00 - 510.00 875.00 WINCHE jun-16 1,500.00 - 218.75 375.00 ALIZADORA jun-16 2,000.00 - 292.00 500.00 241,337.00 3,296.13 9,147.29 50,976.50 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación; Tabla que representa los importes que se deprecian los activos considerando la norma tributaria; la entidad asume como fecha de inicio la efectiva en que se empieza a utilizar los activos. Fuente: Elaboración de las autoras 66 Tabla 15 Determinación de diferencias temporarias en depreciación BIEN Fecha uso VALOR 2015 2016 2017 EQUIPO DE COMPUTO TOSHIBA abr-15 1,800.00 112.50 - - NOTEBOOK HP abr-15 3,087.00 130.00 - - IMPRESORA MULTIFUNCIONAL abr-15 1,950.00 81.38 - - Mitsubushi Fuso dic-16 146,250.00 - 25,119.79 - CAMIONETA MITSUBISHI nov-16 81,250.00 - 6,770.67 - MEZCLADORA CEMENTO jun-16 3,500.00 - - - WINCHE jun-16 1,500.00 - - - ALIZADORA jun-16 2,000.00 - - - 241,337.00 323.88 31,890.46 - Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: Tabla que permite conocer los ajustes tributarios de la depreciación producto de la diferencia generada a partir de la aplicación de la norma contable y su comparación y control con la norma tributaria. 67 Tabla 16 Depreciación. Diferencia Temporal 31,890.46 Activo por impuesto a la renta diferido 8,929.33 Fuente; Elaboración de las autoras Interpretación: Constituye la diferencia generada por la aplicación de las normas contables en relación a las normas tributarias generando una diferencia temporal en la partida depreciación que corresponde a la suma de S/ 31,890.46, la misma que genera un impuesto a la renta diferido equivalente a S/8,929.33 Tratamiento contable --------------------------------XX-------------------------------------------- 37 ACTIVO DIFERIDO 8,929.33 371 Impuesto a la renta diferido 3712 Impuesto a la renta diferido-resultados 88 IMPUESTO A LA RENTA 8,929.33 882 Impuesto a la renta-Diferido Por el reconocimiento del activo tributario diferido --------------------------------XX------------------------------------------- Producto de la aplicación de las normas tributarias sobre el deterioro de cuentas por cobrar comerciales en la entidad se genera un activo diferido que es reconocido a través del asiento contable precedente. 68 Tabla 17 Efectos de variaciones entre base contable y tributaria sobre el impuesto a la renta DIFERENCIA SE DIFERENCIAS DE BASES TEMPORAL RECONOCE: Base Contable > Base Tributaria Activo Imponible Pasivo Diferido Activo Base Contable < Base Tributaria Activo Deducible Activo Diferido Activo Base Contable > Base Tributaria Pasivo Deducible Activo Diferido Pasivo Base Contable < Base Tributaria Pasivo Imponible Pasivo Diferid Pasivo 69 Tabla 18 Resumen de diferencias temporarias –Periodo 2016 RESUMEN DE DIFERENCIAS TEMPORARIAS SALDO INICIAL ADICIONES DEDUCCIONES SALDO FINAL DIFERENCIAS DEDUCIBLES Deterior por cuentas por cobrar 5,940.00 16,250.00 -2,280.00 19,910.00 Deterioro de existencias 2,500.00 3,120.00 5,620.00 Vacaciones por pagar 6,300.00 15,950.00 -11,150.00 11,100.00 Honorarios por pagar - 6,050.00 6,050.00 Provisión por garantías - 3,500.00 3,500.00 - DIFERENCIAS GRAVABLES 14,740.00 44,870.00 -13,430.00 46,180.00 Depreciación 323.88 31,890.46 32,214.33 15,063.88 76,760.46 -13,430.00 78,394.33 Ajuste del activo por diferencias temporarias 4,217.89 21,950.41 Fuente: elaboración de las autoras Interpretación: corresponde a las diferencias deducibles y gravables producto del movimiento de las cuentas contables en el periodo 2016; la suma o importe total equivale a soles S/21,950.41 sobre cuyos saldos se generan las diferencias temporales aplicables a la empresa y que afectaran el impuesto corriente. 70 Tabla 19 Resumen de diferencias temporales del periodo 2016-impuesto diferido RESUMEN DE DIFERENCIAS TEMPORARIAS SALDO INICIAL ADICIONES DEDUCCIONES SALDO FINAL DIFERENCIAS DEDUCIBLES Deterior por cuentas por cobrar 1,663.20 4550.00 -638.40 5,574.80 Deterioro de existencias 700.00 873.6 - 1,573.60 Vacaciones por pagar 1,764.00 4466 -3,122.00 3,108.00 Honorarios por pagar - 1694 - 1,694.00 Provisión por garantías - 980 - 980.00 4,127.20 12563.60 -3,760.40 12,930.40 DIFERENCIAS GRAVABLES Depreciación 90.69 8929.3288 - 9,020.01 ajuste de la depreciación por diferencias temporarias 90.69 8,929.33 9,020.01 Ajuste por diferencias temporarias 4,217.89 21,492.93 -3,760.40 21,950.41 Fuente: elaboración de las autoras. Interpretación: Corresponde al impuesto diferido determinado en base a las diferencias temporales del periodo, estableciéndose que el impuesto diferido acumulado al periodo acumula el importe de S/ 21,950.41 71 Tabla 20 Cálculo del impuesto diferido 2016 ACTIVO DIFERIDO 2016 46,180.00 12,930.40 pasivo diferido 2016 32,214.33 9,020.01 ACTIVO DIFERIDO 2015 AJUSTADO 14,740.00 4,127.20 Pasivo diferido 2015 323.88 90.69 Impuesto a la renta diferido 17,732.53 Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación; Representa el monto de impuesto diferido aplicable al periodo 2016 a partir de las diferencias temporales establecidas en base a la norma internacional 12 impuesto a las ganancias aplicable a la empresa constructora de propiedad de personas naturales. 72 SEGUNDA PARTE DETERMINACIÓN DE DIFERENCIAS PERMANENTES Tabla 21 Diferencias permanentes Expresado en soles Adiciones 1 Intereses 6,350 Permanente 2 Gastos de Representación 8,120 Permanente 3 Sanciones del Sector Público 1,975 Permanente 4 Gastos Sustentados con B/V 1,900 Permanente 5 Viáticos al Interior del País 1,200 Permanente 6 Valor de terreno 786,600 Permanente Diferencias permanentes 806,145 Permanente Fuente: Información de la empresa Representa el conjunto de adiciones a incorporar para la determinación del impuesto a la renta del ejercicio; debe de establecerse que son producto de la diferencia entre la aplicación de la norma contable y la norma tributaria y que afectan de manera permanente el resultado y que no son aceptadas como costo o gasto para efectos de determinación y pago del impuesto a la renta anual. 73 Tabla 22 Resultado Integral – 2016 Expresado en soles ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL POR EL AÑO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016 Ventas 4,160,000 Costo de Ventas 3,556,800 UTILIDAD BRUTA 603,200 Gastos Operativos: Gastos Administrativos 45,320 Gastos de Ventas 8,650 Otros ingresos (Gastos): Otros Ingresos 0 Otros Gastos 0 UTILIDAD OPERATIVA 549,230 UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 549,230 Fuente: EEFF de la empresa. Interpretación: Representa el resultado integral de la entidad producto de las operaciones comerciales al 31 de diciembre del 2016, refleja los resultados producto de la aplicación de la norma internacional de contabilidad 12. 74 TERCERA PARTE DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO CORRIENTE Y DIFERIDO Tabla 23 Determinación del impuesto a la renta- periodo 2016 Expresado en soles TRATAMIENTO DETALLE TRIBUTARIO Utilidad antes de Impuestos 549,230.00 (+) ADICIONES (+) Diferencias Permanentes 806,145.00 (+) Diferencias Temporales 78,394.00 Resultado antes de Impuestos 1,433,769.00 Impuesto a la Renta (28 %) 401,455.00 Fuente: EEFF de la entidad- elaboración de las autoras. Interpretación: Representa el impuesto a la renta corriente que es pagado en función a los ajustes realizados como consecuencia de lo establecido por la norma tributaria vigente para el ejercicio 2016; la misma que genera diferencia temporal como activos o pasivo diferidos determinando un impuesto final de S/401,455.00. Impuesto corriente es la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia (pérdida) fiscal del periodo. Una vez determinada la utilidad o perdida contable obtenida por aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera se procede a aplicar la normativa fiscal para determinar la utilidad neta o pérdida neta del periodo corriente ,el procedimiento de basa en adicionar importes que temporalmente no son aceptados fiscalmente para la determinación del impuesto a las ganancias corriente y que en un futuro de revertirán asimismo importes que en el periodo corriente se deducirán y que en periodos futuros se liquidaran a esto se une las diferencias permanentes las cuales no son aceptadas fiscalmente y jamás se revertirán en un futuro , también se añade las pérdidas fiscales de periodos anteriores las cuales se compensaran en el periodo corriente el resultado 75 de todo lo mencionado se multiplicara por la tasa vigente del impuesto a las ganancias el cual será nuestro Impuesto a la Renta Corriente. (Impuesto a la renta corriente y diferido reconocimiento segun la NIC 12, 2016) Tabla 24 Resumen determinación del impuesto a la renta. Tratamiento contable-tratamiento tributario Periodo finalizado al 31-12-2016 TRATAMIENTO TRATAMIENTO DETALLE TRIBUTARIO CONTABLE Utilidad antes de Impuestos 549,230.00 549,230.00 (+) ADICIONES (+) Diferencias Permanentes 806,145.00 (+) Diferencias Temporales 78,394.33 Resultado antes de Impuestos 1,433,769.33 549,230.00 Impuesto a la Renta (28 %) 401,455.41 153,784.40 Fuente: información de la entidad. Elaboración de las autoras. Interpretación: Representa el impuesto determinado para efectos tributarios que es denominado impuesto corriente; así como el determinado para efecto contable; obsérvese que existe una diferencia producto de las adiciones temporales y permanentes. Tabla 25 Resumen de determinación de impuesto a la renta Tratamiento contable y tributario impuesto a la renta por aplicación de NIIFs 153,784.40 Impuesto a la renta por aplicación de normas Trib. 401,455.41 Mayor impuesto determinado 247,671.01 Impuesto a la renta diferido 21,950.41 Fuente: EEFF de la empresa. Elaboración de las autoras Interpretación: determinación del impuesto a la renta corriente que equivale a S/ 401,455.00 frente al impuesto a la renta bajo la aplicación de las NIIFs que es de S/153,784.40 demostrándose que representa un 261% mayor de impuesto producto de la aplicación de las normas tributarias. 76 Así mismo se establece que para el periodo en estudio sr tiene un 14% de impuesto diferido que se espera recuperar en ejercicios futuros. Tabla 26 Determinación de Tasa Efectiva – Periodo 2016 Expresada en nuevos soles Utilidad del ejercicio 549,230.00 impuesto a la renta bajo NIIFs 153,784.40 0.28 % Impuesto a la renta bajo normas tributarias 401,455.41 0.73 % Impuesto a la renta neto con aplic. De diferido 379,505.00 0.69 % Fuente: Elaboración de las autoras Interpretación: Representa que bajo NIIFS a tasa del impuesto neta es del 28%; mientras que con la aplicación de la norma contable pasa a ser una tasa del 73% y que de ajustarse con los activos y pasivos diferido constituye un 69% 77 CAPITULO V: DISCUSIÓN 5.1 Descripción de los hallazgos más relevantes y significativos La vigencia y aplicación de la norma internacional de contabilidad 12, en la determinación de los resultados de las empresas tienen un efecto importante sobre el impuesto corriente así hallado, la tasa efectiva del impuesto se incrementa en el caso de la empresa materia de estudio, pasando a ser de 28% al 32% cuando se habla exclusivamente de la aplicación de diferencias temporales; La determinación de diferencias temporales se produce en las partidas que se registraron conforme a las NIC: 39 Deterioro de cuentas por cobrar 20 Deterioro de suministros diversos 16 Depreciación 19 Vacaciones por pagar 49 Honorarios por pagar 37 Provisión para Garantías En el caso de cuentas por cobrar se presenta la diferencia en base a que la empresa provisiono cuentas por cobrar que considera incobrables sin que estas cumplan con el plazo establecido por la norma tributaria (más de un año de morosidad), este hecho genera activos contingentes que son reparables por la administración tributaria. Respecto a la partida deterior de suministros diversos, se consideró la provisión en razón a que los suministros diversos, como son los agregados para el proceso de construcción fueron almacenados al aire libre y producto de la época de lluvia tuvieron un deterioro al haber sido mesclado con lodo proveniente de una inundación del local de almacenaje asimismo en el caso de los cables eléctricos se determinó que los mismos presentan fallas en la cobertura que no fueron detectados oportunamente al momento de ser recibidos y dentro del periodo de garantía por lo que no pudieron ser cambiados o devueltos al proveedor. Este 78 hecho ha generado que ambos bienes queden en desuso generando la contingencia establecida como activos diferidos que tendrán incidencia en la determinación del impuesto. La partida correspondiente a los activos fijos sufre ajustes en tanto la empresa por políticas contables aplica el sistema de línea recta iniciando la depreciación del activo en base a lo establecido por la norma contable (cuando el bien esté listo para su uso), mientras que la administración tributaria lo considera desde el momento en que este empieza a utilizarse por lo que genera importante diferencia respecto a la depreciación registrada en el periodo 2016. Esta contingencia se halla determinada y se presenta en las tablas 14,15, y 16. En lo que se refiere a la partida vacaciones por pagar, la empresa ha registrado el compromiso de pago de vacaciones a los funcionarios de dirección, pero se verifica que a la fecha de presentación de los estados financieros a la administración (renta 2016) en marzo del periodo en mención no se ha cumplido con el pago y que este recién ha sido abonado y por tanto percibido por los trabajadores en el mes de mayo. Esta contingencia conforme a lo dispuesto por la normatividad vigente debe de ser reparada por la entidad constituyéndose en un pasivo diferido con efectos directos en la determinación del impuesto a la renta. La partida de honorarios profesionales presenta saldos por pagar en razón a que los contratos de servicios con asesores legales para efectuar el desarrollo de procesos contenciosos ante la administración tributaria producto de la fiscalización determinaron Su cancelación considerando la fecha de resolución de la controversia (emisión de resolución final), hechos no verificados hasta el momento ya que dichos procesos se hallan en reclamación ante el tribunal fiscal, por tal razón se señala que, al no haber sido cancelados, la administración tributaria los considera como gastos reparables. Se ha verificado que la empresa no ha considerado de manera correcta los saldos de las partidas contables de depreciación, encontrándose diferencias en la determinación de los montos registrados contablemente, este hecho genera que no se pueden registrar en ejercicios 79 futuros lo que afectará directamente a los resultados reales generando la pérdida del registro de gasto por no haber sido efectuado de manera oportuna. Asimismo un hecho de importancia que se registra contablemente está determinado en base a la propiedad del terreno, la empresa al ser persona natural ha construido un activo para la venta (edificio de departamentos) la contingencia principal viene establecida que para efectos del registro contable se considera el valor de mercado mientras que para efectos tributarios la norma vigente establece que al tratarse de un bien materia de propiedad de la persona natural que es cedido para la construcción, este debe tener como valor el del valor de auto avalúo declarado para efectos del impuesto predial originando un ajuste materia de esta diferencia que asciende a S/ 786,600; esto genera una grave consecuencia en materia impositiva fiscal pues genera el pago de una tasa de hasta un 271% mayor a la que pagaría una empresa jurídica que aplica para efecto contable el registro al valor de adquisición que constituye el valor de mercado. En este contexto es importante que las empresas que invierten el sector bajo la condición de personas naturales evalúen adecuadamente la transferencia de bienes del activo inmuebles considerando las limitaciones establecidas por las normas tributarias. -Consecuentemente se establece que el tratamiento contable en la transferencia de inmuebles (terrenos) en el caso de personas naturales que generan actividades inmobiliarias consideradas como rentas de tercera categoría no acepta para efectos tributarios el valor razonable lo que afecta considerablemente la tasa del impuesto a la renta aplicable a tal actividad. - Existe una seria deficiencia en la labor de difusión de las normas tributarias en relación a las discrepancias con las normas tributarias, siendo una de ellas la relacionada a la habitualidad de rentas de tercera en inmuebles para personas naturales. Este hecho genera 80 que las mismas no puedan participar en el mercado inmobiliario en igualdad de condiciones en un libre mercado. La empresa no registra un control sobre el adecuado registro de operaciones, manteniendo saldos que no reflejan los resultados. Se prevé que debe hacerse un nuevo ajuste para el ejercicio 2017 relacionado a la tasa del impuesto a la renta que producto de la reforma tributaria a pasado de ser 28% para el año de estudio -2016 a 29.5% para el año 2017; lo que genera una contingencia en la recuperación del impuesto en el periodo 2017 equivalente al 1.5%. 5.2 Comparación critica con la literatura existente Respecto al trabajo de investigación “Efecto de la aplicación de la nic 12 impuesto diferido en los estados financieros al 31 de diciembre del 2013 en las empresas presentados bajo niif” elaborado por Jacinta Patricia Gonzalez Fuentes que establece que la NIC 12 que debido a las diferencias que se han demostrado al aplicar la norma contable y luego aplicar a la norma tributaria, en el futuro no podrán ser compensadas, originando así flujos de efectivos inestables por el pago excesivo de impuestos, debemos señalar que dicho resultados son corroborados por nuestra investigación en razón a que el registro de contingencias tanto en el activo como el pasivo determinan un pago mayor del impuesto a la renta afectando la liquidez de la empresa y los flujos futuros de efectivo. Respecto a la investigación realizada por Camilo A. Bustos Jarpa & Hector A. Garrido Martinez, AÑO: 2013,cuyo título es “Tratamiento contable- tributario de la provisión por impuesto a la renta y del reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos”, PAIS: Chile que estableció que los impuestos diferidos surgen con fin de conciliar contablemente las diferencias que existen entre el gasto financiero por impuesto a la renta devengado por las operaciones del año y el impuesto que efectivamente se deberá pagar de acuerdo a las disposiciones establecidas por la autoridad tributaria. Estas 81 diferencias nacen a partir de la distinta valorización que tienen las partidas del balance para fines contables y tributarios, lo cual se explica porque los activos y pasivos se valorizan con criterios dispares en ambas normativas, en base a los diferentes objetivos que éstas persiguen, puede señalarse que nuestra investigación ratifica la homogenización de las normas contables en los países que han adoptado o armonizado la normatividad contable con las NIIFs; el efecto en todos los países que así lo hicieron es el de general diferencias temporales materia del carácter tributarista e impositivo que manejan las economías de la región; en nuestro país de igual manera se establece que los impuestos diferidos son producto de las contingencias sobre los activos y pasivos por la aplicación de la norma fiscal sobre la información registrada en base a la normatividad contable. En lo relacionado a la Tesis “Estudio y aplicación de la norma internacional de contabilidad n° 12 impuesto a la renta a una empresa comercial.” Autores: Carbajal Alvares, Misael y Seguro Cisneros, Rebeca. En la Universidad Cesar Vallejo–año 2007. Cuyas conclusiones fueron que los Estados Financieros de la Empresa de Repuestos Automotrices “QUEZADA & CÍA S.A.C.” por el período 2002 reformulados muestran las variaciones que dieron lugar con la aplicación de la NIC 12, es decir los Estados Financieros anteriores no mostraban en forma real la situación financiera y económica de la empresa, especialmente el Impuesto a la Renta y en la participación de los trabajadores en el ejercicio. Podemos establecer que en el caso de la empresa materia de investigación no se presentan coincidencias referidas a la reformulación de los estados financieros no tampoco se aborda la materialidad de los beneficios de los trabajadores (participación en las utilidades) ya que nuestro caso de estudio no contempla dicha distribución al no estar dentro del avance de la norma laboral que establece los señalado en la conclusión del trabajo referenciado. 82 Así mismo respecto a los antecedentes locales puede señalarse que la tesis “ANÁLISIS DEL EFECTO TRIBUTARIO POR LA APLICACIÓN DE LA NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 12 IMPUESTO A LAS GANANCIAS EN LA EMPRESA ZEUS SAC. EN LA CIUDAD DEL CUSCO AÑO 2015” realizada por: Bach. Karol Indira Aguilar Estrada y Kevin Evaristo Cardoso Hurtado Año 2016, Universidad Andina del Cusco, Trabajo de investigación cuyas conclusiones establecen que Las normas nacionales relacionadas a la Norma Internacional de Contabilidad 12 aplicadas por la empresa Zeus no muestran un apropiado análisis y difusión de los conceptos fiscales en comparación a lo establecido por la norma que regula el impuesto a las ganancias generando incertidumbre en su aplicación. Así mismo la aplicación de la Norma Internacionales de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias señala que se ha generado diferencias deducibles para los periodos 2015 y 2016 de S/. 14,715.58. y finalmente la empresa Carmen Delgadillo Alcántara no tiene un adecuado registro de pasivos contingentes porque no llega a determinarse los mismos generando una inadecuada presentación y razonabilidad de estados financieros. Ambos hechos son producto de la poca difusión de las Normas Internacionales de Información Financiera por parte del personal administrativo de la empresa Carmen Delgadillo Alcántara; establece en relación a nuestro trabajo la importancia de la adecuada determinación de las diferencias temporales y su registro para la determinación del impuesto diferido que afectara al ejercicio materia de estudio, así como a ejercicios futuros. 5.3 Implicancias del estudio El estudio tiene implicancias de carácter económico, debido a que ha permitido establecer que las empresas de personas naturales dedicadas al sector construcción, requieren efectuar una evaluación adecuada de los activos (inmuebles) que aplican en sus procesos de construcción, puesto que se ha verificado que no se tiene un adecuado control sobre el 83 registro de los activos que son de propiedad de la persona natural cuyos valores contablemente son tomados en base al valor de autoavaluo lo que genera mayores utilidades producto de la no aplicación del valor razonable establecido por la norma contable. Este hecho afecta significativamente los resultados de las empresas y requiere que se efectúen las previsiones correspondientes para corregir este efecto al momento de liquidar el impuesto a la renta. 84 CONCLUSIONES El tratamiento contable y tributario en las empresas de propiedad de personas naturales dedicadas al rubro de la construcción presenta serias distorsiones en la liquidación del impuesto a la renta debido a la materialidad del registro contable a valor razonable así como a los activos y pasivos contingentes que determinan un impuesto a la renta diferido que no presenta un adecuado control y registro para su recuperación; este hecho genera que el impuesto a la renta corriente tenga una tasa efectiva del 32% en relación a las diferencias temporales y de hasta el 261% cuando se trata de la aplicación de diferencias permanentes, ambas situaciones afectan la gestión y sostenibilidad de la empresa en periodos futuros. El tratamiento contable bajo la norma de contabilidad 12 genera en la empresa de propiedad de la persona natural Carmen Delgadillo Alcántara un resultado que es diametralmente diferente al regulado y exigido por la norma fiscal; así se tiene que la aplicación del valor razonable en el registro de los terrenos afectados a la construcción de inmuebles no es aceptado por la norma tributaria, hecho que afecta significativamente los costos de construcción al considerarse como valor de los terrenos el valor de auto avalúo; asimismo se demuestra que producto de las diferencias conceptuales entre las normas contables y tributarias existe y se generan diferencias temporales que afectaran la determinación final del impuesto en el periodo de estudio y que recién serán recuperadas en periodos futuros generando un impuesto diferido que requiere de asesoramiento especializado. El tratamiento tributario de las operaciones inmobiliarias de las personas naturales no contempla adecuadamente la cesión registro y valuación de terrenos cuando estas se dedican a la construcción de edificios y otros con fines comerciales lo que genera distorsiones en la aplicación de la tasa del impuesto ocasionando una pérdida de competitividad bajo esta forma de gestión empresarial. 85 86 RECOMENDACIONES Se recomienda a las personas que tengan actividad comercial en edificación de inmuebles bajo la forma de personas naturales a realizar una planificación tributaria con la finalidad de poder prever el registro de sus operaciones considerando aspectos importantes respecto a la diferencia entre los valores razonables(NIIF) y los aceptados por la administración tributaria (valor de auto avalúo) a fin de generar alternativas de ingreso al activo de dichos bienes a valores que reflejen su costo en el mercado y que estos sean aceptados por la administración tributaria. Se recomienda a la entidad que en la adquisición de activos aplique instrumentos financieros que le permitan obtener beneficios como la depreciación acelerada de tal forma que las diferencias temporales iniciales sean a favor de la entidad considerando que las etapas iniciales requieren de mayor liquidez para la empresa. Se recomienda capacitar al personal e integrar a toda la plana de la organización en el proceso de adopción de las NIIFs en sus registros contables y consecuente información contable. Por las características y la normatividad vigente en el país se sugiere a los propietarios de la empresa adoptar una forma societaria regulada acorde al marco legal vigente en el país, en tanto genera mayores y mejores condiciones de desarrollo que la forma empresarial desarrollado como personas naturales reduciendo así la exposición al riesgo tributario inherente a este tipo de personas. 87 REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS https://www.rankia.pe/blog/sunat-impuestos/2496526-que-impuesto-renta (s.f.). Obtenido de http://www.siar.regioncusco.gob.pe (s.f.). (18 de 09 de 2017). Obtenido de En Arg A., J. B. (2007). • Javier Bustos A., El Impuesto al Valor Agregado y el Régimen de facturación en el Impuesto a la Renta , Cevallos Edit. Jurídica,Quito , 2007, . Quito, Ecuador: Cevallos. Acevedo Aguirre, M. (30 de Enero de 2015). Depreciación. Obtenido de http://www.monografias.com/trabajos104/nic-16-depreciacion/nic-16- depreciacion.shtml#ixzz4ybnh7HPD Aguilar Estrada, K. I., & Cardoso Hurtado, K. E. (14 de Setiembre de 2017). Análisis del efecto tributario por la aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias en la Empresa Zeus S.A.C. Obtenido de renati.sunedu.gob.pe/handle/sunedu/190692 Aguirre Acevedo, M. (30 de Enero de 2015). Depreciación y vida util. Obtenido de http://www.monografias.com/trabajos104/nic-16-depreciacion/nic-16- depreciacion.shtml Bernal Rojas, J. A. (2010). Tratamiento de la depreciacion para efectos tributarios. Actualidad Empresarial N° 207 segunda quincena de mayo , 11. Bohórquez Ramirez, P. L. (1 de Abril de 2016). Base fiscal de un activo. Obtenido de http://www.contaduria.gov.co/wps/wcm/connect/e353c62a-ea42-4854-9b4c- 4321feca17a3/Resolucion+113+18+10+18+2016+11-03- 08.904.pdf?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=url&CACHEID=e353c62a-ea42-4854-9b4c- 4321feca17a3 Bustos Jarpa, C. A., & Garrido Martinez, H. A. (Febrero de 2013). Tratamiento contable - tributario de la provision por impuesto a la renta y del reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos. Obtenido de http://cybertesis.ubiobio.cl/tesis/2013/bustos_c/html/index-frames.html Canchari, V. M. (21 de 07 de 2014). Tratamiento contable-tributario de las diferencias de cambio. Obtenido de http://blog.pucp.edu.pe/blog/victormesiascanchari/2014/07/21/tratamiento-contable- tributario-de-la-diferencia-en-cambio/ Carbajal Alvares, M., & Seguro Cisneros, r. (2007). Estudio y aplicación de la norma internacional de contabilidad N° 12 impuesto a la renta a una empresa comercial.”. Obtenido de www: Carbajal Alvares, Misael, Seguro Cisneros, rebeca, Universidad Cesar Vallejo; Año: 2007; 88 Tesis: “Estudio y aplicación de la norma internacional de contabilidad N° 12 impuesto a la renta a una empresa comercial.”; Chamorro, V. (23 de Mayo de 2012). Propiedad planta y equipo. Recuperado el 22 de Setiembre de 2016, de http://contaduria-publik.blogspot.pe/ CHUMAN, J. K. (26 de JUNIO de 2014). Tingo Maria, Perú: Universidad agraria de la Selva. claudia Alexandra y . Silva Tongo, O. (2014). Evasión tributaria en los comerciantes de abarrotes ubicados en los alrededores del mercado mayorista del distrito de Trujillo” formulado por Aguirre Avila, Ani claudia Alexandra y . Silva Tongo,Olivia con la finalidad de optar al tiulo de contadoras púb. Trujillo, Peru: Universidad Antenor Orrego. Cuevs, S.-j. (1 de 12 de 2016). Caracteristicas del metodo cuantitativo. Obtenido de https://www.sinnaps.com/blog-gestion-proyectos/metodo-cuantitativo Debitoor. (s.f.). Obtenido de Debitoor: https://debitoor.es/glosario/definicion-empresa deconceptos.com. (s.f.). Obtenido de deconceptos.com: http://deconceptos.com/ciencias- sociales/empresa-de-servicio Defaut. (10 de Noviembre de 2015). Deusto Formación. Obtenido de https://www.deustoformacion.com/blog/finanzas/que-es-sistema-contable definicion.de. (s.f.). Recuperado el 18 de 08 de 19, de definicion.de: http://definicion.de/precio/ empresarial, A. (2010). depreciación. asesor empresarial, http://aempresarial.com/web/revitem/1_11033_15215.pdf segunda quincena de mayo 2010. Escribano, F. (1998). La Configuración Jurídica del Deber de Contribuir . Madrid: Civitas. Flores Sanchez, E. A. (15 de Abril de 2015). Normas Internacionales de Informacion Financiera. Obtenido de http://aprendeniif.com/que-son-las-niif-ifrs/ Florez sanchez, E. A. (15 de Abril de 2015). ¿Que son las NIFF - IFRS? . Obtenido de http://aprendeniif.com/que-son-las-niif-ifrs/ Gerencie. (s.f.). Recuperado el 23 de Setiembre de 2016, de Gerencie: http://www.gerencie.com/que-comprenden-las-niif.html Gutierrez Rojas, J. O., & Rodríguez Quezada, M. A. (Noviembre de 2013). Efectos en la incorporación de las NIIF en los resultados de los estados financieros presentados bajo PCGA en la empresa “Morococha S.A. Obtenido de repositorio.upao.edu.pe/handle/upaorep/127 H., L. (Mayo de 2011). Estructura y asignación del costo total, del servicio de transporte de carga por carretera en una ruta Contador Publico. Estructura y asignacion del costo total,del servicio de transporte de carga en la empresa Misericordia SAC. Chiclayo, Lambayeque: Universidad Catolica Santo Toribio de Mogrovejo . 89 Hernandez Sampier i, R. (2014). Metodologia de la Investigacion. Mexico D.F.: McGRA W-HILL Editores S.A. Hernandez Sampieri, R. (2014). Metodología de la investigación. Mexico D.F: Edamsa Impresiones S.A. de C.V. Hirache Flores, L. (2012). Diferencias permanentes y temporales NIC 12 Impuesto a las ganancias. Actualidad Empresarial, Nº 248 - Primera quincena de febrero 2012, 8. Hostios, L. C. (2008). Sistemas Alternativos de Imposición a la Renta -. Bogota, Colombia: Nueva Luz. Hostios, L. C. (2008). Sistemas Alternativos de Imposición a la Renta regímenes Simplificados ,. En L. C. Hostios, Sistemas Alternativos de Imposición a la Renta regímenes Simplificados (pág. P64). Edit. Nueva Luz. Impuesto a la renta corriente y diferido reconocimiento segun la NIC 12. (2016). Actualidad empresarial, 33-34. Inaif, Institulo Asesoria Fiscal. (18 de Abril de 2013). Conceptros básicos de NIC. Obtenido de https://www.ineaf.es/tribuna/conceptos-basicos-de-las-normas-internacionales-de- contabilidad-nic/ Inversiones el Pino. (12 de Febreo de 2015). Impuesto a la renta. Obtenido de http://www.elpino.com.pe/que-es-el-impuesto-la-renta/ J., C. (1998). Implementacion y Operacion de una empresa de Transporte de pasajeros. Cusco: Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. J., E. (1997). Costo de transporte Urbano de pasajeros en camionetas rurales de Expreso. Cusco: Universidad San Antonio Abad del Cusco. J., G. (Noviembre de 2012). Formulación de un plan de transporte sostenible en Tunja. Tunja, Colombia: Universidad Pedagogica y Tecnologica de Colombia. Obtenido de http://tunja- boyaca.gov.co/apc-aa-files/30306565363361376237353733316534/g_costos-y-tarifas.pdf Javier Bustos A. (s.f.). Jerez Rodríguez, S. R. (25 de Noviembre de 2013). Implicaciones contables y tributarias de la NIC 12 en el impuesto a la renta de empresas comerciales mediante el análisis de casos. Obtenido de http://hdl.handle.net/10644/3743 L., C. (Enero de 2012). aresep. Recuperado el 03 de agosto de 2015, de aresep: http://aresep.go.cr/images/Discusiones_regulatorias/Leonardo_Castro_Consultor.pdf M., B. (4 de 05 de 12). gerencie.com. Recuperado el 18 de 08 de 2015, de gerencie.com: http://www.gerencie.com/la-estructura-de-costos-de-un-negocio.html MEF. (2016). Norma Internacional de contabilidad 12 - impuesto a las ganancias. Obtenido de https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdf 90 MEF. (2 de Noviembre de 2017). Norma Internacional de Contabilidad 12. Obtenido de https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/ES_GVT_BV2 017_IAS12.pdf Ministerio de Economia y Finanzas. (s.f.). Recuperado el 2016 de Setiembre de 16, de Ministerio de Economia y Finanzas: https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdf Molina Llopis, R., Dias Becerra, O. A., Capuñay Vasquez, J., & Casinelli, H. (9 de Octubre de 2014). Ley General de sociedades. Obtenido de https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5038301.pdf newpyme. (10 de agosto de 2010). Plangeneralcontable. Obtenido de plangeneralcontable: http://www.plangeneralcontable.com/?tit=contactar-con- newpyme&name=Abanfin&fid=contact Nunes, P. (27 de Abril de 2016). Valor razonable. Obtenido de http://knoow.net/es/cieeconcom/contabilidad/valor-razonable/ Rodríguez, C. M. (2008). “Bases gravables alternativas. Renta presuntiva y otras” en El impuesto sobre la renta en el derecho comparado: reflexiones para Colombia. Bogota, Colombia. Rubiños, W. (2 de Mayo de 2007). Consejo Normativo de Contabilidad. Obtenido de http://www.sbs.gob.pe/Portals/0/jer/ACNIF_OTROS/06_Aplicacion_NIIF_en_el_Peru.pdf Siqueira, C. (21 de 09 de 2017). tipos-investigacion-descriptiva-exploratoria-explicativa.html. Obtenido de TIPOS DE INVESTIGACION: http://noticias.universia.cr/educacion/noticia/2017/09/04/1155475/tipos-investigacion- descriptiva-exploratoria-explicativa.html SUNAT. (20 de 09 de 2017). NUEVO RUS. Obtenido de http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/nuevo-regimen-unico- simplificado-nuevo-rus Superintendecia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria. (14 de 07 de 2014). HABITUALIDAD EN VENTA DE INMUEBLES. Obtenido de http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2014/informe-oficios/i033-2014-5D0000.pdf Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria. (2016). Impuesto general a las ventas. Recuperado el 11 de Octubre de 2016, de https://www.sunat.gob.pe/ol-ti- itmoddatruc/RTA3RA.html Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion TRibutaria. (01 de Agosto de 2016). Regimen tributario. Obtenido de http://emprender.sunat.gob.pe/glosario-triburario Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria. (1 de Enero de 2017). Orientacion - Sunat. Obtenido de http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta- empresas/concepto-del-impuesto-a-la-renta-regimen-general 91 Superintendencia Nacional de Aduanas y la Administracion Tributaria. (2016). Orientacion - Impuesto a la renta. Obtenido de https://www.sunat.gob.pe/ol-ti- itmoddatruc/RTA3RA.html Tineo, C. G. (2016). Depreciación Perdida de valor del bien. Obtenido de : http://www.monografias.com/trabajos69/depreciacion-perdida-valor-bien/depreciacion- perdida-valor-bien.shtml#ixzz4ybr8cZv8 Torres, M. (2 de Marzo de 2015). Noticiero Contable. Obtenido de Noticiero Contable: https://www.noticierocontable.com/que-son-las-diferencias-temporales-nic-12/ Tributaria, S. N. (31 de Diciembre de 2011). Ley del impuesto a la renta. Obtenido de http://www2.sunat.gob.pe/pdt/pdtModulos/independientes/renta2011/cartillas/cartilla- Renta3ra-2011.pdf Tributario, T. U. (2013). (2) Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF. Lima, Peru: El Peruano. Tributos. (s.f.). Recuperado el 2016 de Setiembre de 16, de Tributos: http://www.tributos.net/impuesto-diferido-307/ uywork. (s.f.). concepto.de. Recuperado el 18 de 08 de 2015, de concepto.de: http://concepto.de/servicio/ Villafuerte, S. d. (2015). Tesis : Nivel de evasión tributaria del nuevos RUS y su efecto en la recaudación de impuestos en la Intendencia Regional Lambayeque”. Universidad Santo Toribio de MOgrovejo. Villegas, H. (2009). ; Curso de Finanzas, Derecho Tributario y Financiero. Tomo I . Buenos aires. wikipedia. (s.f.). Obtenido de wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Transporte_p%C3%BAblico wikipedia. (s.f.). Recuperado el 22 de setiembre de 2016, de wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Normas_Internacionales_de_Contabilidad Wikipedia. (2017). Recuperado el 22 de Setiembre de 2016, de Wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Normas_Internacionales_de_Informaci%C3%B3n_Financier a 92 ANEXOS Matriz de consistencia I.PROBLEMA II.OBJETIVOS III.HIPOTESIS IV.VARIABLES VI.POBLACION Y MUESTRA Problema general Objetivo General Hipótesis General Variable 1 Población ¿Cómo es el tratamiento de la a. Determinar el El tratamiento de la Norma Norma Internacional Para el propósito de esta Norma Internacional de tratamiento de la Norma Internacional de Contabilidad 12 de Contabilidad 12 investigación la unidad de análisis Contabilidad 12 Impuesto a Internacional de Impuesto a las Ganancias y los Impuesto a las en su conjunto es: las Ganancias en el impuesto a Contabilidad 12 Impuesto a ajustes de la normatividad fiscal Ganancias  Documentación contable la Renta en las empresas de las Ganancias en el en las Empresas constructoras  Registros contables personas naturales –caso Impuesto a la renta en las de propiedad de personas  Estados financieros Carmen delgadillo Alcantara - empresas de personas naturales en el año 2016 afectan  Contador Cusco 2016? naturales –caso Carmen considerablemente la  Gerente propietario delgadillo Alcantara, determinación del impuesto a la ¿Cusco 2016? renta. Problemas Específicos Objetivos Específicos Hipótesis Específicos Variable 2 Muestra Impuesto Diferido Caso de estudio verificación de la a. ¿Cómo es la b. Analizar la aplicación de las Normas aplicación de la Norma aplicación de la Norma Internacionales de Información Internacional de Contabilidad Internacional de Financiera y su efecto en el 12 Impuesto a las Ganancias Contabilidad 12 Impuesto a impuesto a las ganancias diferido en las empresas de personas las Ganancias en las en la empresa El tratamiento de la naturales –caso Carmen empresas de personas Norma Internacional de delgadillo Alcantara, ¿cusco naturales –caso Carmen Contabilidad 12 Impuesto a las 2016? delgadillo Alcantara, ¿cusco Ganancias y los ajustes de la b. ¿Cómo está 2016? normatividad fiscal en las determinando el impuesto a la Empresas constructoras de renta diferido en las empresas c. Determinar el impuesto a propiedad de personas naturales en de personas naturales –caso la renta diferido en las el año 2016 93 Carmen delgadillo Alcantara, empresas de personas cusco 2016? naturales –caso Carmen delgadillo Alcantara, ¿cusco c. ¿Cómo se determina la 2016? tasa del impuesto a la renta bajo la Norma Internacional Determinar la tasa del de Contabilidad 12 impuestos impuesto a la renta bajo a las ganancias en la las Norma Internacional de empresas de personas Contabilidad 12 Impuestos naturales –caso Carmen a las Ganancias en la delgadillo Alcantara, cusco Empresa las empresas de 2016? personas naturales –caso Carmen delgadillo Alcantara, ¿cusco 2016? 94 Matriz de instrumentos para recolección de datos TEMA NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 12 Y EL TRATAMIENTO CONTABLE TRIBUTARIO EN EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE LAS PERSONAS NATURALES, CIUDAD DE CUSCO PERIODO 2016 OBJETIVO Determinar cómo es tratamiento contable y tributario de la Norma Internacional de Contabilidad 12 en las Empresas constructoras de propiedad de personas naturales en la ciudad del Cusco-Caso Carmen Delgadillo Alcántara en el periodo 2016 VARIABLE DIMENSIONES INDICADORES ITEMS O REACTIVOS VARIABLE 1 Normas contables - Base imponible (2) NIC 12 Diferencias temporales - Reconocimiento de activos (4) diferidos. - Reconocimiento de pasivos diferidos (4) - Compensación de pérdidas Valor Razonable (4) VARIABLE 2 Normas fiscales a) Tasa de impuesto corriente. (2) TRATAMIENTO Diferencias tributarias fiscales b) Tasa de impuesto efectiva. TRIBUTARIO c) Diferencia temporaria imponible (2) d) Diferencias temporales deducibles e) Ganancia Contable (6) f) Ganancia fiscal (6) (2) 95